Hace 10 años | Por --405621-- a elplural.com
Publicado hace 10 años por --405621-- a elplural.com

La Fiscalía de Sevilla ha archivado la denuncia de los padres de un niño de 6 años y un 33 % de discapacidad porque el banco les está cobrando los plazos de un microcrédito con cargo a la prestación que reciben para su hijo por la Ley de Dependencia. La Fiscalía dice que los hechos denunciados no constituyen un delito de apropiación indebida ni tampoco de omisión del deber de socorro, porque el director de la sucursal bancaria denunciado “no está en situación de prestar un eventual socorro al menor”.

Comentarios

anor

No es delito, es injusto e inmoral.

anor

#2 Por ezo digo que es injusto. A menudo las leyes y el sistema judicial no tienen nada que ver con la justicia.

f

#4 Intenta parecerse, pero el ideal de justicia es inalcanzable, entre otras cosas porque hay tantos ideales de justicia como personas. Serían necesarias leyes de tal complejidad que no habría juez capaz de asimilarlas y aplicarlas. Si aplicas las leyes a rajatabla eres injusto, si dejas puertas abiertas para "el sentido común", habrá quien abuse de ello en beneficio de amigos, familia,...

anor

#11 Puede ser que haya casos en que es dificil hacer justicia porque son muy complejos, pero este no es uno de ellos. Una ley que pone por encima los supuestos derechos del banco por encima de los derechos de un niño discapacitado debe ser modificada. Y en estos tiempos en que los bancos han cometido tantos fraudes no sé cómo se atreven a apropiarse de la ayuda economica de este niño discapacitado.

D

#1
No estoy de acuerdo. Es claramente apropiación indbida si como dice el articulo la cuenta "pertenece al menor" y no a los adultos afectados. Que vamos que si tienes problemas con un banco lo primero que haces es ingresar todo el dinero en otro.

anor

#7 Yo pienso sencillamente que lo prioritario es el derecho del menor.

m

#1 En esta mentira que vivimos La Patria y La Ley solo son puro marketing. A nosotros no hay ley que nos salve, a ellos no hay ley que les haga pagar. Esa es la realidad

p

El artículo dice que la ayuda se ingresa en una cuenta a nombre del niño, pero luego también dice que la madre tiene firma en ella, y que cobra esa ayuda como madre cuidadora. Así que no queda muy claro a quién se lo pagan.

Si se lo pagan a la madre, y vaa una cuenta donde la madre es titular, el banco tiene derecho a al cobro por otras deudas de la madre, haya en la cuenta otros titulares (hijo, marido, o quién sea) o no.

Si se lo pagan al niño, y lo ingresan en una cuenta a su nombre, sólo los titulares de la cuenta pueden retirar el dinero. Si la cuenta está a nombre sólo del niño (y la madre está únicamente como administradora por ser el niño menor), el dinero es sólo del niño y banco no puede usar el dinero para cancelar una deuda de la madre. Si la madre es cotitular, entonces sí puede, porque el saldo de la cuenta es, indostintamente, de madre y niño.

Así que habría que saber a qué llama el articulista "tener firma".

c

No es delito, pero es un crimen.

Eso es así desde que los criminales que nos gobiernan hacen las leyes.

A

Una sucursal bancaria no está obligada a hacer caridad pero si a prestar servicios teresacalcuteros: Dejar que la gente muera pinchada en un palo.

millanin

¿Alguien sabe qué banco es?

Lo pregunto por ampliar la información y no por si acaso es mi banco ir a borrarme.