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Los trabajadores pagarán IRPF por cobrar indemnizaciones por despido adicionales a los 33 días

Los trabajadores pagarán IRPF por cobrar indemnizaciones por despido adicionales a los 33 días

Hacienda rechaza que una indemnización adicional por despido esté exenta de IRPF. La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda, emitió dos consultas el pasado 25 de junio en el que aclara la tributación de las compensaciones por despido si superan a las que tasa la ley. La DGT indica que la indemnización percibida por el concepto de despido "tendrá la consideración de renta exenta" por la cuantía que establezca el Estatuto de los Trabajadores para cada tipo de cese, hasta un límite máximo de 180.000 euros.

| etiquetas: indemnizacion , adicional , irpf
#_4 ¿Sabe usted que los impuestos no son finalistas y que la partida de defensa no es la única que crece dentro de los presupuestos españoles verdad?

Porque viene con el mismo mensaje en todos las noticias y no tiene en cuentas partidas como las sociales, las transferencias a comunidades o el fondo de contingencias.

www.sepg.pap.hacienda.gob.es/sitios/sepg/es-ES/Presupuestos/Documentac

Vamos que no sea tan populista y deje de barrer a la mínima que tiene oportunidad con su activismo.
#5 creo que quieres citar a #3

Porque siempre se cuelga del ultimo citado? No deberia ser del 1?
#8 Me tiene ignorado y me he confundido al arreglar la cita.


Como ya he dicho en mil ocasiones lo del tema del ignore en menéame necesita un par de vueltas. Como mínimo añadir que la persona a la que contestas te tiene ignorado antes de enviar el comentario, seria de agradecer.
#8 lo tengo ignorado, no se puede colgar de mi
#5 seguro que respondías a #4?
#9 Tres veces he editado ya. xD Cuando tu mente te dice no respondas, no deberías responder. :wall: :-D
Esto existe desde 2014.

"Hasta el 1 de agosto de 2014, estas indemnizaciones -en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores- estaban exentas. Sin embargo, a partir de dicha fecha, solo lo están los primeros 180.000 euros y lo que se cobre por encima de esta cantidad tributa como renta del trabajo, lo que eleva de forma considerable la factura fiscal de los trabajadores con contratos ordinarios (la fiscalidad de los contratos de alta dirección es…   » ver todo el comentario
Lo traigo mas que nada, para que nadie se lleve sustos y lo tenga en cuenta a la hora de calcular acuerdos de despido con la empresa.

Todo lo que supere la indemnización recogida en el estatuto del trabajador, va a tener que tributar.

elderecho.com/que-indemnizacion-por-despido-fija-la-ley-y-en-que-consi
#1 siempre ha sido así, si te corresponden 10000€ de indemnización y consigues sacar 15000 los 5000 de más tributan a hacienda, creo que no te descontaban el IRPF en el momento pero al hacer la declaración te crujian
#11 Esta noticia habla sobre una aclaración por parte de la dirección de tributos, entiendo que no siempre ha sido así, porque sino no tendrían que aclararlo.

Pero es un tema que desconozco, lo mas que he vivido es eso de que la empresa te lo tiene que retener y cuando vas al SMAC te lo devuelve.

Lo cual no quita que me parezca lógico, tu tienes derecho a recibir una indemnización, y el estado lo apoya, mas allá de eso se tributa.
#1 Pero esto siempre ha sido así, ¿no? De hecho juraría que para tener exentos los 33 días la indemnización tenía que estar reconocida en el SMAC o en sede judicial, que si te la pagan y aceptas en el propio despido tributa desde el primer euro.
#16 No exactamente.

Esto es para el caso de acuerdos donde se superen los 33 días.

Hasta esos 33 días por año, hasta un máximo de 20 mensualidades, exentos y a partir de ahí tributas en IRPF hasta un máximo de 180.000 euros.


Creo que antes no estaba muy clara la cosa porque ha tenido que emitir una respuesta la dirección general de tributos.
#17 Sí, eso lo entendí. Pero insisto en que creo que si el acuerdo llega antes del SMAC o el juzgado, se tributa incluso por la parte de la indemnización que está regulada y no sólo por la parte que la supere.
#18 No es mi campo, pero como dije en otro comentario yo por lo que viví en su día, eso solo ocurre si no lo formalizas en el SMAC, independientemente de cuando lo tengas.

Lo que te obligan es a ir si o si independientemente si vas con acuerdo o sin el.

De hecho a mi en el finiquito ya me aparecía la retención y explicaba que si no pedías la papeleta en X plazo se aplicaría.
!Ojalá! Ojalá que si algún día me despiden me paguen más del máximo legal!!!!
Te despiden y lo primero es tributar. Poco me parece
#4 La indemnización legal esta exenta, esto es para lo que la supere y hasta 180.000 euros.
#4 Con dos huevos xD xD xD xD xD  media
#4 eso fue tu amiguito Rajoy el que lo puso la primera vez, antes era totalmente libre de impuestos

De nada
#4 Hombre, es normal que la gente que tiene contratos blindados y cobren una millonada al ser despedidos paguen impuestos.
#25 mi antigua empresa hizo un ERE, los abogados que contratamos los trabajadores nos sacaron un acuerdo de bastantes mas días por año que lo que marcaba la ley. Veo un poco injusto tener que pagar irpf por eso
La subida progresiva al 5% de gasto en defensa firmado para 2035 por Sánchez no se paga sola.

A disfrutar del super gobierno más progresista de la historia vendido al neoliberalismo y discursos de la derecha y lamebotas de la OTAN
La capacidad del estado para encontrar hechos imponibles es inagotable

Suerte que para compensar bajan otros :troll:
#22 En # 20 también meto en el ajo a Podemos y PSOE.
Hay que sacar dinero para la subida de sueldo de las funcionarias sexuales
#14 Díselo a Rajoy que es quien lo implantó
"Hasta el 1 de agosto de 2014, estas indemnizaciones -en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores- estaban exentas. Sin embargo, a partir de dicha fecha, solo lo están los primeros 180.000 euros y lo que se cobre por encima de esta cantidad tributa como renta del trabajo, lo que eleva de forma considerable la factura fiscal de los trabajadores con contratos ordinarios (la fiscalidad de los contratos de alta dirección es diferente) con salarios más elevados."
www.abanteasesores.com/blog/como-tributa-la-indemnizacion-por-despido/
#21 Y díselo al PSOE que es cuando puede dar marcha atrás a eso que dices que implanto Rajoy y no sólo lo mantienen sino que rechaza expresamente que este exenta :-* :-*

Otro caso de Ley mordaza? si esa que iban a derogar, pero es que ahora gobiernan, y tienen muchas funcionarias sexuales que mantener y el dinero tiene que llegar de algún sitio

menéame