Hace 8 años | Por Maradicu a 20minutos.es
Publicado hace 8 años por Maradicu a 20minutos.es

El Tribunal Supremo ha concedido la pensión de viudedad a una mujer divorciada que, por esta circunstancia, no hubiera tenido derecho a dicha prestación, pero que la consigue como víctima de violencia de género, para lo cual basta con una denuncia que presentó pero de la que fue absuelto el hombre.

Comentarios

D

#28 Lo que dice #1 es que aumentarían las denuncias, no necesariamente la violencia.

Varlak_

#30 no se.... a mi "Después aumenta la violencia machista" me suena a que aumenta la violencia machista...

D

#31 Tienes razón, me estaba fijando en la primera frase.

Maradicu

#28 lo que temo es que siembre predecentes y se convierta en práctica habitual es los divorcios. A día de hoy hay abogados que recomiendan denunciar para tener ventajas en la custodia de los niños. Yo creo que con esto aumentarán las denuncias, no la violencia

Varlak_

#1 Da miedo que un comentario sin ningun sentido como ese tenga tantos positivos, de verdad que vaya pais

D

#35 vaya un pais que te puede meter en la carcel sin pruebas solo porque la denunciante sea mujer.

Varlak_

#36 ya me diras que pais es ese o de donde te sacas eso...

D

#38 Este en el que vives.

Varlak_

#39 y leyendo esta noticia en que te basas para decir esa parida sin sentido?

D

#40 Me baso en casos que han pasado en mi entorno familiar.
Denuncia falsa e ipso facto al calabozo. ¿presuncion de inocencia?

Varlak_

#55 Es que ahi es donde teneis todos un grave error conceptual. Dormir en el calabozo no significa que seas culpable de nada, no duermes en el calabozo porqur seas un maltratador, sino porque existe la posibilidad de que la seguridad de una persona esta comprometida. Que duermas en el cuartelillo no tiene nada que ver con la presuncion de inocencia... Barcenas se ha tirado 6 meses en la carcel sin ser condenado por nada y no os veo a los antifeministas quejaros, porque es eso?

Para mas informacion goto #149

D

#57 dormir en el calabozo implica que yo estoy acusado de un delito sea o no verdad y me lo quieras disfrazar como quieras.
Ten suerte de que tu pareja sra honesta pero como topes con una hija de puta el sambenito de maltratador no te lo quita nadie.

Varlak_

#58 Claro que estas acusado de un delito, pero estar acusado de un delito no significa que se te considere culpable, por lo que la queja de la presuncion de inocencia es una parida basada en la ignorancia.

Ferran

#5 "No es que hayan sido declarados inexistentes los hechos" de maltrato denunciados "considerando falsa la denuncia o indemostrada la acusación" dice la sentencia, "sino que se ha retirado la misma". "Ello hace que, en nuestro criterio, el panorama indiciario de violencia permanezca como si esta sentencia absolutoria no existiera", concluye el Supremo.

T

#6 Y con esa última línea se cargan el principio de inocencia. Olé!

Ferran

#15 No dicen que el acusado sea culpable, dicen que no le van a retirar la ayuda a la presunta víctima ni en el caso de que el acusado no sea condenado.

¡Barra libre a las ayudas por violencia de género! Exista esta o no.

T

#16 Están diciendo que siguen pensando que hay indicios, "panorama indiciario" que le llaman, al que siguen haciendo caso a pesar de la absolución por retirar la denuncia. A ver, que lo más probable es que sea culpable basándonos en indicios y las otras ocasiones sí juzgadas, vale. Pero, aunque no soy abogado, tenía entendido que en este país se era culpable o inocente, no inocente "pero con visos de culpable", y luego derivamos nuestras acciones de ello.

Vamos, que no importa que a alguien lo hayas juzgado 100 veces por robar gallinas, la 101 también la tienes que demostrar, o es inocente.

Esto apesta a querer estar por encima del bien y del mal, y a lo mejor puede que sea verdad lo que están suponiendo y la señora se lo merezca y blablablá, pero como bien dices, esto abre una puerta enorme a una indefensión por parte de los hombres que es acojonante. Y de las mujeres también, vamos, de cualquiera.

Insisto, es cargarse la presunción de inocencia.

Varlak_

#15 En ningun caso dicen que es seguro que el hombre sea culpable, dicen que es posible que la mujer sea una victima.
Prefieren arriesgarse a darle una pension a quien no se la merece antes que no darsela a alguien que si, a mi me parece genial.

