La Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de absolver a una trabajadora doméstica que había sido condenada a dos años de presión por sustraer unos 9.000 euros del cajón de una cómoda cerrada con llave y esta, a su vez, guardada en una maceta. El propietario utilizó una cámara oculta para dar testimonio de esta conducta delictiva y, pese a que las imágenes confirmaban la afanosa búsqueda del dinero, el tribunal decidió revocar la condena porque este tipo de grabaciones no son válidas para probar que el delito se ha cometido.
Comentarios
Por lo visto hay que informara los ladrones de dónde están las cámaras para que puedan taparlas y robar impunemente.
#1 ¿Como con los radares de tráfico?
#81 Si exceptuamos las flamantes furgonetas blancas, que cantan cosa mala, y los de tráfico detrás de un seto o una valla, que vaya si no les ves, son exactamente así. Por otra parte hay más señales disuasorias que otra cosa, por ejemplo en Francia hay casi 4000 radares frente a los 900 de aquí. Pero señales de que puede haber un radar, ¡uf!, cada veinte metros (exageración). Al respecto de la noticia, ¿qué hay que hacer si sospechas que la de la limpieza te roba? ¿Avisar al CNI para que la pillen in fraganti? ¿Contratar algún servicio de espionaje privado? De todos modos, sí que es cierto que es mejor informarse antes de meterse en bretes porque de haber sabido que la prueba no iba a ser válida, quizá la hubiese despedido y aquí paz y allá gloria (y -9000 euros, jodó).
#6 ¡Vaya! Ahora resulta que grabar cómo los ladrones te roban es ilegal si no los avisas antes de que lo vas a hacer.
#7 Grabar a trabajadores con cámaras sin habérselo comunicado antes es ilegal y las grabaciones que se obtengan no tienen ningún valor legal.
#9 En ese caso quizá bastaría con haberla informado de que "hay cámaras" sin decirle dónde están o reunirse con ella en una habitación, enseñarle el vídeo y pedirle que lo devuelva si no quiere ser denunciada.
Como reconocerá que es ella e intentará disculparse y pedirte que no la denuncies, y has grabado una conversación en la que eres partícipe (eso sí es legal) ya tienes pruebas legales.
#10 Confesión que has obtenido con coacciones y seguramente sea rechazada en un juicio.
#11 supongo que sabes de que hablas y tienes razón. Pero a mí me parece como si todo se pensará para proteger a los ladrones.
#12 Yo a veces también lo pienso, me da la impresión de que nuestro sistema es tan garantista que los delincuentes se aprovechan de ello.
#7 #24 Fantástica la impartición de legalidad, donde lo importante no es impartir justicia, sino el procedimiento. ¡Lo mejor de todo es que los profesionales lo ven bien!
#6 Ya, lo sabemos. El caso es que esta vez no hablamos de una confesión mediante tortura. Es una grabación en la casa del propio denunciante.
Igual habría que darle una vuelta al concepto de prueba ilegal...
También es verdad que la denunciada debería de haber sido informada de que en su lugar de trabajo había cámaras de vigilancia. Aunque en algunos países, básicamente sabes que las cámaras están por todos lados. No sé hasta qué punto habría que estar preocupados por la cuestión del gran hermano.
CC: #7 #3 #12 #24 #28
#28 me pregunto si en represalia, o simplemente por le cabreo le parte la cabeza y queda grabado en cámara... Aplicando esa misma lógica debería ser absuelto, no?
#7 #24 ¿Solo te da la impresión?....
#12 Tenemos unas leyes que han sido escritas por ladrones, corruptos y delincuentes. ¿Qué esperabas?
#30 Cierto... y los que las aplican e interpretan superan a los que las escriben con creces
#12 Antes se podía llevar como prueba grabaciones propias (incluso había jurisprudencia), hasta que trincaron a unos cuantos políticos y empresarios con grabaciones, y se dieron prisa por cambiar la ley.
No recuerdo bien quienes fueron pero fue así. Si alguien se acuerda mejor que lo comente o me corrija, creo que fué alrededor de 2005 (a principios o mediados de esa década), justo cuando las minicamaras se abarataron y popularizaron.
Por supuesto en los medios de comunicación generalistas este cambio en la ley pasó bastante desapercibido.
