Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas
El ejercicio del derecho de admisión no puede comportar, en ningún caso, discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, discapacidad, orientación sexual, identidad de género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social de las personas usuarias de los establecimientos y de los espacios abiertos al público, tanto en lo referente a las condiciones de acceso como a la permanencia en los establecimientos y al uso y disfrute de los servicios que se prestan.
#1:
Pues espero que se lleven una buena multa por «decisión judicial».
#14:
#3 Si, pero no es libre, como se piensan muchos hosteleros. Se ha de basar en algo concreto y fundamentado (exceso de aforo, cobro de entrada, código de vestimenta, etc) pero jamás podrá hacerse por motivos que estén motivados por ningún tipo de fobia o discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, como queda absolutamente concretado en el art.14 de nuestra Constitución. Vamos, que su "decisión empresarial" ,digamos mejor discriminación, va contra ley, con lo cual es nula de pleno derecho y perseguible judicialmente si se lleva a cabo.
#2:
no admiten clientes que sobrepasen en inteligencia a los dueños, estan en su derecho
#34:
#26 Te lo han explicado bastante bien en otros comentarios. La ley no permite, bajo papel, el derecho de admisión por este motivo, el cual es discriminatorio con un colectivo. No soy experto judicial así que yo, personalmente, no puedo decirte mucho más, ni adivino para saber cómo actuará la fiscalía, pero dudo mucho que lo dejen pasar y no caiga una multa importante para el dueño.
Y dicho eso, y esto ya es opinión totalmente personal, si la ley lo permite entonces esa ley debería ser cambiada, porque nadie tiene por qué sufrir esa discriminación en ningún caso, y menos por algo que no es de su elección.
#78:
#34 Tranquilo la ley no permite esa discriminación lo que pasa que los "cuñaos" leen reservado el derecho de admisión y lo interpretan como "entra a quien le sale de los huevos al dueño" y no tiene nada que ver.
#23:
#18 Estoy bastante seguro que el derecho de admisión no permite esto. Una cosa es que no permitas que en un lugar de etiqueta vayan vestidos de chandal y otra muy distinta discriminar por raza, sexo o en este caso, un transtorno genético.
"El juez del Juzgado Penal número 12 de Valencia ha condenado a la responsable de un pub de este municipio a un año de inhabilitación para el ejercicio de la profesión y el comercio relacionados con la hostelería y ocio por no permitir la entrada a un grupo de discapacitados que, acompañado de sus monitores, quería acceder al local en diciembre de 2006.
En la sentencia del Juzgado Penal número 12 de Valencia, el magistrado considera que la mujer cometió un delito contra los derechos fundamentales de los ocho jóvenes de entre 19 y 22 años con síndrome de Down a los que se les negó la entrada"
#38:
#35 El empresario no se salta la ley: el derecho de admisión está de su lado. Te guste o no.
#32 Muy bonito el artículo pero es de total aplicación a este caso. El empresario puede hacerlo y lo hace.
El derecho de Admisión deberá tener por finalidad impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad.
Solo con esas dos cositas el empresario puede justificar su acción. Ya se que no os gusta, pero así es la ley que tenemos.
#62:
#55 Te voto positivo solo para compensar el negativo de #18 que te ha cascado por llevarle la contraria...
#7:
Recuerdo otra noticia igual en Vigo hace unos años. Esta claro que es una situación de discriminación, pero también es cierto que el dueño no puede hacerse responsable de que, por ejemplo dentro no tomen alcohol. Me parece más complicado de lo que se expone.
Protección del consumidor y del usuario.
Sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente sobre disciplina de mercado y defensa del consumidor y del usuario, se establecen los siguientes derechos y obligaciones: (...)
2. Los titulares de establecimientos y los organizadores de espectáculos o actividades recreativas o personas en quienes deleguen podrán ejercer el derecho de admisión. Este derecho no podrá utilizarse para restringir el acceso de manera arbitraria o discriminatoria, ni situar al usuario en condiciones de inferioridad, indefensión o agravio comparativo. El derecho de Admisión deberá tener por finalidad impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad. Las condiciones para el ejercicio del derecho de admisión deberán constar en lugar visible a la entrada de los locales, establecimientos y recintos. Se prohíbe el acceso a los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas portando prendas o símbolos que inciten a la violencia, el racismo y la xenofobia.
Eso en la ley 30/1992 del 26 de Noviembre, derogada el 2 de Octubre del año pasado y sustituida por la ley 39 que recoge el mismo artículo y que prácticamente actualiza la ley 30 por la inmersión que la informática ha tenido en la vida cotidiana.
EDITO y añado, del mismo artículo 51 que regula el derecho de admisión: Irregularidades.
Las irregularidades que más se producen en los locales son protagonizadas por los porteros de las discotecas o bares musicales que suelen prohibir la entrada o discriminar haciendo pagar previamente el precio de consumición. Se llega a extremos donde la entrada no se permite como consecuencia del origen étnico, inmigrante, tipo de ropa, calzado, etc.
Lo procedente es denunciar estos abusos ante la Policía Municipal o las Fuerzas de Seguridad del Estado.
#51:
#26 El derecho de admisión del dueño de un tugurio no tiene prioridad sobre el derecho fundamental a la no discriminación.
#8:
Si tuvieramos más mentalidad de colmena. Simplemente la gente dejaría de ir a ese local y tendría que cerrar. No haría falta una decisión judicial.
Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas
El ejercicio del derecho de admisión no puede comportar, en ningún caso, discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, discapacidad, orientación sexual, identidad de género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social de las personas usuarias de los establecimientos y de los espacios abiertos al público, tanto en lo referente a las condiciones de acceso como a la permanencia en los establecimientos y al uso y disfrute de los servicios que se prestan.
#18 Estoy bastante seguro que el derecho de admisión no permite esto. Una cosa es que no permitas que en un lugar de etiqueta vayan vestidos de chandal y otra muy distinta discriminar por raza, sexo o en este caso, un transtorno genético.
#26 Te lo han explicado bastante bien en otros comentarios. La ley no permite, bajo papel, el derecho de admisión por este motivo, el cual es discriminatorio con un colectivo. No soy experto judicial así que yo, personalmente, no puedo decirte mucho más, ni adivino para saber cómo actuará la fiscalía, pero dudo mucho que lo dejen pasar y no caiga una multa importante para el dueño.
Y dicho eso, y esto ya es opinión totalmente personal, si la ley lo permite entonces esa ley debería ser cambiada, porque nadie tiene por qué sufrir esa discriminación en ningún caso, y menos por algo que no es de su elección.
#34 Tranquilo la ley no permite esa discriminación lo que pasa que los "cuñaos" leen reservado el derecho de admisión y lo interpretan como "entra a quien le sale de los huevos al dueño" y no tiene nada que ver.
