El Tribunal Constitucional se lava las manos y dice que no quiere entrar en valorar si saldar una deuda entre adultos a base de felaciones o sexo oral es legal o no. Para el alto tribunal «no tiene importancia constitucional suficiente» y por ese motivo decide archivar el caso. Consecuentemente, con esta decisión avala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears que falló en ese sentido.
#7:
Leed la noticia, porque es algo vergonzoso lo que se expone en ella.
Básicamente, el acuerdo inicial del prestamo no incluía ese tipo de pago, pero el prestamista acosó y obligó a la víctima a pagarle de esa manera bajo amenazas y coacciones. Y para el tribunal, eso es totalmente respetable y acorde a derecho.
Vamos, que mañana pido un prestamo al Santander, y el director de la sucursal puede obligarme a que se la chupe, aunque no hayamos acordado eso previamente, dentro de la legalidad.
Todo muy gracioso y jocoso.
Lo de esta justicia es una puta basura.
Increíble.
#1:
Voy al banco a hablar de mi hipoteca, ahora vengo.
#12:
#7 Lo cierto es que sorprende que no se haya incoado un delito de abusos sexuales y no se consideren coacciones de ningún tipo.
Lo del Constitucional, que lo único que ha hecho es lavarse las manos, también es lamentable.
«Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda»
«Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
A partir de ahí, el acoso fue continuo, con llamadas y mensajes amenazantes (presentados en la denuncia ante la Policía Nacional)
#16:
Algunos se piensan que el TC es el máximo tribunal al que recurrir y no es así. El TC no entra a valorar las sentencias de otros tribunales, sólo comprueba si se han vulnerado derechos constitucionales, de ahí el nombre de Tribunal Supremo del idem.
Otrosí, una cosa es un acuerdo entre dos adultos responsables en la manera de saldar una deuda (en efectivo o "en carne") y otra un delito de coacciones. Si yo te presto un dinero y convenimos en que me lo pagues mediante servicios sexuales y luego te niegas, conforme a la sentencia del TC te puedo demandar por incumplimiento de contrato. Pero si no hemos acordado eso, sino que después de prestarte el dinero te exijo, y además mediante amenazas, esas relaciones sexuales desde luego puede ser constitutivo de un delito de coacciones y de abusos sexuales.
#11:
#9 es que un titular así, no suele ser muy halagueño y algo raro debe haber. Pero pensé que era algo tipo "acordaron eso y luego uno se rajó" que podría entenderlo.
Pero cuando lo he leído he flipado en colores.
#21:
#14 Pues, primero, muchas gracias por el resumen a tí y a#15 y #18, estoy liado y no me metí en la noticia. Y segundo, puede que sea legal pagar una deuda con felacionessi ambos están de acuerdo, pero este caso parece que más bien tendría que ser juzgado como amenazas.
#5:
#1 Ya la estás saldando con sexo anal, que pareces nuevo
#39:
#7 no, el director de la sucursal no puede obligarte a que se la chupes, como no puede obligarte a hacer nada que no esté en el contrato de préstamo.
Otra cosa es que, si no puedes pagar, entre los dos podáis acordar unos nuevos términos de pago, por conveniencia mutua. Es que lo que toda la vida se ha llamado "renegociar".
Pero nadie puede obligarte a llegar a un nuevo acuerdo. Siempre podrán embargarte según los términos del préstamo inicialmente firmado.
#90:
#43 ¿Cuándo se amenaza a alguien para obtener favores sexuales directamente no se considera agresión sexual? Y no podrían concurrir además delitos como la usura, la estafa o incluso la incitación a la prostitución?
#24:
#14 Según el texto que has adjuntado, yo no veo ahí que pagara su deuda con sexo oral, lo que dice es que "mientras dure la deuda serás mi puta". Vamos, en plan esclava sexual gratuita, pero que tiene que pagar igual. Esto hace la sentencia aún más asquerosa...
o igual nos falta información, porque me parece flipante que en documento público se plasme algo así.
#98:
#1 Con lo gloton que eres, al final acabas con una hipoteca inversa
#16 Ya ha venido el estudiao a fastidiarle la diversion al comando antorcha
#46:
#7 No es por justificar al cuñao, pero esas citas que aparecen en el artículo, ¿proceden de grabaciones o es la declaración de la denunciante? Porque me imagino que el juez ha de verificar si se produjo tal conversación y no puede darla por válida bajo la premisa de “yo si te creo, hermana”, tal y como hacen algunas ministras.
