La sentencia del TJUE da luz verde a los jueces españoles para que paralicen todos aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que consideren que las hipotecas firmadas por los afectados contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo.
#30:
Antonio Maestre lo clava en twitter: @AntonioMaestre La sentencia se la debemos a Mohamed Aziz. Ya han hecho más "los moros" por los españoles que Josep Anglada. #DesahuciosIlegales
#62:
#14 No lo has entendido bien. Pondré un ejemplo de como se resolvía un caso antes de esta sentencia y otro de cómo se resuelve después. Se trata de un juicio por ejecución hipotecaria.
ANTES: El banco reclama 250.000 euros al hipotecado, que presenta alegaciones indicando que ya ha pagado lo que debe (unos 15.000) y se opone a esa demanda, el juez aplica la ley según la cual el hipotecado puede decir misa, pero si no paga los 250.000 que le reclama el banco hay que ejecutar la deuda y deshauciarle de la casa. El hipotecado es deshauciado y se le condena a pagar las costas.
AHORA: El banco reclama 250.000 euros al hipotecado, que presenta alegaciones indicando que ya ha pagado lo que debe (unos 15.000) y se opone a esa demanda, el juez entra al fondo del asunto y comprueba que el banco le estaba reclamando letras que aún no habían vencido y unos intereses abusivos, y que el hipotecado ya ha pagado los 15.000 euros que realmente debía al banco. El hipotecado conserva la casa y el banco es condenado a pagar las costas.
#47:
#19 Básicamente la sentencia lo que viene a decir es que los jueces pueden paralizar cautelarmente el desahucio si el hipotecado alegaba cláusulas abusivas.
El problema es que hasta ahora si un hipotecado alegaba que le desahuciaban por la aplicación de cláusulas abusivas, el desahucio contiuaba igual, aunque posteriormente se le diese la razón, en cuyo caso debía indemnizársele.
Ahora, en base a esto, el juez podrá (es decir, no tiene porqué hacerlo automáticamente) paralizar cautelarmente el desahucio mientras se dirime el tema de las caláusulas abusivas.
Esto no significa en cualquier caso que se declaren abusivas determinadas clásulas, hecho que seguirá funcionando como hasta ahora (tendrán que ser los jueces los que determinen en cada caso), ni implica la dación en pago, ni la paralización automática de los desahucios. sólo implica que, si has demandado al banco, el juez puede, según su criterio, paralizar el desahucio.
"El fallo será directamente aplicable a partir de ahora y en los procesos que están vivos. " Me alegro por todas las personas que viven colgando de un hilo.
#9 Esta sentencia no es vinculante y los jueces no están obligados a cumplirla, pero al menos ya sabemos de qué palo va cada uno en esta partida
#51:
#45 Si, completamente cierto. En España, un trato con un banco no es de igual a igual, ellos siempre ganan, la ley está de su parte, eso te da una idea de quien gobierna realmente en este pais. Te puedo contar un caso personal, pero es demasiado triste para recordarlo.
Un marroquí y unos extranjeros son los que han tenido el valor de decir que las leyes hipotecarias españolas son ilegales (por que ya eran inmorales). Menuda lección de humildad para aquellos que se desgañitan defediendo a la banca, verguenza os debia dar, que algunos no teneis conciencia.
#50 Como tu, que para ti la banca todo lo hace bien. Esta es una justa victoria del pueblo, que bastante jodido está ya, y ni tu la vas a silenciar ni manipular. Y sobre lo que dices, la normativa en si no es ilegal, por supuesto que hacer hiptecas se hace en todo en mundo, son las clausulas españolas las ilegales.
#12:
#9 El fallo no obliga a modificar la Ley, pero sí sienta jurisprudencia.
Antonio Maestre lo clava en twitter:AntonioMaestreLa sentencia se la debemos a Mohamed Aziz. Ya han hecho más "los moros" por los españoles que Josep Anglada. #DesahuciosIlegales
#30 No se debe a Mohammed Aziz. Se debe a su abogado, o ni siquiera eso, se debe al Juez que, motu proprio, planteó la cuestión prejudicial ante el TJUE.
Pero bueno, te ha quedado bien, enhorabuena por el karma.
#29 a los jueces españoles para que paralicen todos aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que consideren que las hipotecas firmadas por los afectados contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo. Vamos que los jueces pueden ordenar el desahucio si ven que las claúsulas de las hipotecas son legales (que lo dudo mucho que haya algun caso)
Ojo con la noticia porque se está llevan a engaño desde algunos sectores "indignados"...
1 - Europa considera ilegales aquellas hipotecas en las que los jueces consideren que tienen cláusulas abusivas, porque Europa NO considera ilegal la normativa hipotecaria en sí
#45 Si, completamente cierto. En España, un trato con un banco no es de igual a igual, ellos siempre ganan, la ley está de su parte, eso te da una idea de quien gobierna realmente en este pais. Te puedo contar un caso personal, pero es demasiado triste para recordarlo.
Un marroquí y unos extranjeros son los que han tenido el valor de decir que las leyes hipotecarias españolas son ilegales (por que ya eran inmorales). Menuda lección de humildad para aquellos que se desgañitan defediendo a la banca, verguenza os debia dar, que algunos no teneis conciencia.
#50 Como tu, que para ti la banca todo lo hace bien. Esta es una justa victoria del pueblo, que bastante jodido está ya, y ni tu la vas a silenciar ni manipular. Y sobre lo que dices, la normativa en si no es ilegal, por supuesto que hacer hiptecas se hace en todo en mundo, son las clausulas españolas las ilegales.
#51 Pues no es razonable. Una cosa es que si ven impago tras un tiempo puedan pedir la ejecución, pero no me parece normal que si se les emperejila puedan obligarte a cancelar la hipoteca al instante si tú estás cumpliendo con tus plazos de pago. Es que ya no hablamos de gente que ha dejado de pagar durante más o menos tiempo. Eso me parece legítimo (dependiendo del plazo de impago que te permitan antes de ir a por ti, claro).
Es que el banco dice "que necesito el dinero ya porque estoy jodido" (y a lo mejor es su culpa) y aunque tú cumplas con tus pagos religiosamente tienen todas las de la ley para joderte. Y eso no me parece justo. Si yo tengo una contingencia, ellos no me perdonan. Si yo tengo que ser responsable para prever que puedo dejar de pagar, ellos deberían ser responsables al elegir a quién dan hipotecas, el volumen hipotecas total y su cuantía y decir "si damos hipotecas a todo Cristo, en un escenario adverso estamos jodidos".
El banco no tiene la culpa si yo no puedo pagar, pero yo no tengo la culpa si el banco por su mala gestión mete el dinero donde no deba. Veo que hay mucha doble moral cuando se dice "es que hemos vivido por encima de nuestras posibilidades". Porque no es contar toda la película.
1) Hay gente que en efecto se metió en préstamos imposibles con empleos y contratos precarios o con un sueldo bueno en ese momento, pero que al ser de un sector poco cualificado debieron evaluar el riesgo.
2) Los bancos han sido irresponsables al dar dinero a gente a la gente de arriba. En otras ocasiones, o bien por su situación laboral, o bien por el precio o bien por el sueldo no se la hubieran dado. Pasaron de los riesgos.
3) Los bancos han sido irresponsables doblemente porque han jugado con el dinero de sus ahorradores. Y encima dando más del 80% del precio de la vivienda.
