#1 Como dirían los Monty Python: "Aparte de habernos metido en guerras y conflictos militares para robarnos Cuba, Filipinas, Guam, el Sáhara, amenazado para entrar en la OTAN, colocado a su topo en la jefatura del estado, prohibirnos sacar adelante el Proyecto Islero, colocar durante una dictadura en nuestro territorio sus bases militares, obligarnos a comprar su armamento, exigirnos aranceles para comerciar con ellos, amenazarnos con subidas de la energía si no les compramos a ellos, tirarnos 4 bombas atómicas..., ¿por qué tendríamos que desconfiar de los yankis?"
#18 El perro inmediatamente le debería rescindir los últimos mil millones que le daba al Zelensky para gastarlos en subvenciones para paliar la subida de los combustibles a los españoles.
A ver si encima de llamarnos putas nos hacen pagar la cama
#2 Va a acabar con la OSHA, la HOA, etc... para llegar al extremo de lograr un paraíso de libertades como el madrileño para la turboespeculación inmobiliaria, donde ya no hace falta ni cédula de habitabilidad para alquilar el armario zapatero como "coqueto apartamento interior para solteros sin ataduras".
#5 Bastaría con recuperar el art. 26 de nuestra anterior Constitución española para solucionar de una vez por todas la inexistente separación iglesia-estado actual:
Artículo 26.
Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial.
El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas.
Una ley especial regulará la total extinción, en un plazo máximo de dos años, del presupuesto del Clero.
Quedan disueltas aquellas Órdenes religiosas que estatutariamente impongan, además de los tres votos canónicos, otro especial de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado. Sus bienes serán nacionalizados y afectados a fines benéficos y docentes.
Las demás Órdenes religiosas se someterán a una ley especial votada por estas Cortes Constituyentes y ajustada a las siguientes bases:
1ª. Disolución de las que, por sus actividades, constituyan un peligro para la seguridad del Estado.
2ª. Inscripción de las que deban subsistir, en un Registro especial dependientes del Ministerio de Justicia.
3ª. Incapacidad de adquirir y conservar, por sí o por persona interpuesta, más bienes que los que, previa justificación, se destinen a su vivienda o al cumplimiento directo de sus fines privativos.
4ª. Prohibición de ejercer la industria, el comercio o la enseñanza.
5ª. Sumisión a todas las leyes tributarias del país.
6ª. Obligación de rendir anualmente cuentas al Estado de la inversión de sus bienes en relación con los fines de la Asociación.
Los bienes de las Órdenes religiosas podrán ser nacionalizados.