El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) revoca una primera sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Santiago y condena al Servizo Galego de Saúde a indemnizar con un total de 60.000 euros a la viuda y las dos hijas de un paciente fallecido en febrero de 2018, que sufrió una parada cardiorrespiratoria en su domicilio tras haber acudido dos horas antes al PAC de Verín, donde fue atendido y diagnosticado de una gastroenteritis vírica.
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Sin embargo, la enfermera que acudió después al domicilio junto a otra doctora declaró que, al regresar al centro, vio una gráfica de la que se desprendían «claramente signos de infarto», recoge la sentencia del Tribunal Superior. La enfermera se lo mostró a la doctora, que ratificó el diagnóstico. Después comentaron el hallazgo con el médico que había atendido al paciente en el PAC. Según la enfermera, él les dijo que había hecho dos ‘electros’ al paciente y no detectó nada relevante. La testigo dijo que el médico llegó a reconocer, ante ella y la otra doctora, que se equivocó en el diagnóstico por no haber visto indicios de un infarto.