#78 ¿Lo del juez Garzón quizás? Pero vamos, ahora tiene sentido quienes hacen la ley por qué la hicieron
#12 SE hace para evitar que tu jefa decida poner cámaras y se dedique a masturbarse viéndote estirarte por encima de la cama al hacerla, por ejemplo. Es para que no haya intromisión en tu privacidad durante tu jornada laboral. Es una jodienda cuando pasa algo como el ejemplo de la noticia, pero las cosas se hacen por algo nromalmente.
#12 Una buena paliza (por unos enmascarados en la calle) y que la ladrona sea quien demande no se a quien.
#12 Sabia deducción.
#11 No tengo claro que eso cuente como coacciones, pero es verdad que la justicia a veces es demasiado garantista.
#16 #17 Me autocito para decir:
De hecho lo que ocurre en este caso me parece surrealista, que la prueba es ilegal, vale, pero entonces que la policía investigue qué ocurrió con ese dinero, si hay movimientos extraños, y que lo justifique la empleada. Al final seguiría habiendo una denuncia por robo basada únicamente en la declaración de los dueños, y la policía tendría indicios para investigar incluso si la grabación fuera descartada.
De hecho la mayoría de las veces los criminales se caen por su propias declaraciones, me temo que en este caso es dejadez de la justicia porque para ellos es un mero tramite. Caso cerrado.
#11 vamos que tú recomiendas mangar sin complejos, porque total nuestras leyes benefician al delincuente no?
#80 No hace falta responder a semejante estupidez.
#10 con incluir un cartel que avise que hay cámaras es suficiente si capturas un acto ilícito de forma flagrante. El problema está en que una empleador NO puede poner un sistema de videovigilancia sin avisarle a sus empleados que están siendo grabados, como parece que hizo esa persona.
LOPD Art. 89.1
1. Los empleadores podrán tratar las imágenes obtenidas a través de sistemas de cámaras o videocámaras para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores o los empleados públicos previstas, respectivamente, en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores y en la legislación de función pública, siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo. Los empleadores habrán de informar con carácter previo, y de forma expresa, clara y concisa, a los trabajadores o los empleados públicos y, en su caso, a sus representantes, acerca de esta medida.
En el supuesto de que se haya captado la comisión flagrante de un acto ilícito por los trabajadores o los empleados públicos se entenderá cumplido el deber de informar cuando existiese al menos el dispositivo al que se refiere el artículo 22.4 de esta ley orgánica.
LOPD Art. 22.4
4. El deber de información previsto en el artículo 12 del Reglamento (UE) 2016/679 se entenderá cumplido mediante la colocación de un dispositivo informativo en lugar suficientemente visible identificando, al menos, la existencia del tratamiento, la identidad del responsable y la posibilidad de ejercitar los derechos previstos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679. También podrá incluirse en el dispositivo informativo un código de conexión o dirección de internet a esta información.
#29 Lo absurdo es que un reglamento europeo, que sustituye a esa ley, de protección de datos prevalga sobre el código penal.
#42 no entiendo lo que dices, que reglamento? No hay ningún reglamento que sustituya a nada. Simplemente no se puede violar una ley (en este caso, la LOPD) para probar que otra persona violó otra ley (el Código Penal, que de hecho es otra ley orgánica igual que la LOPD).
Por cierto, el primero en romper la ley fue el empleador, porque la vigilancia sin aviso empezó obviamente antes que el robo.
#55 El reglamento europeo en que se basa esa ley. En cualquier caso, para evitar discusiones bizantinas, que una ley de protección de datos prevalga sobre un código penal es absurdo.
#61 te lo estás planteando solo para este caso.
Imagínate que te graben sin tu consentimiento en tu trabajo sin que tú hayas hecho nada. Todo el tiempo, todo lo que haces, cuando vas al baño, te cambias, navegas por internet, hablas por teléfono con un pariente...
#61 #42 *prevalezca
#55 Y que dé gracias de que le robaron en lugar de apuñalarlo.
#29 Lo cual muestra que la ley está mal hecha. La necesidad de avisar debería limitarse exclusivamente a pruebas obtenidas para uso en demandas de tipo laboral.
Pero si lo que hay es la comisión de un delito penal que no tiene que ver con el derecho laboral, es absurdo que se exija avisar de la presencia de cámaras.
#29 Es valido un aviso: "me reservo el derecho a poner cámaras en la casa"?
Si llega el dia que lo necesitas, ya esta avisada.
