Hace 3 años | Por ccguy a lainformacion.com
Publicado hace 3 años por ccguy a lainformacion.com

El TS ha lanzado un mensaje clarísimo a los aficionados de la fiesta nacional, que no es la tauromaquia ni el fútbol, sino el fraude fiscal (para los afortunados que pueden practicarlo, que son todos los que no figuran en una nómina). Nadie puede ocultar un inmueble de su propiedad en el bolsillo, pero sí los rendimientos del alquiler aunque se arriesguen a un tirón de orejas administrativo. Bastará que el titular de la finca urbana se acoja al régimen especial de imputación de rentas inmobiliarias (mucho más barato para él que declarar (...))

Comentarios

henritoad

#6 y para tí, cuando el legislador dice "Esta reducción sólo resultará aplicable respecto de los rendimientos declarados por el contribuyente" qué te parece que quería decir?

D

#17 quería decir que la agencia tributaria intentaba meterte una multa de forma oculta y sibilina, adicional a otras multas y recargos que pudieran venir después.
Versión exagerada: el IRPF es del 100% de tus ingresos, pero si los declaras, te lo dejo en un 20%, que soy así de bueno.

henritoad

#20 Pues eso es muy opinable. En mi opinión, si tu declaras íntegros tus ingresos y hacienda te discute la validez de algún gasto que sea discutible, podría aplicar la reducción, porque aunque te aumentan el rendimiento, tu has "declarado" tus ingresos. En cambio, si no has declarado ni si quiera que lo tienes alquilado y hacienda te pilla, que te puedas beneficiar de una reducción que está pensada para cumplidores no es sólo pornográfico sino que también está muy alejado de la intención del legislador con esa medida.

O

#22 La reducción no está pensada para cumplidores sino para fomentar el alquiler. Pon una sanción más elevada si crees que no es suficientemente disuasoria pero eso tampoco se hace porque también te la puede tumbar un tribunal por ser desproporcionada y así si lo metemos como varias sanciones parece que la multa es menor.

henritoad

#27 En mi opinión, la expresión "rendimientos declarados" deja poco margen a esa interpretación

O

#30 Desde el punto de vista del redactor del artículo es cierto y el autor se agarra a ese tecnicismo para declarar que por no haber puesto "autodeclarado" en vez de "declarado" se hubiera corregido esta sentencia pero eso no es cierto. Como dicen en algún otro comentario más arriba no tiene mucha idea de leyes.
En los fragmentos de la sentencia expuestos en #28 se puede comprobar que lo que dice el artículo es falso. El juez no aplica una ley sin más, para eso no hace falta un juez sino que debe aplicar todas las que afecten al caso así como todos los principios como el principio de regularización integral por el que se debe revertir la situación a la situación correcta o se me ocurre el principio de seguridad jurídica por el que deben ser claros las sanciones a las que se expone una persona si infrinje las leyes.

Repito, si te parece poca sanción eleva el importe pero dentro del régimen sancionador y déjate de trampas.

henritoad

#36 No estoy de acuerdo con esa forma de entender el principio de regularización íntegra. Esto aplica más a las regularización de otras obligaciones conexas que se ven afectadas por el incremento o decremento de una valoración sobre otros componentes de la base imponible que requieren de actualización. Si el legislador habla de "declarados", inhabilitar esa frase es hacer trampas al solitario.
Dicho esto, tengo paralelas pendientes en las que pienso aplicar esta sentencia, por supuesto. Pero no voy a compartir ese particular credo que, en mi opinión, vuela sobre los asesores fiscales de ver completamente ajustados a derecho los pronunciamientos que beneficien a mis clientes, por muy disparatados que sean y completamente malvados y voraces aquellos que no.

O

#39 No estas de acuerdo porque en este caso es beneficioso para el defraudador pero lo normal al regularizar es que sea perjudicial (si yo tributo de una forma porque es más ventajosa para mí y pago X y hacienda me regulariza de oficio y dice que será el pago de X+Y y me pone una sanción de 2 veces lo defraudado lo que hace es sancionarme por lo defraudado y además me aumenta el importe que debía haber pagado)

Si el principio dice que hay que revertir la acción a lo que debería haber sido debe hacerse siempre y es lo que dice el juez que para sancionar ya está el régimen sancionador, poner sanciones no contempladas en éste sí que es hacerse trampas.

Estás en todo tu derecho de aplicarlas, yo te animo a ello pues es de justicia si te han querido cobrar de más.

Que el legislador diga "declarados" es irrelevante puesto que éste no puede contravenir los principios y normas jurídicas y una sancion nunca puede estar contemplada fuera del régimen sancionador de dicha ley. El error está en el autor del artículo que cree que es por un tecnicismo cuando es un error de fondo.

D

#22 ya te han contestado pero vamos, que te estás metiendo en la mente del legislador muy fácilmente. En el caso de la sentencia para rebatir aún más tu argumento no había dejado de delclararlo sino que infructuosamente lo había declarado de una forma que le resultaba más beneficioso fiscalmente (régimen especial de imputación de rentas inmobiliarias). Aún así se le aplicaron varios castigos por una misma infracción.

henritoad

#32 Bien sabrás que el régimen de imputación de rentas inmobiliarias aplica cuando el inmueble está vacío o cedido a familiares. La única manera de librarte de ese régimen que aplica a mínimos es decir que el inmueble no es tuyo o está afecto a una actividad, por lo que en la práctica, tenerlo alquilado e imputar rentas equivale a ocultar el alquiler, bien sea por acción u omisión.

c

Alguien me lo explica?