T

#24 No voy a ser yo quien diga que esa mujer no se la merezca.

Ahora, iluso de mi, yo creía que en la justicia hablábamos de hechos probados, no de "panorama indiciatorio", no se toma una decisión de ese calibre en base a " es que me tiene pinta".

Decir que ella "puede" ser víctima es decir que él "puede" ser culpable, y a lo mejor lo es, a lo mejor los vecinos saben que sí, lo que sea, pero no está probado en juicio ni condenado.

Esto abre la puerta a que cualquier mujer pueda hacer lo mismo. Sólo tiene que presentar una denuncia falsa, que ya es grave porque al hombre lo llevan al calabozo fijo, retirarla, "reconciliarse" y después pedir el divorcio alegando malos tratos, que ni tiene que ser físico, puedes alegar que es psicológico, total, en este país ya se ha condenado a un hombre por daños al honor por haber terminado una discusión tirándose un pedo.

Si es que esto del neo-feminismo se está yendo de las manos.

Varlak_

#29 una decision de que calibre? del calibre de darle una pension de viudedad? Porque eso es de lo que estamos hablando aqui...
En este articulo nadie ha condenado a nadie sin pruebas, nadie va a ir a la carcel y esto no tiene nada que ver con las denuncias falsas, simplemente se considera que esta mujer merece una pension de viudedad, vale ya de manipular y de inventaros cosas o de hablar sin saber para justificar el antifeminismo que esta tanto de moda...

Leeros las noticias antes de comentar, por favor, es surrealista la cantidad de paridas (y de positivos) que se estan soltando en este hilo.

T

#32 ¿Me puedes decir en qué parte de mi comentario y razonamiento estoy equivocado?

Sí, es "sólo" una pensión de viudedad, que por si no lo sabes sale de ti y de mi, pero lo peor es el precedente que se sienta con esa decisión. Repito de nuevo que no estoy diciendo que no la merezca, no entro en eso, sí entro en cambio en la manera que se justifica, que me parece muy grave.

No estoy manipulando ni inventando nada. Lo que la noticia (que sí me he leído, creo que tú también pero tengo dudas de que la hayas entendido) indica es que el juez considera que "el hombre no ha sido declarado culpable, pero tenía pinta, así que hale, pensión para ella". Está emitiendo una sentencia en base a indicios (lo que él llama "panorama indiciatorio"), no en base a pruebas, no en base a un veredicto de culpabilidad. Eso para mí es MUY GRAVE. Repito, si el tio era culpable, que lo enchironasen, pero ella fue quien puso y retiró la denuncia, sólo que ahora le sirve para ganarse la pensión... es que es surrealista.

Por supuesto que tiene que ver con las denuncias falsas. En este país ya se amenaza con denunciar al marido para quedarse con los hijos, cuando no se hace directamente. Desde el mismo momento en el que una denuncia presentada y retirada le das valor probatorio, cualquier denuncia falsa que puedas presentar (a fin de cuentas sólo tienes que presentarla y retirarla antes de se den cuenta de que no es verdad), te va a servir para este tipo de cosas.

Repito, no estoy diciendo que sea el caso de esta tía. No estoy juzgando a esta mujer, es muy probable que todo sea como se supone y que haya tenido una vida jodida en ese sentido. Lo que estoy es criticando una sentencia que se lleva por delante el principio de inocencia mientras no se demuestre lo contrario.

Como dije antes, si cogen a un ladrón que ha robado, de manera probada, 100 veces, la vez 101 también hay que probarlo. Podrá ser muy sospechoso, podrás tener tu certeza personal, tu intuición, pero hay que probarlo. Lo mismo sirve para un asesino. Pero parece que cuando se trata de violencia en la pareja, todo sirve cuando favorece a la mujer y perjudica al hombre. Esta es una prueba más.

Ah, por cierto, lo que está de moda en este siglo es el neo-feminismo, ese que no busca igualdad sino revanchismo. Yo estoy a favor de la igualdad. Pero igualdad es eso, igualdad, no revanchismo ni ventajismo, igualdad. Y si un hombre y una mujer tienen una relación y se pelean, que la bofetada que le dé él a ella sea penada EXACTAMENTE IGUAL que la de ella a él. Ni más ni menos. Gracias al neo-feminismo, ambos hechos son juzgados de distinta manera porque desde el mismo momento en que a uno, y sólo a uno, de los dos le cuelga un pene entre las piernas, automáticamente se asume que ese hecho se basa en un acto de machismo, no en otra cosa, es directamente machismo. Y a quien no le cuelga un pene es simplemente, si acaso, un delito de lesiones, no tiene motivación sexista. Así va el país.

