En la escritura de aceptación de herencia, liquidación de gananciales y adjudicación del bien (un piso), mi hermano y yo decidimos que él se quede con la propiedad y me abone el 50% del valor tasado del piso. ¿Tengo que declarar a hacienda este dinero o al provenir de la herencia y haber pagado los impuestos no es necesario?
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