Hace 6 años | Por Quinqui a elordenmundial.com
Publicado hace 6 años por Quinqui a elordenmundial.com

El derecho a la autodeterminación de los pueblos es un principio básico del Derecho internacional, reconocido en numerosos textos y resoluciones, que ha permitido la creación de nuevos Estados desde el final de la II Guerra Mundial

Comentarios

Iván_Medina

#2 Canarias sí... Hacemos una campaña para la autodeterminación del Archipiélago de las Islas Canarias?

J

#2 te equivocas.
Lee el art. 1 del PIDCP y del PIDESC, que tienen exactamente la misma redacción:
“Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.”
Y luego sigue en sus art. 3: “Los Estados Partes en el presente Pacto [...] promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación”, cosa que incumple el estado español.

http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CCPR.aspx
http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CESCR.aspx

D

#6 El mismo secretario de la ONU negó que Cataluña tuviera derecho de libre determinación.

La ONU lo reconoce a una lista cerrada de territorios considerados colonias.

http://www.lavanguardia.com/politica/20151030/54438498099/ban-ki-moon-catalunya-derecho-autodeterminacion.html

Pregunta a Bancos Ki Moon
¿Cree que el derecho de autodeterminación puede aplicarse en este caso?
España se ha mantenido como un Estado soberano en sí mismo, incluyendo a Catalunya. Cuando se habla de autodeterminación, hay ciertas áreas donde las Naciones Unidas ha reconocido ese derecho, como territorios sin autogobierno. Pero no creo que Catalunya esté incluida en esa categoría.

Si tuviera derecho, hace años que la ANC hubiera ido a los tribunales internacionales.

J

#7 confundes el derecho de autodeterminación incluido en la Carta de las Naciones Unidas que se refiere a situaciones coloniales con el derecho a la determinación incluido en estos dos tratados, de los que España forma parte.
Se parecen, pero no son los mismo.

Sudan del sur, Kosovo y otros no eran colonias y evidentemente en aplicacion de este derecho, se les ha reconocido el derecho a determinar politica y socialmente su futuro.

D

#8 Prefiero creerme más lo que dice el secretario general de la ONU sobre las normas de la propia ONU.

¿Por qué los indepes no han ido a los tribunales internacionales reclamando ese supuesto derecho?

La gran mayoría de legislaciones de los países no reconocen el derecho de autodeterminación. La leyes internacionales de la ONU las aprueban esos mismos países.

J

#9 eso lo dices porque no tienes ni idea de derecho internacional, a parte de la Carta de las Naciones Unidas, hay multitud de fuentes de obligaciones jurídicas para los estados e individuos.
Entre otras constituciones, la Constitución Española, considera a los tratados internacionales firmados por el estado como parte de su ordenamiento jurídico, por lo que tiene la obligación de respetar los art. 1 y 3 de esos dos tratados.
Y lo mismo pasa con las constituciones de otros países, porque si firmas un tratado, voluntariamente, es para obligarte a cumplirlo. Y el resto te pueden pedir responsabilidad por incumplimiento.

D

#10 No tengo ni idea y tú tampoco. Dudo que trabajes de letrado para la ONU.

Quien si saben de legislación son los tribunales Constitucionales de los países.

Tanto el tribunal constitucional español, alemán e Italiano han declarado que la independencia de un territorio necesita ser votada por todos los ciudadanos del estado.

Vuelvo a repetir: ¿Por qué no lo denunciais en los tribunales internacionales?

J

#11 ahí estamos. Todo llegará. No te preocupes. Paso a paso.

PD:no soy letrado de la ONU, pero tengo estudios de políticas y de derecho. Si quieres te paso algunas referencias bibliográficas para que te instruyas antes de opinar cualquier cosa sobre bases endebles.
||*||

D

#12 Perfecto. Yo también tengo un máster en ciencias políticas.

La legislación internacional no proviene de los dioses, sino de los acuerdos de los países. La inmensa mayoría de los países no reconocen el derecho de autodeterminación, luego es imposible que la normas de la ONU lo acepten. China o Francia jamás lo aceptarían y tienen derecho de veto.

J

#13 las normas de la ONU, no reconocen ese derecho pero los tratados internacionales mencionados, sí. Y han sido aceptados libremente por los estados parte.
Y los tratados aceptados tienen tanta fuerza de ley como la Carta de las NU, porque son fuente de derecho internacional. Ver los art. 26 y 27 de la Convención de Viena sobre tratados, también firmado por España.
http://thediplomatinspain.com/wp-content/uploads/2014/01/Convencion-de-Viena-sobre-el-Derecho-de-los-Tratados.pdf
Si un Estado no quiere que se le aplique una tratado, puede denunciarlo y salirse de el, aunque siempre estará sujeto a las normas consuetudinarias como la DUDH.
Es lo que dice la Constitución española en su art. 96
Me extraña que esto no os lo explicasen en ciencias políticas.

D

#14 Los tribunales tienen otra interpretación.

Esperaré sentado a que vayáis a los tribunales internacionales.

coñoooooo

#12 Paso a paso.....pues para empezar 0 reconocimientos internacionalesa la República catalana.....
Todos esos paises que aceptan esas normas internacionales que invocas han hecho la misma interpretaciónde dichas normas y tratados.....es decir niegan el reconocimiento a la República Catalana. Como se expluca que TODOS los paises firmantes de esos tratados coincidan......no crees que un entendido en ciencias politicas ,como tu, deberia sacarlos de su error.

