El Pleno del Tribunal Constitucional (TC), por unanimidad, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Juan Carlos Campo, ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de Extremadura contra el uso del PIB regional como criterio de reparto del impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.
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También establece una dicotomía "comunidades ricas" cuando debería decir "comunidades con mayor PIB", lo cual no implica ser más rico per se.