También la señora, en lugar de denunciar a la primera, hasta en cinco ocasiones le practicó una felación. No sé, yo tampoco sería tan rápido condenando al cuñao.
#44:
#12 Creo que el Constitucional lo que ha venido a decir es "esto no corresponde a este tribunal". Cosa que me parece lógica. Hay innumerables casos donde el caso no tiene suficiente relevancia para elevarlo a la instancia superior. Este es otro más...
no estipularon ningún plazo ni cantidad de dinero para solventar dicho préstamo. Es decir, que iría devolviéndole así como pudiera. Pero a los pocos días, siempre según consta en la denuncia, el hombre le indicó que debido al favor que le había hecho con el dinero, ella tenía que hacerle dos o tres ‘biberones’ (felaciones) por semana.
se sintió muy amenazada por su excuñado con frases como: «Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda». Y para acabar con una frase lapidante: «Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
el acoso fue continuo, con llamadas y mensajes amenazantes
#17:
#7 con este precedente todas las redes de trata de blancas estarán encantadas.
Leed la noticia, porque es algo vergonzoso lo que se expone en ella.
Básicamente, el acuerdo inicial del prestamo no incluía ese tipo de pago, pero el prestamista acosó y obligó a la víctima a pagarle de esa manera bajo amenazas y coacciones. Y para el tribunal, eso es totalmente respetable y acorde a derecho.
Vamos, que mañana pido un prestamo al Santander, y el director de la sucursal puede obligarme a que se la chupe, aunque no hayamos acordado eso previamente, dentro de la legalidad.
#9 es que un titular así, no suele ser muy halagueño y algo raro debe haber. Pero pensé que era algo tipo "acordaron eso y luego uno se rajó" que podría entenderlo.
#43 ¿Cuándo se amenaza a alguien para obtener favores sexuales directamente no se considera agresión sexual? Y no podrían concurrir además delitos como la usura, la estafa o incluso la incitación a la prostitución?
#90 Yo veo coacción violenta, agresión sexual clarísima. Incluso aunque el tribunal obvie las amenazas sería abuso sexual dado que hay un abuso de posición y manipulación para obligar a la víctima a tener relaciones en contra de su voluntad.
El titular es mentira, aquí no se habla de "saldar una deuda con sexo oral". Para empezar porque no había acuerdo, y porque con cada agresión no se estaba amortizando ninguna deuda.
#7 Lo cierto es que sorprende que no se haya incoado un delito de abusos sexuales y no se consideren coacciones de ningún tipo.
Lo del Constitucional, que lo único que ha hecho es lavarse las manos, también es lamentable.
#12 Creo que el Constitucional lo que ha venido a decir es "esto no corresponde a este tribunal". Cosa que me parece lógica. Hay innumerables casos donde el caso no tiene suficiente relevancia para elevarlo a la instancia superior. Este es otro más...
#7 ¿Las "amenazas y coacciones" no serían "o pagas o te llevo a los tribunales"? Porque eso no es una amenaza, es lo normal. No es lo mismo "si no me la chupas te rompo las piernas" que "te llevo a los tribunales".
«Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda»
«Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
A partir de ahí, el acoso fue continuo, con llamadas y mensajes amenazantes (presentados en la denuncia ante la Policía Nacional)
#14 Pues, primero, muchas gracias por el resumen a tí y a#15 y #18, estoy liado y no me metí en la noticia. Y segundo, puede que sea legal pagar una deuda con felacionessi ambos están de acuerdo, pero este caso parece que más bien tendría que ser juzgado como amenazas.
La cosa, es que excepto lo que quede recogido con pruebas como mensajes, es su palabra contra la de él. Obviamente, la mujer tiene pruebas del acoso recibido y posiblemente mensajes en los que el le exige que se la chupen u otras amenazas, como en la noticia dicen.
Pero, como no tenemos acceso al auto judicial, esas frases que se citan. Hay que cogerlas con muchas pinzas si son declaraciones de la mujer o hechos probados con pruebas.
#22 Eso es lo que se juzgará. Pero la denuncia según la denunciante, parece que se corresponde con coacciones y amenazas, cosa que #13 parecía que ponía en duda.
#56 Es que ya está juzgado y recurrido, puesto que ha pasado por el Tribunal Superior de Baleares y llegado al Constitucional. Y eso hace pensar que hay algo más que no nos están diciendo, porque a partir de lo que declara la mujer parecen claras las amenazas. Supongo que no las han podido probar.
