La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de Primera Instancia de Cartagena contra «Bankinter, S.A.», que ha sido condenado a pagar 58.000 euros a una clienta por no informarle sobre los riesgos de una inversión en participaciones del Banco de Islandia. [...] Esta obligación de informar debe cubrir, de forma especial, los riesgos concretos que lleva consigo la referida inversión, sin que el banco pueda proceder a un cumplimiento meramente formal de esa obligación...  
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