#19 No te ha sentado bien que alguien te haya puesto delante de la nariz lo que "pediste" en #26??
O es que crees de verdad que una norma empresarial puede pasarse por los huevos un derecho fundamental??
#18 Tal y como comenta #23 , el derecho de admision es una cosa, y lo que practican luego los empresarios es otra.
Tu puedes poner un letrero en la entrada que diga cuales son tus normas (siempre que no sean inconstitucionales), y si alguien no cumple alguna de esas normas, poner "tu derecho de admision" para negarle la entrada.
Ejemplo: "para cenar aqui hay que vestir traje y corbata". Si esta debidamente anunciado en la puerta y vas con camiseta de tirantes, podran ejercer su derecho.
Caso contrario, este empresario no quiere gente con sindrome de down (es una discriminacion y en los primeros articulos de la constitucion (creo que el 13 o 14) menciona que no se puede discriminar por razones de sexo, ideologia, etc etc). Por tanto, aun en el supuesto de que lo hubiera anunciado debidamente en la puerta (que obviamente lo dudo), seria ilegal.
#18 No sabes lo que significa "derecho de admisión" en absoluto, tuve bastantes locales abiertos al público y se lo que es y no significa que no puedes dejar pasar o echar a quiente salga de los huevos.
#2 Las personas con síndrome de Down no dejan de ser inteligentes. Entiendo que troleas y, por tanto, bromeas. Pero si por aquí hay alguien con un familiar afectado, me da que no le va a hacer mucha gracia.
Recuerdo otra noticia igual en Vigo hace unos años. Esta claro que es una situación de discriminación, pero también es cierto que el dueño no puede hacerse responsable de que, por ejemplo dentro no tomen alcohol. Me parece más complicado de lo que se expone.
#7 Bueno, según la noticia, eran un grupo que iba con sus monitores. Supongo que son los monitores los que deben hacerse responsables de su correcto comportamiento en el local.
#7 también puede ser que, si ocurre algo, puedan verse en problemas por no tener personal especializado. Aunque el motivo parece ser que les espantan a la clientela y eso es censurable.
#7 y porqué va a hacerse responsable de que no beban? son adultos y pueden beber. Si beben demasiado se les echa por beber demasiado, no por tener sindrome de Down. A parte, seguramente no fueran solos, irian con amigos/familiares/monitores, que son los que deben encargarse de que no beban si procede.
#149 Ah, pensé que comparabas dar alcohol a gente con sindrome de Down con permitir que menores jugaran a las tragaperras... pero a lo mejor he malinterpretado tambien a #7
#11 en el menéame todos somos bellísimas personas.
En el mundo real si estás buscando un sitio para salir es probable que pases de largo de un local lleno de síndromes de Down ciegos de alcohol. El 99% se irá al de al lado
#69 lo peor que es cierto, yo por ejemplo priorizo el buen ambiente, y me da igual si es con o sin síndrome de down, y ya te digo que pongo la mano en el fuego que la gente huye de esta gente.
#20 Tu escoges la parte de la redacción de la ley que te permite mantenerte en "tus trece"; porque parece que eres incapaz de reconocer que tus primeros comentarios no estaban ni medio pensados...
Si solo fuesen válidos los apartados que dices, cualquier propietario de local podría impedir la entrada de personas sordas, cojas o parapléjicas. Y te aseguro que no pueden hacerlo.
#10 Sí, pueden negarte la entrada por no ir con la vestimenta adecuada o por ir hasta arriba de alcohol. Pero no pueden negarte la entrada por ser negro o chino.
#5 Para poder ejercer el derecho de admisión se debe de atener a las normas de la ley de espectáculos públicos de la CC.AA , y si quiere añadir algo mas lo deberá de llevar a su ayto , que le den el visto bueno y exhibirlo a la vista del publico en las entradas al establecimiento . Eso de que no entras por llevar calcetines blancos o por la estética ya ha pasado a la historia
#3 Si, pero no es libre, como se piensan muchos hosteleros. Se ha de basar en algo concreto y fundamentado (exceso de aforo, cobro de entrada, código de vestimenta, etc) pero jamás podrá hacerse por motivos que estén motivados por ningún tipo de fobia o discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, como queda absolutamente concretado en el art.14 de nuestra Constitución. Vamos, que su "decisión empresarial" ,digamos mejor discriminación, va contra ley, con lo cual es nula de pleno derecho y perseguible judicialmente si se lleva a cabo.
#14 La legislación solo dice que no se permite la discriminación por motivos de sexo, raza o religión. Por tanto, en este caso prevalece el derecho de admisión.
#21 Lo que tu dices (artículo 14 del segundo capítulo de la constitución) hace alusión a que no puede prevalecer lo que dices ante la aplicabilidad de la ley y que, en ese sentido, somos todos iguales.
#24 Evidentemente, por eso el derecho de admisión está reglado, vamos, que tiene caracter de ley y como tal no se te puede discriminar en ninguno de esos aspectos a la hora de aplicarla. ¿O piensas que lo de reservado el derecho de admisión lo ponen los ponen para no dejar entrar a quien no quieran? Está reglado y al estarlo, ya no cabe discriminación por ninguna de las causas que enumera el art.14.
editado:
Es como si prohibiesen entrar a gente en silla de ruedas, cojos, mancos, tuertos. Vamos, que no, que cuando hay ley o reglamento, este ha de estar en sintonía con lo que dice la constitución. Sea la ley que sea o el reglamento que sea.
#14pero jamás podrá hacerse por motivos que estén motivados por ningún tipo de fobia o discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, como queda absolutamente concretado en el art.14 de nuestra Constitución
Si eso fuese como dices el derecho de admisión no existiría, pues cualquier cosa puede englobarse bajo "cualquier otra condición o circunstancia". Pero resulta que el derecho de admisión existe por lo que se deduce que no es como tú dices.
Algo me dice que simplemente el motivo es que la presencia de estas personas con síndrome de down "espanta" al resto de clientes, al igual que pasaría si el local se le llena de gitanos, moteros barbudos con tatuajes hasta en el sobaco o cualquier otro grupo social que provoque rechazo al resto de clientes. Y el empresario mira por su negocio que es el que le da de comer. Nada más.
Protección del consumidor y del usuario.
Sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente sobre disciplina de mercado y defensa del consumidor y del usuario, se establecen los siguientes derechos y obligaciones: (...)