D

#1 pues que en teoría, eso de alquilar un piso sin dar de alta el contrato se va a acabar... lol

D

#4 pues ya se algo más

jubileta

#4 No solo eso, es que tambien hay que ingresar la fianza y luego es un coñazo para cobrarla y darsela al inquilino. Puedes estar meses esperando. Es una puta tomadura de pelo todo.

D

#7 Entonces, portada segura.

Todo lo que sea contra el sentido común, contra el bien general y contra la sociedad española, es bienvenido por los izquierdos.

Oniros

#9 Ahora perseguir a los defraudadores de hacienda es de ser Izquierdoso. Tranquilo se va hacer con cada vez más frecuencia para que los que no pagán lo que deben lo paguen. Costará... pero con el tiempo cada vez es más complicado hacer cosillas como las cajas B. No siempre vamos a vivir en la barbarie.

arturios

#13 Teniendo en cuenta que el 99,9999999999% de los defraudadores son de derechas

Yermense

#9 Pues ya sabes donde está la puerta. Cierra al salir que entra fresco.

D

#25 Cómo os gusta el pensamiento único. Y qué poco os gusta la discrepacia.
Los "tolerantes" lol

Yermense

#31 Reconoce que eres un trolazo.

D

#7 gracias, me has ahorrado un click.

Niltsiar

#7 Hay algún argumento que sustente tus afirmaciones o van así sin guarnición?

arturios

#1 Sala del contencioso administrativo del Tribunal Supremo, donde está lo más florido de los jueces hispanos.

j

#12 Nunca defraudan.Siempre en la misma línea.

henritoad

#1 Los alquileres de viviendas, cuando se declaran en el IRPF, tienen una reducción del 60% por ser bueno y declararlos; y si no lo declaras y es hacienda quien te los encuentra, te los meten con sanción y sin la reducción del 60% porque no has sido bueno. Ahora dice el supremo que aquí todos somos buenos y que la frase ""Esta reducción sólo resultará aplicable respecto de los rendimientos declarados por el contribuyente" realmente está ahí pero que no aplica y por lo tanto, prácticamente la deroga, a pesar de que el TS no está facultado para eso (siempre según el criterio del articulista).
Y la deroga por un tecnicismo, pone "declarados" en lugar de "autodeclarados". Realmente demencial lo de este tribunal.

O

#21 Yo lo veo lógico. Para eso está la sanción para evitar que la gente no actue debidamente pero la normativa debe ser para todos igual.

s

#26 Si, en cierto modo yo lo veo así tb, aunque edité borrando mi opinión porque prefería eliminar mi opinión de una respuesta al primer comentario.

Si lees la sentencia verás que el Supremo usa los siguientes argumentos:

- habla del "principio de regularización integra" que esencialmente consiste en que cuando te regularizan te tiene que aplicar todo como si se hubiera hecho correctamente desde el principio. Lo contrario sería usar las reducciones como una especie de sanciones encubierta.

-En relación con lo anterior dice que para esto ya esta el sistema de sanciones. " Ello sin perjuicio de la potestad sancionadora de la Administración por la declaración extemporánea, o por la falta de esa declaración"

-Dice que dado que en cualquier momento se pude solicitar la aplicación de la reducción es ilógico impedir su aplicación por el hecho de que estés sujeto a una comprobación.

A mí sinceramente me parece una sentencia correcta, y para nada una incitación al fraude como el autor parece ver.

O

#28 Pues ninguna objeción a la sentencia, ni legalmente ni eticamente.

Cansado ya de una Administración que abusa de su poder.

O

#21 Una puntualización. Las sanciones suelen ser un porcentaje elevado sobre la cantidad defraudada por lo que si esa cantidad se reduce en un 60% tambien lo hace la sancion en ese grado es decir es una rebaja muy considerable. En otras ocasiones se califica en función de Leve-Grave o Muy grave en función del importe declarado lo cual también puede pasar de Muy grave a Leve si aplicamos una reduccion del 60%.
Unos lo verán como una sanción insuficiente, otros como que lo anterior era una sanción desproporcionada.

s

#37 Eso lo sé, pero coincido con el tribunal, si te parece poca la sanción sube la sanción, lo que no se puede hacer es encubrir sanciones en otras normas rompiendo principios generales.

Y en relación con eso se podría decir mucho de las reducciones por no recurrir que serían impensables en un país con otra mentalidad sobre el derecho del ciudadano a recurrir y quejarse, porque es innegable que operan como una forme de coacción al ciudadano para que no recurra ni cuando tiene razón.

Marco_Pagot

que consideres el fraude como "bien general [...] sociedad española" dice mucho de ti.

El subconsciente te ha fallado, cuenta de astroturfing junio 2020.

Ilicifol

Supremos sinvergüenzas.

R

La ley es la ley, y a quien no le guste lentejas.

D

El titular es parcial, engañoso, manipulador, demagogo y por ello, progresista.
A portada.

Niltsiar

#10@admin tenemos que seguir soportando a este tipo de trolls mucho mas tiempo?