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Las juezas que discrepan con la condena al ex fiscal general justifican su voto particular: "No ha quedado acreditado que sea el autor de la filtración"

Las juezas que discrepan con la condena al ex fiscal general justifican su voto particular: "No ha quedado acreditado que sea el autor de la filtración"

Las dos magistradas firmantes del voto discrepante analizan y refutan en la sentencia uno por uno los argumentos de los cinco integrantes conservadores. Indican que los testimonios de los periodistas que afirmaron conocer el correo del 2 de febrero de 2024 "resultan creíbles, sin que el reconocimiento del derecho al secreto profesional lleve aparejado que deba restárseles credibilidad". Además, añaden que las pruebas que estos periodistas aportaron en el juicio refuerzan la fiabilidad de sus testimonios.

| etiquetas: juezas , tribunal supremo , fiscal general
Existe un principio jurídico fundamental en el derecho penal, que dice "in dubio pro reo". Y esto significa "en caso de duda, a favor del reo". Este principio obliga al juez a absolver al acusado si, tras valorar todas las pruebas, subsiste una duda razonable sobre su culpabilidad, garantizando así la presunción de inocencia y asegurando que nadie sea condenado sin pruebas claras y suficientes. Se aplica cuando la duda surge durante el juicio, a diferencia de la presunción de inocencia, que se aplica desde el inicio del proceso.
#2 Eso no se aplica cuando se está condenado desde el mismo momento de la admisión a trámite de la denuncia independientementevde todo lo acontecido en la instrucción y juicio.

Hasta pienso que esa denuncia es parte de una conspiracion más amplia ... que el mismo tribunal, o parte de el, conocía de antemano.

Apesta
#3 Vuelve a leer lo que he escrito, porque la última frase se refiere específicamente a lo que intentas sugerir.
Artículo 28 del Código Penal español:

Autores: Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro de quien se sirven como instrumento.

Inductores: También se consideran autores aquellos que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.

#2 #3 #5 #11 #12
#18 Es evidente que te falla (y mucho) la comprensión lectora. Lo que escribes nada tiene que ver con lo que yo he escrito.
#18 ¿De qué otros? ¿Genérico? .... Que no huy prueba de nada ... solo elementos presuntos... No hay para condenar ni qa un ladrón de carteras y mucho menos a un FG.

!!Pero que coño!! ... si estoy seguro que.hasta tú lo tienes claro.

Otra son los valores democráticos que tenga cada uno.
#20 ha sido la IA, lo ha filtrado la IA

xD xD xD
#18 No sé por qué has sentido la necesidad de citarme. El caso en concreto del Fiscal me la trae al pairo. Yo comentaba el dicho, siempre cierto, que "in dubio pitorreo".

Que España era irreformable lo dijo Herri Batasuna en los 80 y tenían toda la razón. No sé de qué se sorprenden ahora algunos.
Enfin. Citando a Mark Renton: "we are colonized by wankers". Es lo que hay.
#2

"in dubio pro reo"

Eso, encima hablales en catalán. :-D
#6 No, es latín. :-)
#2 Todo el mundo sabe que "in dubio pitorreo".
#2 la mafia pepera se pasa los principios fundamentales esos por debajo la pata
#12 Desde el punto de vista histórico, siempre hay un momento en el que las impunidades se derrumban.
#13 cuantale eso a los golpistas del 36 que aun estan sus hijos y nietos robando a manos llenas desde empresas levantadas con el sudor de todos menos el suyo.
#14 Eso aún no está cerrado, la historia tiene tiempos bastante amplios. Ahora si hablas de justicia, te doy toda la razón. Una justicia lenta, no es justicia.
Ojo al dato. Alcama hablando de estómagos agradecidos.
xD xD xD
Jope, vaya linces. :troll:
Lo que ha pasado aquí lo ve un ciego. A menos, claro, que sea uno de esos maravillosos derechones patrios que respetan tanto a la judicatura que la respetan hasta cuando prevarica con luz y taquígrafos.
Un dato curioso. Estas dos magistradas ya habían emitido anteriormente un voto particular en varios procesos, como en la causa sobre la aplicación de la amnistía y en la condena al exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez. En ambos casos el tiempo y el Constitucional acabó dándoles la razón. Y también en el caso de los ERE de Andalucía, pendiente de resolución por parte del TJUE.
#10 Enternecedor.
No se dan cuenta esos fantoches indecentes que cagarse encima del ordenamiento jurídico del que obtienen su privilegiada existencia, también convertida ya en clase endogámica, conduce rápidamente a demostrar que ya no sirven a la justicia, sino que pertenecen a una banda. Y por eso salió la peña judicial a cacerolear cuando la sentencia, no todos por sintonía con el condenado, sino porque les arrastran a todos para mantener superprivilegios de impunidad criminal para una élite.
Pues como el Rafi Escobedo "solo o en compañía de otros"
Juezas no, estómagos agradecidos
#1 Te pagan con comida?
#8 Cobra en sombreros.  media

menéame