Publicado hace 12 años por Oswor a cupuladeltrueno.wordpress.com

El TSJA obliga a que se readmita a una profesora de religión, despedida por capricho del obispado, y se pague su indemnización con dinero público. ¿Esto es un estado aconfesional?

Comentarios

D

#3 No es objetivo lo que dices en absoluto. Laico es separación iglesia estado. Y eso queda asentado. Ahora, una vez asentado, luego se habla de cooperación con las diferentes religiones. Y la cooperación no es proselitismo. Es cooperación para que cumplan con las le7yes, conforme se desarrolla luego en la ley de libertad religiosa. Ley que vistos los cambios sociales ya hay que cambiar, toda vez hoy hay el doble de ateos que de practicantes católicos en España, como sabes.

JohnnyPergamino

Lo he explicado muchas veces: vivimos en un estado aconfesional, no laico, y existen muchas diferencias, pero la principal reside en la independencia del estado laico de cualquier confesión y de la promoción del culto de las religiones mayoritarias en un estado aconfesional, si bien en este último no se declara ninguna como oficial.

D

#1 "promoción del culto", dices. Pero te equivocas al confundir "colaborar" con "promocionar", que no son términos sinónimos. Por la misma regla de tres, "colaborar" puede significar no poner palos en las ruedas o simplemente ayudar a los cultos a acatar las normas democráticas y los valores comunes, escritos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Promocionar como tu dices el culto mayoritario equivale a una discriminación tanto con los cultos minoritarios como con los no cultos. Y esa discriminación es ilegal toda vez es clericalismo.
Lo de "estado aconfesional" es un término que, si la lees, no aparece en la constitución. Ni hay una discriminación positiva hacia la iglesia católica, pues el artículo la menciona para acto seguido igualarla (y no diferenciarla) del resto de las sectas.
Lo que si aparece con claridad es la separación iglesia/estado. Y esto incluye que no puede haber un partido político, por ejemplo, "democratacristiano", toda vez conculca tal punto de la constitución y declara que va a anteponer los "valores" cristianos sobre la neutralidad exigida.
De modo que lo habrás explicado muchas veces, pero ya ves que lo has explicado muy mal. Confío en haberte ayudado a entenderlo ahora.

JohnnyPergamino

#2 Lo siento pero no puedo darte la razón. Toda la doctrina jurídica afirma la distinción que yo he hecho de una manera clara e inequívoca. Aun así, yerras al pensar que el hecho de que la Iglesia Católica tenga mención expresa en la Carta Magna (por mucho que después la pretendan igualar al resto) no significa que tenga un trato de favor: simplemente por el hecho de mencionar ésta y no otras se está plasmando, implícitamente, su promoción.

Supongo que seguirás en tus trece diciendo que España es un estado laico según la constitución, pero estás equivocado, al igual que lo estás al equiparar un estado laico con uno aconfesional.