Háztelo mirar porque lo que he dicho es cierto y es razonado.

Varlak_

#2 En este caso concreto lo ha conseguido, pero eso no significa que siempre que denuncies a alguien por violencia de genero luego te den la pension de viudedad... Por favor, leed la noticia antes de comentar paridas

lmpaler

#10 Te lo dicen los cuñaos meneantes que componen las audiencias provinciales y el Tribunal Supremo, pero te haces un poco el tontillo y con la misma gracia que un buitre con artritis:

"Del total de sentencias analizadas, en 148 se valora la declaración de la víctima como prueba de cargo, aunque en 114 de ellas concurren corroboraciones periféricas. En el resto, es decir, en 34 casos, la declaración de la víctima ha sido la única prueba practicada, de las cuales, en 14 su testimonio sirve para condenar al agresor, en 11 se le absuelve y en los 9 restantes se valoran otros aspectos."

http://www.poderjudicial.es/stfls/DOCUMENTOS%20POR%20TEMAS/ESTUDIOS/FICHERO/ESTUDIO%20APLICACI%C3%93N%20LEY%20INTEGRAL_1.0.0.pdf

La Sentencia del Tribunal Supremo 7384/2011 (ponente Diego Antonio Ramos Gancedo), señalaba, la declaración de la víctima de violencia de género, no es prueba indiciaria sino directa y ha sido admitida como prueba de cargo tanto por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Constitucional.

Afirmando la STS 21/03/2011 -con cita de otras anteriores, como las SSTS 19/02/2011 y de 21/09/2010- que dicha Sala viene diciendo de manera constante y reiterada, que el testimonio de la víctima aunque no hubiera otro más que el suyo, cuando no existen razones objetivas que invaliden sus afirmaciones o provoquen dudas en el juzgador, impidiéndole formar su convicción en consecuencia, es considerado apto para destruir la presunción de inocencia

Si te lo crees o no, ya depende del nivel de comprensión lectora que manejes. O en su defecto, del nivel de sectarismo.

irrelevante.

#11 Interesante documento. Pero es una lástima que, ya que has llegado hasta la página 33 de ese documento, podrías haber seguido en las páginas 34 y 35 donde dan una explicación detallada de esa decisión.

irrelevante.

#11 Sigue de #12.

irrelevante.

#11 Sigue de #13.

PD: Lo he puesto en imágenes porque el pdf estaba protegido y no me dejaba copiar texto.

oso_69

#14 Básicamente, yo he entendido que basta con que la mujer mantenga el testimonio sin contradicciones, y que él no pueda demostrar mala fé por parte de ella, ¿no? Sigue siendo bastante fácil condenar a un hombre sólo con el testimonio de la mujer.

Varlak_

#18 es muy facil si el delito existe. Si el delito no existe es muy dificil, ya que la palabra en contra del agresor es una "razon objetiva que invalida sus afirmaciones o provoca dudas en el juzgador".

R

#14
No si explicarlo lo explica: podría resumirse en "como no podemos encontrar otro tipo de pruebas, nos apañamos con la palabra de la mujer".

Pues bravo por la explicación.

Varlak_

#11 porque no subrayas la parte de "cuando no existen razones objetivas que invaliden sus afirmaciones o provoquen dudas en el juzgador"... Aceptar en ciertos casos la palabra de una persona como prueba si no hay ninguna duda de que son ciertas te parece mal? Poruqe no hablamos de casos en los que la victima dice una cosa y el agresor otra (eso seria una razon que provoque dudas en el juzgador), hablamos de casos en los uqe la unica prueba posible es la palabra de la victima y no hay absolutamente ninguna razon para dudar de ella.

lmpaler

#26 No lo he subrayado porque me gusta rematar la faena cuando alguno resalta lo obvio.

Solo faltaba que encima de que la mera palabra de la MUJER(la del hombre no) sirva como prueba de cargo, no se le exigiera mantener ciertos visos de credibilidad, verosimilitud y coherencia. ¿Es que estamos locos?

Ahhhh, no, espera, que en casos de violencia de género (mujer solo), tampoco es necesario cumplir con esos sencillos y elementales requisitos...