Yo entiendo que el trabajador debe estar avisado. A lo mejor te pica un huevo y como no hay nadie te bajas los pantalones o te vas pinchar insulina y te lo bajas tambien.
Ya salio el caso de una cuidadora que la grabaron con su novia y acabo denunciando ella.
Soluciones para detectar robos y no atentar contra la intimidad.
Si hay que combinar los dos factores es dificil.
Podrian hacer cajas fuertes con camara incluso desde dentro de forma que para ser grabado hace falta abrir la tapa. Tambien es posible un registro de aperturas de cajas fuerte, con hora.
Hoy en dia no seria muy complicado esa electronica y podria funcionar con una pila normal durante un año como los despertadores.
Tambien podria poner una cámara que solo pudiese verse el contenido en el juzgado u otro organismo autorizado.
Pero esas soluciones que yo sepa no existen, si no se las hackea el mismo.
Pasando al metodo menos legal.
Utilizar metodos ilegales como el de la camará para tener conocimiento fidedigno de lo que ocurre y una vez que ya esta acotado, buscar metodos legales para obtener pruebas utilizables.
#9 ¡Ah! Aparte de lo que ya he comentado, pues por lo que veo ni todos los jueces están de acuerdo en eso.
En la entradilla misma: La Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de absolver a una trabajadora doméstica que había sido condenada a dos años...
Vamos, que previamente había sido condenada.
#20 Para eso están las instancias superiores, para corregir errores y atender recursos.
#22 Si claro corregir errores, que una ladrona se vaya de rositas.
#9 Entonces, si algún homicida se le fuera la pinza y decidiera asesinarla, podría deshacerse de las pruebas y del cuerpo a conciencia, elaborar una coartada decente, pero por trolleo y por risas mandar el video del homicidio a la policía, decirle al juez en ese video "tooooonto, eres un carapolla que me vas a absolver! Jajajaja", y luego en el juicio negar todo mientras le dice al juez "ese no soy yo, señor juez, pero un poco carapolla la verdad que sí que eres", y salir descojonándose del juicio mientras le tira un eructo en la cara a la familia de la víctima y les guiña el ojo.
Mola.
cc #7
#38 pues visto lo visto, igual sí. La única manera de que esas pruebas fueran admisibles en juicio, es que el caso tocara directamente a la familia del juez. En ese caso, me juego lo que sea a que aparecería algún resquicio legal para poder admitir las pruebas.
#49 Buenísimo, creo que tienes toda la razón. La justicia es algo completamente subjetivo, mira p.ej. la sentencia de la manada donde un juez dictamina 0 años de condena y otro juez 17 años de condena, ambos con acceso a exactamente las mismas pruebas y todo es perfectamente legal: simplemente el que tiene el puesto en el tribunal más elevado tiene la decisión subjetiva final.
#9 eso no es un trabajador, es un puto ladron
#9 es una puta verguenza
#9 Es un caso de ley absurda que debería ser reformada
#9 Esto es una muestra clara de la obsolescencia de la justicia y el cachondeo que está montado con ella.
#9 ¿Tendría valor legal si la mujer no fuera trabajadora?
#62 sí. Sería una prueba legal si no fuese trabajadora.
#62 No lo sé. Yo la que conozco medianamente es la legislación laboral porque es la que me puede afectar.
#9 Estando en su propia casa, debería ser legal. Pero claro, en España se protege mucho al delincuente... no por nada muchos de los que crearon leyes son parte de ése grupo...
A ver cuándo se protegerá a la víctima...
#9 No entiendo para qué necesitamos abogados, prefiero a un robot que haga el trabajo.
#9 La grabación y la prueba pueden ser obtenidas ilegalmente... Vale, pero las pruebas ahí están. Que se les denuncie por haber obtenido pruebas ilegalmente... Perfecto. Pero esas pruebas (POR DIOS, QUE LES HAN GRABADO EN VÍDEO ROBANDO!!!!!!) no se pueden ignorar. Demencial, así nos va...
condenada a dos años de presión, que agobio
#2 No me había dado cuenta, pero es como lo pone en la noticia, sólo he copiado el texto, abreviándolo un poco para que quepa en la entradilla.
#2 ¿dos años currando en una
consultoracárnica? Eso no es justicia, es crueldad"Entiende que, en aras de preservar la intimidad de la denunciada, este tipo de pruebas de imagen carecen de valor jurídico a menos que la empleada fuese conocedora tanto de su existencia como de la finalidad del sistema de vigilancia."