#14 Según el texto que has adjuntado, yo no veo ahí que pagara su deuda con sexo oral, lo que dice es que "mientras dure la deuda serás mi puta". Vamos, en plan esclava sexual gratuita, pero que tiene que pagar igual. Esto hace la sentencia aún más asquerosa...
o igual nos falta información, porque me parece flipante que en documento público se plasme algo así.
#14 Pero debes observar que eso que citas no es más que lo que ella DICE que le dijeron. No estaba grabando nada y las exageraciones son más que posibles.
Es un tema de credibilidad. Luego dice que lo grabó todo, pero lo grabado no se cita. Curioso.
#13La mujer explicó que en todo momento se sintió muy amenazada por su excuñado con frases como: «Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda». Y para acabar con una frase lapidante: «Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
#15 Si eso está por escrito o en audio, se puede juzgar fácilmente. Si es una declaración, quizá hay que ser más prudente a la hora de emitir sentencia, ¿no crees?
#48 Evidentemente, para eso están los juicios, para determinar qué pasó y actuar con consecuencia. Pero mi comentario no venía a eso, venía a indicar que lo denunciado, sea cierto o no, se corresponde con amenazas y coacciones, cosa que #13 parecía que ponía en duda.
no estipularon ningún plazo ni cantidad de dinero para solventar dicho préstamo. Es decir, que iría devolviéndole así como pudiera. Pero a los pocos días, siempre según consta en la denuncia, el hombre le indicó que debido al favor que le había hecho con el dinero, ella tenía que hacerle dos o tres ‘biberones’ (felaciones) por semana.
se sintió muy amenazada por su excuñado con frases como: «Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda». Y para acabar con una frase lapidante: «Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
el acoso fue continuo, con llamadas y mensajes amenazantes
#7 no, el director de la sucursal no puede obligarte a que se la chupes, como no puede obligarte a hacer nada que no esté en el contrato de préstamo.
Otra cosa es que, si no puedes pagar, entre los dos podáis acordar unos nuevos términos de pago, por conveniencia mutua. Es que lo que toda la vida se ha llamado "renegociar".
Pero nadie puede obligarte a llegar a un nuevo acuerdo. Siempre podrán embargarte según los términos del préstamo inicialmente firmado.
#39 es decir, que el sexo se convierte en un bien cuantificable y se permite su mercadeo.
Contratar a una prostituta es simplemente hacerla un préstamo sin devolver en dinero pero sí en carne.
Lo dicho, los puteros y traficantes de mujeres estarán muy contentos, ahora no son explotadores ni realizan trata de mujeres, simplememente son tratos bancarios de préstamos de 3, 10, 100 o 10.000 euros.
#7 A está noticia creo que la falta mucha información. El préstamo no tiene nada que ver, lo importante son las coacciones, sexo con coacciones es igual a una violación.
#7 No es por justificar al cuñao, pero esas citas que aparecen en el artículo, ¿proceden de grabaciones o es la declaración de la denunciante? Porque me imagino que el juez ha de verificar si se produjo tal conversación y no puede darla por válida bajo la premisa de “yo si te creo, hermana”, tal y como hacen algunas ministras.
También la señora, en lugar de denunciar a la primera, hasta en cinco ocasiones le practicó una felación. No sé, yo tampoco sería tan rápido condenando al cuñao.
#46 es que aquí falta una parte de la versión, el tío un hjdp pero a saber si ella pensaba que con esto estaba saldada la deuda y el excuñado no se lo perdonaba y por eso ella denunció.
#46 Suena a algo en plan:
"Me debes X€, tienes tres opciones:
1- me pagas
2 - me la chupas
3 - voy al juzgado a denunciarte"
Todo con muy malas formas.
Y las cinco primeras veces ella eligió la opción nº2.
A la sexta decidió denunciar ella también.
Supongo que la defensa dirá que ella siempre ha tenido las opciones 1 y 3 disponibles y que no las ha escogido libremente.
Que la denuncia se procesara por coacción y no por abuso sexual implica que usar una deuda legitima para coaccionar para mantener relaciones sexuales "no cuenta" como delito de abuso... lo cual es peligroso.
#7 Peor aun, ni siquiera reconocía las felaciones como parte del pago...
«Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
Es decir, que el tío además de las mamadas esperaba la pasta.
Al leer el titular he pensado inicialmente... ¿oye, pues si están de acuerdo los 2 no veo porque iba a ser delito? como quien paga una deuda con trabajo...