2. Los titulares de establecimientos y los organizadores de espectáculos o actividades recreativas o personas en quienes deleguen podrán ejercer el derecho de admisión. Este derecho no podrá utilizarse para restringir el acceso de manera arbitraria o discriminatoria, ni situar al usuario en condiciones de inferioridad, indefensión o agravio comparativo. El derecho de Admisión deberá tener por finalidad impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad. Las condiciones para el ejercicio del derecho de admisión deberán constar en lugar visible a la entrada de los locales, establecimientos y recintos. Se prohíbe el acceso a los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas portando prendas o símbolos que inciten a la violencia, el racismo y la xenofobia.
Eso en la ley 30/1992 del 26 de Noviembre, derogada el 2 de Octubre del año pasado y sustituida por la ley 39 que recoge el mismo artículo y que prácticamente actualiza la ley 30 por la inmersión que la informática ha tenido en la vida cotidiana.
EDITO y añado, del mismo artículo 51 que regula el derecho de admisión: Irregularidades.
Las irregularidades que más se producen en los locales son protagonizadas por los porteros de las discotecas o bares musicales que suelen prohibir la entrada o discriminar haciendo pagar previamente el precio de consumición. Se llega a extremos donde la entrada no se permite como consecuencia del origen étnico, inmigrante, tipo de ropa, calzado, etc.
Lo procedente es denunciar estos abusos ante la Policía Municipal o las Fuerzas de Seguridad del Estado.
#32 Que provoque rechazo al resto de clientes racistas, xenófobos, machistas y similares, querrás decir. Y, evidentemente, el empresario mirará por su negocio, pero no puede saltarse las leyes. Dos gitanos, un barbudo motero y dos personas con el síndrome de Down, comportándose de una manera correcta, tienen y deben de tener, los mismos derechos que cualquier otra persona. Y si personas con síndrome de Down espantan a alguien, estos sufren el síndrome de gilipollas sin puto remedio.
#35 El empresario no se salta la ley: el derecho de admisión está de su lado. Te guste o no.
#32 Muy bonito el artículo pero es de total aplicación a este caso. El empresario puede hacerlo y lo hace.
El derecho de Admisión deberá tener por finalidad impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad.
Solo con esas dos cositas el empresario puede justificar su acción. Ya se que no os gusta, pero así es la ley que tenemos.
#38 Bonito ejercicio de lectura selectiva. Y lo de: "Este derecho no podrá utilizarse para restringir el acceso de manera arbitraria o DISCRIMINATORIA, ni situar al usuario en condiciones de inferioridad, indefensión o agravio comparativo.", ya tal, ¿no?
#46 A ver, no dejar entrar a una discoteca por tener síndrome de down, discriminación. No dejar entrar a una discoteca por ir bolinga, derecho de admisión. No dejar entrar a un restaurante por ser negro, discriminación. No dejar entrar a un restaurante por no llevar camisa, derecho de admisión. Banearte en Menéame por ser un cuñao, discriminación. Banearte por no cumplir las reglas, derecho de admisión.
¿Verías normal que no dejasen votar a una persona con síndrome de down?
¿Consideras una persona con síndrome de down tiene menos derechos que tú?
#49 vería normal no dejar votar a una persona que no apruebe el bachillerato... Y lo digo en serio.
Otra cosa es definir condiciones para que cualquier chaval, independientemente de su origen , tenga acceso a unos estudios. Pero sí, vería normal no dejar votar a alguien que no demostrara unos conocimientos y capacidad de raciocinio.
Es discriminatorio?
Sí.
Hay que discriminar?
En ocasiones sí.
#87 No es lo mismo no sacarse el bachillerato en los 50 (por decir algo), que ahora.
No soy partidario de quitar a tus padres el derecho al voto, pero no me parecería mal que, salvo circumstancias muy especiales, si un chaval que nace en un entorno normal, no se saca el bachillerato, no se le permita votar hasta que no se lo saque. Creo que sí habría que certificar un mínimo de conocimiento y comprensión para poder votar.
Quien dice el bachillerato dice acreditar unos conocimientos y un raciocinio: demostrar que sabes comprender, entender y analizar mínimamente propuestas políticas.
Si un sindrome de dawn se saca el bachillerato (o acredita esos conocimientos), le permitiría votar. En caso contrario no.
#90 Pues no, hijo mío. La democrácia se basa en el poder del pueblo y dudo mucho, por lo que dices, que tú seas un demócrata. A lo sumo, un oligarca, y si me apuras, un tecnócrata. Es más, deberías aplicarte lo que dices y, hasta que no entiendas lo que signifca democracia, abstenerte de votar. Pero, para no salirnos del meollo y por aclarar, ¿una persona con sindrome de down tiene los mismos derechos que tu? ¿Tiene derecho a no ser discriminada por su condición?
#83 Aunque personalmente pienso que en este caso sí hay discriminación, a veces nos quedamos solo con la parte negativa de "discriminar". Cuando elegimos pareja estamos discriminando a las personas, por sexo, por apariencia, por personalidad, etc, etc, y cuando contratamos a alguien para un trabajo también se le discrimina por aptitudes, estudios, personalidad, etc, etc.
Entiendo que se discrimina en su sentido negativo cuando la discriminación se hace por un tema personal que realmente no debería influir. Sin embargo, creo que mucho de lo que menciona #46 puede ser bastante discutible, yo puedo llevar no camisa por un tema ideológico, o incluso religioso, y podríamos discutir como el vestirte es algo personal. El nudismo también. Ahora bien, quizás se puede generalizar mucho más y decir que no se admiten las personas que causen follón, si alguien con sindrome de down se comporta, pues bien, sino no.
Y aún así, seguro que muchos verían la noticia de persona con sindrome de down expulsada por no comportarse" como discriminación.
#38 Estás pero que muy equivocado, pero estate atento al desarrollo de esta noticia incluso cuando deje de considerarse como tal, y aprenderás más sobre derecho.
"El juez del Juzgado Penal número 12 de Valencia ha condenado a la responsable de un pub de este municipio a un año de inhabilitación para el ejercicio de la profesión y el comercio relacionados con la hostelería y ocio por no permitir la entrada a un grupo de discapacitados que, acompañado de sus monitores, quería acceder al local en diciembre de 2006.
En la sentencia del Juzgado Penal número 12 de Valencia, el magistrado considera que la mujer cometió un delito contra los derechos fundamentales de los ocho jóvenes de entre 19 y 22 años con síndrome de Down a los que se les negó la entrada"
Después de leer esta línea me queda claro la mierda de empresa que es: "Des del pub s'assegura que la decisió de no deixar entrar persones amb Síndrome de Down es va prendre mesos enrere ja que s'havia comprovat que alguns clients marxaven al veure'ls, motiu pel qual havia baixat la facturació de l'empresa. " (el motivo era que algunos clientes se iban al verles, y por eso habia bajado la facturación de la empresa).
Supongo que son la misma mierda de empresas que facilitan la entrada a las tias buenas y a las que somos tirando a feas nos ponen mil pegas, porque espantamos al personal.
