Hace 8 años | Por nanobot a nbcnews.com
Publicado hace 8 años por nanobot a nbcnews.com

Un padre enfurecido por el trato del personal de la TSA hacia su hija de 10 años en el aeropuerto de Raleigh, Carolina del Norte, tras encontrar un zumo en su equipaje de mano, decide grabar la escena como denuncia ante lo que considera un abuso intolerable.

Comentarios

D

#5 De aviso por supuesto.

BodyOfCrime

#46 y al padre otros 4

D

#46 Sabía que alguien acabaría metiendolo con calzador.

Wheresthebunny

#77 Con calzador sería si fueran hechos aislados. Pero siendo que en EEUU estas cosas ocurren frecuentemente el calzador no se puede aplicar.

A

#77 calzador... Claaaaro, como no pasa nunca.

D

#46 Sí, como si no murieran blancos en tiroteos de dudosa justificación contra la policía. Sin añadir que la mayoría de todos los casos, blancos, negros, etc, suceden porque alguien se dedica a portarse como un gilipollas con la policía.

Battlestar

#5 "Es que el móvil parecía un arma de fuego" lol

E

#1 también hay carteles prohibiendo grabar en la zona de control así que acabarán demandando al padre por atentar contra la seguridad nacional al difundir las imágenes

oso_69

#3 Go to #16

D

#16 En realidad puedes publicarlas, pero no puedes poner en peligro la integridad de los agentes o de sus familias. Es decir, no puedes tomar fotos de policías en redadas y ponerlas en la web como dianas, o de familiares de los mismos para exponerlos. Sí podrías por ejemplo si les tapas las caras y las matrículas.

Por supuesto, también usarlas como prueba en un juicio o usarlas de forma privada.

solrac79

#16 deberías cambiar agentes por meneantes.

nospotfer

#16 No sé si está permitido grabar en aeropuertos y aduanas. Diría que no.

D

#49 en los aeropuertos no

oso_69

#49 Eso es otro apartado. En los cuarteles hay lugares donde ni siquiera los militares destinados en el mismo pueden grabar por cuestiones de seguridad.

m

#16: ¿Y cómo sabemos si luego el "fiscal" empieza a decir que eres etarra y que ibas a usar esas imágenes para fines terroristas y así multarte?

Porque precísamente la ley es muy ambigua. Antes era 100% legal la grabación, y si lo usabas con fines terroristas (pero usado de verdad, no una suposición de fiscal) ya te condenaban por eso, y con un juicio. Ahora no, ahora lo mismo te ponen una multa sin juicio ni nada.

Basta con que en la subdelegación del gobierno (el "fiscal", para entendernos) diga eso para que te multen.

Esta ley no protege a los policías, desprotege a los que ejercen la libertad de prensa.

oso_69

#62 Si partimos de la premisa de que "el fiscal" va a prevaricar mal vamos. Por la misma no compremos coches porque la Policía Local puede multarnos indiscriminada e injustamente.

D

#70 Si partimos de la premisa de que "el fiscal" va a prevaricar mal vamos. No solo los fiscales prevarican, sino que los policías inventan pruebas, bienvivido a Spañistan.

Sr_Atomo

#16 ¿Y cómo puede un policía evitar que puedas difundir que le estás grabando? Muy fácil, obligándote a que borres dichas imágenes o requisándote temporalmente el aparato para hacerlo él mismo. De otra forma, corre el peligro de que dichas imágenes se publiquen y pueda ser objetivo él o sus seres queridos.

En cualquier caso, el policía nada más enterarse de que está siendo grabado, va a intentar intimidar al dueño del aparato para que elimine la grabación, independientemente de para qué se use. Y si el dueño intenta huir, le perseguirán con todas las de la ley.

D

#16 Ahora bien te pueden solicitar los datos y como esas imágenes salgan publicadas se te cae el pelo...

D

#16 Y una mierda. Sí, vale, está permitido. Pero si tienes tantos cojones ponte ahora tú a grabar a la policía con un móvil en vez de una cámara profesional y sin estar identificado claramente como periodista. Y la ley mordaza se pone de su parte encima.

y

#16 lo que pasa, a efectos prácticos, es que en el momento de la grabación, "legal" va a ser lo que el policía quiera que sea.