Pero cuando lees todo el artículo tela con el pavo.
La excuñada dice que no estipularon ningún plazo ni cantidad de dinero para solventar dicho préstamo. Es decir, que iría devolviéndole así como pudiera. Pero a los pocos días, siempre según consta en la denuncia, el hombre le indicó que debido al favor que le había hecho con el dinero, ella tenía que hacerle dos o tres ‘biberones’ (felaciones) por semana. Hasta en cinco ocasiones llegaron a verse, entablando una conversación y finalizando la cita con sexo oral.
#7 Puede que haya entendido mal, pero lo que el TC avala es el pago en especie (en este caso, felaciones) entre dos adultos , lo avala al no querer decir que sea ilegal. Creo que no entran a valorar las coacciones ni amenazas. La noticia es un poco confusa, pero lo único que yo veo claro es que esto no tenia que haber llegado tan arriba, cualquier tribunal de medio pelo debería haber condenado al extorsionador, si la victima cuenta con pruebas bastantes.
#7 De verdad te has leído la noticia? El tribunal ni dice que sea respetable ni dice que sea acorde a derecho, dice que no es un tema que le compete juzgar a él. La presidenta del TC es Inmaculada Montalbán, una jueza especialista en violencia de género y perspectiva de ídem, son lo que si hubiera habido alguna manera de juzgarlo, es obvio que se habría hecho. Pero simplemente está fuera de su competencia
#_12 Un delito de abusos sexuales no se juzga en el TC en ningún caso
#7 No es una noticia, es una historia que se han montado en un panfleto comunista financiado directamente por Unidas Pandemias.
Gracias pero no, no me creo ni los puntos ni las comas de algo asi. Es como ir a enterarte de la actualidad a la teletienda, nada que ver con la realidad.
#7 No engañes. El director del banco no te puede obligaf, te puede proponer una alternativa de pago, si tu:
No trabajas.
No sabes ahorrar para pagar tus deudas.
Se te da razonablemente bien chupar pollas.
Quizás aceptes esa forma de pago. Nadie te puede obligar porque eso es violación.
En esta noticia, como siempre ocurre en estos casos ambiguos, no nombran pruebas, dicen que le dijeron que llevara el movil a grabar, pero casualmente después de que le dijeran eso no nombran ninguna cita más, solo hablan de amenazas por llamada y mensajes.
Para terminar de valorar hacen falta pruebas:
El contrato de prestamo presentado a hacienda.
Alguna grabacion o imagen de esas graves amenazas o de los momentos de coacción.
De la noticia se extrae que:
Hay una señora que le pide 15K a su cuñado de préstamo y dice que este la amenaza, la veja y le obliga a comerle el robo.
Y sin embargo una sentencia del constitucional solo llega a decir que las mamadas son forma legal de pago. ¿No notas que te falta información por el camino?
PD: pagar una deuda económica con sexo no es prostitución de facto?
#7 no es así. El director de la sucursal sólo puede exigirte cumplir el acuerdo. Otra cosa es que tú no cumplas el acuerdo original porque no puedas, pidas renegociar para no perder lo que sea que hubiese en juego, y en la renegociación, que es nueva, te pidan algo que no te guste. Siempre puedes negarte y quedarte económicamente jodido de por vida. Pero eso no será culpa del director. Es culpa tuya por no cumplir vuestro acuerdo original.
#7
J.R. sostuvo, por su parte, que llegó con su excuñada al "acuerdo de mantener relaciones sexuales a cambio prestarle 15.000 € sin intereses".
Añadió que posteriormente ella cambió de opinión "y dejó de cumplir su parte del trato". Pese a que "debió devolver el dinero", cuando J.R. se lo reclamó ella interpuso la denuncia "con el fin de poner fin a los favores sexuales sin devolver el préstamo".
#7 a ver, quizás sea para no joder más a la víctima. Por que el tio le dijo con la felacion se quedaba pagada la deuda, y la víctima forzada, la pagó.
Imagínate que encima que te han obligado a la felacion, encima se te queda la deuda pendiente. Yo en este caso daría por saldada la deuda y sancionado al prestamista.
Aunque la forma correcta creo que sería juzgar al prestamista por acoso, la deuda seguiria pendiente por no ser un pago válido, pero la compensación a la victima daría como mínimo para saldarlo
Dicho esto, si a mi me obligan a hacer una felacion me quedo un cacho de chorizo para el bocadillo. Aunque si me lee el director del banco, para pagar la hipoteca no haría falta forzarme...
