Hace 11 años | Por Dukados a ultimahora.es
Publicado hace 11 años por Dukados a ultimahora.es

Se cumple un año de la muerte en accidente de tráfico de Francisca Balboa Prats, una mujer de 67 años que falleció tras colisionar contra un vehículo Renault Megane conducido por un conductor ebrio.

Comentarios

Cehona

Esta muerte no es mediatica, si lo fuera, ya hubiera cambiado la ley el gobierno por una cadena perpetua revisable.

D

#6 ¿Cuánto hemos tardado en tener esas condenas? ¿No tuvieron casi 40 años para ponerla cuando de verdad hacía falta? ¿Es que nos quejábamos de distinta forma hace, por ejemplo, 8 años?

D

#6 Querrás decir si hubiese sido al revés. El accidente de Ortega Cano era suficientemente mediático y aquí estamos. Pero en ese caso otra vez el conductor era el famoso/poderoso y el muerto un "don nadie"...

alecto

#14 Los juicios rápidos no están para casos de homicidio. Eso lleva una instrucción larga y minuciosa.

Libertual

#15 Entonces, deberían juzgarle primero por alcoholemia en un juicio rápido y después por homicidio, no se si esto es posible, pero ayudaría a la familia a preparar mejor el proceso y a la justicia a cumplir su labor preventiva.

D

Pregunta a la asociacion progresista de jueces.

LaQuiniF1

Si yo soy el hijo cojo el coche y lo atropello. A ver si corremos los dos la misma suerte.

D

Estoy de acuerdo en que la justicia es lenta (y en muchos casos, una mierda). Pero no consigo entender como hay gente que aboga por tomársela por su propia mano y alenta a cometer un asesinato, y otra gente le vota positivo encima.

Ha ocurrido una injusticia, y este señor tendrá que recibir su castigo. Éste va a llegar tarde, lo sé, pero eso no justifica que pensemos que podemos ir cargándonos por ahí a cualquiera, como si fuéramos dioses justicieros. Yo tampoco creo en nuestra justicia, pero eso no me da derecho a creer que matando libremente se van a solucionar las cosas.

Se nos llena la boca diciendo que este país es una mierda y se nos llena más todavía alabando a los países del norte de Europa (que curiosamente, tienen códigos penales mucho más suaves que el nuestro), pero luego vamos soltando alegatos a favor del ojo por ojo y de asesinar (sí, un homicidio con alevosía se convierte en asesinato) libremente a quién consideremos. ¡Bravo por nosotros, ese es el orden social que queremos!

¡Luchemos por mejorar la justicia, no por que cualquiera pueda tomársela por su mano!

PS: Mi más sentido pésame a la familia de la víctima. Ojalá la situación se desbloquee lo más rápido posible a partir de dar publicidad al caso y tengan el juicio que merecen.

D

¿ Y que pasó con Ortega Cano? Ya os lo digo: Que sus carísimos abogados está alargando el proceso y la familia está en la ruina porque el fallecido era su único sustento.


FREE GAO PING, FREE FARRUQUITO, FREE ORTEGA CANO. ESPAÑISTÁN Y YO SOMOS ASÍ.

Es muy fácil culpar al alcohol cuando en realidad todos sabemos que es que las carreteras blaoblaoblaoblao... .

D

Pues mejor, así puedes vengarte con tus propias manos. Si estuviera entre rejas sería más jodido.

D

coje un coche, atropellalo al salir del trabajo y matalo, acto seguido coges una botella de whisky y te la bebes entera y metete tambien un par de rayas de coca,terminaras echo una braga y seguramente en el hospital. habla con un poli y le cuentas que has atropellado a alguien pero no recuerdas nada mas. multa en dinero y poco mas .

no esperes justicia en este putrido sistema, no la hay

devotee

#19

chapulina

Desde luego ahora con lo de las tasas, si tienes poder adquisitivo, lo puedes alargar lo que quieras y si encima la otra parte no dispone de medios económicos, pues a vivir que son dos días.

Nilang

La noticia del periódico está equivocada, Paquita no tenía 67 años, tenía 61. Y el conductor del otro vehículo quintuplicaba las tasas permitidas de alcohol según tengo entendido. Sólo nos queda apoyarles por Facebook, que yo siempre he sido anti-FB, pero dada la causa vale la pena abrirse una cuenta por su familia.
Quién encuentre esto sensacionalista, sólo puedo decirle que se ponga en el lugar de estas personas...
Felices Fiestas a todos!