Hablando un poco de la noticia... cachear a una niña por llevar un zumo y además durante 10 minutos, me parece una desproporción más del sistema.

wata

#16 Me guardo el comentario para enseñarselo al policia cuando me diga que es ilegal y que me va a requisar las fotos.

kastanedowski

#16 Dentro de los Aeropuertos no esta permitido grabar a los policías... según la TSA asi son las reglas en todos los aeropuertos... y el piloto ( el padre) lo sabia bien.

Aquí el tema es la molestia en la aplicación de la ley. No la ley en si o la grabación.

Reiner

#1 #3 En todo caso por difundir el vídeo sin tapar las caras a los policías, pero grabar lo puedes hacer perfectamente siempre y cuando censures.

D

#1 Que puta gilipollez...

Pakitopena

#1 en España esto no pasa, listillo. Si tanto te quejas de tu país te invito abque te largues y veas un poco de mundi.

Volverás haciendo el pino puente.

CoolCase

#12 No lo había pensado, pero tienes toda la razón sería lo ideal que las grabaciones de actuaciones policiales sean un derecho e impedir grabarlas un delito, no soy jurista pero tengo claro que impidiendo conseguir pruebas del abuso de autoridad y a la vez que los policias tengan presunción de veracidad es un sinsentido.

D

#3 #12 #15

Con la Ley Mordaza no podríamos grabar a las fuerzas y cuerpos de seguridad (de la clase política) por eso es tan importante derogarla.

Falso. Y lo sabéis.
Lo que se ha prohibido es su difusión .
Tu puedes grabar a un policía y puedes llevarlo a un juez.

Lo que se quiere evitar es publicar en redes sociales la imagen de policias para escarnio público, cuando estamos en un Estado de derecho

D

#23 Sí y no. La teoría, como bien dices, la conocemos todos. Y la práctica, creo, también la conocemos todos. Menos demagogia.

Manolitro

#12 Lo que debería ser obligatorio es que todos los policías graben todas sus actuaciones, es técnicamente posible y no muy caro, y que cuando te denuncien por algo la prueba sea esa grabación y no solo su palabra.

CoolCase

#21 Eso sería lo ideal y como dices hoy en día el coste es mínimo.

E

#53 el coste no es mínimo porque luego esas horas de grabación hay que conservarlas y archivarlas, y ponerlas a disposición de cualquiera que se interesase por ellas.

No recuerdo en qué ciudad americana un grupo de derechos civiles empezó a pedir imágenes de policías al azar y no eran capaces de proporcionar el material con lo cual acabaron denunciando a la propia policía.

CoolCase

#82 Se podría establecer un plazo, por ejemplo las cadenas de televisión tienen que conservar durante un año toda su programación por posibles reclamaciones (al menos cuando trabajé en una, no se si ahora la ley es diferente), hacienda te pide 4 años de documentos y el año en curso, pues esto podría ser igual y hoy en día los dispositivos de almacenamiento son relativamente baratos se podría calcular un plazo prudencial de 3 a 6 meses.

E

#86 claro, pero una cadena de televisión tiene ¿4-12 canales? Mientras que Madrid debe tener cientos o miles de policías.

Además tienes que recopilar las grabaciones al final de su jornada laboral o ir subiéndolas de forma inalámbrica a un servidor de continuo.

Ese era el problema hace unos años, quizás ahora sea más sencillo por caídas en precios de almacenamiento y aumento de velocidades de transmisión de datos...

CoolCase

#88 Sería una cuestión técnica a discutir. De todas formas entiendo que la grabación tendría un protocolo y no estarían grabando constantemente sino cuando se inicia algún tipo de operación es decir serían fragmentos y al agente que no active su cámara en una intervención tendría que ser investigado o bien se pueden activar desde una central cuando se da un código... no se, creo que habría forma de resolverlo técnicamente que es mi campo, en temas policiales estoy hablando desde la intuición porque no tengo ni idea.

thingoldedoriath

#3 La policía no tiene eso que llamas "presunción de veracidad". Eso no figura en el Código Penal, ni en la LEC y los jueces creen lo que quieren creer, tanto si lo dice un policía o su perro.

Por favor, dejad de extender mitos como este, acabarán pareciendo reales.

D

#35: Todavía se oye el eco.

CoolCase

#35 ¡ZAS! En toda la boca...

Suker

#35 Te he puesto un negativo sin querer. Te compenso en otro lado.

PD: Me ha dolido hasta a mi.

CoolCase

#33 Claro, la palabra de un agente de la ley y la de un ciudadano son iguales ante la ley y yo vivo en una casa de gominola en el barrio de la piruleta...