O sea, el video del caco robando solo tiene validez si el caco sabe que le están grabando como roba, si no es así el video no sirve... todo muy lógico.
Esto es solo un robo, pero otro juez también hizo lo mismo con la confesión que grabó el "Padre Coraje" de Jerez de la frontera al asesino de su propio hijo.
#15 Tampoco hace falta hacer esa caricaturización, el tema es que para poner cámaras tienes que poner que es un recinto monitorizado, lo que no implica que tengas que avisar a nadie que le están grabando, ya que lo normal es que muchas veces no se den por enterados aunque haya carteles, o directamente piensen que son falsos.
#19 No es ninguna caricaturización, es decir lo mismo que ha dicho el juez pero con otras palabras.
Pones una cámara para protegerte de los ladrones, pero para poder usar esas imágenes ante la justicia antes tienes que avisar al ladrón de que va a ser grabado delinquiendo.
Da igual como lo diga, siempre va a quedar ridículo... excepto si usas las palabras del juez: "la empleada (la ladrona) fuese conocedora tanto de su existencia (que había puesto cámaras) como de la finalidad (pillarla robando) del sistema de vigilancia."
Las negritas son mías.
#21 no es como lo pones. El tema no es si es una ladrona o no, el tema es que era SU EMPLEADA. Y los empleados tienen derecho a la intimidad en su lugar de trabajo, por lo que los empleadores deben de avisarles si utilizan un sistema de videovigilancia. Ver el art. 89 de la LOPD.
1. Los empleadores podrán tratar las imágenes obtenidas a través de sistemas de cámaras o videocámaras para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores o los empleados públicos previstas, respectivamente, en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores y en la legislación de función pública, siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo. Los empleadores habrán de informar con carácter previo, y de forma expresa, clara y concisa, a los trabajadores o los empleados públicos y, en su caso, a sus representantes, acerca de esta medida.
#25 Será por definiciones:
ladrón, na
Del lat. latro, -ōnis 'bandido'.
1. adj. Que hurta o roba. U. m. c. s.
2. m. Clavija que tiene salida para varias tomas de la corriente eléctrica.
3. m. Toma subrepticia de electricidad.
4. m. Portillo que se hace en un río para sangrarlo, o en las acequias o presas de los molinos o aceñas, para robar el agua por aquel conducto.
5. m. afect. Pícaro, granuja. U. t. c. adj.
#26 no me vengas con una definición de la RAE en una discusión legal, por favor. Ten algo de seriedad y lee la ley. Si la ladrona fuera una persona desconocida de la calle, no habría problemas con presentar el video como prueba. El problema es que esa persona era empleada y la LOPD es clara al respecto
#26 Los tribunales no se basan en las definiciones de la RAe. Los tribunales tiene sus propias definiciones legales que varian del uso coloquial.Ejemplos:
Alguien que roba en tu tienda sin utilizar fuerza e intimidacion por una cantidad irrelevante: hurto.
Alguien que roba en tu tienda utilizando fuerza e intimidacion: robo.
Empleado que roba material o mercancias de tu tienda: apropiacion indebida.
Empleado que vende material de tu tienda por importe superior al establecido y apropiandoselo: estafa.
Me inclino por apropiacion indebida.
#34 sin ser especialista, creo recordar que para que sea apropiación indebida, el autor tiene que tener algún tipo de custodia sobre la cosa apropiada. Quizás si se habla del empleado de una tienda pueda valer, ya que trabaja con los productos, pero una empleada del hogar que abre un cajón que no debería abrir... Yo diría que es un hurto, o un robo si el cajón tenía algún tipo de seguridad.
#34 #46 No soy especialista tampoco, pero tengo entendido que el matiz es que esté a cargo del bien sustraído:
- Un cajero, supervisor u otra persona con responsabilidad sobre la caja toma dinero: apropiación indebida.
- Un reponedor, personal de limpieza u otra persona sin responsabilidad sobre la caja toma dinero: hurto (si es sin violencia porque, p.ej., la caja estaba abierta) o robo (si ha sido forzando el cierre de la caja).
En este caso la limpiadora consiguió una llave para abrir el cajón, así que se podría considerar hurto, pero no lo tengo muy claro porque la noticia no lo indica.