Si al Tribunal lo que se le pregunta es "si es o no lícito" pagar una deuda con sexo oral, su respuesta no puede ser más que la que ha dado: Constitucionalmente, es irrelevante. Porque ese Tribunal se dedica a eso, a ver si hay algo que vulnera la Constitución.
Ahora bien, si lo que se le pregunta es si es lícito "forzar a tener sexo" para pagar una deuda, entonces seguramente el Tribunal anterior habría sentenciado otra cosa.
El tema aquí es cual ha sido la base de la denuncia. Si la base ha sido que "no se puede pagar con sexo una deuda", pues ahí tienes la respuesta. Si la base ha sido "no se puede forzar a tener sexo para pagar una deuda", pues...
Joder, que la gente estudia para abogado por algo. Coño, que hagan bien su trabajo.
#7 Mañana el director del Santander te llama y te dice: «Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda». y es Constitucional, por lo visto.
#4 Y rodilleras o una esterilla de yoga.
Los pañuelos los veo más como algo opcional, depende de si se es.escupir.o de tragar. Casi mejor llevarse una PCR para el tío del banco.
Algunos se piensan que el TC es el máximo tribunal al que recurrir y no es así. El TC no entra a valorar las sentencias de otros tribunales, sólo comprueba si se han vulnerado derechos constitucionales, de ahí el nombre de Tribunal Supremo del idem.
Otrosí, una cosa es un acuerdo entre dos adultos responsables en la manera de saldar una deuda (en efectivo o "en carne") y otra un delito de coacciones. Si yo te presto un dinero y convenimos en que me lo pagues mediante servicios sexuales y luego te niegas, conforme a la sentencia del TC te puedo demandar por incumplimiento de contrato. Pero si no hemos acordado eso, sino que después de prestarte el dinero te exijo, y además mediante amenazas, esas relaciones sexuales desde luego puede ser constitutivo de un delito de coacciones y de abusos sexuales.
#82 Eso es lo que viene a decir el TC, que es legal dado que no sería "una obligación" más allá de lo que es cualquier contrato vinculante. Obviamente si viniese en "la letra pequeña" o de manera ilegible se podría alegar engaño, como con lo de las preferentes, pero si está claro para las dos partes...
Lo de "en carne" es una expresión que antes se utilizaba bastante, al menos en mi ambiente. Legalmente sería como dices, "en especies", de ahí lo de mi entrecomillado.
#16 Así es, el TC ni siquiera forma parte del poder judicial. Jamás en la vida podría juzgar algo como esto, no entiendo cómo consiguieron siquiera que llegara hasta allí.
#16 Hola. Parece que controlas del tema, yo no tengo ni idea ¿Puedo hacer una pregunta que igual es estúpida?
Según la noticia la acusación pedía coacción grave y la fiscalía pedía coacción leve.
¿Crees que hubiera prosperado si la acusación hubiese pedido abuso sexual?¿Puede la fiscalía añadir ese cargo o sólo modificar el grado de lo que pide la acusación?
#26 tal cual. Luego bien que sale berreando la gente por bulliying en los colegios ¿y esto no lo es?
Si le das un prestamo y no te puede pagar le denuncias para que te pague, pero no extorsionas y te crees un puto capo.
Vamos a ver, la mujer denuncia al prestamista por coacciones. La Justicia debería pronunciarse sobre eso, no sobre cómo pagar la deuda. Que yo sepa, si alguien te presta dinero, no te pueden obligar a hacer su voluntad para pagarles. Lo complicado sería si el tío pudiera demostrar que ella acordó con él esa forma de pago y luego se arrepintió, pero tampoco aún así creo que pudiera obligarla a nada legalmente, aparte de que le devuelva el dinero con intereses. Y en el caso de que los dos hubieran estado de acuerdo, ahí no tiene nada que decir el Constitucional,...de verdad que no entiendo a santo de qué tienen que pronunciarse sobre la legalidad de esa forma de pago. No cambia el hecho de que hubiera coacciones o no.
#83 Lo que hizo está claro. Lo que tenía que pronunciarse el tribunal es sobre si lo hizo coaccionada o no. #88 Pues eso, que no veo por qué les consultan. Que el Constitucional diga que el pago en especie es legal o ilegal no influye en lo que se ha denunciado y se está juzgando supuestamente. Es como si yo soy promotor y cojo tu dinero y acordamos que te voy a entregar una casa a cambio, todo legal. Luego si yo no construyo la casa, tú puedes reclamar tu dinero de vuelta, a mí o en el juzgado; pero si me coaccionas y amenazas para que te construya la casa, seguirá siendo delito, sin importar lo legal que fuera nuestro arreglo.