D

#33 que la palabra del perro policía vale igual que la del policía por tanto más que la mi a?

D

#33 La presuncion de veracidad la tienen en cuanto a funcionarios. No viene en la LEC, viene en la Ley de Procedimiento Administrativo Comun.

CoolCase

#10 Sí y al final le dio una piruleta, no se de que se quejan, las hijas están para que las manosee cualquiera por cualquier estupida razón...

CoolCase

#71 ¡Inspección vaginal/anal YA a todas las niñas entonces! Claro que si...

Twilightning

#10 Yo creo que SIEMPRE es necesario. Da igual el aspecto de la persona, básicamente porque un terrorista puede "colar" cualquier objeto en el equipaje o la ropa de otra persona, ya sea coaccionando, para despistar... lo que sea. La seguridad de todos debe ir por delante y no se debe dejar ningún resquicio.

D

#42 No estoy de acuerdo con esos controles, pero es que si los vas a admitir es obvio que sea igual para todos, y en el fondo realmente no pasa nada, es igual de incomodo que para un adulto y poco más.

Hasta diría que es igual de incomodo que cuando un médico tiene que tocarte algún sitio por alguna dolencia, o por un control rutinario, yo no entiendo el sensacionalismo de "ah, es que es un niño".

Me parecen intrusivos esos controles y totalmente innecesarios, pero es que lo son para niños, adultos, hombres, mujeres, todos. No importa como catalogues a las personas, es igual de incomodo para todos (y hasta igual de inmerecido).

D

#6

¿ tu ves abuso sexual ? ¿ dónde ?

imagosg

#26 Yo si que veo abuso. El mismo abuso de los gobiernos que permiten hasta saltarse derechos humanos en pro de la seguridad.

m

#6: ¿Una mujer abusando? Imposible, eso es sólo cosa de hombres.

Tu pensamiento micromachista me molesta. #micromachismo

m

#6: Toma, te dedico este logo, por tu pensamiento micromachista:

D

Quizá esté molesto por ser bobo y no enterarse de que no puedes pasar más de 100 mil. de líquido, porque eso es culpa suya y sólo suya.

Aparte, molesto seguro que lo es, pero un abuso no, si no entiende por qué hay controles en los aeropuertos mejor que coja otro medio de transporte.

bombillita.

#66 bic naranja cercena fino, bic cristal cercena normal.

pkreuzt

Aquí no estamos mejor. Recordemos que hace unos días la policía cacheaba a 25000 personas en un espacio público, y que en multitud de fiestas privadas se hacía lo mismo por parte de vigilantes de seguridad. Todo ello sin ninguna orden judicial que lo permita, ni sospechas concretas ni absolutamente nada de nada. Pero oye, que el miedo es poderoso y hace que vendamos baratos nuestros derechos.

D

#9 mentira cochina. un vigilante jamas puede cachear a nadie. jamas de los jamases. te remito a un famoso hilo de porticolegal:

http://porticolegal.expansion.com/foro/constitucional/338319/identificacion+y+cacheo+por+un+vigilante


mas aun. ni siquiera en aeropuertos. a mi jamas me cachea un vigilante.

D

#61 Pues jamás vas a viajar por avión.

D

#80 falso. llamo al guardia civil y siempre vienen...anda que ni he reido yo de veces...tengo de anécdotas......y jamas jamas me ha registrado un segurata.