#17 Pues sí, lo siento por los chavales de la historia, pero es lo mismo que hemos vivido toda nuestra vida. Que entrabas a la discoteca o no según tenga el día el portero y se haya tomado su all-bran, según le guste tu camisa, tu peinado, o según lleves mas amigas contigo. Y ahora ponte a reclamar en lugar de seguir de fiesta, espérate un par de horas a que llegue la policía porque no te quieren dar la hoja de reclamaciones, al día siguiente llévala a la oficina de quejas, etc, etc. En fin, la mierda de siempre, ahora con chavales dawn.
Joder, qué sinsentido, crean un ambiente para que se extroviertan los rasgos primarios del ser humano y luego prohíben la entrada a quienes mejor pueden aprovecharlo.
Creo.que no era una simple discoteca, era un puti... Y claro, si no quieres problemas y no quieres tener que darles un capón por babear encima del género, tiene que hacer algo.
#29 podría explicarme como es?
En Cataluña la fiscalía no actúa de oficio?
En Cataluña la fiscalía no respeta y actúa cuando no se cumple la constitución?
#41 Que no hay delito lo dice usted. El delito de discriminación existe, otra cosa es que el propietario este afiliado o sea amigo de alguien del PP.
En este país ya se sabe, la justicia es igual para todos, para todos los amigos y afiliados del PP.
Esto es discriminacion y la fiscalía persiguiendo chistes, esto es España.
Nada nuevo cara el sol
#50 por apariencia física también valdría.
Y se podría entrar en homófobia o a azismo.
Hay la abogacía del estado podría entrar y ver por donde se actúa mejor.
Hace mas el querer que el no, que son amigos que llenan sobres coño...
#50 para zanjarle de una vez su postura.
"Derecho de admisión no quiere decir que el dueño del establecimiento pueda denegarte la entrada “porque sí”, es preciso que cumpla unos requisitos mínimos, siendo el principal de ellos que la decisión de denegar la entrada a una persona no vulnere sus derechos fundamentales, no sea arbitraria ni motivada por motivo de su raza, sexo, religión, orientación sexual o cualquier otro motivo arbitrario o improcedente."
Esta es la norma general, luego esta la legislación de cada ayuntamiento.
Joder, por una vez que van? Siendo realistas, puedo entender que si tooodos los fines de semana se lo llenan pues oye, es un negocio. Pero joder, porque puntualmente vayan? a quien cojones le puede molestar eso?
Lo mejor es el boicot, que nadie vaya a esa discoteca, asi aprenderan a respetar a los demas. En Salamanca ocurrio un caso similiar en un bar del centro y los propietarios pagaron una multa sin que eso perjudicara a su negocio, salvo la gente que al ver la noticia dejamos de ir alli.
#37 El problema REAL es que es AHORA cuando no van. El empresario mira por su negocio; probablemente le daría igual que fueran down, del betis o del pp... mientras el resto del personal siga yendo al garito y consumiendo.
Pero cuando es el resto del personal el que se larga porque hay down en la sala.... ¿realmente el malo es el empresario? ¿ese que paga las nominas de los camareros que habrá que despedir porque la gente ya no entra al garito?
Creo que hay que darle un par de vueltas al asunto antes de empezar a crucificar al de la barra.
el dueño de la discoteca alego " no podemos permitir que tengan mayor coheficiente intelectual que nuestros clientes habituales, estos no consumen alcohol y drogas, y no nos sale rentable".
Cuando no te dejaban entrar a las discotecas por llevar calcetines blancos no parecía importarle a nadie. Pero si tienes un cromosoma de más todo el mundo pierde la cabeza.
Nota mental: El cartelito de "reservado el derecho de admisión" sirve para que no dejes entrar a quien crees que no debe entrar por la razón subjetiva que tú decidas. Coño, para eso te la juegas en tu negocio.
#40 Reservado el derecho de admisión si no cumples unas normas establecidas para todo el mundo. Puede ser la vestimenta o el pago de entrada, pero no puede ser el sexo, la religión, tu índice de masa corporal o una minusvalía. Eso es discriminación.
#22 reservar el derecho de admisión hay que justificarlo.
En que se basa su justificacion.?
Discriminación por?
Diga lo que diga, a no ser que sea por llevar calcetines blancos, es recurribles y enjuizable, evidentemente si la fiscalía, el ministro y el gobierno quiere (los tres pilares de la justicia en este país).
Hace más de una década que no voy a una discoteca.
Y tema bares un par de veces al año.
Alguien me puede decir si hay tías con velo en discopubs. Es que en mi época veinteañerea no había chicas de mi generación con velo. Ese fenómeno llego después.
Efectivamente tengo una vida muy triste
#28 prendo la llama.
Calcetines blancos, zapatillas, sin camiseta,.... Con velo.
#92 Me imaginó que sepa usted lo suficiente para conocer la respuesta a su pregunta.
Si no es así, yo que usted me lo hacia mirar...
Dependiendo la edad que tenga, igual, solo digo igual, tiene solución.
#94 intuyo la respuesta aunque peque de empirista. Era solo un subterfugio ya que señalo la luna por las consecuencias a medio plazo para la sociedad la falta de interrelación entre iguales en espacios de ocio. Pero es cosa de la edad y chocheo.
Los que han tomado esa decisión tienen cero empatía y se deben creer superiores al resto. Pues que sepan que nadie está libre de un hijo o un nieto con discapacidad.
Los mismos que critican esta noticia serán los mismos que defienden los hoteles y restaurantes sin niños.
Tengo hijos y son un coñazo. Nunca he entendido porque en tu negocio no puedes poner tus normas, si no me gusta, o tengo hijos, no voy. En lo de los perros ya ni entro.
Comentarios
#18 Hola.
Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas
El ejercicio del derecho de admisión no puede comportar, en ningún caso, discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, discapacidad, orientación sexual, identidad de género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social de las personas usuarias de los establecimientos y de los espacios abiertos al público, tanto en lo referente a las condiciones de acceso como a la permanencia en los establecimientos y al uso y disfrute de los servicios que se prestan.
#55 Te voto positivo solo para compensar el negativo de #18 que te ha cascado por llevarle la contraria...
#10 No funciona como creeis. Lee lo que pone #55 porque es así como funciona.
#55 Buen ZAS EN TODA LA BOCA al cuñao #18
plas plas plas
#10 En realidad no. Su local, las normas de todos. Échale un vistazo a #55.
Pues espero que se lleven una buena multa por «decisión judicial».
#1 Tienen derecho de admisión por muy cruel que te parezca.
#18 Estoy bastante seguro que el derecho de admisión no permite esto. Una cosa es que no permitas que en un lugar de etiqueta vayan vestidos de chandal y otra muy distinta discriminar por raza, sexo o en este caso, un transtorno genético.
