Hace 5 años | Por Iris_ a elindependiente.com
Publicado hace 5 años por Iris_ a elindependiente.com

El Pleno del Parlament ha votado en contra de la suspensión como diputados de Carles Puigdemont. Oriol Juqnueras, Jordi Sánchez, Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull decretada por el juez instructor del 1-O, Pablo Llarena, el pasado 9 de julio, pero ha acordado su sustitución efectiva por diputados de sus respetivos grupos, tal como proponía en su auto el magistrado del Tribunal Supremo. Lo ha hecho sin el concurso de C’s y PP, que han ab

Comentarios

D

#1 no, que ya lo cuentan todo Arrimadas & Rivi

correcorrecorre

#4 Votan en contra de la suspensión (acto simbólico supongo como la republica) y luego los sustituyen (acto real, que anulan la república), pues no sé como van a contar esto a los CDR.

Sinfonico

#1 Justo lo que hicieron PP/PSOE/C'S con el 155

gonas

#7 Te puede explicar mejor, porque no lo pillo.

Sinfonico

#9 Pues que todo ha sido un engaño, supuestamente era por la unidad de España y al final era para ganar votos y llenar egos.

Sinfonico

#12 Sí, han venido aquí a Galicia a convencerme....

D

#1 o al reves!!!!

tiopio

#2 Nada nuevo cara al culo.

D

Y así todo

jolucas

#5 Prefieren poner ancianos, los sacaron del geriátrico para tomar el sol, vamos que los pusieron cara al sol con la camisa nueva....

Baal

Vaya tragaderas hay que tener para salir a manifestarse por esta gentuza

Lourdes_Lpb

Bla, Bla, Bla.
Dicen que no, pero la acatan y aplican
Hasta ahora la estrategia de manipular y mentir a los suyos les ha dado resultados.
Los toman por idiotas y, vistos los antecedentes, como tal los tratan

ur_quan_master

#14 hasta que algún día los que reman se harten y le partan la cara al listo del tambor.

Después del día de ayer me parece que más de uno de JxC va a andar con más cuidado.

Lourdes_Lpb

#20 Veremos

p

Cuando un cargo público delega sus funciones en otro, conserva la responsabilidad y la titularidad de esas funciones, por ejemplo puede advocárselas (recuperarlas temporalmente) para un acto en concreto o anular la delegación.

La persona en quién han sido delegadas esas funciones no puede delegarlas en una tercera persona.

Si el que delega es inhabilitado su cargo será ocupado por otra persona, que podrá delegar (o no) esas funciones en un tercero, así que la delegación concedida por el que ha sido inhabilitado debería quedar sin efectos.

Además, el apartado 2 del Art. 9 ,Ley 40/2015, de 1 de octubre señala que en ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a:

Los asuntos que se refieran a relaciones con la Jefatura del Estado, la Presidencia del Gobierno de la Nación, las Cortes Generales, las Presidencias de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.

La adopción de disposiciones de carácter general.

La resolución de recursos en los órganos administrativos que hayan dictado los actos objeto de recurso.

Las materias en que así se determine por norma con rango de Ley.

p

¿Desde cuándo se puede votar cumplir o no lo que dictaminan los jueces y tribunales?

D

#18 En Cataluña se puede decir que no le obedecemos, luego votamos que no le obedecemos pero le obedecemos. Y todos los borreguitos les aplauden y gritan República, mientras ellos se lo llevan calentito y siguen degradando la Educación la Sanidad públicas.

Dravot

como ha dicho Neus Tomás: "La magia de la política catalana: el independentismo hoy ha acatado la doctrina Llarena pero hace ver que desobedece. Y a Ciudadanos ya le va bien que lo hagan porque así puede acusarles de desobedecer.".

i

Como es debido. Jaja, les ha tenido que joder tela. Y bien que se lo han callado.

D

Votar es democrático y legal, pero Arrimadas se querella.

H

Hacer como que son muy rebeldes, pero sin que se note que están evitando ir a hacer compañía a los de Lledoners.

Así no hay quien se independice .