D

#61 Entonces jamas viajara en avion , o entrara a un partido de futbol o concierto pues alli esta la seguridad privada realizando controles y cacheos . Y ya me dice mucho sobre su conociemiento de leyes el que me mande un enlace a un foro de internet . Por favor , lea la nueva ley de seguridad privada que le ahorrara a usted y a todos muchos problemas . Y para que vea que yo si se de lo que hablo unos ejemplos , no de un foro de internet , si no de la ley de seguridad privada y de sentencias del Tribunal Supremo .La detencion art 11.1 ley de s.p y art 490 lecrim ATS 152/2007 (Sala de lo Penal, Sección 1ª) de 25 de Enero.
STS 1121/2001 (Sala de lo Penal) de 12 de Junio
STS 181/2007 (Sala de lo Penal, Sección 1ª) de 7 de Marzo SOBRE LOS REGISTROS “CACHEOS”
1.- Lo primero que hay que aclarar es que el término correcto, jurídicamente hablando, no es cacheo, sino registro:
ninguna ley usa la palabra cacheo. Pero usaremos el término cacheo por ser el habitual.
Repasemos las referencias legales. La frase del art. 282 de la LECRIM ("recoger todos los efectos, instrumentos o
pruebas del delito") o la del art. 11 de la LO 2/86 ("asegurar los instrumentos, efectos y pruebas del delito,
ponidéndolos a disposición") o las de los artículos 18.1 y 20.1 de la LO 1/92 ("comprobaciones necesarias" y
"comprobaciones pertinentes") son casi un calco de nuestra LSP en el art. 11.1.d) ("poner a disposición de las FFCCS
... los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos") y el Reglamento de Seguridad privada en su art. 76.1 ("los
vigilantes deberán realizar las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias"). :wink:
Se utilizan las mismas frases para habilitar a hacer registros a dos cuerpos distintos. Y hasta queda más claro en
nuestras normas.
2.- Se dice que el cacheo, al afectar al derecho a la intimidad de la persona, que es un derecho fundamental a
proteger, no puede ser realizado por quien no sea agente de la autoridad. Eso es falso.
No hay ninguna norma legal que establezca que los registros personales sólo los pueden realizar los miembros de las
FFCCS.
También es un derecho fundamental la libertad, y los vigilantes estamos autorizados a detener (ya hemos citado la
legislación y jurisprudencia aplicables); e incluso cualquier ciudadano también (en algunos supuestos previstos por la
LECRIM). No hay, por tanto, fundamento alguno en esa suposición.
Sin embargo, el derecho a la intimidad, aunque no limita nuestra función de cacheo, es un derecho a preservar, y hay
varias sentencias que aclaran su alcance.
La Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de fecha 5-4-99, dice que, cumplidos los requisitos propios
del cacheo (amparo legal y justificación racional) no se infringe el derecho a la intimidad, ya que este no puede ser
una excusa para hacer inviable el derecho penal.
“no puede considerarse infringido el derecho a la intimidad del afectado, pues ningún derecho fundamental lo es con
carácter absoluto, al poder ceder ante razones justificadas de interés general convenientemente previstas en la Ley
entre las que se encuentra la actuación del "ius puniendi".
En la misma línea, y tanto respecto a los cacheos como a las detenciones, el propio Tribunal Supremo va más allá, y
aclara que hay que ponderar igualmente el derecho a la seguridad, y que debe buscarse una proporcionalidad que
impida tanto el atropello de los derechos de la persona como la impunidad.
Así, en la Sentencia del TS de 4-2-94 dice:
“El problema de los cacheos, identificaciones y privaciones transitorias de la libertad para deambular, ha sido de
siempre seriamente controvertido porque se enfrentan el derecho fundamental a la libertad de un lado, y el derecho a
la seguridad, a la investigación criminal y a la detención de los presuntos autores de hechos delictivos de otro. Quizás
haya de ser, como siempre, "la justeza de la proporcionalidad" lo que clarificará en cada supuesto de caso concreto la
exacta medida. Para evitar la impunidad descarada. Para evitar el atropello de la persona humana.”
Nos encontramos, por tanto, que el derecho a la intimidad no está necesariamente violado por las diligencias de
cacheo, siempre que, además de la habilitación legal y la justificación racional haya una proporcionalidad.
3.- Ninguna ley prohibe el cacheo o los registros personales a los vigilantes. De hecho, la propia LSP nos lo permite,
al establecer, entre las funciones de los vigilantes, el "evitar la comisión de actos delictivos" (como puede ser la venta
de drogas, por ejemplo) y "poner inmediatamente a disposición de las FFCCS a los delincuentes ... así como los
instrumentos, efectos y pruebas de los delitos" (Art. 11.1 de la LSP).
4.- Que dichas tareas de cacheo están amparadas por la LSP está afirmado por el propio Tribunal Supremo,
precisamente citando las dos funciones mencionadas. A modo de muestra, y entre otras, pueden verse:
- Sentencia del Tribunal Supremo 613/2002 (Sala de lo Penal) de 8 de Abril.
