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El Constitucional cuestiona el valor que Hacienda aplica a los inmuebles de los autónomos

El Constitucional cuestiona el valor que Hacienda aplica a los inmuebles de los autónomos

Al confirmar que analizará la legalidad del uso del valor de referencia catastral como base imponible, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad que puede tener un impacto directo en los bolsillos de miles de autónomos que hayan adquirido inmuebles en los últimos años.

| etiquetas: constitucional , hacienda , autónomos , inmuebles
Y los que no son autónomos viven en un mundo paralelo o algo ?
#1 En las comunidades de vecinos todos abusan del propietario del bajo con obras, aislamiento térmico de fachada, ascensor, barreras arquitectónicas, gastos de administrador y todo con un coeficiente de propiedad que no refleja la superficie construida y el valor real del inmueble
#3 El ITP lo pagan autónomos y no autónomos, sean locales o viviendas
#1 La fuente se centra en los autónomos por ser la fuente que es pero según tengo entendido aplica a todo ciudadano que haya tenido que pagar impuestos en base al valor de referencia.
Pues que tengan cuidado con esto, que igual que el precio real puede ser inferior al del valor catastral y desde luego es injusta esa referencia, pero también pasa muy habitualmente justo lo contrario.
#6 Lo que se reclama es que Hacienda impone ese valor de referencia sin que haya existido ninguna valoración presencial del inmueble. Si Hacienda hace una tasación entonces sí está legitimada a exigir impuestos en base a ese valor, de la misma forma si alguna de las partes no está de acuerdo con alguno de los valores debe poder usar una tasación para que se modifique.

En cuanto al valor catastral pasa lo mismo, los ayuntamientos lo actualizan en base a tablas y criterios que nada tienen que ver con el inmueble en cuestión ni su estado, son valoraciones de despacho sin correspondencia con la realidad. Y de nuevo se deben poder impugnar.
#6 Mi experiencia hasta ahora es como dices tu.
Mi casa actualmente en mercado cuesta de 130.000 a 150.000 pero el valor catastral está en 90.000 aproximadamente. Lo mismo pasa con la de mi padre, mi suegra, mi cuñado.... Creo que todos los pisos que conozco el valor catastral es siempre inferior al precio de mercado.

Puede que eso pase en pueblos pero en mi ciudad estoy seguro que todos superan su valor catastral en el mercado. Y algunos hasta lo duplican.
#8 Lo que hacen es aplicar un multiplicador al valor catastral y te cobran el IBI en base al valor catastral multiplicado por ese coeficiente.

Por ejemplo si la vivienda que citas fuera de Sabadell le aplicarían un multiplicador de 1,45 quedando en 130.500 y sobre esa cifra te cobrarían el IBI.

Coeficientes de los municipios en Cataluña: atc.gencat.cat/web/.content/documents/valoracions/icv/2017/icv_2017_co
Voto errónea.
Lo que realmente ocurre es que el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad contra el valor de referencia de Catastro que sirve como base imponible en el ITP y AJD, ISD e IP.
Los autónomos beneficiados no son el fontanero, el frutero ni el tabernero de la esquina.
Por si alguien anda despistado.
:troll:
#9 No son solo esos, son todos, todos los que hayan adquirido una vivienda recientemente ya sea pagando al contado o mediante hipoteca.

Y no son solo los autónomos sino todos los ciudadanos.

menéame