(c&p) Las gestoras de derechos afirman que hay ánimo de lucro en la descarga.En España no existen condenas a las ‘webs’ de intercambio de archivos.La descarga de contenidos a través de las redes internacionales de intercambio de archivos son la cuarta actividad más frecuente para los internautas. Pero, ¿debe ser penada con mayor severidad esta práctica, tan habitual, que el hecho de hurtar directamente un CD de música o un DVD en una tienda? La interpretación que hagan los tribunales del concepto de “ánimo de lucro” delimitará la barrera del...
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