Un vecino de Asturias fue detenido, multado y le quitaron la camara que llevaba en un control rutinario de la DGT al percatarse el agente de que llevaba una cámara en su casco. En España no está permitido grabar en espacios públicos, por lo tanto, si llevamos una cámara mientras circulamos con nuestro vehículo grabando nos estamos jugando una multa mas una dura sanción.
El juez ha determinado que los agentes hicieron una actuación "que carecía de toda cobertura legal, porque ni existe prohibición de filmar en el espacio público ni la imagen de los agentes".
#12:
#3 Y todos los turistas con videocámaras serían detenidos... que chorrada.
#8 Informativo es una imagen del termómetro público y el cielo despejado, y una panorámica general de la playa, no una imagen de primer plano de una tía en topless.
Otro ejemplo, en la Vuelta a España (marathon, rallies...) no se podrían grabar la etapas porque están grabando a gente pasando por la calle.
#9 Creo que si están grabando un evento, todo lo que salga incluido está permitido, y no creo que el juez dé la razón a un denunciante, pero estoy de acuerdo que esa ley tiene agujeros por todos lados.
"En España no está permitido grabar en espacios públicos." Vamos, a denunciar a todo reportero que veamos en la calle y pidamos indemnizaciones a las TVs.
#1 Hago un copy paste del comentario por lo interesante que es.
Grabar en un espacio público está amparado en el derecho a la información, lo que dice el artículo es que reiteradas sentencias muestran que derecho a la información no está por encima al derecho del artículo 18 de la CE (derecho a la intimidad).
Grabar en la vía pública es legal lo ampara el derecho a la información, lo que no es legal y por eso se lleva la policía al mirón, es grabar a alguien (un particular, alguien sin relevancia informativa) en la playa en pelotas porque en ese espacio y en ese caso se entiende que prima el derecho a la intimidad (criterio jurisprudencial)
La protección del derecho a la imagen ex art. 7.5 de la LO 1/1982 se extiende a los supuestos en que se capte la fotografía en una playa o en otro lugar público, sin consentimiento de la persona fotografiada (SSTC 83/2002 y 300/2006, 23 oct.; y TS 6 mayo y 14 nov. 2002, 25 oct. y 11 nov. 2004, 6 mayo 2005).”
Pero es que, según esta ley, estarían prohibidas todas las cámaras de vigilancia que enfocan a la calle. No lo entiendo.
El juez ha determinado que los agentes hicieron una actuación "que carecía de toda cobertura legal, porque ni existe prohibición de filmar en el espacio público ni la imagen de los agentes".
El policía le ha metido una multa porque si, la DGT no puede imponer multas por protección de datos, eso es competencia de la agencia de protección de datos y no afecta a particulares que están haciendo cosas para uso privado... por ello no, no le han multado por llevar la cámara, o sí y se han inventado la razón. Si el motorista reclama probablemente gane la reclamación, salvo claro está que la multa no sea por grabar y sea por algo relacionado con la cámara y la seguridad.
Grabar es legal si es para actividades privadas, lo que no es legal es poner cámaras de vigilancia en el exterior o incluso en el interior de un local si no está debidamente notificado a la entrada de un local.
Comentarios
#8 Informativo es una imagen del termómetro público y el cielo despejado, y una panorámica general de la playa, no una imagen de primer plano de una tía en topless.
Otro ejemplo, en la Vuelta a España (marathon, rallies...) no se podrían grabar la etapas porque están grabando a gente pasando por la calle.
#9 Creo que si están grabando un evento, todo lo que salga incluido está permitido, y no creo que el juez dé la razón a un denunciante, pero estoy de acuerdo que esa ley tiene agujeros por todos lados.
"En España no está permitido grabar en espacios públicos." Vamos, a denunciar a todo reportero que veamos en la calle y pidamos indemnizaciones a las TVs.
En España no está permitido grabar en espacios públicos.
Un grupo de nudistas acorraló al bañista que les grababa con una microcámara en Benalmádena/c13#c-13
#1 Hago un copy paste del comentario por lo interesante que es.
Grabar en un espacio público está amparado en el derecho a la información, lo que dice el artículo es que reiteradas sentencias muestran que derecho a la información no está por encima al derecho del artículo 18 de la CE (derecho a la intimidad).
Grabar en la vía pública es legal lo ampara el derecho a la información, lo que no es legal y por eso se lleva la policía al mirón, es grabar a alguien (un particular, alguien sin relevancia informativa) en la playa en pelotas porque en ese espacio y en ese caso se entiende que prima el derecho a la intimidad (criterio jurisprudencial)
La protección del derecho a la imagen ex art. 7.5 de la LO 1/1982 se extiende a los supuestos en que se capte la fotografía en una playa o en otro lugar público, sin consentimiento de la persona fotografiada (SSTC 83/2002 y 300/2006, 23 oct.; y TS 6 mayo y 14 nov. 2002, 25 oct. y 11 nov. 2004, 6 mayo 2005).”
Pero es que, según esta ley, estarían prohibidas todas las cámaras de vigilancia que enfocan a la calle. No lo entiendo.
#3 Y los topless de los informativos cuando llega el verano deberían estar prohibidos, y los vemos en todas las cadenas.
#7 Ya, pero parece ser que eso podría considerarse informativo.
#3 Y todos los turistas con videocámaras serían detenidos... que chorrada.
#1 Yo creo que eso no es así.
De una noticia del pasado año:
http://www.publico.es/politica/sentencia-avala-pueda-filmar-policias.html
El juez ha determinado que los agentes hicieron una actuación "que carecía de toda cobertura legal, porque ni existe prohibición de filmar en el espacio público ni la imagen de los agentes".
La próxima vez pasaré un documento de autorización para que lo firmen todos los invitados de la boda, no sea que se presente la DGT.
pues segun esta noticia no deberian poder multarte, va a haber que ir con fotocopias de la ley en en bolsillo por si te paran.
Las Go Pro, ¿legales?
Las Go Pro, ¿legales?
expediciontrail.comGrabar si se puede, lo que no se puede es reproducirlo publicamente...
El policía le ha metido una multa porque si, la DGT no puede imponer multas por protección de datos, eso es competencia de la agencia de protección de datos y no afecta a particulares que están haciendo cosas para uso privado... por ello no, no le han multado por llevar la cámara, o sí y se han inventado la razón. Si el motorista reclama probablemente gane la reclamación, salvo claro está que la multa no sea por grabar y sea por algo relacionado con la cámara y la seguridad.
Grabar es legal si es para actividades privadas, lo que no es legal es poner cámaras de vigilancia en el exterior o incluso en el interior de un local si no está debidamente notificado a la entrada de un local.