- Auto del Tribunal Supremo 152/2007 (Sala de lo Penal, Sección 1ª) de 25 de Enero.
El Auto avala la validez del cacheo realizado por VS a un ciudadano al que se encontraron 125 pastillas de MDA
(venta de droga). La Sentencia también se refiere a un caso de cacheo por drogas.
5.- El art. 76.1 de nuestro Reglamento de Seguridad Privada, allí citado, establece literalmente: "En el ejercicio de la
función de protección de bienes inmuebles, así como de las personas que se encuentran en ellos, los vigilantes de
seguridad deberán realizar las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su
misión."
En ese mismo artículo se basan la Sentencia y el Auto del Tribunal Supremo que citaba.
En el foro restringido de COOPERACIÓN ENTRE SEGURIDAD PÚBLICA Y PRIVADA hay un informe de la
Unidad Central de Seguridad Privada (UCSP), dependiente de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, en la
que en base, entre otros, al art. 76 de nuestro Reglamento (no solo al carácter auxiliar respecto a FFCCS), explica
nuestra facultad para cachear en los aeropuertos (porque ese era el supuesto de la consulta).
6.- Además de esos casos generales, hay regulaciones sectoriales específicas. También están previstos cacheos por la
Ley 19/2007, de 11 de Julio, contra la violencia en el Deporte, con habilitación expresa.
Y lo mismo contempla el Reglamento de explosivos, donde los vigilantes tenemos esa habilitación en fábricas de
explosivos y polvorines; o el Reglamento de armas, en los servicios prestados en fábricas de armas.
Es decir, no solo ninguna ley lo impide, sino que nuestros cacheos están amparados en varias leyes y reglamentos.
7.- El cacheo de los vigilantes de seguridad debe seguir siempre las normas que la LSP y el reglamento imponen a los
agentes de seguridad privada.
Así, el art. 1.3 de la LSP (reproducido en el art. 67 del Reglamento) reza: "Las actividades y servicios de seguridad
privada se prestarán con absoluto respeto a la Constitución y con sujeción a lo dispuesto en esta ley y en el resto del
ordenamiento jurídico. El personal de seguridad privada se atendrá en sus actuaciones a los principios de integridad y
dignidad; protección y trato correcto a las personas, evitando abusos, arbitrariedades y violencias y actuando con
congruencia y proporcionalidad en la utilización de sus facultades y de los medios disponibles."
Y el art. 31 de la Orden Ministerial INT/318/2011 dice. "De conformidad con el apartado tercero del artículo 1 de la
Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y el artículo 67 de su Reglamento, son principios básicos de
actuación del personal de seguridad privada los siguientes:
1. Legalidad, y, en consecuencia, en las actividades de seguridad e investigación privada sólo se emplearán medios y
acciones conforme al ordenamiento jurídico vigente.
2. Integridad, cumpliendo diligentemente los deberes profesionales oponiéndose a todo acto de corrupción.
3. Dignidad, mediante el recto ejercicio de sus atribuciones legales.
4. Protección, que implica desarrollar efectivamente sus responsabilidades para conseguir los niveles de seguridad
establecidos, sin permitirse ninguna forma de inhibición en su función de evitar hechos ilícitos o peligrosos.
5. Corrección, desarrollando una conducta profesional irreprochable, especialmente en el trato con los ciudadanos,
evitando todo tipo de abuso, arbitrariedad o violencia.
6. Congruencia, por cuyo principio se aplicarán medidas de seguridad proporcionadas y adecuadas a los riesgos que
se trata de proteger.
........ "
8.- El cacheo realizado por vigilante debe cumplir las normas generales para cualquier registro personal, tal y como
establece la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo (algunas de cuyas sentencias ya hemos indicado arriba), y
que se corresponden con la normativa propia que hemos comentado en el punto anterior:
8.1. Amparo legal, que ya ha sido expuesto.
8.2. Justificación racional, es decir, que esté motivado, evitando cualquier arbitrariedad.
8.3. Proporcionalidad, guardando el justo equilibrio entre la necesidad de realizarlo y el perjuicio o menoscabo para
la persona sobre la que lo efectuamos. Este justo equilibrio afecta a la intensidad, forma y lugar del mismo.
9.- No hay que confundir los registros que podemos hacer los vigilantes (art. 76 Reglamento) con las tareas de
indagación del delito.
No todos los registros personales (cacheos) son de indagación, también los puede haber por los siguientes motivos (la
justificación racional que antes mencionábamos):
a) Por prevención, para comprobar si efectivamente se ha cometido la infracción penal, en caso de no haberlo visto
nosotros. Es importante para no detener sin motivo.
b) Por seguridad, tanto nuestra como del propio detenido, que podría autolesionarse; y
c) Por nuestra obligación de puesta a disposición de pruebas y efectos de los delitos (art. 11.1 LSP), a fin de evitar su
destrucción o abandono. Esto último es el fundamento de las sentencias arriba indicadas respecto a la licitud del
cacheo realiz