4) Lo han sido triplemente irresponsables, porque ya no dependen de que uno no pague. Si están jodidos, tendrán que empezar a reclamar a sus clientes con hipotecas y tienen el derecho de que les paguen ya porque ellos lo valen, aunque sus clientes estén cumpliendo con responsabilidad sus obligaciones de pago con el banco.
Sin embargo, si yo estoy jodido y no puedo pagar, el banco se me puede llevar por delante en cualquier caso sin que yo pueda pedir una prórroga.
Pues sí, la situación es injusta. Al final joden a los que se metieron a hipotecas que no debían, a los que se metieron y les fue mal aunque trataron de ser responsables y a los que les va bien. Lo siento, pero aquí hay algo que falla en todo esto. ¿Dónde en toda esta cadena de razonamiento se le pide responsabilidad a los bancos al asumir riesgos?
#50 en la sentencia dicen que l normativa española es contraria al derecho de la unión y les da poderes que antes no tenían, no sé si la declararán ilegal, pero se la pasan por el forro.
#38 No se han declarado abusivas esas cláusulas, ni el artículo lo dice. Sólo dice que tendrá que ser a consideración del juez (como ahora) La novedad es que ahora el juez podrá decretar la paralización del desahucio mientras estudia si esas cláusulas son o no abusivas. No como hasta ahora, en que el desahucio se ejecutaba sí o sí y posteriormente se estudiaba lo abusivo del contrato. Es decir, una (una más) indefensión flagrante de la parte más débil del contrato.
El titular más sensacionalista y revienta. El TJUE ha dicho que el juez podrá paralizar la ejecución si las cláusulas son abusivas, pero no declara contraria al Derecho de la UE la legislación hipotecaria. Lo que hay que leer, la madre de Dios.
#22 Te recuerdo que la cuestión prejudicial ante el TJUE la planteó un juez español.
#46 El canon sólo se declaró abusivo cobrarlo indiscriminadamente a empresas, establecimientos, personas jurídicas, etc. El TJUE no lo declaró abusivo aplicado a los particulares.
Rajoy rechaza de nuevo la dación en pago general porque “podría dañar si remedio la garantía hipotecaria e impedir en el futuro el acceso de las familias a los préstamos hipotecarios”.
Estoy hasta los coj... de los bancos y sus aseguradoras. La mayoria (por lo menos los españoles), son unos chorizos, mentirosos, liantes, ladrones, etc etc etc.
Mas de una reclamacion se han llevado ya por mi parte (alguna he ganado y me han tenido que devolver "algo" de lo que consideraba injusto). Siempre tengo que ir con ellos por medio de burofax y mucho cuidado y aun asi mas de una vez me renuevan productos y me empiezan a liar o a marear (sobretodo con las bajas). Para mi que se pudran y cierren la mayoria. Yo ya no confio en ningun banco españo, prefiero usar algunos extranjeros (por lo menos son menos chorizos y mas o menos cumplen o no abusan).
Cuando conozco algun trabajador de banca, se nota si el tio es un puesto de cajero o tiene un puesto mas importante. Todo trabajador de la banca que va ascendiendo es porque engaña y abusa mas (esto nadie me lo puede quitar de la cabeza, entre otras cosas porque conozco a unos cuantos amigos mios). Yo nunca podria trabajar de banquero y vivir dia a dia engañando a gente necesitada y abusando o robando dinero directamente.
¿Alguien me puede explicar esto?: "La sentencia es de obligado cumplimiento por todos los jueces de la UE. Los magistrados deberán tener en cuenta esta sentencia en todos los casos, aunque el fallo no es vinculante. Pese a que España no estaría formalmente obligada a cambiar la ley, el Gobierno español ha esperado a conocer la sentencia para aprobar el proyecto de ley sobre desahucios que está en tramitación en el Congreso."
"El fallo será directamente aplicable a partir de ahora y en los procesos que están vivos. " Me alegro por todas las personas que viven colgando de un hilo.
#9 Esta sentencia no es vinculante y los jueces no están obligados a cumplirla, pero al menos ya sabemos de qué palo va cada uno en esta partida
#9 Lo que ha hecho el TJUE es interpretar una norma comunitaria de acuerdo con la española, y ha decidido que es contraria. Los jueces pueden aplicar la norma comunitaria porque el Derecho de la UE es aplicable directamente por los tribunales.
No vincula a España porque son leyes diferentes, por un lado la española y por otro la europea. Los jueces pueden elegir y eligen la comunitaria en caso de conflicto, aunque lo lógico sería impulsar una reforma interna.
#3 Si, y europapress, pero esta ha sido la primera que ha llegado y al leerlo pensaba que era errónea por como está redactada, concretamente, el párrafo en #1 (por eso aún no la he votado...)
Mejor hechamos politicos corruptos y banqueros usureros.
La mejor ley hipotecaria ja ja ja y nos lo tienen que decir des de europa, este pais continua siendo el cortijo de unos cuantos y los ciudadanos los que pagamos sus lujos y despilfarros via impuestos injustos y abusivos.
Hombre este tampoco creo que sea un ejemplo del resto de desahuciados de España: Pide un préstamo de 138.000 euros, y en menos de un año deja de pagar las cuotas.
[Y como sé que la mayoría menea pero no dedica tiempo a leer lo que vota, dejo extractos]
18. -El 19 de julio de 2007, el Sr. Aziz, nacional marroquí que trabajaba en España desde el mes de diciembre de 1993, suscribió con Catalunyacaixa, mediante escritura notarial, un contrato de préstamo con garantía hipotecaria. El inmueble que constituía dicha garantía era la vivienda familiar del Sr. Aziz, de la que era propietario desde 2003.
19. El capital prestado por Catalunyacaixa era de 138.000 euros. Debía amortizarse en 33 anualidades, con 396 cuotas mensuales, a partir del 1 de agosto de 2007.
23. El Sr. Aziz abonó con regularidad las cuotas mensuales desde julio de 2007 hasta mayo de 2008, pero dejó de hacerlo a partir de junio de 2008. En vista de ello, [...]
24. Tras requerir infructuosamente al Sr. Aziz el pago de lo debido, Catalunyacaixa inició el 11 de marzo de 2009, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Martorell, un procedimiento de ejecución contra el interesado, reclamándole las
25. El Sr. Aziz no compareció, por lo que, el 15 de diciembre de 2009, dicho Juzgado ordenó la ejecución. Se envió al Sr. Aziz un requerimiento de pago, que éste no atendió y al que no formuló oposición.
Yo aún estoy esperando que eso ocurra (que no quiere decir que lo desee). A los ciudadanos españoles deben darnos un premio por aguantar tantos abusos y seguir tragando.
#28 Pues yo sí lo deseo, y fervientemente por cierto. Eso de presentarse en una oficina central con una lata de gasofa y una antorcha me da un morbo acojonante
Osea que una ley puede existir durante años y años (¿décadas?) vulnerando la normativa europea y, tras no sé cuantos desahucios y suididios (para hipersensibles: los sucidios los provocan diferentes factores, ya lo sé, pero un desahucio puede ser de los más determinantes), dicen: "Pues no era legal". ¿Esto qué c... es?
#25 Las sentencias de Europa no son de obligado cumplimiento siempre. Las hay que son directrices y las hay que son leyes.