D

La culpa es suya por no haberle metido un navajazo.

Potopo

Yo me quedo con lo de que si tienes dinero puedes pagar abogados que retrasen lo máximo posible el juicio

D

Si yo fuera el hijo de la fallecida y el hijo de puta este no va a la prisión ME LO CARGO

hacker_mene

m

Artículo 142
1. El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.

2. Cuando el homicidio imprudente sea cometido utilizando un vehículo a motor, un ciclomotor o un arma de fuego, se impondrá asimismo, y respectivamente, la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores o la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, de uno a seis años.

Artículo 379
1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Artículo 382
Cuando con los actos sancionados en los artículos 379, 380 y 381 se ocasionare, además del riesgo prevenido, un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, los Jueces o Tribunales apreciarán tan sólo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado.

Artículo 621

2. Los que por imprudencia leve causaren la muerte de otra persona, serán castigados con la pena de multa de uno a dos meses.

4. Si el hecho se cometiera con vehículo a motor o ciclomotor, podrá imponerse además la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de tres meses a un año.

6. Las infracciones penadas en este artículo sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.


Si nos leemos el código penal, tenemos que:

Conducir borracho y atropellar es una imprudencia grave, se le aplica el 142 en su mitad superior, de 2 a 4 años, por lo que podría caerle la mínima y no pisar la cárcel.

Nickell

En lo primero que he pensado es en el accidente de Carlos Parra y Ortega Cano y aunque no viene al caso en el sentido de que aún no ha terminado el juicio, me duele pensar que este tipo de cosas son demasiado comunes y muchos no nos damos cuenta de que conducir ebrio no supone sólo un peligro propio sino también para los demás.

D

Mira que si al final no sentencian con la carcel, la familia de la fallecida, encima de tener que aguantar la lentitud de la "justicia", tendrá que pagar las tasas para recurrir.

PythonMan8

"El conductor es una persona de un alto poder adquisitivo y bien relacionado en el pueblo. Da la impresión de que si tienes dinero puedes contratar buenos abogados, alargar los procesos y tratar de escapar de la justicia."

Menuda perroflautada. Por un homicidio involuntario nadie va a la cárcel. La única posibilidad es que hubiese negación de auxilio. Y sí, es una gran putada que alguien muera por la tontería de que otro fuese borracho pero en la cárcel nadie va a ganar nada. Los vendedores de tabaco no van a la cárcel a pesar de que mucha gente muere de cáncer por su culpa, los vendedores de McDonals no van a la cárcel, a pesar de que mucha gente muera de infarto por su culpa. Mucha gente está arruinada con la hipoteca por culpa de malos profesores que no les enseñaron algo tan básico como calcular un interés,...

Otro artículo manipulador de la extrema izquierda para caldear el ambiente.

oso_69

Lo primero es destacar que el conductor no ha quedado absuelto ni nada parecido. Lo que se han producido son dilaciones en el proceso, y dado que el juez no ha advertido peligro social o riesgo de fuga -esto es una suposición mía-, e imagino que le habrá retirado el carnet de conducir ,no ha considerado necesario el ingreso en prisión. Aquí se habla mucho de que la cárcel es para reinsertar, y no para castigar, pues tanto más cuando todavía no hay sentencia firme.

¿Qué en España está poco castigado provocar un accidente por conducir borracho? Sí, por supuesto.

¿Qué no es lo mismo esperar a alguien a la puerta de su casa para pegarle cuatro tiros, apuñalar o golpear a alguien en una discusión o atropellar inintencionadamente a alguien por conducir borracho? También.

#5 Pero en el caso que nos ocupa no es así:

"Al acusado se le imputa un delito de homicidio imprudente grave contra la seguridad del tráfico al conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas y le solicitan cuatro años de prisión."

D

#4 Un homicidio involuntario es cuando el conductor está sobrio.

Libertual

#4 #8 No creo que esto sea un homicidio involuntario, en todo caso será un homicidio imprudente y debería ir a la cárcel por ello.

Se supone que los juicios rápidos se hicieron para casos como este, no es justo que esa familia que ha perdido a un ser querido tenga que aguantar un proceso tan largo.

Paisos_Catalans

#4 eres un miserable, deshumanizado, cero empatía, ojalá hubieras estado tu en el lugar de Francisca y no ella, la humanidad habría tenido una ganancia neta en vez de una pérdida.

D

#4 Lo que dices es una completa imbecilidad y te define como persona.