D

#96 en el art se citan las leyes. un vigilante no pueda hacer nada que no pueda hacer un particular. ABSOLUTAMENTE nada.
yo viajo en avion y jamas me ha cacheado un vigilante. Siempre exijo que venga un agente de autoridad.
respecto al que citas del caso de las drogas. te remito a la respuestas de jj53 que rebate todos los argumentos de los seguritas.


REPITO. QUE UN VIGILANTE TE PUEDA REGISTRAR NO ES LO MISMO QUE tu no tengas el derecho a negarte y el vigilante no puede hacer nada,cosa que no pasa con un agente de la autoridad. es decir. el segurita ouede hacerlo SI LE DEJAN

redscare

#61 No pueden obligarte al cacheo, pero pueden denegarte la entrada al recinto que protegen. Eres tu quien decide si te cachean y entras o si te quedas fuera.

D

#4 Con la diferencia que los mass media más influyentes en España están en el mismo bando.

Manolitro

#13 Quitando que lo de los líquidos es estúpido y el motivo por el que se instauró se demostró que no era verídico, si no hicieran controles de seguridad a esa bonita niña de 10 años, los que quieren meter algo en el avión ya tendrían el método. Estamos viendo todos los días cómo le han lavado el cerebro a niños para que se conviertan en militares

D

#27 Puedes llevar agua en un bote hecho de explosivo. lol

LostWords

#27 Es estúpido lo de los líquidos y muchas mas cosas. Un cortauñas o un mechero son requisados pero luego pasas el control y en algunas tiendas del aeropuerto los encuentras!...En aeropuertos bien surtidos tienes de todo.
Mas tonterias. No te dejan llevar el agua pero si lo deseas llevas un bote de pasta de dientes con 75 ml de algún explosivo, lo pones en una ventana y ya tienes un atentando. Al final es la historia de siempre: aprovechamos un atentado terrorista para reducir cada dia mas nuestros derechos conseguidos con mucho esfuerzo y el problema es que las nuevas generaciones ya estarán acostumbradas a dejar de tenerlos, pero eso, tenemos una PlayStation divina de la muerte

Abeel

#68 75ml de ningún explosivo conocido hasta la fecha es capaz de hacerle nada a un cristal de avión.

Manolitro

#68 si al final ningún control sirve, cualquier zumbado se compra una botella de vino, la rompe y ahí tiene un arma tan cortante como el machete de rambo

p

#117 En demoliciones se usan unas cargas del tamaño de un dentifrico para seccionar las vigas de acero.
#175 #68
Una avion es casi de papel en muchos aspectos. Debe ser ligero y no hay mas remedio que fragilizar al limite muchos sitios para reforzar en otros.
Postdata:
Como esto pero en barrras
https://en.wikipedia.org/wiki/Explosively_formed_penetrator

D

Viene que ni pintada una carta que envié hace años a El País sobre estas cosas. Espero que hayan ido con cuidado con el zumo explisivo.

La carta:
¡Peligro, espuma de afeitar detectada! http://suenosdelarazon.com/2007/10/06/%C2%A1peligro-espuma-de-afeitar-detectada/

EmuAGR

#19 También se hace para evitar derrames serios en la cabina. O para que no juntes dos líquidos aparentemente inofensivos y hagas un explosivo sin que la tripulación se dé cuenta. ¿Tan difícil es facturarlo o no llevarlo?

Y ojo, que yo me he tenido que beber refrescos antes de pasar por el control que me hubiera gustado llevar a casa por ser exóticos.

D

#28 Bueno, en Sudamerica no lo controlan. Y hasta hace 10 años no se controlaba. Si, no es difícil. De hecho en 20 años creo que solo se me coló en esa ocasión.

EmuAGR

#29 Yo tuve un serio dilema sobre si llevar un cortauñas o no una vez. Al final no lo llevé y pregunté, y efectivamente me lo hubieran quitado si lo hubieran visto. Como tiene una superficie cortante...

CoolCase

#31 Con un boli bic cristal rompiéndolo puedes cercenar la arteria carótida a un personal de vuelo. ¿Prohíben los bolis bic cristal cercena normal?

D

#66 Y con tus manos puedes estrangular a alguien, o darle un puñetazo mortal. Es simplemente poner un limite, como con todo en la vida.

