Hace 4 años | Por baraja a elmundo.es
Publicado hace 4 años por baraja a elmundo.es

El Tribunal Constitucional ha establecido por primera vez que los medios de comunicación no pueden publicar informaciones sustraídas de las redes sociales para ilustrar informaciones si no tienen el consentimiento expreso de los afectados. En una sentencia novedosa, que sienta jurisprudencia, confirma el fallo del Tribunal Supremo que condenó a La Opinión de Zamora a indemnizar con 15.000 euros a un hombre cuya fotografía fue obtenida de su cuenta de Facebook y publicada en la portada del periódico para ilustrar un suceso del que fue víctima.

Comentarios

e

#19 De la manada, del chicle...

EntreBosques

#1 No solo esos. Y La Sexta, y Cuatro. Todos.

D

#1 Si, tanto como se les jodió con el horario protegido, que se lo pasan por el forro como quieren, por desgracia. A ver si empiezan a multarlos en serio.

m

#7 Lo interesante aqui es que NO intervenga la APD, porque la APD se dedica a poner multas y entonces el afectado no recibiria indemnizacion, que es quien ha sufrido un daño.

En el caso que nos ocupa hay un señor de Zamora al que toda la ciudad reconoce como el protagonista de unos hechos, Zamora es una ciudad pequeñita

belfasus

#20 Creo, que puedes poner dos denuncias, la del juzgado, que te indemniza y la de la APD que no te indemniza pero le da tal bofetada al otro que hace que se lo piense dos veces la próxima vez.

D

¿llevará el incumplimiento "multa de cojones" aparejada? porque si no la lleva ...

Vodker

#3 eso mismo he pensado yo, porque la sanción de 15.000 euros por el caso referido poco me parece para atajar a los buitres.

j

#5 Hombre... Habiendo jurisprudencia del Constitucional yo me lo pensaría mucho antes de usar una foto que me puede costar 15000€ más las costas de un juicio.

Y 15.000€ está MUY bien pagado por una foto.

Raziel_2

#15 El "precio" de la foto no es relevante, la cuestión es que dándose el caso de que la multa salga rentable a los medios, tu no tienes libertad para decidir si quieres "venderla" o no. Es una intromisión en tu vida personal.

Vodker

#15 sí, 15000 pavos que van a Facebook o la red de turno, que es la que realmente tiene los derechos.

Por otra parte, emitir un solo spot vale más de 15000, así que un "volvemos en 7 minutos y les enseñamos el careto del asesino" les sale a cuenta.

t

#22 tener derecho no exclusivo de explotación está "un poquito" alejado de tener todos los derechos sobre una imagen o vídeo. El derecho a la propia imagen no es de Facebook, y la propiedad intelectual es irrenunciable.

daphoene

#31 Pero es tener derecho de explotación. Si la cadena llega a un acuerdo con facebook, tú como propietario y autor de la foto, te jodes.

Es lo que tienen los contratos que no leemos. Yo sí me lo leí, y no he subido casi ninguna foto, ni textos relevantes.

m

#5 No es una sancion, es una indemnizacion

Y la diferencia es muy importante, la indemnizacion se la lleva el afectado, una multa se la lleva el estado.

juvenal

Espero que los profesores injustamente acusados de promover el odio en un instituto en Cataluña y que El Mundo señaló en portada son sus imágenes sacadas de las redes sociales, les denuncien.

jorgito

Cuasi sensacionalista.
En realidad lo que no se puede publicar son fotos con las caras reconocibles sin el consentimiento de los mismos.

(...)
El hombre demandó al periódico alegando que el artículo periodístico contenía datos personales y familiares que permitían identificarle
(...)
la publicación de una fotografía supone una "mayor intromisión en el derecho a la privacidad de la persona", pues muestra al público sus rasgos haciéndola identificable.
(...)
En el caso analizado, el tribunal concluye que la fotografía no guardaba una "especial relación" con las circunstancias del suceso trágico sobre el cual se estaba informando, "lo que hacía totalmente innecesaria la reproducción de la imagen identificable del rostro de la víctima".

baraja

#9 Eso es obvio, esto va dirigido a todos las noticias donde hay una víctima y los medios nos cuentan toda su vida, si iba de vacaciones allá o si enseñaba carne en esa otra foto.

jorgito

#10 Sí, pero el titular no lo hace obvio.
Por "no pueden publicar fotos de las redes sociales sin consentimiento" yo entiendo cualquier fotografía que yo publique, no fotografías en las que salga mi cara reconocible. Es un matiz relevante que no recoge el titular en mi opinión.

baraja

#12 Para eso está la entradilla, donde se especifica a qué se refiere. Que tú seas protagonista de una noticia no implica que venga La Opinión de Zamora a robar fotos de tu perfil de instagram.