#23 ¿Estás bastante seguro? Pues cuéntanos más.
#26 Te lo han explicado bastante bien en otros comentarios. La ley no permite, bajo papel, el derecho de admisión por este motivo, el cual es discriminatorio con un colectivo. No soy experto judicial así que yo, personalmente, no puedo decirte mucho más, ni adivino para saber cómo actuará la fiscalía, pero dudo mucho que lo dejen pasar y no caiga una multa importante para el dueño.
Y dicho eso, y esto ya es opinión totalmente personal, si la ley lo permite entonces esa ley debería ser cambiada, porque nadie tiene por qué sufrir esa discriminación en ningún caso, y menos por algo que no es de su elección.
#34 Tranquilo la ley no permite esa discriminación lo que pasa que los "cuñaos" leen reservado el derecho de admisión y lo interpretan como "entra a quien le sale de los huevos al dueño" y no tiene nada que ver.
#26 El derecho de admisión del dueño de un tugurio no tiene prioridad sobre el derecho fundamental a la no discriminación.
#51 no inventes
#53 Buena argumentación, me has convencido.
#53 nunca el derecho de admisión puede contradecir leyes
#26 hasta yo sé que no se puede discriminar por raza, sexo o condición
#19 No te ha sentado bien que alguien te haya puesto delante de la nariz lo que "pediste" en #26??
O es que crees de verdad que una norma empresarial puede pasarse por los huevos un derecho fundamental??
#18 Tal y como comenta #23 , el derecho de admision es una cosa, y lo que practican luego los empresarios es otra.
Tu puedes poner un letrero en la entrada que diga cuales son tus normas (siempre que no sean inconstitucionales), y si alguien no cumple alguna de esas normas, poner "tu derecho de admision" para negarle la entrada.
Ejemplo: "para cenar aqui hay que vestir traje y corbata". Si esta debidamente anunciado en la puerta y vas con camiseta de tirantes, podran ejercer su derecho.
Caso contrario, este empresario no quiere gente con sindrome de down (es una discriminacion y en los primeros articulos de la constitucion (creo que el 13 o 14) menciona que no se puede discriminar por razones de sexo, ideologia, etc etc). Por tanto, aun en el supuesto de que lo hubiera anunciado debidamente en la puerta (que obviamente lo dudo), seria ilegal.
#18 No sabes lo que significa "derecho de admisión" en absoluto, tuve bastantes locales abiertos al público y se lo que es y no significa que no puedes dejar pasar o echar a quiente salga de los huevos.
#18 El derecho de admisión, como todos, tiene limitaciones.
#1 Entonces, ¿el dueño cómo entra en su propio local?
no admiten clientes que sobrepasen en inteligencia a los dueños, estan en su derecho
#2 Las personas con síndrome de Down no dejan de ser inteligentes. Entiendo que troleas y, por tanto, bromeas. Pero si por aquí hay alguien con un familiar afectado, me da que no le va a hacer mucha gracia.
#67 Si, sí lo hacen, es precisamente ese el desorden genético, falta de inteligencia entre otras muchas cosas.
#67 no se si me has entendido, si alguien en esa noticia muestra falta de inteligencia no son los chavales con down, son los dueños del local.
#67 Los familiares de los síndrome de down, incluso ellos mismos, pueden sobrepasarte también en sentido del humor.
Recuerdo otra noticia igual en Vigo hace unos años. Esta claro que es una situación de discriminación, pero también es cierto que el dueño no puede hacerse responsable de que, por ejemplo dentro no tomen alcohol. Me parece más complicado de lo que se expone.
#7 Bueno, según la noticia, eran un grupo que iba con sus monitores. Supongo que son los monitores los que deben hacerse responsables de su correcto comportamiento en el local.
#7 también puede ser que, si ocurre algo, puedan verse en problemas por no tener personal especializado. Aunque el motivo parece ser que les espantan a la clientela y eso es censurable.
#7 pero también es cierto que el dueño no puede hacerse responsable de que, por ejemplo dentro no tomen alcohol.
No es que no pueda hacerse responsable, es que es responsable!! lo mismo que si una máquina recreativa del tipo B es utilizada por un menor.
#7 y porqué va a hacerse responsable de que no beban? son adultos y pueden beber. Si beben demasiado se les echa por beber demasiado, no por tener sindrome de Down. A parte, seguramente no fueran solos, irian con amigos/familiares/monitores, que son los que deben encargarse de que no beban si procede.
#149 Ah, pensé que comparabas dar alcohol a gente con sindrome de Down con permitir que menores jugaran a las tragaperras... pero a lo mejor he malinterpretado tambien a #7
Si tuvieramos más mentalidad de colmena. Simplemente la gente dejaría de ir a ese local y tendría que cerrar. No haría falta una decisión judicial.
Pero así nos va...
#8 Es al revés, dice el propietario que la gente se iba cuando los veia.
#9 Pues entonces el problema es de la gente. ¿Nos estamos volviendo todos locos o qué? Menuda sociedad estamos criando.
Que vergüenza...
#11 ah pero.... ¿ acaso pensabas que era distinta?
#11 en el menéame todos somos bellísimas personas.
En el mundo real si estás buscando un sitio para salir es probable que pases de largo de un local lleno de síndromes de Down ciegos de alcohol. El 99% se irá al de al lado
#69 lo peor que es cierto, yo por ejemplo priorizo el buen ambiente, y me da igual si es con o sin síndrome de down, y ya te digo que pongo la mano en el fuego que la gente huye de esta gente.
#69
porque? a mi que mas me da que la gente a mi alrededor tenga sindrome de down?
#8 Ninguna decisión judicial vería nada ilegal en tal decisión pues no ataña a una discriminación de sexo, raza o religión.
#20 Tu escoges la parte de la redacción de la ley que te permite mantenerte en "tus trece"; porque parece que eres incapaz de reconocer que tus primeros comentarios no estaban ni medio pensados...
Si solo fuesen válidos los apartados que dices, cualquier propietario de local podría impedir la entrada de personas sordas, cojas o parapléjicas. Y te aseguro que no pueden hacerlo.
#8 Al hilo de tu comentario y el #8 me pregunto cuantos clientes de ese local están de acuerdo con la decisión del propietario...
¿Sigue existiendo el derecho de admisión?
#3 Sí, pero esto me parece una vergüenza que les deberían de cerrar el local un año.
#5 Pues si sigue existiendo es como cuando no te dejan entrar con calcetines blancos o sandalias. Su local, sus normas. Ajo y agua.