#63 no he leído a fondo la noticia. Lo que sí te puedo asegurar es que si el cajón estaba cerrado con llave y ella consiguió la llave sin permiso, estamos ante un robo con fuerza. Aunque realmente no se use fuerza, el usar la llave original sin permiso del propietario se asemeja penalmente al uso de llave falsa, el cual está incluido en el tipo penal de robo con fuerza. Esto es muy típico por ejemplo con los mandos de garaje: te roban de algún modo el mando de la puerta del garaje, que todos solemos llevarlo en el coche bastante a la mano, y luego entran en tu garaje y te roban la moto, bicicleta, herramientas o lo que sea. Desde el momento en que abren la cerradura sin tu permiso, es robo con fuerza.
#25 Entiendo que el empleador sea multado por inclumplir la LOPD, pero sigo sin entender que invalide la prueba ni que la empleada sea declara inocente ni que pueda seguir trabajando en los hogares de otras personas y esto no figure en sus antecedentes.
¿Qué sentido tiene perdonar un delito porque se ha cometido otro? Lo pregunto sinceramente. Imagina que en vez de robar 9.000€ fuese esto:
La Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de absolver a una trabajadora doméstica que había sido condenada a veinte años de prisión por homicidio doloso del hijo de los propietarios, de ocho meses de edad, mientras estaba a su cuidado. El propietario utilizó una cámara oculta para dar testimonio de esta conducta delictiva y, pese a que las imágenes confirmaban cómo asfixiaba al bebé, el tribunal decidió revocar la condena porque este tipo de grabaciones no son válidas para probar que el delito se ha cometido.
#74 no soy abogado, solo me limité a aclarar porqué el video fue declarado ilegal y que no es, como han dicho más arriba, que haya que informar a los ladrones que existe videovigilancia, sino que es un caso donde la particular relación de las 2 partes (empleador - empleada) tiene un especial peso en la resolución, porque a los ladrones no les tienes que avisar, pero a tus empleados si.
Y los casos más sólidos se basan en múltiples pruebas, no en una sola prueba que, como vimos, puede ser desestimada por tecnicismos. Imaginatelo al revés... te parecería bien que te condenaran por pruebas que la policía encontró en tu casa sin tener una orden judicial válida?
#84 Imaginatelo al revés... te parecería bien que te condenaran por pruebas que la policía encontró en tu casa sin tener una orden judicial válida?
Al policía que lo condenen por entrar en mi casa, ¿pero por qué invalida las pruebas que encuentre en mi casa? No termino de entender la motivación de la ley.
#84 te parecería bien que te condenaran por pruebas que la policía encontró en tu casa sin tener una orden judicial válida?
Vaya, es el caso Falcicni, pruebas obtenidas en registro ilegal, declaradas ilegales en Francia por ello, pero aceptadas como legales en España con una sentencia del supremo.
#25 Tengo la duda de qué pasaría si la cámara la "pone" un tercero, digamos un sobrinito (y no el empleador) con desconocimiento del empleador, y es el propio sobrinito quien presenta la prueba del robo, mientras que el empleador no denuncia a su sobrinito por estar realizando grabaciones "no consentidas" en su casa.
¿Podría el ladrón denunciar al sobrinito por grabarle sin permiso? ¿Qué pena tendría para el sobrinito? ¿Invalidaría esto la presentación de la grabación como prueba del delito?
#25 Pero son dos problemas distintos, una cosa es que sea ilegal poner cámaras en tu casa sin avisar, y otra muy distinta que una persona re robe 9000€, son dos casos distintos, y deberían juzgarse por separado, un juicio demandando a la asistenta por robo, y si la asistenta hace otra denuncia, otro juicio por violación de intimidad.
Que un "delito" pueda anular otro es una chapuza del sistema judicial del tamaño de un campanario, es de locos, no puede ser que pillen a un ladrón putoinfraganti, y se libre por NINGUNA razón, tenemos un sistema legal hecho por putos enfermos.
#21 Solo diré que no lo interpreto así, pero tampoco discutiré si tu eliges seguir viéndolo así. Me parece una caricaturización infantil.
#15: Muchos problemas de España son culpa de los jueces.
Lo suyo es condenar el robo como tal, porque ahí se ve claramente el robo.
#15 En todos los centros de trabajo solo te pueden grabar si te han avisado antes, y esa casa es el centro de trabajo de la asistenta.
#6 en realidad eso es ridículo.
