Hace 15 años | Por --79447-- a cotizalia.com
Publicado hace 15 años por --79447-- a cotizalia.com

En el actual escenario de constante incremento de la morosidad, las entidades financieras españolas buscan alternativas para intentar solventar por cualquier medio las deudas impagadas. Algunas de esas soluciones pasan por refinanciar deudas, ofrecer seguros por desempleo, o conceder préstamos personales que únicamente sirven para pagar cuotas hipotecarias. También estudian como opciones las daciones de inmuebles en pago de deudas y, en último extremo, las adjudicaciones judiciales de inmuebles.

Comentarios

pilarina

Dación (RAE)

1. f. Der. Transmisión, al acreedor o a los acreedores, del dominio de una cosa en compensación de una deuda.

fisico

Daciones: antiguos habitantes de la Dacia en Asia Menor.

D

El diccionario es nuestro amigo: http://www.rae.es/rae.html

D

En las actuales circunstancias, conviene distinguir entre la morosidad y la dudosidad. Según la normativa financiera, cuando hay duda de que el cliente no va a poder atender sus pagos en las fechas establecidas, en ese momento hay que calificar a ese cliente como de dudoso cobro. Técnicamente, moroso es el que no ha podido hacer frente a un vencimiento. Cuando se produce un impago, tarda tres meses (o cuatro vencimientos) en adquirir la calificación de moroso. El reloj empieza a contar desde el primer impago. Los préstamos hipotecarios se provisionan a los 3 años de haber entrado en mora. Ambas situaciones tienen la misma trascendencia contable en las entidades, aunque no se refieran a los mismos hechos (la dudosidad es subjetiva).

fisico

AAHHHHH!!!!