Hace 15 años | Por majesty125 a diarioinformacion.com
Publicado hace 15 años por majesty125 a diarioinformacion.com

Una sentencia condena a dos catedráticos de la Universidad Politécnica de Valencia a un año y medio de prisión y a pagar una multa de medio millón de euros cada uno por un delito fiscal, a través de una "trama de ingeniería financiera, por cierto muy bien orquestada, con el fin de evitar el pago de unos tributos provenientes unos cuantiosos beneficios". Utilizaron a dos pastores de Albacete como testaferros.

Comentarios

www.miguelgallardo.es

¿Serán los únicos? Los catedráticos que tienen dedicación completa en una Universidad Pública son incompatibles con actividades mercantiles y no pueden ostentar cargos de administrador o apoderado. Sin embargo hay docenas de funcionarios docentes empresarios. Y a nadie parece importarle el daño que hacen a la economía y a la administración, porque deterioran y envilecen mercados de servicios profesionales. Ojalá que la Agencia Tributaria haga una inspección a todos los catedráticos que cobran dedicación completa mientras hacen estas cosas.

D

#1 "Ojalá que la Agencia Tributaria haga una inspección a todos los catedráticos que cobran dedicación completa mientras hacen estas cosas".
De paso que hagan una inspección también en:
1. Propietarios y/o gestores y directivos de grandes empresas.
2. Parlamentarios, alcaldes y, en general, altos cargos administrativos (cargos políticos).
3. Profesiones liberales. Que estoy harto de que un abogado o un médico extienda un simple recibo en vez de una factura para no pagar a Hacienda.

www.miguelgallardo.es

Ya, claro que estoy de acuerdo con que la Agencia Tributaria sea mucho más eficaz, pero si miras las empresas que salen al final de www.cita.es/corruptio
creo que coincidirás conmigo que la impunidad y chulería de algunos catedráticos supero con mucho a la de cualquier otro cuerpo de la función pública. Esa es mi opinión, y por eso me alegro mucho de que se haya podido conocer esa noticia, gracias a quien la ha publicado aquí.

majesty125

Lo malo es que en España todavía hay "vacas sagradas" a las que no puedes ni tocar. Los fiscales no se atreven con ellas, los jueces no se atreven con los fiscales, los medios no se atreven con los jueces, los políticos tampoco, ni con los medios... y vamos alimentando el monstruo hasta que nos coma.

www.miguelgallardo.es

En esa sentencia puede leerse
F A L L O
Que debo condenar y condeno a MARCELINO CONESA LUCERGA, ALFREDO GARCÍA GARCÍA, MAURICIO RAMÓN HUGUET, JOSÉ ESTEBAN RAMÓN HUGUET Y RAMIRO RAMÓN HUGUET como autores responsables cada uno de ellos de un delito contra la Hacienda Pública con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal atenuante analógica de dilaciones indebidas a la pena para cada uno de ellos de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA DE 500.000 EUROS para los dos primeros y de 400.000 EUROS para los tres últimos, responsabilidad personal subsidiaria de cuatro meses para el caso de impago, pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones ayudas públicas o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante TRES AÑOS y pago de las costas procesales por partes iguales.
...
Por vía de responsabilidad civil, los acusados serán condenados además a indemnizar a la Hacienda Pública estatal en las siguientes cantidades:
- Marcelino Conesa Lucerga, en la cantidad de 257.898,55 euros.
- Alfredo García García, en la cantidad de 258.054,97 euros.
- José Esteban Ramón Huguet, en la cantidad de 191.486,11 euros.
- Mauricio Ramón Huguet, en la cantidad de 191.548,56 euros.
- Ramiro Ramón Huguet, en la cantidad de 191.469,35 euros.
Procede declarar responsables civiles directas, solidariamente con el acusado Marcelino Conesa, a su esposa María del Carmen Martínez Quero, por la cantidad de 128.445,09 euros, y solidariamente con el acusado Alfredo Martínez Martínez, a su esposa Soledad Rita Moya Olcina, por la cantidad de 258.054,97 euros, de conformidad con lo dispuesto en el art. 122 del Código penal.