Caso real: mujer que trabaja en ayuda a dependientes, y aprovechándose de la confianza que tenía depositada en ella la señora, le fue sustrayendo joyas que vendió en un compro oro. En una de esas inspecciones que hace la policía a estos locales se encuentran con que la fulana esta mucho oro vendía y se pusieron a indagar. Se presentan en la casa de la señora con una foto de unas joyas: "anda, si esa pulsera es mía. Tiene las fotos de todos mis hijos incluido el que se me murió con meses". No se enteró de que le había robado para diez mil euros en joyas si no llega a ser por la policía. ¿Resultado?. La choriza sigue trabajando en lo mismo, que yo no la dejaría ni acercarse a mi puerta, y con la cabeza bien alta por la calle.
#13 ¿Y eso?
#53 Ahí tienes la justicia tan buena que hay. Ella sigue tan tranquila por la vida como si no pasase nada.
#73 ¿Tranquila por la vida? déjate que no siga trabajando el mismo sitio porque la despidiera con despido nulo al acusarla de robo y salir absuelta ... si la prueba no vale para un robo, para justificar el despido tampoco vale.
Lo de la justicia a veces es de locos. Tienes una prueba completamente IRREFUTABLE de que alguien ha cometido un delito, y ese alguien sale de rositas como si nada hubiera pasado. Los leguleyos son en muchas ocasiones asquerosamente insufribles con el puñetero "fruto del arbol envenenado". Cojones, castiga si quieres a quien ha obtenido mal la prueba, pero no dejes sin castigo al delincuente...
Por otra parte, tengo que añadir que cada vez más la LOPD me parece la cosa más asquerosa y porculera que ha parido un legislador.
#36: Lo de la protección de datos es una tomadura de pelo, de cara al ciudadano sirve para bastante poco, pero bien que se usa para perjudicar a la gente o incluso perseguir a los disidentes. A una asociación contra la tortura policial la aplicaron la multa máxima por poner el nombre de unos policías que torturaron (o estaban acusados, no recuerdo) y tuvieron que cerrar.
Mucho proteger a los policías, pero luego no se garantiza cosas tan básicas como el derecho a saber si mis datos están siendo entregados a terceros.
#86 Caso ficticio: le digo, de viva voz y sin que nadie más lo escuché, a la persona que limpia la casa que le dejó la paga en un cajón bajo las camisetas. Otro día se lo dejo en un bote que pone arroz en la cocina. Lo grabo con cámara oculta y voy a la policía con los cortes interesantes.
¿Miente el vídeo?
#89 Buen punto.
#95 Por eso las cámaras y escuchas debe ordenarlas un juez en base a una sospecha mínimamente sólida.
Si los del meneo hubieran ido a la policía y ésta al juez, lo mismo ahora el cuento sería distinto.
#97 Podria hacer lo mismo. Le digo al juez que me estan robando. Con autorizacion pongo la trampa y ya parece que me estan robando.
No deberia haber un recibí del pago del salario? porque si no podria decir que no ha cobrado y demandar.
En un reportaje tambien se pagaba asi al panadero, ella repartia y cogia el dinero que le dejaban, ni conocia al cliente.
#95 no, es una chorrada de argumentación digna de un crío de cinco años.
#89
En eso estaba pensando yo.
En un juicio la trabajadora puede decir que se lo ordenaron.
#111 goto #89
#89 Hombre, si mañana empiezan a pagar 9000€ al mes por limpiar una casa con una pequeña yinkana a la hora de cobrar... Mañana mismo dejo el curro de ingeniero, oiga!
jajajajaja. Y si mi abuela tuviera pene no sería mi abuela, sería mi abuelo. Jajajajajajajajajajajajaja.
#89 en este caso le habría dicho que le había escondido por casa su sueldo de 9.000€
#89 Y también que es ilegal pagar (y aceptar) 9000€ en metálico.
Para que las leyes no sean absurdas tal vez sería posible adaptarlas racionalmente a casos prácticos de este modo: 1) si hay un robo (o asesinato, delito, etc) y existen las pruebas, las pruebas se deberían aceptar en el tribunal. 2) Pero si las pruebas provienen de una grabación como la de la noticia (a una empleada), debería multarse al que graba, por una cantidad razonable determinada por ley.
De este modo, ambas transgresiones serían castigadas: el ladrón sería juzgado, y el grabador ilegal también tendría su multa/castigo.
