Hace 11 años | Por Ramen a oficinaprecaria.net
Publicado hace 11 años por Ramen a oficinaprecaria.net

La sentencia da la razón a la trabajadora y condena a la empresa a readmitirla y a abonar los salarios de tramitación, más una indemnización de 1.000€ por los daños morales y perjuicios derivados de la vulneración del derecho a huelga. El Juzgado de lo Social número 2 bis de Móstoles ha fallado a su favor y ha reconocido la nulidad del despido. De acuerdo con la sentencia, Estela deberá ser readmitida en su puesto de trabajo, cobrar los salarios de tramitación (desde el despido hasta la fecha de notificación de la sentencia)...

Comentarios

Ferran

#8 bah, total, que son 6 meses de tu vida que nunca más vas a recuperar

e

#2 y ella de cobrarlos sin haber tenido que trabajar absolutamente nada
Seguramente cuando llegasen las facturas de luz y calefacción, alquiler o hipoteca no le haría mucha gracia no trabajar.
Por no hablar de que lo económico es accesorio: la empresa vulneró un derecho constitucional (todos los derechos no son igual de graves, no lo olvidemos) y le ha salido muy barato.

p

#2 1000 euros es poco disuasorio

Ramen

#23 1000 € más los 6 meses de sueldo. Si, no es muy disuasorio, pero seguro que no le ha gustado nada

D

#2 Por qué tu comentario es azul?

Frederic_Bourdin

#37 Porque es quien ha enviado la noticia.

progresismo2.0

#2 Gran labor la de esta gente.Ole ahí ellos.
Me encanta que en este país haya gente así.

ollomol

#15 El despido nulo conlleva siempre la readmisión del trabajador... Después ocurre como dice #6

D

#1 Pero ahora la despedirán por cualquier chorrada, la reforma laboral se lo pone a huevo.

D

#3 ...o, aunque la sentencia judicial les obligue, simplemente dejan de pagarle lo que le deben y las nóminas que deba percibir a partir de ahora y tendrá que ser ella misma la que demande ser despedida.
Es una práctica que he conocido en alguna empresa

S

#3 #7 hum, a ver si ahora va a resultar que lo mejor habría sido aceptar el despido y no denunciar.

Me alegro un montón por Estela. Y aprendamos una lección todos. Hay que luchar contra los despidos.

3282Bargen

#3 y #7 Ningún empresaurio por muy tonto que sea se va a arriesgar a que le casquen otro nulo y una indennización mayor. Sabe de sobra que el trabajador en cuestión no es un padefo, y que no se va a andar con chiquitas.
#26 no serán tan temerarios, porque saben que a la mínima les va a caer otra denuncia (y van a perder y tener que pagarle otra indennización), y entre denuncia y denuncia, lo que van a conseguir es que el trabajador sea intocable.

#20 Los mil euros son por daños y perjuicios, no son el finiquito.
#7 Si no le pagan, les presentará una denuncia por reclamación de cantidad, y si es la única que no cobra puntualmente por discrimación ( o mobbing) y ganará de calle.

D

#3 Estoy contigo. Ha hecho bien, pero de aqui a un año se la calzaran con la reforma. Recordemos que simplemente si te pones de baja mas de 7 dias en 3 meses creo que era (un resfriado mismo) te pueden echar.

Pablosky

#13 Te pueden echar cuando les salga de las pelotas, la diferencia es si te pagan 45, 25, 20 días o nada (cosa que sólo ocurre cuando te pillan ROBANDO o algo así).

Josephus

#3 Ahora va a haber un mal rollo que te cagas

UriUri

Enhorabuena por haberle parado los pies a Ainpro Gestiones Integrales de Limpiezas y Comunidades S.L.
Basta ya de abusos!

CerdoJusticiero

Celebro que la sentencia obligue a que la readmitan, por supuesto, pero me parece un insulto que la indemnicen con 1000€ después de lo que le han hecho pasar. El empresario debería enfrentarse a una condena bien gorda por despedir a alguien que ejerce su derecho a huelga, no irse de rositas.

cax

Tomaa!! Al próxime que me diga que no hace huelga porque le echan le planto esta noticia. A "favoritos".

Necrid

"Estela Mendo, licenciada en Psicología, trabajaba como limpiadora a media jornada"

He dicho ya que me encanta este pais de mierda?

D

1000€? Demasiado barato le ha salido al empresaurio.

marihuanO

Por 1000 € de indemnización, dudo mucho que la empresa readmita a Estela. Los salarios de tramitación los tienen que pagar igualmente, la readmitan o no.