Como pone aquí, España no está obligada a cambiar su ley pero los jueces deberán tener la sentencia de Europa en cuenta, es decir, de facto, los jueces deberían usar la nueva "ley" de Europa, aunque todavái no se refleje en nuestras leyes.
A todos los que opinan por aquí, les recomiendo leer esta entrada, que aunque contiene más de 4 palabras es asequible y explica muy bien en qué consiste esto:
Espero que los que hayan pensado en dejar de pagar su hipoteca ante la supuesta "ilegalidad de la ley de deshaucios" se lo vuelvan a pensar otro poco...
Y ahora queeeee y la gente que a sido botada de sus casas queeee, la justicia Europea que juzgue tanbien a todos estos inpresentables,no me fio de la justicia española sin mas,ni de los jueces españoles,,,,,
No estoy seguro de si entiendo lo que es el concepto de "vencimiento anticipado". Entiendo que tiene que ver con este párrafo:
Lo que también pone en tela de juicio la justicia europea es que una entidad pueda dar por vencido todo el préstamo hipotecario, aunque solamente se haya producido el impago de una cuota.
¿Eso quiere decir que si fallo una sola cuota pueden iniciar ya el procedimiento de embargo?
Otra cosa que he oido, no en la noticia, sino a un amigo, es que el banco puede, en cualquier momento, pedirte que abones el total de lo que debas inmediatamente, porque les salga de ahí sin que tengan que dar ninguna razón. ¿Esto es cierto? ¿Tiene relación con lo del vencimiento anticipado? (Lo digo porque me suena literalmente a eso) ¿No es abusivo? Entiendo que tengan que tener seguridad, pero no pueden pretender que, si ellos tienen un problema, te puedan pedir el importe íntegro de la noche a la mañana cuando precisamente te hipotecas porque no puedes pagar todo de golpe.
Si algún entendido en la sala lo supiera, le agradecería que me aclarara esas dudas.
Noticia errónea, se refiere a la propuesta de sentencia de la abogada general, la señora Kokot, no a una sentencia del Tribunal de Justicia, que aún no ha sido emitida.
Ayer se malinterpretaron los efectos de la sentencia, este articulo lo eplica bien La verdad sobre la dacion en pago los Desahuciados, la pah y los alquileres sociales http://www.inmobiliariabarreras.net/es/madrid/corporativo/noticias/299/default.aspx ¿ y ahora como consuelan los periodicos a sus lectores a los que indijeron a error ?
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que la legislación española que regula los procedimientos de desahucio vulnera la normativa europea comunitaria de protección de los consumidores.
La sentencia del TJUE da luz verde a los jueces españoles para que paralicen todos aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que consideren que las hipotecas firmadas por los afectados contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo. El fallo del tribunal europeo será directamente aplicable a partir de ahora y en los procesos que están vivos, así como en las sentencias pendientes de dictar.
A día de hoy, la legislación española no permite al juez encargado de un proceso de ejecución hipotecaria paralizarlo si considera que el contrato contiene cláusulas abusivas ya que le impide entrar a valorar este tipo de cuestiones. De esta manera, una vez iniciado el procedimiento, el juez no puede ordenar la suspensión de la ejecución o subasta forzosa del inmueble y, por tanto, impedir que el deudor pierda la vivienda.
De hecho, el afectado sólo puede alegar el carácter abusivo de las cláusulas en un procedimiento separado, lo que, tal y como explican los abogados, suele suceder a posteriori, cuando ya ha perdido la vivienda.
De hecho, al considerar el TJUE que la legislación española va en contra de las leyes europeas, los jueces españoles podrán entrar a valorar el carácter abusivo o no de los polémicos intereses de demora que la banca aplica cuando un hipotecado no puede hacer frente al pago de su hipoteca. Estos intereses varían de unas entidades a otras, pero oscilan entre el 20% y el 30%.
Lo que también pone en tela de juicio la justicia europea es que una entidad pueda dar por vencido todo el préstamo hipotecario, aunque solamente se haya producido el impago de una cuota.
Otra de las cláusulas que se cuestiona es aquella que permite a la entidad financiera determinar de manera unilateral el importe de la deuda. El dictamen de la abogada europea señalaba que el consumidor afectado no puede cuestionar la legitimidad de esa cuantía durante el proceso de desahucio y que sólo puede hacerlo a través de un procedimiento judicial separado que no lo frena y cuya resolución se produce siempre después de haber perdido la vivienda.
Cuánto me alegro por todos aquellos que viven con el agua al cuello. Hoy brindaré por ellos
Sensacionalista a más no poder. No habla del tema de los desahucios sino de que un juez ahora va a poder juzgar en el mismo procedimiento la cuestión de las clausulas abusivas.
#14 ¿Cómo que no habla del tema de los desahucios si habla precisamente de la ley que regula los procedimientos de desahucios y lo hace respondiendo ante una consulta sobre un tema de un desahucio?.
Que sí, se basa en el tema de las cláusulas abusivas, y es que precisamente los desahucios no se realizan per se, sino por algún motivo, y es a eso a donde se ha llegado, al principal motivo por el que se producen desahucios, para corregirlo.
#19 Habla de los intereses de demora o vencimientos anticipados ¿eso tiene que ver con que te echen del piso y mantengas la deuda? Eso no afecta, o al menos de manera general.
#38 Ciertamente no tiene porque ser los únicos, lo que pasa, y según mi opinión, es que la mayoría de los desahucios no son por condiciones abusivas y por tanto esto no resuelve nada.
#19 Básicamente la sentencia lo que viene a decir es que los jueces pueden paralizar cautelarmente el desahucio si el hipotecado alegaba cláusulas abusivas.
El problema es que hasta ahora si un hipotecado alegaba que le desahuciaban por la aplicación de cláusulas abusivas, el desahucio contiuaba igual, aunque posteriormente se le diese la razón, en cuyo caso debía indemnizársele.
Ahora, en base a esto, el juez podrá (es decir, no tiene porqué hacerlo automáticamente) paralizar cautelarmente el desahucio mientras se dirime el tema de las caláusulas abusivas.
Esto no significa en cualquier caso que se declaren abusivas determinadas clásulas, hecho que seguirá funcionando como hasta ahora (tendrán que ser los jueces los que determinen en cada caso), ni implica la dación en pago, ni la paralización automática de los desahucios. sólo implica que, si has demandado al banco, el juez puede, según su criterio, paralizar el desahucio.
#14 No lo has entendido bien. Pondré un ejemplo de como se resolvía un caso antes de esta sentencia y otro de cómo se resuelve después. Se trata de un juicio por ejecución hipotecaria.
ANTES: El banco reclama 250.000 euros al hipotecado, que presenta alegaciones indicando que ya ha pagado lo que debe (unos 15.000) y se opone a esa demanda, el juez aplica la ley según la cual el hipotecado puede decir misa, pero si no paga los 250.000 que le reclama el banco hay que ejecutar la deuda y deshauciarle de la casa. El hipotecado es deshauciado y se le condena a pagar las costas.
AHORA: El banco reclama 250.000 euros al hipotecado, que presenta alegaciones indicando que ya ha pagado lo que debe (unos 15.000) y se opone a esa demanda, el juez entra al fondo del asunto y comprueba que el banco le estaba reclamando letras que aún no habían vencido y unos intereses abusivos, y que el hipotecado ya ha pagado los 15.000 euros que realmente debía al banco. El hipotecado conserva la casa y el banco es condenado a pagar las costas.