Imaginaros que hubiera matado al jefe. No se podría haber utilizado el video del asesinato en el juicio. Esto es delirante.
Pues esperaros que ahora ella no les denuncie y se saque una pasta por grabaciones ilegales y porque dirá que el tío se pajeaba con los videos, con lo que sufre una depresión que le impide trabajar.
Ya que la justicia protege a los delincuentes deberíamos saber su nombre y verle la cara, tal vez si nadie la vuelve a contratar esos 9.000€ y el no ir a la cárcel le pasen una factura aun más cara, porque lo que esta claro es que este tipo de comportamiento delictivo cuando entre en otra casa volverá a ponerlo en practica, le ha salido muy barato.
A veces las cosas no son como parecen, y por eso la justicia pide pruebas.
Me contaron un caso de una empleada del hogar que era pagada por un hijo en negro y sin recibir las horas extra. Cuando pidio sus derechos (un contrato y el pago íntegro de su trabajo) se convirtió en mala persona. Poco después el hijo la acusó de robo: mostró unos vídeos donde se la veía coger dinero de un bolso de un mueble. El anciano no dijo nada, pero investigaron que dicho anciano tenía vicio de juegos de azar y que mandaba a la empleada a comprarle boletos; todo esto sin que lo supiera el hijo que así se enteró de la adicción del padre...
Y después te multan por una simple fotito que han hecho de tu coche sin tu consentimiento.
En un país acostumbrado al robo sistemático de los bienes públicos por parte de la mafia bancaria-ibex-pp-y demás desalmados que raramente son empurados y cuando les pillan tardan poco en salir con el concurso de la mafia judicial,eso sí,sin devolver un €,robos a plena luz del día y de los que todos somos testigos,nos escandalizamos porque una pringadilla sea absuelta por un robo y a la que muchos llevarían al paredón.
Tenemos unos huevazos que ya nos vale.
Si tienes "pruebas" debes comunicarlas a la policía o el juez, para reunir nuevas pruebas pero de manera legal.
#3 ¿Qué más pruebas quieres si tienes una grabación en la que se la ve robando?
#5 Una prueba obtenida ilegalmente no es una prueba.
#6 y cuánto narco está preso por pruebas de ese tipo?....y no me digas que ninguno
#56 Dímelo tu. Pero con pruebas.
#6 y por qué el corte inglés puede poner todas las cámaras que quiera y si le valen?
#79 Porque lo habrá comunicado a sus empleados y tendrá la señalética exigida por la ley para los clientes.
#6 Eso siempre me pareciô bastante estúpido cuando hablamos de ciudadanos (para las FFCCSE ya es otro cantar). El video no miente, lo lógico es que se aceptase y luego se pusiese una multa al señor por grabar sin avisar.
#6 por curiosidad tu que pareces saber del tema, ¿si en ese video se hubiese visto un asesinato o una violacion y luego no hay pruebas de adn en el cadáver o en la víctima, también sería prueba nula? Lo pregunto desde la ignorancia.
#91 Pues te contesto desde el mismo sitio. Ni idea.
#91 Sí, sería nula. A ver, ADN siempre queda, podría hacerse una prueba coincidental a un ciudadano "al azar" y descubrir la coincidencia del ADN. El vídeo no serviría como prueba, pero sí serviría como medio para obtener la prueba del ADN.
#6 Creo que a veces se han obtenido pruebas por maltrato en cámaras, creo que en grandes almacenes existen cámaras (Cifuentes), etc. También creo que investiga algo, se investiga mirando cámaras, etc. Y apurándome mucho serian dos delitos. Uno el que pone la cámara, y otro el que roba, el que mata, etc. La realidad de lo que ha pasado es lo que hay que buscar.
Así, cómo que las pistolas son ilegales. El que mata puede quedar absuelto.
#6 ¿Encender una cámara de vídeo dentro de tu propia casa no es legal? ¿Qué es lo que hacen las empresas de seguridad entonces? Una cosa es que la prueba se haya obtenido incumpliendo algo, pero no deja de ser una prueba. Que la mujer ladrona le denuncie por obtener las imágenes ilegalmente... Pero la prueba de que la mujer es una ladrona ahí está y nadie lo puede negar.
Es más... ¿Cómo es posible probar que esa mujer robó nada si no es a través de una grabación? Jajajajaja. La única prueba posible ahora resulta que es ilegal...
