La sentencia subraya así que las decisiones empresariales aparentemente amparadas en evaluaciones de rendimiento no pueden servir de cobertura para prácticas discriminatorias, y recuerda que los derechos fundamentales actúan como un límite infranqueable a las facultades organizativas de la empresa. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
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Mucho paternalismo en las primas que da la empresa, como si fuera un regalo, eso es muy humillante.