#62 Lo he entendido perfectamente, y me parece bien la sentencia, pero no tiene que ver nada con la dación en pago que se reclama por parte de PAH que ahora están tan eufóricos no se muy bien debido a que.
Tu ejemplo perfecto, y eso es lo que soluciona ya que era una vergüenza reclamar a posteriori, ahora bien si no hay clausula abusiva ¿que soluciona para los desahuciados? ¿no les echan de la casa y mantienen la deuda?
El problema es que se están mezclando interesadamente dos cosas que nada tienen que ver.
#63 La noticia se titula "La justicia europea considera ilegal la ley española que regula los desahucios", la entradilla habla de lo mismo. No veo el sensacionalismo.
Efectivamente, esto no tiene nada que ver con la dación en pago, esta noticia es distinta.
Sin embargo esta noticia es muy positiva para los afectados por la hipoteca, los cuales la estarán celebrando. La PAH ha reclamado docenas de medidas para ayudar a los afectados, la dación es sólo una de tantas. De hecho esta noticia supone que el hipotecado puede conservar la vivienda, mientras que la dación no sirve para eso. Ambas son positivas para ellos, pero son medidas diferentes.
Por ejemplo la reclamación que hace el banco de cuotas no vencidas, o la imposición unilateral por parte del banco de la cantidad que debe pagar el hipotecado si no quiere ser desahuciado. En ambos casos no hay cláusulas abusivas. Los abogados y jueces verán que se les abren otras muchas puertas que nosotros no vemos todavía.
El problema es que algunos mezcláis interesadamente PAH con dación en pago, las consideráis indivisibles y equivalentes, y del resto de medidas que propone la PAH no queréis saber nada.
#65 La ILP que hay en el congreso y que ha gestionado PAH es dación en pago retroactiva ¡¡es su gran medida!!. En todo caso los que mezclan interesadamente son los del PAH. Échale un vistazo a su página web y sus campañas.
Esto ayudará a afectados que estén sometidos a clausulas abusivas, pero son los menos y no soluciona nada de lo que quiere PAH que es barra libre para todos.
#62 De hecho, incluso, ú ejemplo no es del todo válido, porque la setencia no declara abusiva ninguna cláusula. En ese aspecto todavía no ha cambiado nada y lo deja al arbitrio del juez, que puede declarar abusiva una cláusula del mismo modo que la declaraba ayer y con los mismos criterios.
Lo que sí ha cambiado es que, durante el proceso de ejecución de la hipoteca, podrá paralizar cautelarmente el desahucio y tendrá que entrar a decidir sobre lo abusivo de las cláusulas (si es que esto ha sido alegado por el hipotecado). Pero en ningún caso se esté diciendo que cláusulas que ayer no eran consideradas abusivas, vayan a serlo hoy.
Ni que no deba pagarse la hipoteca. Tal y como está ahora, de hecho no creo que vaya a afectar demasiado al desahucio en sí en la mayoría de los casos, sino quizá a la determinación de la deuda pendiente.
#80 Lo matizaré un poco más. En el ejemplo hablo del caso de una persona a la que el banco le reclama la totalidad del préstamo (250.000) a pesar de que sólo están vencidas cuotas por 14000 euros, y con unos interes de demora de 1000 euros, por ejemplo. El hipotecado paga al banco los 15.000 euros, pero el banco sigue con la ejecución adelante, y en el juicio le reclama la deuda completa. El banco se basa en las clausulas que le permiten reclamar letras no vencidas y determinar unilateralmente la cantidad debida. Creo que es un caso bastante interesante y habitual, la gente puede hacer frente a 15.000 euros, pero casi nadie puede pagar los 250.000 de golpe.
La justicia española (incluidos los más altos tribunales) ya ha declarado como abusivas en infinidad de ocasiones las cláusulas hipotecarias que permiten reclamar las cuotas no vencidas. Igualmente supongo que también se habrá pronunciado en el mismo sentido sobre las cláusulas que permiten a una de las partes determinar la cuantía de la deuda sin que la otra pueda ponerlo en cuestión, pues son contrarias a la legalidad vigente. Esas cláusulas eran abusivas ayer y lo son hoy.
La clave es que ayer la ley decía que era irrelevante que la cantidad que te reclama el banco fuera incorrecta (250000), daba igual que todos los tribunales estubiesen de acuerdo en que no le debías al banco 250.000 euros. O pagabas esa cantidad o te desahuciban, no tenías posibilidad de defenderte. Aunque pagases la cantidad correcta que debías (15000) te desahuciaban de todos modos. Algo a todas luces absurdo e injusto.
Por otro lado la sentencia ha considerado abusivos los intereses de mora del 18%, lo que contribuirá a aclarar donde está el límite de la usura, pues las leyes y tribunales españoles no se ponen de acuerdo. Por lo que sé la gran mayoría de hipotecas tienen intereses por mora superiores al 20%.
"Lo que también pone en tela de juicio la justicia europea es que una entidad pueda dar por vencido todo el préstamo hipotecario, aunque solamente se haya producido el impago de una cuota.
Otra de las cláusulas que se cuestiona es aquella que permite a la entidad financiera determinar de manera unilateral el importe de la deuda"
Comentarios
Antonio Maestre lo clava en twitter:AntonioMaestre La sentencia se la debemos a Mohamed Aziz. Ya han hecho más "los moros" por los españoles que Josep Anglada. #DesahuciosIlegales
#30 No se debe a Mohammed Aziz. Se debe a su abogado, o ni siquiera eso, se debe al Juez que, motu proprio, planteó la cuestión prejudicial ante el TJUE.
Pero bueno, te ha quedado bien, enhorabuena por el karma.
Sí se puede.
Aquí la sentencia: https://docs.google.com/file/d/0B2pCX4lNZffKSk9CVXNzRlRScjQ/view?sle=true&pli=1
Sí se puede. Ahora que vuelvan a decir que la ley hipotecaria española "es una de las más justas del mundo".
#17 Y lo dirán, no te quepa la menor duda ¿No ves que esta basura no tiene el mas mínimo ápice de decencia?
#17 Te olvidas de que nos gobiernan abogados. Para un abogado lo que diga la ley es justo y punto.
sentencia en pdf: http://ep00.epimg.net/descargables/2013/03/14/86c95cbd99c524963eb46091794c9519.pdf
Si es que todos los jueces son iguales.
Desde aquí quiero acusar públicamente a ese juez que ha osado llevar la contraria al Gobierno Español usando el único arma del que disponen los jueces: las leyes.
Acuso al titular del juzgado de lo mercantil número 3 de Barcelona, el juez José Manuel Fernández Seijo.
http://www.publico.es/espana/445111/ahora-podremos-proteger-al-consumidor-celebra-el-juez-que-consulto-a-la-ue-sobre-los-desahucios
Apuestas a que el PP recurre, como con otras sentencias que vienen de Europa
#6 pudiera ser, lamentablemente.
La pregunta es: ¿Y ahora qué?
¿Seguirán desahuciando a sabiendas que es ilegal?
