La cartera que encabeza Félix Bolaños asegura que el paro fue comunicado por un juez de un total de 6.259, y de 28 fiscales de 3.185. El ministerio ha deducido el sueldo correspondiente a su tiempo de participación
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etiquetas: huelga de jueces y fiscales
Y soltar este dato es solo una muestra de ignorancia, la ley española no obliga a los trabajadores a notificar cuando se unen a una huelga, recae en el empleador ver quien la ha hecho.
Hay que añadir que los jueces y fiscales no tienen derecho a huelga (sentencia del TC en 1981), por lo que deben de notificar la ausencia como si fuese por asuntos personales, o se trataría como absentismo.
Y lo han notificado 28 jueces y un fiscal.
No existe ninguna sentencia que diga que no tienen derecho a huelga, otro invent que te marcas. No está regulada simplemente, que no hay reflejo en la legislación ordinaria (leyes orgánicas, etc). Pero es un derecho fundamental recogido en la CE y en ese caso la aplicación de derecho es extensiva, no prohibitiva. El que no haya regulación es además un problema histórico que recae en el legislativo.
Se ha seguido además el mismo procedimiento que en otras ocasiones, con idéntico y distinto gobierno, en las que se les ha reconocido la huelga. La táctica actual de jugar al despiste es vergonzosa y únicamente amparada por tristes lamebotas.
Y el resto, ya te he dicho de donde y que año es la sentencia. Tienes la opción de buscarlo.
Como yo he dicho la verdad, el mentiroso eres tú.
No puedes citar ninguna sentencia que diga lo que afirmas porque no existe. Es imposible encontrar lo que no existe, es un truco viejo y triste inventarse cosas y decirle a los demás que busquen la prueba del invento. Si fuera real lo que dices, serias capaz de enlazarlo y citar donde pone lo que afirmas.
Agur.
Disfrútala, bocachancla.
Y como te he dicho, los números, son de tu enlace, que se te ha olvidado contabilizar los jueces sin plaza (siguiente puto link).
>Lo anterior significa que el eventual derecho de huelga de los funcionarios públicos no está regulado -y por consiguiente, tampoco prohibido por el Real Decreto-Ley 17/77. Si no hay regulación -y tampoco prohibición- mal puede hablarse de inconstitucionalidad por esta causa.
edit: respondiendo a tu edición, que no des la turra, que te has inventado cifras con condicionales.
Voy a explicarte porque no me molesto más.
Me has hablado de la constitucionalidad del derecho a huelga, cuando yo te he puesto una ley que lo que dice es que LAS LEYES sobre huelga, solo se aplican a trabajadores por cuenta ajena. No has entendido nada, por lo que no me puedes replicar nada.
Y me has acusado de inventar cifras que me has dado tú (solo que yo las he sabido interpretar y he mirado más enlaces, no solo el primero).
Así que eso. Demasiado tiempo he perdido ya.
La ley española incluye la norma constitucional, que les ampara el derecho de forma libre y no obliga a notificar, no hay más.
Eres tú el que afirma que algo les obliga y que no tienen derechos, inventándotelo completamente y sin el más mínimo pudor.
Y sí, te… » ver todo el comentario
Pueden juntar miles o millones, es irrelevante.
Los que hacen huelga son los que están dispuestos a sacrificar un día de sueldo por su causa, y han sido 29.
Ahora deberían sancionar a todo el que estuvo allí (con sueldo público, no a los que se unían por solidaridad) y no ha documentado que hacía huelga (y por tanto, no ha perdido el día de sueldo), por no estar en su puesto de trabajo cuando debían.