Este caso coincide con otro incidente donde Inspección de Trabajo sentenció a la trabajadora a devolver los casi 10.000 euros que había cobrado del SEPE
No me queda claro como se demuestra la coalición entre empresario y trabajador. Vale que el asunto huele a chamusquina, pero el fraude se debe demostrar, a menos que admitamos "actitud sospechosa" como delito.
#3 el truco es leerse el artículo para entenderlo:
Para sorpresa de los infractores, la Inspección de Trabajo sugirió la revisión de los distintos aspectos que se habían firmado a lo largo de la consecución del acto en cuestión. Los motivos que se alegaron para refutar el despido fue el supuesto bajo rendimiento de la trabajadora. Pero no existieron ni avisos previos al cede contractual ni tan siquiera pruebas de cumplimiento del carácter mencionado por lo que la administración decidió inspeccionar su caso al detalle, sobre todo por la edad de la trabajadora y las sospechas más que evidentes que destapaba su fecha de nacimiento…
#4 Pero hasta donde yo se, el empresario puede despedir a quien quiera de manera improcedente. Que los motivos alegados sean insuficientes demuestran la improcedencia del despido, pero no la conjura empresario-trabajador. Tampoco el hecho de que la trabajadora no denunciara. Reconozco que la suma de los hechos apuntan al fraude, pero no lo demuestran
#5 Puedes recurrir la multa y te contestarán que nones y que vayas al contencioso administrativo, puedes ir, gastarte un pastizal en abogados y al cabo de unos años posiblemente volver a perder, o no, pero que te va a costar más que la multa y te van a salir canas seguro.
Lo más fácil es pedir una excedencia de seis meses o un año y a la vuelta que te digan que no puedes reincorporarte por causas organizativas o de producción. No están obligados a indemnizarte y es mucho más difícil demostrar mala fé.
Yo tengo un amigo que "diseñaba" planes de jubilacion a las empresas y estaba calculando para que el trabajador cobrase practicamente lo mismo sin trabajar, teniendo en cuenta los años de paro y demas... ganaba la empresa, ganaba el trabajador, asi que alguien perdía... parece que ahora se vigila mas ¿?
#12 no si legal sera, pero es casi lo mismo que lo de estos trabajadores... triquiñuelas para cobrar partidas que son para otra cosa y que salen de papa estado.
tras dos años de baja laboral, la empleada volvió a su puesto de trabajo. Pero, contra todo pronóstico, la mujer fue despedida mes y medio después de su vuelta al oficio.
El despido fue declarado como disciplinario y, pese a que la empleada llevaba trabajando dos décadas en la empresa, no alegó ningún recurso, por lo que las sospechas empezaron a incrementarse
Muy descarado lo del disciplinario y más que ella no reclamará.
Para sorpresa de los infractores, la Inspección de Trabajo sugirió la revisión de los distintos aspectos que se habían firmado a lo largo de la consecución del acto en cuestión. Los motivos que se alegaron para refutar el despido fue el supuesto bajo rendimiento de la trabajadora. Pero no existieron ni avisos previos al cede contractual ni tan siquiera pruebas de cumplimiento del carácter mencionado por lo que la administración decidió inspeccionar su caso al detalle, sobre todo por la edad de la trabajadora y las sospechas más que evidentes que destapaba su fecha de nacimiento…
Lo más fácil es pedir una excedencia de seis meses o un año y a la vuelta que te digan que no puedes reincorporarte por causas organizativas o de producción. No están obligados a indemnizarte y es mucho más difícil demostrar mala fé.
Eso es lo que se llama prejubilación y es el despido aplazado en varios años. Y es completamente legal.
El despido fue declarado como disciplinario y, pese a que la empleada llevaba trabajando dos décadas en la empresa, no alegó ningún recurso, por lo que las sospechas empezaron a incrementarse
Muy descarado lo del disciplinario y más que ella no reclamará.