#29 a los jueces españoles para que paralicen todos aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que consideren que las hipotecas firmadas por los afectados contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo. Vamos que los jueces pueden ordenar el desahucio si ven que las claúsulas de las hipotecas son legales (que lo dudo mucho que haya algun caso)
La noticia más importante de los últimos años a nivel social...a ver que dicen los de la cueva de Ali Baba...
Bueno pos nada, otra multa mas que vamos a pagar entre todos para que los bancos nos sigan robando, lo de este país no tiene nombre.
España, país de corruptos y paletos
Ojo con la noticia porque se está llevan a engaño desde algunos sectores "indignados"...
1 - Europa considera ilegales aquellas hipotecas en las que los jueces consideren que tienen cláusulas abusivas, porque Europa NO considera ilegal la normativa hipotecaria en sí
#45 Si, completamente cierto. En España, un trato con un banco no es de igual a igual, ellos siempre ganan, la ley está de su parte, eso te da una idea de quien gobierna realmente en este pais. Te puedo contar un caso personal, pero es demasiado triste para recordarlo.
Un marroquí y unos extranjeros son los que han tenido el valor de decir que las leyes hipotecarias españolas son ilegales (por que ya eran inmorales). Menuda lección de humildad para aquellos que se desgañitan defediendo a la banca, verguenza os debia dar, que algunos no teneis conciencia.
#50 Como tu, que para ti la banca todo lo hace bien. Esta es una justa victoria del pueblo, que bastante jodido está ya, y ni tu la vas a silenciar ni manipular. Y sobre lo que dices, la normativa en si no es ilegal, por supuesto que hacer hiptecas se hace en todo en mundo, son las clausulas españolas las ilegales.
#51 Pues no es razonable. Una cosa es que si ven impago tras un tiempo puedan pedir la ejecución, pero no me parece normal que si se les emperejila puedan obligarte a cancelar la hipoteca al instante si tú estás cumpliendo con tus plazos de pago. Es que ya no hablamos de gente que ha dejado de pagar durante más o menos tiempo. Eso me parece legítimo (dependiendo del plazo de impago que te permitan antes de ir a por ti, claro).
Es que el banco dice "que necesito el dinero ya porque estoy jodido" (y a lo mejor es su culpa) y aunque tú cumplas con tus pagos religiosamente tienen todas las de la ley para joderte. Y eso no me parece justo. Si yo tengo una contingencia, ellos no me perdonan. Si yo tengo que ser responsable para prever que puedo dejar de pagar, ellos deberían ser responsables al elegir a quién dan hipotecas, el volumen hipotecas total y su cuantía y decir "si damos hipotecas a todo Cristo, en un escenario adverso estamos jodidos".
El banco no tiene la culpa si yo no puedo pagar, pero yo no tengo la culpa si el banco por su mala gestión mete el dinero donde no deba. Veo que hay mucha doble moral cuando se dice "es que hemos vivido por encima de nuestras posibilidades". Porque no es contar toda la película.
1) Hay gente que en efecto se metió en préstamos imposibles con empleos y contratos precarios o con un sueldo bueno en ese momento, pero que al ser de un sector poco cualificado debieron evaluar el riesgo.
2) Los bancos han sido irresponsables al dar dinero a gente a la gente de arriba. En otras ocasiones, o bien por su situación laboral, o bien por el precio o bien por el sueldo no se la hubieran dado. Pasaron de los riesgos.
3) Los bancos han sido irresponsables doblemente porque han jugado con el dinero de sus ahorradores. Y encima dando más del 80% del precio de la vivienda.
4) Lo han sido triplemente irresponsables, porque ya no dependen de que uno no pague. Si están jodidos, tendrán que empezar a reclamar a sus clientes con hipotecas y tienen el derecho de que les paguen ya porque ellos lo valen, aunque sus clientes estén cumpliendo con responsabilidad sus obligaciones de pago con el banco.
Sin embargo, si yo estoy jodido y no puedo pagar, el banco se me puede llevar por delante en cualquier caso sin que yo pueda pedir una prórroga.
Pues sí, la situación es injusta. Al final joden a los que se metieron a hipotecas que no debían, a los que se metieron y les fue mal aunque trataron de ser responsables y a los que les va bien. Lo siento, pero aquí hay algo que falla en todo esto. ¿Dónde en toda esta cadena de razonamiento se le pide responsabilidad a los bancos al asumir riesgos?
#50 en la sentencia dicen que l normativa española es contraria al derecho de la unión y les da poderes que antes no tenían, no sé si la declararán ilegal, pero se la pasan por el forro.
#50 No considera ilegal la normativa hipotecaria, pero si el proceso de deshaucio y un montón de cosas más.
#38 No se han declarado abusivas esas cláusulas, ni el artículo lo dice. Sólo dice que tendrá que ser a consideración del juez (como ahora) La novedad es que ahora el juez podrá decretar la paralización del desahucio mientras estudia si esas cláusulas son o no abusivas. No como hasta ahora, en que el desahucio se ejecutaba sí o sí y posteriormente se estudiaba lo abusivo del contrato. Es decir, una (una más) indefensión flagrante de la parte más débil del contrato.
Al final, ha tenido que venir de fuera... así son nuestros políticos/bancos/jueces...
El titular más sensacionalista y revienta. El TJUE ha dicho que el juez podrá paralizar la ejecución si las cláusulas son abusivas, pero no declara contraria al Derecho de la UE la legislación hipotecaria. Lo que hay que leer, la madre de Dios.
#22 Te recuerdo que la cuestión prejudicial ante el TJUE la planteó un juez español.
#46 El canon sólo se declaró abusivo cobrarlo indiscriminadamente a empresas, establecimientos, personas jurídicas, etc. El TJUE no lo declaró abusivo aplicado a los particulares.
Me da la impresión de que se van a limpiar el culo con esa sentencia.
Para #11. Necesitan mucho más papel, están de mierda hasta el cuello.
Europa es ETA.
A ver, lo que yo entiendo de esa sentencia no es que declara abusivas las hipotecas o ilegales los desahucios.
Lo que hace es permitir que los jueces españoles lo hagan, que hasta ahora no podían.
Esto es lo que dijo ayer mismo Rajoy:
Rajoy rechaza de nuevo la dación en pago general porque “podría dañar si remedio la garantía hipotecaria e impedir en el futuro el acceso de las familias a los préstamos hipotecarios”.
Rajoy rechaza de nuevo la dación en pago
Rajoy rechaza de nuevo la dación en pago
elperiodico.comPara #52. Acaban de entrar en pendientes :
'...La sentencia europea empuja al Gobierno a cambiar la ley hipotecaria...'
http://www.eldiario.es/politica/sentencia-europea-Gobierno-cambiar-hipotecaria_0_110939009.html
'...Gallardón garantiza que cambiará la ley de desahucios para adaptarla a la UE...'
Gallardón garantiza que cambiará la ley de desahucios para adaptarla a la UE
Gallardón garantiza que cambiará la ley de desahuc...
elconfidencial.comhttp://www.zonadepruebas.com/images/bbcodes/aplauso.gif
Esta noticia va a reventar la portada.
Cuánto gilipollas se va a tragar sus palabras, cuánto gilipollas ha conducido los destinos de este país y con qué poco acierto.
Estoy hasta los coj... de los bancos y sus aseguradoras. La mayoria (por lo menos los españoles), son unos chorizos, mentirosos, liantes, ladrones, etc etc etc.
