Hace 13 años | Por --58118-- a elcorreo.com
Publicado hace 13 años por --58118-- a elcorreo.com

Los empresarios autónomos de hostelería y ocio, que se han reunido hoy en el Palacio Euskalduna de Bilbao, han decidido plantar cara a las instituciones y seguir luchando para cambiar la Ley Antitabaco y lograr mejoras sociales para los autónomos del sector. En una votación apoyada por unanimidad han decidido "pedir la supresión inmediata de la Ley Antitabaco, hacerse oír a través de los medios de comunicación y redes sociales para denunciar la situación de discriminación de los autónomos frente a los trabajadores por cuenta ajena.

Comentarios

AitorD

Últimamente se están viendo algunos casos de trabajadores que han contraído cáncer por exposición al amianto, y han llevado a juicio a sus empresas.

Supongo que los trabajadores de hostelería expuestos al humo del tabaco en sus trabajos podrían hacer los mismo, llegado el caso.

Illanin

#7 ¡Gracias!

Mallory

Increible como todos los soplagaitas se meten en estas memeces. Increible como no hay manifestaciones en contra de los neoliberales del PPSOE. Increible como imbéciles llaman dictadura a una ley que salvará sus vidas y las de sus más allegados así como la de sus trabajadores. Increible la poca capacidad mental que abunda en España y la facilidad para sacar de quicio boberías como esta ley pero quedarse sentado delante de la tele frente a los recortes de salarios, y la corrupción.

w

¿Puede cualquier otro trabajador autónomo ignorar las normas comunes de prevención de riesgos laborales?

Vale, de acuerdo, la ley antitabaco no está hoy por hoy recogida dentro de los riesgos laborales. Pero el hecho de que se haya considerado unm perjuicio para la salud la exposición forzada de los trabajadores de hostelería es un primer paso hacia declararlo como tal. Y por tanto, sean empresarios de hostelería autónomos, sean trabajadores por cuenta ajena, deben cumplir con las mismas normas de prevención.

dreierfahrer

#2 Que les den mascarillas, dices, no?

#3 Tu orden logico es bastante enfermizo...

w

#4 Si seguimos las normas UNE para la determinación de los equipos de prevención de riesgos a utilizar frente a la exposición al humo del tabaco, y lo confrontamos con los resultados de las investigaciones realizadas desde hace décadas sobre los efectos para la salud que este supone, llegamos a la conclusión de que al no ser una acción necesaria para el desarrollo de la actividad [1], la mejor medida es la

dreierfahrer

#5 ANEXO
[1] Recordemos que la finalidad legal con la que se autoriza un local de hostelería es el servicio de comidas y bebidas, no estando entre sus fines la venta o el consumo de tabaco.


Pues no entiendo pq se podia vender tabaco en bares si no tiene nada que ver con ellos... Es mas, no entiendo pq hasta hace 3 dias estaba prohibido fumar en TODOS los recintos publicos excepto en bares...

w

#11 Te remito a la normativa que regula el ámbito de la hostelería, y en concreto a las actividades desarrolladas por las áreas funcionales definidas en la resolución de 20 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de hostelería, y anteriores. Esas son, y no otras, son las actividades propias de la hostelería, entre las que no se encuentra la venta de tabaco.

Este punto, el de la venta, se regula aparte, en la propia legislación aplicable al tabaco, que establece que sólo los establecimientos de la red de expendidurías de tabaco y timbre podrán realizar venta directa al por menor, existiendo la posibilidad de que otros locales puedan obtener la autorización para realizar la venta a través de máquinas expendedoras. Este tipo de locales incluye, entre otros, los quioscos de prensa.

La cuestión, para que quede clara, es que un local de hostelería, para ser autorizado como tal, debe cumplir unos requisitos, entre los que nunca se ha exigido ni la venta ni la autorización del consumo de tabaco, pues, como se puede comprobar en la resolución anteriormente citada, no es esta ninguna de las funciones propias de la hostelería.

Ahora bien, un empresario hostelero puede, entre otras actividades, solicitar la autorización para disponer de una máquina expendedora de tabaco como forma de obtener una fuente extra de ingresos. De la misma forma que un quiosco de prensa, para ser tal, no tiene porqué vender tabaco, y sin embargo, si lo desea y lo considera oportuno, puede obtener la autorización para disponer de una máquina expendedora en las condiciones reflejadas en la ley.

¿Alguna duda más?

Illanin

a #4 Si no les importa la salud de sus trabajadores, ¿Por qué les iba a importar la edad? Creo que entra dentro de una lógica y no difusa. Por otro lado entremezclar razones de peso que todos consideramos lógicas para meter entre col y col un lechugazo entra dentro de cierta lógica populista a la que todos alguna vez nos adherimos. Y si este colectivo no lo hace así y está pensando más en el bienestar y la salud de sus trabajadores que en el beneficio, pues me retracto y ya está.

Illanin

Supongo que lo próximo será manifestarse como empresarios discriminados y por la igualdad con los empresarios asiáticos que pueden explotar niños. Creo que su protesta sigue el mismo orden lógico