Ladrones del mundo!!!!! Robad y si os graban robando denunciad que la grabación es ilegal!!!! Jajajajaja.
Repito, que le denuncie ella a él por haber obtenido la prueba ilegalmente o lo que sea. Pero una vez obtenida la prueba de que es una ladrona no se puede ni se debe ignorar. Que al tío le metan 2 años por grabar ilegalmente si hace falta, vale, pero a la tía esa que le caigan 3 por robar.
#5 En parte podrías tener razón, y es lo que pensamos todos. El problema de que yo grabo y usted condena es que puede suceder de que el jefe le diga que vaya al cajón a cogerle algo, dinero, una joya, un papel, y luego diga que ha sido un robo.
Por eso no es tan fácil que te acepten las grabaciones como esta.
#3 no puedes grabar dos veces EL MISMO robo.
#3 Y mientras tanto te quedas sin 9000€
#3 Si obtienen pruebas "legales" gracias a información aportada por un particular con violación de derechos fundamentales, esas pruebas tampoco valen. Es la doctrina del "fruto del árbol venenoso", como lo llaman los yanquis, solo que los yanquis sólo se lo aplican a la policía, y aquí se aplica también a las pruebas obtenidas por particulares, incluso cuando la violación de derechos fundamentales consiste en una chorrada tan grande como tener en un establecimiento una cámara que apunta hacia la calle.
#3 y que tienes que hacer? Dejar otros 9000 euros en un cajon? Que a mi me roban 9000 euros de un cajon y no tengo otros 9000 para que podamos grabar a la choriza de manera legal...
Y si dejo menos, lo mismo no se molesta porque le parece poco...
Es lo mismo que causa la absolución del PP en la destrucción de los discos de Bárcenas: son las reglas del juego. Lo que no quiere decir que sea inocente.
En esto no estoy de acuerdo con la justicia. El problema de las pruebas ilegales es que puedan estar manipuladas, si las pruebas son legales tienen más garantías (aunque no necesariamente están excentas de manipulación), aún así siguen siendo pruebas. En ese caso habría que esclarecer si pueden ser tomadas como veraces o no. Por supuesto que eso podría generar problemas, como que la policía, alguien que tenga algo contra mi, o un justiciero, se dedique a cometer actos ilegales para sacar pruebas en mi contra, pero en ese caso habría que investigar eso como un delito a parte.
Aunque sobre los problemas que genera tengo que decir que eso ya ocurre, hay muchas pruebas anónimas de chivatazos que se usan sin más. Y también me recuerda lo que pasa cuando alguien lleva a reparar un ordenador y el informático de turno "curiosea" y encuentra algo delictivo, suele ser noticia cuando es pornografía infantil. Que yo recuerde en esos casos, ni pruebas ilegales ni hostias, se aceptan sin más.
#16 Es que joder, la cámara está en tu casa, en tu propiedad privada y en concreto en el dormitorio, el lugar más íntimo de una casa. Que no es que la tenga puesta en el rellano, la calle....
Más de lo mismo, en este país se protege a la escoria, ya sea escoria mierdecilla como esta o de las más altas (políticos y similares).
#31 No se protege a la escoria. Se te rotege a ti. Para que no pueda venir cualquiera a decir que le. Jas robado 9000€ y mostrar un video que a saber de dónde viene para inculparte.
Que el sistema tenga fallos no significa que tenta otros propósitos. El sistema debe proteger a los inocentes.
#94 la prueba no se rechaza por la falta de veracidad de la misma si no porque no cumple la LOPGD, es decir, porque la persona que estaba siendo grabada no fue informada de ello.
Las pruebas deberían ser siempre eso, pruebas.
Que después tengan que ver si se obtuvieron de forma legal o no... pues vale, pero eso debería ser tema aparte.
¡Acojonante!.
Sustituye caco por caco-empleado.
Es que, por la misma regla de tres, podríamos meter a la mitad de los políticos en la cárcel. No no no.
Un sin sentido
"condenada a dos años de presión" ... ¿presión barométrica?
PERO QUÉ ME ESTÁS CONTAINER?!?!?
El titular da a entender que la que sale absuelta es la que graba.
Algo raro esto...
Una cosa es desestimar la grabación como prueba. Pero si todo lo demás son indicios, pueden conducir a la misma conclusión...
No importa la verdad. Solo la ingeniería judicial.
PUSSY PASS ?
La culpa la tiene Colau