Mas de una reclamacion se han llevado ya por mi parte (alguna he ganado y me han tenido que devolver "algo" de lo que consideraba injusto). Siempre tengo que ir con ellos por medio de burofax y mucho cuidado y aun asi mas de una vez me renuevan productos y me empiezan a liar o a marear (sobretodo con las bajas). Para mi que se pudran y cierren la mayoria. Yo ya no confio en ningun banco españo, prefiero usar algunos extranjeros (por lo menos son menos chorizos y mas o menos cumplen o no abusan).
Cuando conozco algun trabajador de banca, se nota si el tio es un puesto de cajero o tiene un puesto mas importante. Todo trabajador de la banca que va ascendiendo es porque engaña y abusa mas (esto nadie me lo puede quitar de la cabeza, entre otras cosas porque conozco a unos cuantos amigos mios). Yo nunca podria trabajar de banquero y vivir dia a dia engañando a gente necesitada y abusando o robando dinero directamente.
¿Alguien me puede explicar esto?:
"La sentencia es de obligado cumplimiento por todos los jueces de la UE. Los magistrados deberán tener en cuenta esta sentencia en todos los casos, aunque el fallo no es vinculante. Pese a que España no estaría formalmente obligada a cambiar la ley, el Gobierno español ha esperado a conocer la sentencia para aprobar el proyecto de ley sobre desahucios que está en tramitación en el Congreso."
#9 El fallo no obliga a modificar la Ley, pero sí sienta jurisprudencia.
Bueno, bueno, bueno
"El fallo será directamente aplicable a partir de ahora y en los procesos que están vivos. " Me alegro por todas las personas que viven colgando de un hilo.
#9 Esta sentencia no es vinculante y los jueces no están obligados a cumplirla, pero al menos ya sabemos de qué palo va cada uno en esta partida
#9 Lo que ha hecho el TJUE es interpretar una norma comunitaria de acuerdo con la española, y ha decidido que es contraria. Los jueces pueden aplicar la norma comunitaria porque el Derecho de la UE es aplicable directamente por los tribunales.
No vincula a España porque son leyes diferentes, por un lado la española y por otro la europea. Los jueces pueden elegir y eligen la comunitaria en caso de conflicto, aunque lo lógico sería impulsar una reforma interna.
#58 Donde digo "pueden elegir" quiero decir "deben elegir", es obligatorio aplicar la norma europea si se contradicen.
Está claro que necesitamos jueces de fuera para arreglar los desaguisados en España, para este, y para otros varios temas que tenemos pendientes.
"Lo que dictaminará hoy el TJUE es si... " los de elconfidencial son adivinos.
#1 A lo mejor lo han leído en El País: http://politica.elpais.com/politica/2013/03/14/actualidad/1363248602_932663.html
#3 Si, y europapress, pero esta ha sido la primera que ha llegado y al leerlo pensaba que era errónea por como está redactada, concretamente, el párrafo en #1 (por eso aún no la he votado...)
#1 #4 Eso es porque actualizan sobre noticias anteriores referidas al mismo tema.
El Tribunal de Justicia Europeo dice que la normativa española de desahucios es ilegal
http://www.lawyersabogados.es/recuperacion-de-deuda-recobro-morosidad/la-ley-espanola-de-desahucios-vulnera-la-normativa-comunitaria/
El Mundo, Público, 20 minutos, La Vanguardia,... está en toda la prensa nacional y nazional. #3
¿Supongo que los 3 negativos son banqueros? ¿Hay banqueros en meneame?
Mejor hechamos politicos corruptos y banqueros usureros.
La mejor ley hipotecaria ja ja ja y nos lo tienen que decir des de europa, este pais continua siendo el cortijo de unos cuantos y los ciudadanos los que pagamos sus lujos y despilfarros via impuestos injustos y abusivos.
Contratemos jueces europeos que a la larga saldrán más baratos.
Nota de prensa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
http://www.slideshare.net/fanetin/nota-de-prensa-tribunal-europeo-sobe-sentencia-hipotecas-14-marzo-2013#
Hombre este tampoco creo que sea un ejemplo del resto de desahuciados de España: Pide un préstamo de 138.000 euros, y en menos de un año deja de pagar las cuotas.
[Y como sé que la mayoría menea pero no dedica tiempo a leer lo que vota, dejo extractos]
18. -El 19 de julio de 2007, el Sr. Aziz, nacional marroquí que trabajaba en España desde el mes de diciembre de 1993, suscribió con Catalunyacaixa, mediante escritura notarial, un contrato de préstamo con garantía hipotecaria. El inmueble que constituía dicha garantía era la vivienda familiar del Sr. Aziz, de la que era propietario desde 2003.
19. El capital prestado por Catalunyacaixa era de 138.000 euros. Debía amortizarse en 33 anualidades, con 396 cuotas mensuales, a partir del 1 de agosto de 2007.
23. El Sr. Aziz abonó con regularidad las cuotas mensuales desde julio de 2007 hasta mayo de 2008, pero dejó de hacerlo a partir de junio de 2008. En vista de ello, [...]
24. Tras requerir infructuosamente al Sr. Aziz el pago de lo debido, Catalunyacaixa inició el 11 de marzo de 2009, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Martorell, un procedimiento de ejecución contra el interesado, reclamándole las
25. El Sr. Aziz no compareció, por lo que, el 15 de diciembre de 2009, dicho Juzgado ordenó la ejecución. Se envió al Sr. Aziz un requerimiento de pago, que éste no atendió y al que no formuló oposición.
Y tienen que venir ellos a decirlo para que les hagamos caso ¡DEMOCRACIA!
BOMBAZO: "Gallardón informa la modificación de la ley española"
Europa pone cordura
Relacionado : http://www.eldiario.es/politica/Ada-Colau-PHA-paralicen-desahucios_0_110939063.html
La subió orignalmente@Kalikenyo en Ada Colau (PAH) pide que se paralicen "todos" los desahucios en curso
Ada Colau (PAH) pide que se paralicen "todos&...
eldiario.espero la cerró, según sus propias palabras, por recibir negativos. Como veo que no la sube de nuevo la enlazo aquí.
Pues sí que han tardado en darse cuenta
Una duda desde la más sincera ignorancia: ¿no declararon ilegal también el canon y nos lo siguen cobrando? ¿Cuál es la diferencia?
Y para cuando una sentencia que diga que meter fuego a los bancos con los banqueros dentro no sea delito???
#20
Yo aún estoy esperando que eso ocurra (que no quiere decir que lo desee). A los ciudadanos españoles deben darnos un premio por aguantar tantos abusos y seguir tragando.
#28 Pues yo sí lo deseo, y fervientemente por cierto. Eso de presentarse en una oficina central con una lata de gasofa y una antorcha me da un morbo acojonante
Es importante destacar que la sentencia ha sido emitida por jueces de fuera de España. O sea, el PP no puede apartarlos de la carrera judicial.
Osea que una ley puede existir durante años y años (¿décadas?) vulnerando la normativa europea y, tras no sé cuantos desahucios y suididios (para hipersensibles: los sucidios los provocan diferentes factores, ya lo sé, pero un desahucio puede ser de los más determinantes), dicen: "Pues no era legal". ¿Esto qué c... es?
Qué dicen ahora el presidente del lobby bancario en España y Jesús Posada?
otra vez europa sacándnos los colores
Si yo fuera militante del PPSOE sentiría vergüenza, pero no creo que la tengan.
