Hace 4 años | Por Davintxi a cincodias.elpais.com
Publicado hace 4 años por Davintxi a cincodias.elpais.com

"El Ejecutivo tapa también el agujero que permitía ir a la playa y no declarar impuestos"

Comentarios

ﻞαʋιҽɾαẞ

Me parece bien que dejen llevar a los niños al veterinario.

Elbaronrojo

#1 Pero con correa y bozal.

valzin

#1 A pesar de todo, de vez en cuando, me haces soltar una carcajada.

Gracias.

Bernard

Ni caso al artículo. No permite ir a comprar "con" los niños. Permite acompañar a los menores si fuera necesario.

"Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada".

desobediente

#6 es relativo. no puedes dejar a un niño solo en casa, por lo que si tienes que salir tendrás que llevarlo contigo.

editado:
copio y pego de http://www.ineditweb.es/existe-una-edad-legal-para-dejar-solos-a-los-ninos-en-casa-art628

Cada niño o niña tiene un desarrollo único y diferente y eso hace complicado el determinar qué edad es la más adecuada para quedarse solo en casa. Un estudio realizado por la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria cuyo título es “Accidentes de la población infantil española”, indica que el 9,1% de los menores de 12 años se quedan en casa solos y que de estos el 5% tiene menos de cuatro años.

La ley española no determina una edad mínima en la que se regule la posibilidad de dejar a un menor solo en una vivienda como causa de delito, no obstante el artículo 172 del Código Civil afirma que se puede considerar desamparo las acciones de los progenitores o tutores legales del menor «si produce de hecho o a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de menores, cuando estos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.»

Bernard

#7 Eso entraría en causa justificada. Obviamente no vas a dejar al niño solo en casa si demasiado pequeño. Lo que quiero decir es que no se puede usar la excusa de ir a comprar con los niños por el mero hecho de que sean niños.

Lo que faculta ese apartado es acompañar un menor porque ese tiene que ir a algun sitio y obviamente no va a ir solo.

kelonic

No me queda claro si puedo ir con mi mujer al supermercado. Yo no tengo la capacidad de ella para elegir los productos y ella no tiene carnet de conducir, somos mayores y no tenemos un local de comestibles cerca, por lo que descartamos ir a pie cargados con la compra.
He intentado hacer la compra por Internet y es una odisea, caídas de las webs, no hay reparto por saturación en las principales cadenas, falta la mayor parte de productos imprescindibles, etc
Como ejemplo: Hago una compra online en Alcampo, solo había un hueco en el reparto a domicilio 8 días después. Hoy me ha llegado el pedido y me falta un tercio de lo pedido, y precisamente son los artículos mas necesarios, agua, leche, pan... pregunto qué ha pasado y me dicen que estaban agotados.
¡Coño! haberlo dicho en el momento de la compra, tendré que hacer otro pedido en otro centro pero veo que no hacen reparto hasta dentro de dos semanas lo que me obliga a salir y ponernos en riesgo.
Y para mas Inri, pagué con tarjeta de crédito por el total de la compra, a ver cuando me abonan la diferencia.

m

Vaya, para haberlo sabido. Resulta que antes había un agujero por el que podías ir a la playa y además te permitía no declarar impuestos. Y yo sin conocerlo.

Mosquitocabrón

#2 El Campechano se sabía de memoria.