"Ante la probabilidad de que la testigo-víctima incurra en contradicciones consigo misma e incluso con otros testigos, la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Cuarta, de 6 de julio de 2004, afirma, entre otros pronunciamientos, que nada tiene de extraño que el testimonio de la víctima se muestre cambiante, confuso, inseguro en los detalles. Ése es precisamente un comportamiento normal en quien sufre un trastorno reactivo de personalidad vinculado al maltrato continuado. Lo verdaderamente sospechoso habría sido que un testigo, en tales condiciones anímicas y con tales precedentes biográficos, hubiese proporcionado desde un principio un testimonio perfectamente articulado y coherente".

"En cualquier caso, aun cuando no se reúnan los requisitos de ausencia de incredibilidad subjetiva, persistencia en la incriminación y verosimilitud en el testimonio, ello no supondrá la invalidez automática de la prueba testifical de la víctima. Son pautas de valoración que el Tribunal deberá atender para asegurar, en la medida de lo posible, el acierto en su valoración (sentencias del TS 906/2003 y 299/2004 de 4 de marzo). Eso es así porque en circunstancias de violencia de género pueden concurrir elementos que determinen que la víctima no mantenga una actuación procesal uniforme durante la tramitación del proceso."

Te lo traduzco:

No es sólo que la mera palabra de la mujer puede ser prueba única de cargo para condenar a un hombre sino que ni siquiera es necesario que sea siempre coherente. Como la maltratada está confusa, te puede contar una novela disparatada, pero si la ven suficientemente afectada, pueden dar por válido su testimonio.


Y por supuesto que me parece mal que se acepte la simple palabra como prueba de cargo para meter en la cárcel a cualquiera. Pero no a mí, sino que se lo parece a cualquier sistema judicial de cualquier estado de derecho. De nunca se ha aceptado la mera palabra del denunciante como prueba de cargo, por pura lógica de primero de EGB. Incluso hay magistrados el propio Supremo que se espantan ante eso:

"La sentencia del Tribunal Supremo de fecha 21 de mayo de 2010 (ponente Perfecto Andrés Ibáñez), se vierte una crítica de lo que entiende viene produciéndose en la valoración de la declaración de la víctima, cuando los delitos se cometen en la intimidad y sin testigos, otorgándosele a aquella un plus de credibilidad, criterio contrario al principio de presunción de inocencia."


Máxime cuando esa suerte de presunción de veracidad se la otorgan SOLO A LAS MUJERES y en caso de violencia de género. Los hombres no poseen ese privilegio. Ellos jamás pueden usar su palabra como prueba de cargo en ningún caso.

¿No te parece una aberración constitucional y contra la igualdad?

No hace falta que contestes. Era una pregunta retórica.

No lo hago para convenceros a vosotros, sino para que la gente abra los ojos y se entere de una vez de lo que está pasando en los juzgados de violencia de género.

Varlak_

#41 Pues yo lo que entiendo en todo eso es que el juez estudiara el caso uno por uno, no veo que en ningun caso ponga "oye, a la mujer hazle caso siempre", no. Pone que en casos donde el delito se realiza en la intimidad y la unica prueba posible es la palabra de la victima hay que estudiar cada caso individualmente, considerando que una persona bajo esas circunstancias puede perfectamente tener un discurso contradictorio. PERO EN NINGUN CASO PONE "oye, si una tia denuncia, da igual lo que diga el hombre, que se vaya al trullo que seguro que algo habra hecho", tampoco pone "la opinion de la mujer siempre sera considerada como mas importante que la del hombre" o que tengan presuncion de veracidad, o que su palabra siempre sea una prueba, etc, etc, etc... y es mas, en ningun caso utiliza las palabras "hombre" o "mujer"

lmpaler

#42 ¿Te pitorreas del personal o lo haces para ver si cuela?

Por supuesto que no dice en ningun lado que "siempre" ¿Tomas a la gente por gilipollas?. Eso sería directamente inconstitucional y motivo de sanción automática por parte del TEDH. Bastante aberración hay con que diga que la mera palabra de la víctima pueda servir como prueba de cargo para enervar la presunción de inocencia.

Y claro que no dice "mujer", ya lo hace de modo implícito al referirse a violencia de género. No se si sabes que no existe el delito de violencia de género de hombre a la mujer, por tanto, esa suerte de presunción de veracidad es imposible de aplicar al hombre. Lo acabo de explicar hace un post, pero ya sabía yo que no lo ibas a entender a la primera. No te preocupes, me hago cargo.

