#32 un contrato con estrictas normas de convivencia"
¿ Quien es el propietario de las "zonas comunes" y quien dicta las "normas de convivencia" ?
¿ Establecen alguna cuota de uso por las "zonas comunes" ?
#13 Porque no compras el piso. Y probablemente tendrás que pagar una pasta a la empresa que te las vendió TODOS los meses en conceptos como "limpieza", "luz" o "internet".
En el modelo de negocio de las empresas que están popularizando esta práctica en España (a menudo bajo conceptos como "co-living" o inversión fraccionada), la estructura legal suele estar diseñada para que la empresa mantenga el control o una parte del activo.
Muchas veces, la empresa no te vende la habitación directamente, sino que crea una sociedad (SL) para cada inmueble. Tú no compras una parte del piso, sino participaciones de la empresa. La empresa es la dueña del 100% del inmueble.
Tú tienes derechos económicos (dividendos) o de uso, pero la empresa mantiene el control administrativo y la gestión de las zonas comunes.
Incluso si te venden una cuota indivisa (un porcentaje del piso) la empresa suele obligar a firmar un contrato de gestión exclusivo.
Derechos de gestión: La empresa se reserva el derecho de decidir quién entra en las otras habitaciones, el mantenimiento y las normas de convivencia.
Limitación de disposición: A menudo incluyen cláusulas que limitan tu capacidad de vender esa parte a quien quieras sin que la empresa dé el visto bueno o ejerza su derecho de compra preferente.
Casi siempre, estas operaciones incluyen pactos de socios donde la empresa se reserva el derecho de tanteo y retracto. Si tú quieres vender tu "habitación" (tu porcentaje), la empresa suele tener el derecho legal de comprártela antes que a nadie por el mismo precio, evitando así que entren perfiles de propietarios que no deseen en su modelo de negocio.
Entonces lo de Cuba qué es?