El TSJ de Cataluña declaró nulo el despido de una manicurista en baja médica por dolencias en mano y espalda. La empresa alegó simulación de enfermedad tras grabarla un detective haciendo una manicura en un bar y cobrando 35 €. La Sala determinó que la prueba era ilícita pues el servicio fue inducido por una persona enviada por la propia empresa. Eliminada esa prueba se concluyó que la causa del despido fue la baja médica, lo que constituye discriminación prohibida por Ley 15/2022. Se ordenó readmisión + pago de salarios + 7.501 € indemnización
|
etiquetas: incapacidad temporal , fraude , seguridad social , baja , rrhh , trabajo
El médico le recomendó "reposo y ejercicios de rehabilitación"
La trabajadora estuvo vigilada varios días y solo en una ocasión hizo la manicura. (Si fue a petición de una enviada de la empresa es irrelevante)
Puede haber lesiones que impidan realizar los mismos esfuerzos repetitivos ocho horas diarias, cinco días a la semana. Pero que no impidan hacer ese… » ver todo el comentario
PD: No, la pareja de Ayuso, su hermano, ... son emprendedores que crean pib, no confundamos...
Yo creo que lo relevante es destacar estos puntos:
- el empresario no puede acosar al trabajador. eso está mal. Y tienen que respetar las bajas, vacaciones, horario legal, ...
- Poner en proporción el "fraude" que un trabajador con un trabajo sencillo puede llegar a cometer en un trabajo puntual como éste, frente al fraude que cometen los millonarios continuamente. Y especialmente grave si ese millonario además es un político
chao!
Ha sido inducido por alguien contratado por la empresa, ya pero la otra persona ha dicho que sí y estaba haciendo un fraude a la seguridad social porque la baja era falsa.
El problema ademas de legal es cultural