Hace 10 años | Por cabobronson a politica.elpais.com
Publicado hace 10 años por cabobronson a politica.elpais.com

Una sentencia obliga a los Ayuntamientos a debatir a puerta abierta los asuntos más importantes. El Pleno del Tribunal Constitucional considera que las sesiones de la Junta de Gobierno Local de un municipio de régimen común (de menos de 250.000 habitantes), deben ser públicas cuando traten de asuntos delegados por el pleno. Esta sentencia da un vuelco a la opacidad informativa de estos órganos, que hasta ahora despachaban a puerta cerrada los asuntos más importantes relativos al Gobierno municipal.

Comentarios

TocTocToc

"...cuando traten de asuntos delegados por el pleno." Vamos, un detallito sin importancia.

Habrá que leer la sentencia.

noexisto

#4 dejando la broma, viene en la noticia:

"...de menos de 250.000 habitantes deben ser públicas cuando traten de asuntos delegados por el pleno (responde diez años después) ... interpreta el artículo 70.1 de la LMM Gobierno Local el párrafo que dice que "no son públicas las sesiones de la Junta de Gobierno". Sin embargo, y de ahí su importancia, afirma que esa disposición debe interpretarse para hacer públicas las sesiones que tengan que decidir sobre "atribuciones delegadas por el Pleno".
Esas atribuciones son entre otras
-la aprobación de operaciones de crédito de cuantías mayores al 10% de los recursos del presupuesto
- la aprobación de los proyectos de obras y servicios
- los contratos administrativos especiales
- contratos privados (cuando su importe supere el 10% de los recursos del presuupesto)
- la adjudicación de concesiones sobre bienes o la adquisición de inmuebles
- También serán públicas las sesiones que aborden la venta del patrimonio del Ayuntamiento de un determinado valor
- y de los bienes declarados "de valor histórico o artístico, cualquiera que sea su valor"."

Te lo extracto y estructuro para mejor entendimiento

smilo

#5 Te lo extracto y estructuro para mejor entendimiento
Sera extraigo no?

noexisto

#7 aún no está en la web del TC. Pero tienes bastante razón al respecto (qué conio!)

#6 http://lema.rae.es/drae/?val=extracto extractar -> extracto > "Resumen (del artículo) que se hace de un escrito cualquiera, expresando en términos precisos únicamente lo más sustancial"

smilo

#8 no dudo que este bien, pero me suena fatal!

TocTocToc

#5 No me interesa un resumen de la noticia, ya la he leído. Me refiero a la sentencia original. Si me tengo que fiar de lo que entiende y redacta un periodista...
Entre otras cosas porque lo que dice no tiene mucho sentido, las atribuciones delegadas por el Pleno dependen de cada ayuntamiento y de lo cada Pleno desee delegar.

D

Nueva batalla para los de Graba tu Pleno!
http://www.facebook.com/grabatupleno

piper

Lo que no entiendo es que sea sólo para los municipios de menos de 250.000 habitantes.

D

Parece mentira que tenga que haber sentencia de esto.

Todos los actos políticos deben ser públicos en una democracia. No tiene sentido que no lo sean.

D

Es una lástima que una noticia tan importante pase tan desapercibida en los medios.

africaans

Cambiarán la Constitución para que no sea así