Lo vengo diciendo, la unica solucion a los problemas (generados por los gobiernos espanyoles) de Espanya es Bruselas...
El comportamiento de los banqueros en España es MUY diferente a lo que ocurre en Venezuela. En Venezuela sí hay gobierno:
Conversación de Hugo Chávez con el presidente del banco BBVA
No se si es cosa mia, pero ya he leido que la UE ha declarado ilegales muchas leyes nuestras y ahi siguen...
#25 Las sentencias de Europa no son de obligado cumplimiento siempre. Las hay que son directrices y las hay que son leyes.
Como pone aquí, España no está obligada a cambiar su ley pero los jueces deberán tener la sentencia de Europa en cuenta, es decir, de facto, los jueces deberían usar la nueva "ley" de Europa, aunque todavái no se refleje en nuestras leyes.
#31 Ah ok, gracias por la info =P
A todos los que opinan por aquí, les recomiendo leer esta entrada, que aunque contiene más de 4 palabras es asequible y explica muy bien en qué consiste esto:
http://www.jotdown.es/2013/03/tsevan-rabtan-es-la-ley-espanola-sobre-desahucios-ilegal/
Espero que los que hayan pensado en dejar de pagar su hipoteca ante la supuesta "ilegalidad de la ley de deshaucios" se lo vuelvan a pensar otro poco...
Y ahora queeeee y la gente que a sido botada de sus casas queeee, la justicia Europea que juzgue tanbien a todos estos inpresentables,no me fio de la justicia española sin mas,ni de los jueces españoles,,,,,
buah como si pintara mucho la justicia europea . JAJAJAJAJAJAAJAJAJAJAJAJA
y lo que se la suda a nuestros banqueros/políticos qué, eh?
¿Que van a hacer con las familias de aquellos que se han suicidado porque no podían pagar las hipotecas asesinas?
Sentencia íntegra del Tribunal de Justicia de la UE
http://ultimasnoticiasnew.blogspot.com.es/2013/03/sentencia-integra-del-tribunal-de_3257.html
No estoy seguro de si entiendo lo que es el concepto de "vencimiento anticipado". Entiendo que tiene que ver con este párrafo:
Lo que también pone en tela de juicio la justicia europea es que una entidad pueda dar por vencido todo el préstamo hipotecario, aunque solamente se haya producido el impago de una cuota.
¿Eso quiere decir que si fallo una sola cuota pueden iniciar ya el procedimiento de embargo?
Otra cosa que he oido, no en la noticia, sino a un amigo, es que el banco puede, en cualquier momento, pedirte que abones el total de lo que debas inmediatamente, porque les salga de ahí sin que tengan que dar ninguna razón. ¿Esto es cierto? ¿Tiene relación con lo del vencimiento anticipado? (Lo digo porque me suena literalmente a eso) ¿No es abusivo? Entiendo que tengan que tener seguridad, pero no pueden pretender que, si ellos tienen un problema, te puedan pedir el importe íntegro de la noche a la mañana cuando precisamente te hipotecas porque no puedes pagar todo de golpe.
Si algún entendido en la sala lo supiera, le agradecería que me aclarara esas dudas.
Noticia errónea, se refiere a la propuesta de sentencia de la abogada general, la señora Kokot, no a una sentencia del Tribunal de Justicia, que aún no ha sido emitida.
#76 http://ep00.epimg.net/descargables/2013/03/14/86c95cbd99c524963eb46091794c9519.pdf
Pues esto parece una sentencia
Ayer se malinterpretaron los efectos de la sentencia, este articulo lo eplica bien La verdad sobre la dacion en pago los Desahuciados, la pah y los alquileres sociales http://www.inmobiliariabarreras.net/es/madrid/corporativo/noticias/299/default.aspx ¿ y ahora como consuelan los periodicos a sus lectores a los que indijeron a error ?
IN EUROPEAN UNION WE TRUST
#2 Les tiens indecisos....
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que la legislación española que regula los procedimientos de desahucio vulnera la normativa europea comunitaria de protección de los consumidores.
La sentencia del TJUE da luz verde a los jueces españoles para que paralicen todos aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que consideren que las hipotecas firmadas por los afectados contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo. El fallo del tribunal europeo será directamente aplicable a partir de ahora y en los procesos que están vivos, así como en las sentencias pendientes de dictar.
A día de hoy, la legislación española no permite al juez encargado de un proceso de ejecución hipotecaria paralizarlo si considera que el contrato contiene cláusulas abusivas ya que le impide entrar a valorar este tipo de cuestiones. De esta manera, una vez iniciado el procedimiento, el juez no puede ordenar la suspensión de la ejecución o subasta forzosa del inmueble y, por tanto, impedir que el deudor pierda la vivienda.
De hecho, el afectado sólo puede alegar el carácter abusivo de las cláusulas en un procedimiento separado, lo que, tal y como explican los abogados, suele suceder a posteriori, cuando ya ha perdido la vivienda.
De hecho, al considerar el TJUE que la legislación española va en contra de las leyes europeas, los jueces españoles podrán entrar a valorar el carácter abusivo o no de los polémicos intereses de demora que la banca aplica cuando un hipotecado no puede hacer frente al pago de su hipoteca. Estos intereses varían de unas entidades a otras, pero oscilan entre el 20% y el 30%.
Lo que también pone en tela de juicio la justicia europea es que una entidad pueda dar por vencido todo el préstamo hipotecario, aunque solamente se haya producido el impago de una cuota.
Otra de las cláusulas que se cuestiona es aquella que permite a la entidad financiera determinar de manera unilateral el importe de la deuda. El dictamen de la abogada europea señalaba que el consumidor afectado no puede cuestionar la legitimidad de esa cuantía durante el proceso de desahucio y que sólo puede hacerlo a través de un procedimiento judicial separado que no lo frena y cuya resolución se produce siempre después de haber perdido la vivienda.
Cuánto me alegro por todos aquellos que viven con el agua al cuello. Hoy brindaré por ellos
Sensacionalista a más no poder. No habla del tema de los desahucios sino de que un juez ahora va a poder juzgar en el mismo procedimiento la cuestión de las clausulas abusivas.
#14 ¿Cómo que no habla del tema de los desahucios si habla precisamente de la ley que regula los procedimientos de desahucios y lo hace respondiendo ante una consulta sobre un tema de un desahucio?.
Que sí, se basa en el tema de las cláusulas abusivas, y es que precisamente los desahucios no se realizan per se, sino por algún motivo, y es a eso a donde se ha llegado, al principal motivo por el que se producen desahucios, para corregirlo.
#19 Habla de los intereses de demora o vencimientos anticipados ¿eso tiene que ver con que te echen del piso y mantengas la deuda? Eso no afecta, o al menos de manera general.
#27 C&P "contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo."
Ese "como" significa que eso son dos de los puntos, que pueden ser más. ponen dos ejemplos de cláusulas abusivas, pero no dice que sean los únicos.
#38 Ciertamente no tiene porque ser los únicos, lo que pasa, y según mi opinión, es que la mayoría de los desahucios no son por condiciones abusivas y por tanto esto no resuelve nada.
#19 Básicamente la sentencia lo que viene a decir es que los jueces pueden paralizar cautelarmente el desahucio si el hipotecado alegaba cláusulas abusivas.
