Hace 5 años | Por anxosan a elprogreso.es
Publicado hace 5 años por anxosan a elprogreso.es

El juzgado de lo Penal número 2 de Lugo condenó a una lucense, como autora de un delito de calumnias, por salir en un programa de televisión contando su testimonio como supuesta maltratada sin que su marido tuviera ninguna condena por violencia de género. El magistrado le impuso una multa de 3.240 euros y una indemnización de 600 euros para su exmarido por daños morales, ya que lo acusó públicamente de insultarla, agredirla y saltarse la orden de alejamiento, "a sabiendas de su falsedad".

Comentarios

D

#1 Supongo que irá en función de lo públicamente relevante que seas y las repercusiones que pueda tener.

Supongo que no es lo mismo el daño que puedas causar en cuanto a imagen pública a un anónimo, que a un Messi o un actor, by the way.

Yo que sé eh, así deduciendo algo lógico llego a esa tontería.

D

#4 Pues vaya clasista estás hecho... tanto tienes, tanto vales.
Pues yo creo que sí no tienes imagen pública por decisión propia, esto aún debería ser más grave, pues te obliga a tenerla.

D

#7 eso es ser clasista? ah. Ok. Pues soy clasista y maricón.

Solo intentaba buscar una explicación lógica a los 600€.

D

#9 NoKarmoKarmo , reflexiona sobre ello. No tiene sentido que en un juicio penal se trate diferente a los ciudadanos en función de sí su imagen pública o sí sus posesiones valen más o menos.
Otro tema distinto sería en un juicio civil por lucro cesante o por lo que fuera, en el que se entrara a valorar el perjuicio económico causado por tal afirmación.

D

#12 No sé en qué momento dije si estaba de acuerdo o en contra con los 600€. Otro usuario me ha preguntado y he respuesto a ello.

D

#12 Los 600 euros no eran una multa. Eran responsabilidad civil derivada del delito, y podrían haberse reclamado en un proceso civil posterior. La ley española permite pedir indemnizaciones al mismo tiempo que la condena penal, pero el criterio debe ser el mismo en un caso y en el otro.

D

#4 Menuda mierda de comentarios ptra vez justificando denuncias falsas. La ley se aplica en funcion del genero de la persona y su grupo social? y te quedas tan pancho

rutas

#10 Ese comentario que denuncias no justifica denuncias falsas ni nada parecido. Tu denuncia es falsa.

D

#4 ok, pongamos que va en función de la relevancia pública.

¿600€ es suficiente para alguien que te acusa, en televisión, de maltratador, varias veces?

D

#11 No. No me parece suficiente. Es más, yo condenaba a unos meses de cárcel para que te cuente como antecedente.

D

#13 estamos de acuerdo todos entonces. Le ha salido barato.

D

#13 como antecedente ya cuenta, ha sido condenada

D

#1 no era una persona, era un hombre.

oso_69

Tranquilas, que todo esto se acabará cuando se implante la formación voluntariamente obligatoria en justicia de género. Ya os queda poco aguantando la justicia heteropatriarcal opresora.

D

#19

"formación voluntariamente obligatoria"

lol lol lol que cabron....espérate a que no sea voluntariamente obligatoria para TODOS los ciudadanos. Al tiempo

Liet_Kynes

El juez concluye que la acusación lanzada por la mujer, de que su marido quebrantó la orden de protección, supone "un franco y directo confrontamiento con la realidad conocida por la acusada"

Nunca dejará de sorprenderme lo que se puede llegar a retorcer el lenguaje para decir algo que se puede expresar con una sola palabra: mentir

S

Pussy pass, quien tuviera uno.

D

Barato

Sale a cuenta.

D

Pues bien.. pero eso no indica que esto sea lo mas comun, ni mucho menos, aunque ahora vayamos a vender lo contrario

Aunque la multa es poca...

largo

Como empezemos a enjuiciar los falsos testimonios en tv nos quedamos solos. Si todo el mundo sabe que la tv dice muchas mentiras.