CoolCase

#81 El problema es quien tiene la autoridad para poner el limite y en base a que criterio.

EmuAGR

#87 Bueno, pues AENA lo hace en base a alguna normativa europea. ¿Quién la hace? Algún diputado europeo al que habrán votado. O algún experto al que hayan consultado.

D

#31 Yo estuve tentado de dejar un cortauñas en el aeropuerto de Changi con una nota en inglés que dijera, "Aquí tienes el arma, ya puedes comenzar la matanza, no dejes uno con vida"

Al final dejé sólo el cortauñas y pasé de la nota.

D

#31 hay un dicho en inglés que dice "si alguien consigue secuestrar un avión con un cortauñas, se merece ese avión"

CoolCase

#28 ¿Y si los dos líquidos aparentemente inofensivos lo llevan varias personas en la dosis permitidas que están compinchados? Es simplemente falsa sensación de seguridad.

La premisa en los sistemas de seguridad es que su nivel de seguridad es el del eslabón más débil (un poco como la puntación del equipo en windows) y lo de los aeropuertos, en fin...

D

#28 Yo cuando curraba en Escocia cada viaje a madrid metia botellas de cristal llenas de whisky que pillaba en el dutifri de edimburgo. Si quiero un arma solo tengo que romper una botella por el culo y la lio parda... aunque... ni loco rompo un Red Dragon pure malt para secuestrar un avion... y si me bebo el contenido no seria capaz de secuestrar nada...

Ahora entiendo porque me las dejaban meter en cabina...

D

#28 A mi esta noticia me parece sensacionalista, parece que el problema es que se haga esto a un crio, cuando lo lógico es que sea igual para todos. Ahora bien, sinceramente me parecen una intrusión innecesaria, de hecho cada cierto tiempo hay algún periodista que consigue colar cosas en un avión. No tiene sentido buscar el peor caso, porque siempre será el peor caso posible, nunca es evitable.

eltercerhombre

#55 No. Lo que pasa es que no estaba informado y se saltó las normas.

En vuelos a USA las maletas solo pueden ir cerradas con candados homologados por ellos (que pueden abrir, vamos).

Si la cierras con cualquier otra cosa te lo revientan y te jodes.

belfasus

Otro motivo más para no viajar en avión...

ElCascarrabias

#25 Igual cuando llegue al estrecho de Bering ha llegado una glaciación y puede cruzar a América a pie...

belfasus

#94 Me han dicho que se ha hecho antes

inar

#25 En 2007, Google Maps decía que era mejor ir nadando
Cómo ir de Madrid a Nueva York según Google Maps

Hace 17 años | Por mezvan a microsiervos.com

belfasus

#25 Bueno, existe tren, barco, coche.....otros medios de transporte que no implican que cada vez que montas en ellos vas a sufrir una inspección rectal gratuita . Además tus pies tocan el suelo

dadelmo

#7 tú no conoces EEUU, en la mayoría de los casos, la única factible es ir en avión

belfasus

#37 Otro motivo más para no ir a los EEUU

D

#7 No viajar en avión porque a tu hija (como a muchos otros pasajeros) le hacen un cacheo suave al encontrar que no cumplía las normas?

Ya llegamos a un punto de tiquismiquis que vamos...

CoolCase

#38 Y a un punto de borreguismo que ni te cuento...

belfasus

#38 ¿Realmente crees que son necesarios y que sirven para algo todos esos cacheos? Porque yo no lo tengo claro.

D

Es una pelirroja y es bien sabido que los pelirrojos no tienen alma.

D

#0 el vídeo de YT ya lo han retirado por infracción de nosequé.

editado:
el que hay embebido en la noticia sí que funciona.

D

#2 ¿Embebido?

CoolCase

#44 De hecho deberían hacer las inspecciones anales a todos los pasajeros que a mi cuando no me la hacen me quedo como que me falta algo antes de embarcar...

D

Putos yankees, como me rompieron el candado y la cremallera de la maleta para hacer su registro pertinente.

b

#14 tu super candado de 2 eur es más importante que la seguridad de todos los pasajeros... por supuesto!!!

Te ha creado algún trauma que revisaran tu maleta???

Que no pasa na, pero que sepas que ser... eres!