El problema es que hasta ahora si un hipotecado alegaba que le desahuciaban por la aplicación de cláusulas abusivas, el desahucio contiuaba igual, aunque posteriormente se le diese la razón, en cuyo caso debía indemnizársele.
Ahora, en base a esto, el juez podrá (es decir, no tiene porqué hacerlo automáticamente) paralizar cautelarmente el desahucio mientras se dirime el tema de las caláusulas abusivas.
Esto no significa en cualquier caso que se declaren abusivas determinadas clásulas, hecho que seguirá funcionando como hasta ahora (tendrán que ser los jueces los que determinen en cada caso), ni implica la dación en pago, ni la paralización automática de los desahucios. sólo implica que, si has demandado al banco, el juez puede, según su criterio, paralizar el desahucio.
#47 Exacto, pero la gente no lo entiende. Si es que no se lee.
#14 es que la mayoría de préstamos con garantía hipotecaria de España contienen cláusulas abusivas...
#21 La mayoría de los contratos que se firman en el Reino de España son contratos de adhesión con cláusulas abusivas.
#14 No lo has entendido bien. Pondré un ejemplo de como se resolvía un caso antes de esta sentencia y otro de cómo se resuelve después. Se trata de un juicio por ejecución hipotecaria.
ANTES: El banco reclama 250.000 euros al hipotecado, que presenta alegaciones indicando que ya ha pagado lo que debe (unos 15.000) y se opone a esa demanda, el juez aplica la ley según la cual el hipotecado puede decir misa, pero si no paga los 250.000 que le reclama el banco hay que ejecutar la deuda y deshauciarle de la casa. El hipotecado es deshauciado y se le condena a pagar las costas.
AHORA: El banco reclama 250.000 euros al hipotecado, que presenta alegaciones indicando que ya ha pagado lo que debe (unos 15.000) y se opone a esa demanda, el juez entra al fondo del asunto y comprueba que el banco le estaba reclamando letras que aún no habían vencido y unos intereses abusivos, y que el hipotecado ya ha pagado los 15.000 euros que realmente debía al banco. El hipotecado conserva la casa y el banco es condenado a pagar las costas.
#62 Lo he entendido perfectamente, y me parece bien la sentencia, pero no tiene que ver nada con la dación en pago que se reclama por parte de PAH que ahora están tan eufóricos no se muy bien debido a que.
Tu ejemplo perfecto, y eso es lo que soluciona ya que era una vergüenza reclamar a posteriori, ahora bien si no hay clausula abusiva ¿que soluciona para los desahuciados? ¿no les echan de la casa y mantienen la deuda?
El problema es que se están mezclando interesadamente dos cosas que nada tienen que ver.
#63 La noticia se titula "La justicia europea considera ilegal la ley española que regula los desahucios", la entradilla habla de lo mismo. No veo el sensacionalismo.
Efectivamente, esto no tiene nada que ver con la dación en pago, esta noticia es distinta.
Sin embargo esta noticia es muy positiva para los afectados por la hipoteca, los cuales la estarán celebrando. La PAH ha reclamado docenas de medidas para ayudar a los afectados, la dación es sólo una de tantas. De hecho esta noticia supone que el hipotecado puede conservar la vivienda, mientras que la dación no sirve para eso. Ambas son positivas para ellos, pero son medidas diferentes.
Por ejemplo la reclamación que hace el banco de cuotas no vencidas, o la imposición unilateral por parte del banco de la cantidad que debe pagar el hipotecado si no quiere ser desahuciado. En ambos casos no hay cláusulas abusivas. Los abogados y jueces verán que se les abren otras muchas puertas que nosotros no vemos todavía.
El problema es que algunos mezcláis interesadamente PAH con dación en pago, las consideráis indivisibles y equivalentes, y del resto de medidas que propone la PAH no queréis saber nada.
#65 La ILP que hay en el congreso y que ha gestionado PAH es dación en pago retroactiva ¡¡es su gran medida!!. En todo caso los que mezclan interesadamente son los del PAH. Échale un vistazo a su página web y sus campañas.
Esto ayudará a afectados que estén sometidos a clausulas abusivas, pero son los menos y no soluciona nada de lo que quiere PAH que es barra libre para todos.
#62 De hecho, incluso, ú ejemplo no es del todo válido, porque la setencia no declara abusiva ninguna cláusula. En ese aspecto todavía no ha cambiado nada y lo deja al arbitrio del juez, que puede declarar abusiva una cláusula del mismo modo que la declaraba ayer y con los mismos criterios.
Lo que sí ha cambiado es que, durante el proceso de ejecución de la hipoteca, podrá paralizar cautelarmente el desahucio y tendrá que entrar a decidir sobre lo abusivo de las cláusulas (si es que esto ha sido alegado por el hipotecado). Pero en ningún caso se esté diciendo que cláusulas que ayer no eran consideradas abusivas, vayan a serlo hoy.
Ni que no deba pagarse la hipoteca. Tal y como está ahora, de hecho no creo que vaya a afectar demasiado al desahucio en sí en la mayoría de los casos, sino quizá a la determinación de la deuda pendiente.
#80 Lo matizaré un poco más. En el ejemplo hablo del caso de una persona a la que el banco le reclama la totalidad del préstamo (250.000) a pesar de que sólo están vencidas cuotas por 14000 euros, y con unos interes de demora de 1000 euros, por ejemplo. El hipotecado paga al banco los 15.000 euros, pero el banco sigue con la ejecución adelante, y en el juicio le reclama la deuda completa. El banco se basa en las clausulas que le permiten reclamar letras no vencidas y determinar unilateralmente la cantidad debida. Creo que es un caso bastante interesante y habitual, la gente puede hacer frente a 15.000 euros, pero casi nadie puede pagar los 250.000 de golpe.
La justicia española (incluidos los más altos tribunales) ya ha declarado como abusivas en infinidad de ocasiones las cláusulas hipotecarias que permiten reclamar las cuotas no vencidas. Igualmente supongo que también se habrá pronunciado en el mismo sentido sobre las cláusulas que permiten a una de las partes determinar la cuantía de la deuda sin que la otra pueda ponerlo en cuestión, pues son contrarias a la legalidad vigente. Esas cláusulas eran abusivas ayer y lo son hoy.
La clave es que ayer la ley decía que era irrelevante que la cantidad que te reclama el banco fuera incorrecta (250000), daba igual que todos los tribunales estubiesen de acuerdo en que no le debías al banco 250.000 euros. O pagabas esa cantidad o te desahuciban, no tenías posibilidad de defenderte. Aunque pagases la cantidad correcta que debías (15000) te desahuciaban de todos modos. Algo a todas luces absurdo e injusto.
Por otro lado la sentencia ha considerado abusivos los intereses de mora del 18%, lo que contribuirá a aclarar donde está el límite de la usura, pues las leyes y tribunales españoles no se ponen de acuerdo. Por lo que sé la gran mayoría de hipotecas tienen intereses por mora superiores al 20%.
"Lo que también pone en tela de juicio la justicia europea es que una entidad pueda dar por vencido todo el préstamo hipotecario, aunque solamente se haya producido el impago de una cuota.
Otra de las cláusulas que se cuestiona es aquella que permite a la entidad financiera determinar de manera unilateral el importe de la deuda"