#10 Ni ajo, ni agua que el derecho de admisión está muy limitado. En este artículo lo explican muy bien http://www.lorenamoncholi.com/quieren-expulsarte-establecimiento-amamantar/
#10 Sí, pueden negarte la entrada por no ir con la vestimenta adecuada o por ir hasta arriba de alcohol. Pero no pueden negarte la entrada por ser negro o chino.
#10 no
#5 Para poder ejercer el derecho de admisión se debe de atener a las normas de la ley de espectáculos públicos de la CC.AA , y si quiere añadir algo mas lo deberá de llevar a su ayto , que le den el visto bueno y exhibirlo a la vista del publico en las entradas al establecimiento . Eso de que no entras por llevar calcetines blancos o por la estética ya ha pasado a la historia
#12 ningún ayuntamiento ni comunidad puede incumplir una ley ni la constitución
#3 Si, pero no es libre, como se piensan muchos hosteleros. Se ha de basar en algo concreto y fundamentado (exceso de aforo, cobro de entrada, código de vestimenta, etc) pero jamás podrá hacerse por motivos que estén motivados por ningún tipo de fobia o discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, como queda absolutamente concretado en el art.14 de nuestra Constitución. Vamos, que su "decisión empresarial" ,digamos mejor discriminación, va contra ley, con lo cual es nula de pleno derecho y perseguible judicialmente si se lleva a cabo.
#14 La legislación solo dice que no se permite la discriminación por motivos de sexo, raza o religión. Por tanto, en este caso prevalece el derecho de admisión.
#19 raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. No te confundas.
#21 Lo que tu dices (artículo 14 del segundo capítulo de la constitución) hace alusión a que no puede prevalecer lo que dices ante la aplicabilidad de la ley y que, en ese sentido, somos todos iguales.
http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=14&tipo=2
Es decir, que una persona por ser gitana no se le aplica una ley diferente que si es pobre, o si es mujer, ...
#24 Evidentemente, por eso el derecho de admisión está reglado, vamos, que tiene caracter de ley y como tal no se te puede discriminar en ninguno de esos aspectos a la hora de aplicarla. ¿O piensas que lo de reservado el derecho de admisión lo ponen los ponen para no dejar entrar a quien no quieran? Está reglado y al estarlo, ya no cabe discriminación por ninguna de las causas que enumera el art.14.
#27 Eso no es así.
#30 Vale, pues no es así.
#30 si es así, aquí te lo explican muy bien. http://www.lorenamoncholi.com/quieren-expulsarte-establecimiento-amamantar/
#59 yo creo que es un troll, porque vamos no le entra lo evidente y va con malas formas
#30 A no?? Cuéntanos más...
#19 Estás equivocado pero eres tozudo. Cuando el tonto coge una linde la linde se acaba y el tonto sigue...
Me recuerdas a Inda.
#19 no te cansas de equivocarte?
#14 pero jamás podrá hacerse por motivos que estén motivados por ningún tipo de fobia o discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, como queda absolutamente concretado en el art.14 de nuestra Constitución
Si eso fuese como dices el derecho de admisión no existiría, pues cualquier cosa puede englobarse bajo "cualquier otra condición o circunstancia". Pero resulta que el derecho de admisión existe por lo que se deduce que no es como tú dices.
Algo me dice que simplemente el motivo es que la presencia de estas personas con síndrome de down "espanta" al resto de clientes, al igual que pasaría si el local se le llena de gitanos, moteros barbudos con tatuajes hasta en el sobaco o cualquier otro grupo social que provoque rechazo al resto de clientes. Y el empresario mira por su negocio que es el que le da de comer. Nada más.
#32 Artículo 24.
Protección del consumidor y del usuario.
Sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente sobre disciplina de mercado y defensa del consumidor y del usuario, se establecen los siguientes derechos y obligaciones: (...)
2. Los titulares de establecimientos y los organizadores de espectáculos o actividades recreativas o personas en quienes deleguen podrán ejercer el derecho de admisión. Este derecho no podrá utilizarse para restringir el acceso de manera arbitraria o discriminatoria, ni situar al usuario en condiciones de inferioridad, indefensión o agravio comparativo. El derecho de Admisión deberá tener por finalidad impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad. Las condiciones para el ejercicio del derecho de admisión deberán constar en lugar visible a la entrada de los locales, establecimientos y recintos. Se prohíbe el acceso a los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas portando prendas o símbolos que inciten a la violencia, el racismo y la xenofobia.
Eso en la ley 30/1992 del 26 de Noviembre, derogada el 2 de Octubre del año pasado y sustituida por la ley 39 que recoge el mismo artículo y que prácticamente actualiza la ley 30 por la inmersión que la informática ha tenido en la vida cotidiana.
EDITO y añado, del mismo artículo 51 que regula el derecho de admisión: Irregularidades.
Las irregularidades que más se producen en los locales son protagonizadas por los porteros de las discotecas o bares musicales que suelen prohibir la entrada o discriminar haciendo pagar previamente el precio de consumición. Se llega a extremos donde la entrada no se permite como consecuencia del origen étnico, inmigrante, tipo de ropa, calzado, etc.
Lo procedente es denunciar estos abusos ante la Policía Municipal o las Fuerzas de Seguridad del Estado.
#32 Que provoque rechazo al resto de
clientesracistas, xenófobos, machistas y similares, querrás decir. Y, evidentemente, el empresario mirará por su negocio, pero no puede saltarse las leyes. Dos gitanos, un barbudo motero y dos personas con el síndrome de Down, comportándose de una manera correcta, tienen y deben de tener, los mismos derechos que cualquier otra persona. Y si personas con síndrome de Down espantan a alguien, estos sufren el síndrome de gilipollas sin puto remedio.#35 El empresario no se salta la ley: el derecho de admisión está de su lado. Te guste o no.
#32 Muy bonito el artículo pero es de total aplicación a este caso. El empresario puede hacerlo y lo hace.
El derecho de Admisión deberá tener por finalidad impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad.
Solo con esas dos cositas el empresario puede justificar su acción. Ya se que no os gusta, pero así es la ley que tenemos.
#38 Bonito ejercicio de lectura selectiva. Y lo de: "Este derecho no podrá utilizarse para restringir el acceso de manera arbitraria o DISCRIMINATORIA, ni situar al usuario en condiciones de inferioridad, indefensión o agravio comparativo.", ya tal, ¿no?
#44 Sí claro.... ¿Me explicas como denegar a alguien la entrada sin discriminarle? Piénsalo por un momento
#46 A alguien borracho.
#46 A ver, no dejar entrar a una discoteca por tener síndrome de down, discriminación. No dejar entrar a una discoteca por ir bolinga, derecho de admisión. No dejar entrar a un restaurante por ser negro, discriminación. No dejar entrar a un restaurante por no llevar camisa, derecho de admisión. Banearte en Menéame por ser un cuñao, discriminación. Banearte por no cumplir las reglas, derecho de admisión.
