Hace 6 años | Por lomejor a eldiario.es
Publicado hace 6 años por lomejor a eldiario.es

La anciana, de 96 años, reclamó asistencia al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife que ha registrado ante Hacienda ese servicio como un pago en especie. La Agencia Tributaria computa como ingresos de 700 euros mensuales el servicio municipal que recibió de seis horas semanales para ayudar a asearla.

Comentarios

D

#3 Culpa suya, si tuviese millones en una cuenta ómnibus en Suiza como el campechano y otros no le hubiese pasado. A pagar y remar, que los sobres no se llenan solos.

JackNorte

#1 Nadie se libra le embargaran.

c

Había leído "La Agencia Tributaria corrupta..." en lugar de computa.

No sé en qué estaría pensando

Wintermutius

Joder, como me trasplanten un corazón y me computen 600.000 euros de imgresos en especie, lo llevamos mal, ...

fofito

#13 Siempre podrás pagar con tu esfínter

D

#13 No pasa nada, dejas un riñón y un ojo en depósito a nombre de Montoro que para eso tienes dos de cada. De momento los huevos te los perdonamos...

D

Servicios públicos computados como pagos en especie? Wtf?

D

#7 bienvenido a 2017

a

#7 Aunque el ayuntamiento diga tonterías, Hacienda debería poner criterio antes de hacer reclamaciones.

Don_Gato

#7 otra noticia donde se habla de impuestos y otra noticia mal enfocada y mal explicada.

En el último párrafo está la clave cuando el hijo de la anciana dice "Nos tocará pagar 2013 y otro tanto en 2014, porque en 2015 ya se cambió la ley para que estos servicios no tributasen".

Si ya estaba en la ley recogido y así se lo habrán dicho en Hacienda ¿Por que no se hace ninguna mención al artículo concreto de la ley de IRPF aplicado y modificado para que el periodista o los lectores lo consulten y vean si es así?

mefistófeles

Si leemos la noticia vemos que, en realidad, la "culpa" es del ayuntamiento, que es quien ha declarado las cantidades: "Un portavoz autorizado de la Agencia Tributaria explicó anoche a eldiario.es que la comunicación que se remitió a esta contribuyente parte de los datos que ha remitido a Hacienda el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife", así que a saber en qué tipo de concepto ha declarado el ayuntamiento esa ayuda.

Aparte que es una comunicación para que alegue (si quiere, claro) los motivos por los que no declaró esas cantidades, y una vez alegado ya se vería si procede a es un error del ayuntamiento...aunque parece que no, que se consideran realmente un pago en especie.

asfaltaplayas

#4 ya, pero el disgusto que le pueden dar a esa pobre señora no se lo quita nadie. Seguramente tendrá que contratar abogado o buscar alguien que se lo gestione.

mefistófeles

#5 Por supuesto, pero es que el titular da la sensación de que la AT es un ogro despiado que devora ancianitas y, hombre, tampoco parece eso leyendo la noticia

Y aún así, no creo que llegue a necesitar abogado ni nada, un simple escrito alegando la edad y que el ayuntamiento ni le habia informado de la cuantía exacta que debía declarar ni en qué concepto y mazl que bien arreglado.

asfaltaplayas

#8 No creo que esa mujer esté en condiciones de redactar o presentar ningún escrito. Sus nietos, si acaso

mefistófeles

#9 coño, ya imagino, pero lo harán sus hijos, nietos o la persona que le presentó la declaración. O los servicios sociales del propio ayuntamiento, qué sé yo, pero vamos, que no es tan grave como pinta el titular.

E

#10 con según qué ingresos no es necesario presentar declaración del IRPF.

Edito:La anciana no había presentado la renta puesto que su pensión de viudedad -de 632 euros al mes por 14 pagas- no está sometida a tributación.

D

¿Y por qué si el Ayuntamiento no indicaba el importe de lo percibido por la anciana, y que el mismo tributaba en I. Renta, y no se correspondía con una asistencia social, estaba obligada a declararlo fiscalmente? Es un requisito indispensable que el pagador notifique al contribuyente el importe de lo percibido en concepto de I. Renta.

Yo diría que había entendido pago en especias y rociaria la calva de Montoro con pimienta y comino.
Es que estoy senil jajaja... Y dejaría caer los botes al suelo de forma desafiante

O

Tenía que haber contratado los servicios de una empresa radicada en Irlanda para ahorrarse los impuestos

JackNorte

#20 lol

J

Me parece correcto. Si solo tiene estos ingresos, pues no pagará por estar por debajo del mínimo exento. Y si le han hecho una retención, pues tendrá derecho a devolución.
Pero si resulta que tiene otros ingresos, que pueden ser muchos mas, pues que pague al tipo marginal.

a

Que recibir una donación de un bien, tribute por su valor, ok.

Pero ¿un servicio?

D

Yq pero quien paga a Barcenas, Rato y demas mafia el esqui?....