Varlak_

#43 enervar la presuncion de inocencia? si es una prueba no hay ruptura de la presuncion de inocencia. Que en ciertos casos en los que es imposible tener pruebas de ese tipo la declaracion de una persona pueda ser una prueba no significa una ruptura de la presuncion de inocencia. Aqui el tema es ver en que casos un juez considera que la palabra de testigos es suficiente o no, y en el caso de la noticia ni siquiera es para meter a nadie en la carcel, asi que no se que obsesion teneis los antifeministas con la constitucionalidad y con la proteccion de la presuncion de inocencia, cuando en mi opinion es una queja absurda...

B

#41 No se aplica sólo a mujeres ni solo en casos de violencia de género,y tampoco es ninguna presunción de veracidad. No sé de dónde sacas eso. Se aplica a todo tipo de delitos en los que es difícil encontrar otro tipo de pruebas,porque no dejan rastro y/o se cometen en la intimidad.

Mira el enlace que puse aquí.

manana-tve-cuestiona-veracidad-denuncias-violencia-genero/c0122#c-122

Hace 8 años | Por turmix77 a infolibre.es


#42

Varlak_

#48 gracias por el link, cuando llegue a casa le pego un ojo

B

#49 Veo que han eliminado de la vista previa una de las páginas, pero en todo caso puede verse que es una jurisprudencia muy anterior a la existencia de la Ley de Violencia de Género.

Edito para añadir otro enlace que trata el tema http://www.garzonabogados.com/blog/validez-testimonio-unico/

lmpaler

#48 Esa jurisprudencia del Supremo nació en los años 90 a raíz de un caso de abuso sexual, y yo no he dicho en ningún momento que se iniciara a causa de la violencia de género. Pero en este post estamos hablando violencia de género, no de ningun tipo de otro delito. Y en violencia de género se aplica esta doctrina siempre. SIEMPRE (no quiere decir que siempre se condene al hombre por la mera declaración de la mujer sino que siempre se aplica esta doctrina de que la mujer puede lograr una condena del hombre con su mera palabra). Y por definición de este delito, sólo puede ser de una mujer a un hombre. Por tanto, en violencia de género, solo se puede aplicar a la mujer, a un hombre jamás, puesto que no existe por definición ese delito para el hombre como sujeto activo.

Y no he dicho que se aplique "presunción de veracidad" sino una "suerte de presunción de veracidad" que no es ni parecido. Cosa que es obvia en tanto en cuanto la mera declaración de la mujer pueda servir para condenar al denunciado sin ninguna otra prueba de cargo. Es lo más parecido que existe a una presunción de veracidad. No sé cual es la parte que no entiendes.

Os lo voy a recordar, por si acaso sigue alguien negándolo:

"Del total de sentencias analizadas, en 148 se valora la declaración de la víctima como prueba de cargo, aunque en 114 de ellas concurren corroboraciones periféricas. En el resto, es decir, en 34 casos, la declaración de la víctima ha sido la única prueba practicada, de las cuales, en 14 su testimonio sirve para condenar al agresor, en 11 se le absuelve y en los 9 restantes se valoran otros aspectos."


Una vez más:

"En el resto, es decir, en 34 casos, la declaración de la víctima ha sido la única prueba practicada, de las cuales, en 14 su testimonio sirve para condenar al agresor"

B

#51 No se aplica siempre, se puede (insisto en puede) aplicar si no hay más pruebas. En 14 condenas de 148 sentencias analizadas es en las que se condena en base al testimonio.¿Tenemos el razonamiento de esas sentencias? Porque a lo mejor el agresor ni ha declarado o ha dado respuestas evasivas o ha incurrido en incoherencias.

¿Cómo te explicas que haya tantas absoluciones en delitos de maltrato si la palabra de la víctima tiene tanto poder? A lo mejor es porque tienes que ser un actor de Oscar para contar un testimonio que resulte consistente y creíble si es mentira lo que cuentas. A lo mejor resulta que no es tan fácil engañar sobre este tipo de hechos, contando la fabulación ante policía, jueces, peritos, etc. que a la mínima puedes descubrir elementos dudosos en tu testimonio.

lmpaler

#52 Se aplica siempre la doctrina. Y la doctrina no significa que siempre haya que condenar sino que la mera palabra de la denunciante puede (PUEDE) servir para enervar la presunción de inocencia, cosa que no ocurre cuando se trata de un denunciante hombre. Luego el juez valora si es creíble, si es verosímil, si es persistente. Eso es aplicar la doctrina. Sigues confundiendo la doctrina con condenar siempre. Lo he explicado 100 veces y esta creo que será la última.