¿Verías normal que no dejasen votar a una persona con síndrome de down?
¿Consideras una persona con síndrome de down tiene menos derechos que tú?
#49 vería normal no dejar votar a una persona que no apruebe el bachillerato... Y lo digo en serio.
Otra cosa es definir condiciones para que cualquier chaval, independientemente de su origen , tenga acceso a unos estudios. Pero sí, vería normal no dejar votar a alguien que no demostrara unos conocimientos y capacidad de raciocinio.
Es discriminatorio?
Sí.
Hay que discriminar?
En ocasiones sí.
#83 Hay gente con síndrome de down con carrera universitaria. Por cierto, mis padres no tienen bachillerato ¿consideras que no son aptos para votar?
PD: Lo que opines no lo consideraré como una ofensa hacia mis padres.
#87 No es lo mismo no sacarse el bachillerato en los 50 (por decir algo), que ahora.
No soy partidario de quitar a tus padres el derecho al voto, pero no me parecería mal que, salvo circumstancias muy especiales, si un chaval que nace en un entorno normal, no se saca el bachillerato, no se le permita votar hasta que no se lo saque. Creo que sí habría que certificar un mínimo de conocimiento y comprensión para poder votar.
Quien dice el bachillerato dice acreditar unos conocimientos y un raciocinio: demostrar que sabes comprender, entender y analizar mínimamente propuestas políticas.
Si un sindrome de dawn se saca el bachillerato (o acredita esos conocimientos), le permitiría votar. En caso contrario no.
#90 Pues no, hijo mío. La democrácia se basa en el poder del pueblo y dudo mucho, por lo que dices, que tú seas un demócrata. A lo sumo, un oligarca, y si me apuras, un tecnócrata. Es más, deberías aplicarte lo que dices y, hasta que no entiendas lo que signifca democracia, abstenerte de votar. Pero, para no salirnos del meollo y por aclarar, ¿una persona con sindrome de down tiene los mismos derechos que tu? ¿Tiene derecho a no ser discriminada por su condición?
#83 Aunque personalmente pienso que en este caso sí hay discriminación, a veces nos quedamos solo con la parte negativa de "discriminar". Cuando elegimos pareja estamos discriminando a las personas, por sexo, por apariencia, por personalidad, etc, etc, y cuando contratamos a alguien para un trabajo también se le discrimina por aptitudes, estudios, personalidad, etc, etc.
Entiendo que se discrimina en su sentido negativo cuando la discriminación se hace por un tema personal que realmente no debería influir. Sin embargo, creo que mucho de lo que menciona #46 puede ser bastante discutible, yo puedo llevar no camisa por un tema ideológico, o incluso religioso, y podríamos discutir como el vestirte es algo personal. El nudismo también. Ahora bien, quizás se puede generalizar mucho más y decir que no se admiten las personas que causen follón, si alguien con sindrome de down se comporta, pues bien, sino no.
Y aún así, seguro que muchos verían la noticia de persona con sindrome de down expulsada por no comportarse" como discriminación.
#38 Estás pero que muy equivocado, pero estate atento al desarrollo de esta noticia incluso cuando deje de considerarse como tal, y aprenderás más sobre derecho.
Pues les ocurrirá lo mismo que a este Pub en Valencia:
http://www.elmundo.es/elmundo/2009/09/03/valencia/1251973973.html
"El juez del Juzgado Penal número 12 de Valencia ha condenado a la responsable de un pub de este municipio a un año de inhabilitación para el ejercicio de la profesión y el comercio relacionados con la hostelería y ocio por no permitir la entrada a un grupo de discapacitados que, acompañado de sus monitores, quería acceder al local en diciembre de 2006.
En la sentencia del Juzgado Penal número 12 de Valencia, el magistrado considera que la mujer cometió un delito contra los derechos fundamentales de los ocho jóvenes de entre 19 y 22 años con síndrome de Down a los que se les negó la entrada"
#50 Hay muchas más formas de discriminación.
Por qué no lees #74 y después sigues con tu "no argumentación" y tu "no es así"...
Después de leer esta línea me queda claro la mierda de empresa que es: "Des del pub s'assegura que la decisió de no deixar entrar persones amb Síndrome de Down es va prendre mesos enrere ja que s'havia comprovat que alguns clients marxaven al veure'ls, motiu pel qual havia baixat la facturació de l'empresa. " (el motivo era que algunos clientes se iban al verles, y por eso habia bajado la facturación de la empresa).
Supongo que son la misma mierda de empresas que facilitan la entrada a las tias buenas y a las que somos tirando a feas nos ponen mil pegas, porque espantamos al personal.
#17 de verdad eres tan fea que no te dejan entrar en algunos locales?
#70 En Australia no la dejarían entrar ni en un campo de fútbol: Un club de fútbol australiano multa con 5 dólares a aquellos que traigan "chicas feas" a los partidos [ENG]
Un club de fútbol australiano multa con 5 dólares ...
watoday.com.au#70 Qué, buscando algo que esté a tu nivel y no te de calabazas nada más verte?
#91 No te preocupes, tampoco estoy a su nivel. Una puede ser fea, pero no gilipollas.
#70 Si, para espantarte más que nada (salgo ganando)
#17 Ninguna mujer es fea.
Si la miras por donde mea.
#17 Pues sí, lo siento por los chavales de la historia, pero es lo mismo que hemos vivido toda nuestra vida. Que entrabas a la discoteca o no según tenga el día el portero y se haya tomado su all-bran, según le guste tu camisa, tu peinado, o según lleves mas amigas contigo. Y ahora ponte a reclamar en lugar de seguir de fiesta, espérate un par de horas a que llegue la policía porque no te quieren dar la hoja de reclamaciones, al día siguiente llévala a la oficina de quejas, etc, etc. En fin, la mierda de siempre, ahora con chavales dawn.
Están jugando con fuego
Joder, qué sinsentido, crean un ambiente para que se extroviertan los rasgos primarios del ser humano y luego prohíben la entrada a quienes mejor pueden aprovecharlo.
#4 Estaba pensando que seguro que se portaban más educadamente que muchos de los clientes habituales.
Creo.que no era una simple discoteca, era un puti... Y claro, si no quieres problemas y no quieres tener que darles un capón por babear encima del género, tiene que hacer algo.
#61 El Fissure no llega ni a discoteca, es un pub. Y no es un puti.
Y que te hace pensar que un down va a babear? Igual los babosos son otros.
En las discotecas suele haver mucho subnormal suelto.
Carrero Blanco hijueputa.
Un déjà vu de libro...
https://www.meneame.net/search?q=down sanitas
#29 podría explicarme como es?