G

#20 Lee mi comentario en #31

No es tan fácil, de hecho es difícil despedir a un empleado de un gremio subrogable aun con un improcedente y pagando todo.
Salvo justificado ganas nulidad en el despido fácilmente.

Yo trabaje en un gremio de subrogables, y se de lo que hablo

marihuanO

#34 Aunque se declare la nulidad del despido, y la empresa venga obligada a readmitir a la trabajadora, en multitud de ocasiones, bien porque se lo pasan por la punta del nacle, bien porque la empresa quiebra, no se produce tal readmisión.

A partir de aquí, se solicita la ejecución de la sentencia, y por lo general su señoría termina declarando extinguida la relación laboral, condenando a la empresa a pagar una indemnización por despido improcedente, y en todo caso, los salarios de tramitación, dejados de percibir, desde la fecha del despido.

Yo también soy del gremio, amigo, sólo que suelo estar en el lado de enfrente

G

#36 ¿una decisión judicial que se las pasan por donde? lol

No flipes anda. Todos las casos de nulidad en subrogados que conozco acabaron en re admisión. Y te aseguro que son más de los que conoces tu por que trabajaba junto al delegado de un sindicato que llevaba servicios y me informaba con actas y de palabra de todo.

The_Punisher

Enhorabuena Estela, tienes lo que hay que tener, dignidad. 1000€ me parece una miseria para darle un capón a una empresa ante semejante atropello.

dragonut

A la semana la volverán a despedir aduciendo cualquier chorrada gracias a la reforma del Partido Patético

david_Pozuelo_1

#26 Con una sentencia judicial declarando nulo el primer despido, no creo que se arriesguen a despedirla y que vuelvan a perder otro juicio, y volver a tener que pagar salarios de tramitación e indemnización.

G

#30 Eso no es lo que has dicho en el anterior comentario, o te explicaste muy muy mal.

Ciertamente, para casi cualquier despido procedente tiene que haber faltas por escrito antes.

Como dices es la empresa la que tiene que justificar el despido procedente y vamos con pruebas por escrito o contundentes, salvo que tenga razones de peso el improcedente es fácil de conseguir.

Aunque la noticia no deja claro si la despidió procedentemente o improcedentemente, por que un despido improcedente, en el que te paguen todo lo que deban pagar y te manden a la calle también es posible ganarlo y obligar a la readmisión, sobretodo en gremios de subrugados como es el caso.

Vamos si tu trabajas de limpieza subcontratado en una empresa, salvo que que se extinga ese puesto, aunque tu empresa te despida improcedentemente puedes ganar la re-admisión (despido nulo), no te puede despedir para meter a otro en tu puesto.

Y incluso si la empresa que sub-contrato rescinde el contrato mientras no pase un año si vuelve a hacer un contrato de limpieza puedes reclamar ese puesto.

La cuestión es que la gente no se molesta en conocer sus derechos ni ir a un abogado o sindicato a conocerlos.


#29 Es más yo le metería el acoso laboral después. No hay prueba de acoso más contundente que dos despidos declarados nulos lol

G

#27 No te jode, es que si la empresa puede probar que hicistes algo procedente para el despido te jodes y te vas a la calle por que lo hicistes.

Lo que hay que leer por aquí aveces

saulroc

#28 Te lo digo por que hay gente que se come el despido objetivo, sin siquiera luchar la improcedencia, cuando la improcedencia es bien facil conseguirla por que es la empresa la que tiene que demostrar que el motivo de despido es real, otra cosa es ya luchar el despido nulo que supongo será bastante más dificil dependiendo del caso concreto.

Otra cosa igual, la empresa puede tener todas las pruebas que quiera de que yo llego tarde a trabajar, que si no tiene pruebas de haberme avisado antes de despedirme posiblemente el despido tambien sería improcedente.

Moléculo

De vez en cuando, asoma la cabecita la justicia.

Me alegro muchísimo por esta mujer. Que cunda el ejemplo.

kovaliov

No acertasteis ni una. Esto demuestra que leer los comentarios es una pérdida de tiempo.

pahchorra

Aviso ara todos los padefos

g

Ahora le harán la vida imposible jodiéndola por algún lado. Hoy en día la ley te ampara lo mínimo en estos casos y ciertas cosas no se pueden demostrar.

saulroc

#19 Te ampara siempre que la empresa no pueda probar las cosas, es bien diferente ser tu el que debe demostrar que ser la empresa.

barros1988

No tiene por que ser readmitida, el empresario puede decidir si readmitirla pagando los salarios de tramitación y indemnización por daños, o despedirla con salarios de tramitación, indemnización por daños y indemnización por despido nulo