J

#16 confundes derecho a la determinación con obligatoriedad a reconocerte como Estado. Son dos cosas muy distintas. Por ejemplo, nadie pone en duda el derecho a la determinación del pueblo israelí pero nada obliga a reconocerlo como estado, lo hacen los que quieren.

Cehona

#6 Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales.
Punto VI Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960 .:

“6. Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.”
http://www.un.org/es/decolonization/declaration.shtml

No puedo decir que no estoy en desacuerdo contigo. (Gran Groucho)

J

#24 esta parte esta sacada fuera de contexto: se refiere a las intervenciones de otros estados en los asuntos de un estado. Es decir, que si un estado se entromete en los asuntos de este, estaría realizando un ilícito internacional.
Aun así, los PIDCP y el PIDESC son tratados que forman parte del ordenamiento jurídico español

Cehona

#25 Obvias intencionadamente que dichos acuerdos condicionan una serie de circunstancias muy alejadas, de la realidad política y jurídica catalana.
Así, los mencionados textos señalan de forma expresa que el derecho de libre determinación se reconoce a la población de los Estados, los fideicomisos y los territorios no autónomos advirtiéndose, en este mismo sentido, que tal derecho no autoriza, ni fomenta "acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial de Estados soberanos e independientes (…) dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio, sin distinción por motivos de raza, credo o color".

PIDCP y el PIDESC regulan internacionalmente el derecho de libre determinación de los pueblos en un contexto (1966) en procesos de descolonización.

Libre determinación en aquellos casos de pueblos anexionados por conquista, dominación extranjera, ocupación o pueblos oprimidos por violación masiva y flagrante de sus derechos. Nada de lo expuesto puede ser, afortunadamente, predicable de Cataluña.

¿Porque no acude Cataluña a los Organismos Internacionales, si tanta razón juridica le asiste?

J

#26 No. los PIDCP y PIDESC nada tienen que ver con los procesos descolonizadores. De hecho, fueron firmados con posterioridad al gran proceso descolonizador de los años 50 y 60.

Si, los indepes ya vamos preparandos el terreno para denunciarlo internacionalmente, pero antes nos cargamos de razones. Paciencia, es un ilícito continuado, no hay prescripción mientras dure la situación ilícita.

Cehona

#27 Cuando vayais cargados de razones precocinadas y vengais llenos de realidad imperante, podeis invocar a la justicia divina si tampoco os convence.

S

Vamos, que de acuerdo a derecho tiene más posibilidades Tabarnia de independizarse de la Cataluña rural que Cataluña de independizarse de España.

a

#1 tabarnia no desea independizarse de nada. Es solo una nueva reordenación territorial creando una nueva comunidad autónoma. Algo similar a que Castilla y león se convirtiese en dos comunidades o que navarra y el país vasco se convirtiesen en una comunidad autónoma.

Segregaciones de ayuntamientos y reunificación de estos ha habido siempre.

S

#3 pues eso, formar una CCAA distinta de la Cataluña rural. Esto es, independizarse de la Cataluña rural como Madrid lo está de Castilla la Mancha

a

#4 ok, pienso que es lo mejor para las dos partes.

D

#1 C$ no es democrata ni constitucionalista
pqe niega lo que pone en la constitucion y no provee derecho a decidir

S

#21 viva el vino!

F

Extraido de https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autodeterminación

La primera definición consolidada del término "pueblos" se refiere a los pueblos sujetos a colonialismo. Deriva de la resolución de la Asamblea General 1541 (XV), de 15 de diciembre de 1960, y de la interpretación el artículo 1 de los Pactos y el artículo 1.2 de la Carta en relación con los capítulos XI, XII y XIII de esta última.

Según la resolución 1541 (XV), un grupo humano puede considerarse pueblo en situación colonial en función de dos criterios básicos: la separación geográfica entre la colonia y la metrópoli y la existencia de diferencias étnicas y/o culturales. Adicionalmente se deben tener en cuenta otros criterios de carácter administrativo, político, jurídico, económico e histórico que puedan ayudar a demostrar que el territorio dependiente ha sido colocado de manera arbitraria en una posición de subordinación. Esta subordinación es lo que permite presumir, en último término, que se trata de un territorio colonial.

La exigencia de separación geográfica se adoptó tras un debate polémico. F. Van Langenhove había propuesto considerar territorios coloniales los ocupados por comunidades indígenas o tribales dentro de las fronteras de Estados independientes, argumentando que compartían las características esenciales de los pueblos sometidos a colonialismo formal. Esta propuesta fue defendida por potencias coloniales como Bélgica o Francia, pero encontró la oposición frontal de los estados latinoamericanos y fue finalmente desechada. En su lugar, se incorporó a la resolución de la Asamblea la que se conoció como "doctrina del agua azul" o del "agua salada", que limitó el concepto de colonia a los territorios ultramarinos.

F

Es más que evidente que el asunto, en España, es una cuestión de Derecho interno. No cabe en el Derecho Internacional tal y como está configurado actualmente. Así que el camino, largo pero es el que hay para el que lo quiera emprender, es conseguir una modificación del Derecho interno, los atajos no valen.

fofito

Ningún país reconoce el derecho a la secesión de una parte de su territorio.
Esos reconocimientos son, siempre,para terceros países.

Por eso la legislación internacional, aprobada por los distintos estados,es algo que ningún país está dispuesto a aceptar en territorio propio.No si no se le obliga.

Conflicto de intereses se llama.