¿Como explico que haya casi un 80 % de exculpaciones? Pues muy sencillo: Así de falsarias, contradictorias y faltas de veracidad tienen que ser esas declaraciones para que ni AUN con la doctrina a su favor, logren colárselas a los jueces, que en general son bastante profesionales. Dicho de otro modo, denuncias falsas a porrillo. Denuncias falsas que destrozan la vida de los denunciados y las falsarias quedan impunes. Y con las custodias, los hijos, las pensiones, etc. Jugada maestra, con coste cero y ganancias múltiples. Yo también lo haría si pudiera.

Pero con todo y con eso, no te quiero ni contar la cantidad de inocentes que debe haber en la cárcel por culpa de esa doctrina. Y los condenados por cosas leves ni te cuento.

¿Ya?

D

#20 ¿Por qué me metes en el grupo de los que creen que todas sois unas puntos suspensivos? Dices que no aplicas prejuicios, pero en dos comentarios ya llevas dos prejuicios seguidos aplicados. Para ya.

Nadie razona que las muertes de mujeres no sean un problema ni algo negativo (te reto a que encuentres un comentario que diga eso que no tenga tres mil negativos), lo que se intenta es dar visibilidad a las muertes masculinas, denuncias falsas y a la discriminación que causa la actual ley de Violencia de Género, asuntos que en medios de comunicación generalistas (y muchos foros y reuniones sociales) son tabú y que son un problema también.
No es una cuestión binaria: las muertes femeninas son un problema y TAMBIÉN lo son las denuncias falsas y muertes masculinas.

ailian

"La existencia de denuncias por actos constitutivos de violencia de género constituye un serio indicio de que la misma ha existido", dice el Supremo antes de añadir que su nueva doctrina no supone que la denuncia en sí, sin condena, baste como medio de prueba.

Leeros la puta noticia. Este caso es claro por lo que sigue:

En otras palabras, la mera denuncia por malos tratos puede bastar para garantizar el beneficio previsto por la Seguridad Social para las mujeres víctimas de violencia de género aun sin que sea exigible la sentencia condenatoria. Pero ello debe ser estudiado caso por caso y en función de diversos elementos que sí hayan sido probados.

El caso que ha dado lugar a esta jurisprudencia del Supremo ocurrió en Villagarcía de Arosa (Pontevedra) a partir de una denuncia por malos tratos presentada en 1995 y luego retirada, a la que se sumaron una posterior condena por amenazas al hijo y una acreditada desatención del hombre al sostenimiento de la economía familiar.

La condena por amenazas al hijo se produjo tras una segunda denuncia por malos tratos presentada en 1998, en el momento del divorcio de la pareja.

"No es que hayan sido declarados inexistentes los hechos" de maltrato denunciados "considerando falsa la denuncia o indemostrada la acusación" dice la sentencia, "sino que se ha retirado la misma". "Ello hace que, en nuestro criterio, el panorama indiciario de violencia permanezca como si esta sentencia absolutoria no existiera", concluye el Supremo.


Venga, ya podeis dejar de hacer el cuñao.

D

Una pensión compensatoria, pero con otro nombre para que no parezca que te mantienen.

R

#19 Pues nunca está de más sacar el tema antes de encontrarte con sorpresas.

Xergi

Sin tocar este tema, si la persona de la noticia es merecedora de la pensión. Esta ley necesita un par de vueltas más por lo que tengo entendido, hay un colectivo de mujeres que están peleando por que esa exigua pensión no sea encima repartida con otras personas que hayan sido pareja del fenecido/a. Tras el divorcio hacen valer los derechos que la ley les concede aun habiéndose disuelto la pareja hace un monton de tiempo

D

Así que cada vez se casan menos parejas en proporción a las parejas que se forman, o eso me parece a mi.

D

#4 No te lo parece, es la realidad. Yo tengo amigos que no se casan por miedo a perder sus propiedades o tener que pasar una pensión.

Varlak_

#37 maldita sea, ojala alguien invente pronto la separacion de bienes para que tus amigos imaginarios no sufran tanto...

D

#47 Espero que un día no te topes con la realidad.

mund4y4

Y luego os preguntáis que por qué no follais.

D

#9 ¿Es que tú usas la ley de violencia de género como tema para hablar con tus ligues?

Varlak_

#19 pues yo si. Asi filtras a mucha gente idiota.

AlexCremento

¿Si hubiera sido al revés se hubiera aplicado lo mismo? Ah, no, que es un hombre. No hay más preguntas señoría.