Lo otro, coger cualquier foto de tus redes sociales, sea de una flor o del plato de lentejas que comiste ayer, ya está cubierto por los derechos de autor, que no has cedido a ningún medio excepto a la red social.

jorgito

#13 En la entradilla tampoco lo especifica. Dice "a un hombre cuya fotografía fue obtenida de su cuenta de Facebook y publicada" lo que en mi opinión no implica que sea una fotografía de su rostro reconocible lo que se publica en portada, sino que podría haber sido un una foto de cualquier otra cosa cogida de su facebook.

Y que coger fotos de mis redes sociales esté cubierto por los derechos de autor... no estoy muy seguro que haya jurisprudencia que lo sostenga. Al fin y al cabo, lo relevante de este envío es que sienta jurisprudencia.

l

#29 Puede que el que subio la foto no fue el la sacó. Y los derechos son del que lo saco, aunque parezca raro en algunos casos.
La fotos de la boda son propiedad del que saco las fotos aunque hayas pagado por ellas, si no has pedido expresamente los derechos.
Igual si una modelo contrata a un fotografo e incluso si le pide a uno de la calle sacanos una foto aqui. La foto es propiedad del que pulso el boton. Hubo una polemica porque un cercopiteco negro se saco una foto.

En caso de subir un foto "de otro" a facebook que pasa. Se revoca el permiso si lo da Facebook? Se reclama al que subio la foto y F se lava las manos por la licencia..
Algun abogadoPasaPolloPasaPollo al rescate?
#12 HAce tiempo cuando la infectada del Ebola en derecho y normas se hablo de lo mismo y el(es abogado) decia que legalmente no se podian usar las fotos de F porque los derechos son de F y el titular de las fotos.

D

Preveo una actualización de las 'redes' ampliando aún más sus derechos sobre tus carpetas. Eso sí, para darte un mejor servicio y mejorar tu satisfacción y experiencia de navegación...

D

Y a él deberían condenarle por publicar sus fotos en una Red social

Pichicaca

Y ojo, que dicho consentimiento debe ser libre, específico, inequívoco e informado. No vale con preguntar en Twitter "¿podemos usar tu foto para lo que nos de la gana?".

j

Es lógico...

Nova6K0

El problema es que muchas de esas fotos tienen copyright o una licencia libre que tiene unos términos. Luego van dando lecciones de piratería...

Salu2

r

En la noticia hay dos "delitos " mezclados.
1) Intromisión en la vida privada por el que se publicó información personal de la víctima
2) Derechos de autor por usar una foto sin licencia (creo porque el último párrafo lía)
Ejemplo A
Si cogen la foto de un asesino, solo cometen delito 2). Pero pueden negociar con Facebook que tiene los derechos.de la foto.
Ejemplo B
Si en un accidente ponen tu foto y tienen acuerdo con Facebook, cometen delito 1) pero no el 2)

D

Veremos que desarrollo tiene esta sentencia porque daria al traste con la mayoria de las noticias que se sustentan en twiter facebook youtube.

a

#6 Solo tendrán que pagar y pedir permiso a Facebook/Instagram que para eso se guardan el derecho de uso de las fotos para cualquier cosa.

M

#6 Las noticias las pueden seguir emitiendo tal cual, el problema aqui es la reproducción de capturas, fotografias o videos sacados de las redes sociales. Por ejemplo un tweet si en vez de la captura ponen el texto con su fuente propia no creo que tuvieran problemas..

jdmf

No pueden, pero como has aceptado las condiciones de uso donde cedes los derechos de cualquier foto que publiques, la red social es libre de cederla a quién se le de la gana... o a quien pague, que para eso es.!

kados.

Mas dinero para facebook y compañia. La letra pequeña pone que todo lo que subas a su red, le estas cediendo todos los derechos.

O eso dicen, no he leido la letra pequeña

t

#17 no.

Les estás otorgando (no cediendo) derechos NO EXCLUSIVOS de explotación y difusión.

En ningún momento cedes tus derechos mucho menos en exclusiva, y muchísimo menos cedes tu propiedad intelectual ni derecho a la imagen (ambos son irrenunciables)