En Cataluña la fiscalía no actúa de oficio?
En Cataluña la fiscalía no respeta y actúa cuando no se cumple la constitución?
#36 Si no hay delito difícilmente va a actuar la fiscalía. Es como decir que no salen los médicos a barrer las calles.
#41 Que no hay delito lo dice usted. El delito de discriminación existe, otra cosa es que el propietario este afiliado o sea amigo de alguien del PP.
En este país ya se sabe, la justicia es igual para todos, para todos los amigos y afiliados del PP.
Esto es discriminacion y la fiscalía persiguiendo chistes, esto es España.
Nada nuevo cara el sol
#42 discriminación por sexo, raza o religión?
#50 o características especiales.
#50 por apariencia física también valdría.
Y se podría entrar en homófobia o a azismo.
Hay la abogacía del estado podría entrar y ver por donde se actúa mejor.
Hace mas el querer que el no, que son amigos que llenan sobres coño...
#50 para zanjarle de una vez su postura.
"Derecho de admisión no quiere decir que el dueño del establecimiento pueda denegarte la entrada “porque sí”, es preciso que cumpla unos requisitos mínimos, siendo el principal de ellos que la decisión de denegar la entrada a una persona no vulnere sus derechos fundamentales, no sea arbitraria ni motivada por motivo de su raza, sexo, religión, orientación sexual o cualquier otro motivo arbitrario o improcedente."
Esta es la norma general, luego esta la legislación de cada ayuntamiento.
Joder, por una vez que van? Siendo realistas, puedo entender que si tooodos los fines de semana se lo llenan pues oye, es un negocio. Pero joder, porque puntualmente vayan? a quien cojones le puede molestar eso?
#54 has leído la noticia? No, no la has leido
Lo mejor es el boicot, que nadie vaya a esa discoteca, asi aprenderan a respetar a los demas. En Salamanca ocurrio un caso similiar en un bar del centro y los propietarios pagaron una multa sin que eso perjudicara a su negocio, salvo la gente que al ver la noticia dejamos de ir alli.
#37 El problema REAL es que es AHORA cuando no van. El empresario mira por su negocio; probablemente le daría igual que fueran down, del betis o del pp... mientras el resto del personal siga yendo al garito y consumiendo.
Pero cuando es el resto del personal el que se larga porque hay down en la sala.... ¿realmente el malo es el empresario? ¿ese que paga las nominas de los camareros que habrá que despedir porque la gente ya no entra al garito?
Creo que hay que darle un par de vueltas al asunto antes de empezar a crucificar al de la barra.
el dueño de la discoteca alego " no podemos permitir que tengan mayor coheficiente intelectual que nuestros clientes habituales, estos no consumen alcohol y drogas, y no nos sale rentable".
Cuando no te dejaban entrar a las discotecas por llevar calcetines blancos no parecía importarle a nadie. Pero si tienes un cromosoma de más todo el mundo pierde la cabeza.
Nota mental: El cartelito de "reservado el derecho de admisión" sirve para que no dejes entrar a quien crees que no debe entrar por la razón subjetiva que tú decidas. Coño, para eso te la juegas en tu negocio.
#40 No...el cartelito no es un Comodín que vale para todo. Existen leyes detrás que especifican mucho (muchísimo) lo que se puede hacer.
Tenemos varios meneos al año sobre este tema
Saludos
#40 El "problema" es que es bastante fácil cambiarse de calcetines. Pero quitar ese cromosoma de más es ligeramente complicado.
#99 En realidad lo más fácil es mandar a tomar por culo a quien no te admite.
#40 Reservado el derecho de admisión si no cumples unas normas establecidas para todo el mundo. Puede ser la vestimenta o el pago de entrada, pero no puede ser el sexo, la religión, tu índice de masa corporal o una minusvalía. Eso es discriminación.
#98 CC
Y esa decisión empresarial no conlleva la retirada de licencia?
#15 No es ilegal la decisión.
#22 reservar el derecho de admisión hay que justificarlo.
En que se basa su justificacion.?
Discriminación por?
Diga lo que diga, a no ser que sea por llevar calcetines blancos, es recurribles y enjuizable, evidentemente si la fiscalía, el ministro y el gobierno quiere (los tres pilares de la justicia en este país).
#28 Eso no es así.
Hace más de una década que no voy a una discoteca.
Y tema bares un par de veces al año.
Alguien me puede decir si hay tías con velo en discopubs. Es que en mi época veinteañerea no había chicas de mi generación con velo. Ese fenómeno llego después.
Efectivamente tengo una vida muy triste
#28 prendo la llama.
Calcetines blancos, zapatillas, sin camiseta,.... Con velo.
#92 Me imaginó que sepa usted lo suficiente para conocer la respuesta a su pregunta.
Si no es así, yo que usted me lo hacia mirar...
Dependiendo la edad que tenga, igual, solo digo igual, tiene solución.
#94 intuyo la respuesta aunque peque de empirista. Era solo un subterfugio ya que señalo la luna por las consecuencias a medio plazo para la sociedad la falta de interrelación entre iguales en espacios de ocio. Pero es cosa de la edad y chocheo.
#92 Yo no llamaría "vida triste" a no ir a discotecas. A mí lo que me parece triste es ir a ellas, jajaja
#22 Si lo es
Me parece fatal, pero me parecen peor los clientes que se van porque los ven.
#6 a mi me parece genial, que se vayan cuanto mas lejos mejor
¿Ponían ragetón? Etonces que lo premien por protegerles.
Se lo prohibieron porque no era veves
Los que han tomado esa decisión tienen cero empatía y se deben creer superiores al resto. Pues que sepan que nadie está libre de un hijo o un nieto con discapacidad.
#65 Depende, puedes decidir abortar y es perfectamente legal.
#85 Hay muchos tipos de discapacidades y son sólo algunas las que se detectan durante el embarazo.
#65 Sí que los hay. Los que sean estériles o los que decidan no tener hijos. Te dejo adivinar en cuál de los dos grupos estoy yo
Los mismos que critican esta noticia serán los mismos que defienden los hoteles y restaurantes sin niños.
Tengo hijos y son un coñazo. Nunca he entendido porque en tu negocio no puedes poner tus normas, si no me gusta, o tengo hijos, no voy. En lo de los perros ya ni entro.
#98 Los niños si se pueden prohibir, basta con hacer el local solo para mayores.
#98 porque algo que aprendimos de la alemania nazi es que esas reglas de poder excluir a cierta gente de tu local es lo mas antihumano que existe...
Vaya, tuvo que ser un palo duro paraCharles_Dexter_Ward
#96 WOW, la última vez que entré a una discoteca sería... a finales de los 70 o así. Porque al UP no le podemos llamar discoteca ¿No?