D

#44 Hola gilipollas


🙋

LostWords

#44 Pues si, si te joden el candado de una maleta de 300 euros es una putada.
Yo viajo mucho y por eso dejo la maleta siempre abierta (sin llave) precisamente por eso (portátil y tablet conmigo como si fueran un hijo) pero si tienen perros y scanners que detectan droga y explosivos, una maleta extraña se debería revisar con el propietario, así el aprendería para la próxima y no reventarla sin dar explicación alguna

D

#14 ¿Llevabas un portátil en la maleta?

Siempre (y digo SIEMPRE) llevar las tablets y los portátiles en una mochila como equipaje de cabina.

A mi siempre que me revientan la maleta en USA es por llevar portátiles dentro.

Desde que los llevo en una mochila no me revientan ya nunca la maleta.

D

#47 No, lo frágil va siempre conmigo.

D

#52 Entonces fue una inspección aleatoria...Tuviste mala suerte.

E

#55 y una maleta antigua sin candado TSA. (Se abren con una llave maestra que en teoría tienen los de aduanas para no tener que forzar - rasgar, y que a estas alturas debe poseer cualquier chorizo de tres al cuarto)

Barquero_

Bajo esa falda cabe un AK-47, clarísimo.

D

#11 Por eso debería ser obligatorio que todo el personal del TSA vaya armado, para defenderse de las niñas de 10 años lol

p

Trabaje unos 6-7 años en controles de este tipo en España y veo que todo es correcto.

Si en lugar de 12 años tuviese 4 sería igual, los controles son iguales para todas las edades.

Ahora personalmente me parece más sencillo los escáner de cuerpo completo sin inspección manual.

D

#100 lo que no entiendo yo es al menos en España que después de pasar un escáner corporal (en algunos aeropuertos muy sensible) otro de calzado y otro en el equipaje (ahora se añade una prueba de químicos y tóxicos) además en algunas ocasiones para vuelos nacionales tengas que abrir la maleta. Es de coña esto último.

D

#100 En parte estoy de acuerdo, aunque no estoy de acuerdo con esos controles, esta noticia se basa en el sensacionalismo de que sea alguien de 12 años, como si ese tipo de controles no supusieran la misma intrusión para alguien adulto.

ARRIKITOWN

Oh, say does that star-spangled banner yet wave
O'er the land of the free and the home of the brave?


/Irony

chemari

Como era aquello de... ah si!

D

Puto racismo, qué cabrones.

D

Que tontería de noticia. No se ve nada raro en el cacheo

D

Joder, me esperaba alguna burrada, pero yo veo un cacheo muy correcto.

LostWords

#30 El verdadero problema es que saltó la alarma en la mochila, no en la niña. Ven que es un zumo, lo requisan y ya está, pero no, tienen que aplicar un registro de mas de 2 minutos a una menor. Si esa niña no hubiera llevado el zumo hubiera pasado sin problemas así pues el problema está en el protocolo. Ese registro sería procedente si la alerta la hubiera dado el scanner corporal.
Al final el problema no es la seguridad, es el exceso de seguridad y la sensación de ser tratados como criminales por el simple hecho de tomar un avión. Lo mismo que algunas personas de color son detenidas y requeridos sus papeles por ser negros. Excesos que enfadan a la gente.

musg0

#60 yo lo veo más como que si el scanner ha detectado algo no permitido en la maleta, y que no has declarado, puede que no haya pillado algo que tengas adosado al cuerpo, y por eso te cachean.
Si el scanner fuera infalible no habría que cachear.

D

#60 Aunque sí me parecen excesivos esos protocolos, este noticia no deja de ser una chorrada por lo que dice #30, no pasa nada, y ese mismo cacheo es igual de incomodo para un adulto.

Y en parte tienen razón quienes dicen que si vas a aceptar esos controles, entonces no tiene sentido que hagas una excepción con niños, sería como si en una casa abarrotas las puertas pero no las ventanas porque son ventanas.

En el momento que permites que un niño se escaqueen de esos controles, tendrás que se usan niños para introducir cosas en los aviones, que casi que es peor. Otra cosa es que todo esto sea parte de una ideología del miedo, pero es igual de intrusivo e inaceptable para todos, no solo para un niño.

m

es que las visten como terrorristas

markus9t

En España por filmar a la policía le habrían podido multar, ¿Verdad?

ercannio

Habrán puesto el zumo en el contenedor donde colocan toodos los demás objetos y liquidos potencialmente explosivos, ahí al lado de los escaneres donde está todo el mundo y ya tal.

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