#19 y donde es eso competencia del tribunal constitucional?
Esto es como si tu vas al alergologo y le dices que te duele la rodilla y no puedes ni caminar. Te dirá que eso no es su competencia. Y tú dirás "pero si usted es médico, algo habrá que hacer!". Y te dirá que sí, que desde luego no se puede ir cojo por la vida, pero que tendrá que verte un traumatólogo...
#35 En España está permitida cualquier actividad económica que no esté expresamente prohibida. La prostitución per se no está prohibida. Lo que está prohibido es el proxenetismo, es decir, lucrarse con la prostitución ajena. Es decir, no puedes contratar a alguien como empleada para ejercer la prostitución. Sin embargo, hace unos años una jueza defendió que una prostituta puede darse de alta como autónoma sin ningún impedimento legal y lo demostró dándose de alta ella misma sin que la Administración se lo impidiera. El problema que se encuentran si optan por esta vía no es el cotizar como autónomas, que es posible, sino que Hacienda exige a los autónomos facturas de sus servicios con los datos del cliente... y ya sabes. Pero no es una actividad ilegal, puedes darte de alta como trabajadora autónoma perfectamente.
#20 Y las coacciones, acoso sexual, amenazas... Pero habría que leerse la sentencia para ver por qué no se ha condenado al acosador, a primera vista es escandaloso.
#87 Cosas inmorales. Por lo que puede ser legal, pero no legítimo. La ley está para cumplirla, el que la quiere retorcer para llevarla al límite, pues...me parece que es abusar de las lagunas que la Ley presenta, para el aprovechamiento propio. Una inmoralidad.
¿Por eso a algunas de sus señorias cuando abren la boca todo lo que les sale por ella huele como si fuese mierda? ¿ellos tambien hacen pagos en oral...? madre mia q titulares
Lo que parece que avalan sendos tribunales (el Superior y el Constitucional al inhibirse) es la coacción, la extorsión y el abuso de posición dominante por parte del prestatario, ya sea este abuso sexual o de otra índole. No tengo acceso a las pruebas, pero parece que grabaciones e incluso una carta certificada prueban lo que manifiesta la sentencia en primera instancia.
Comentarios
Leed la noticia, porque es algo vergonzoso lo que se expone en ella.
Básicamente, el acuerdo inicial del prestamo no incluía ese tipo de pago, pero el prestamista acosó y obligó a la víctima a pagarle de esa manera bajo amenazas y coacciones. Y para el tribunal, eso es totalmente respetable y acorde a derecho.
Vamos, que mañana pido un prestamo al Santander, y el director de la sucursal puede obligarme a que se la chupe, aunque no hayamos acordado eso previamente, dentro de la legalidad.
Todo muy gracioso y jocoso.
Lo de esta justicia es una puta basura.
Increíble.
#7 Joder, qué bajona nos has dado.
#9 es que un titular así, no suele ser muy halagueño y algo raro debe haber. Pero pensé que era algo tipo "acordaron eso y luego uno se rajó" que podría entenderlo.
Pero cuando lo he leído he flipado en colores.
#11 acordarán lo que acordarán, es papel mojado, si una persona decide que no quiere seguir pagando en sexo, se acabó.
#43 ¿Cuándo se amenaza a alguien para obtener favores sexuales directamente no se considera agresión sexual? Y no podrían concurrir además delitos como la usura, la estafa o incluso la incitación a la prostitución?
#90 Yo veo coacción violenta, agresión sexual clarísima. Incluso aunque el tribunal obvie las amenazas sería abuso sexual dado que hay un abuso de posición y manipulación para obligar a la víctima a tener relaciones en contra de su voluntad.
El titular es mentira, aquí no se habla de "saldar una deuda con sexo oral". Para empezar porque no había acuerdo, y porque con cada agresión no se estaba amortizando ninguna deuda.
#90 quizás dependa de la manera y donde hagas la denuncia. Solo han acordado de que no importa como amortices la deuda si ambos son adultos.
#7 Lo cierto es que sorprende que no se haya incoado un delito de abusos sexuales y no se consideren coacciones de ningún tipo.
Lo del Constitucional, que lo único que ha hecho es lavarse las manos, también es lamentable.
#12 Creo que el Constitucional lo que ha venido a decir es "esto no corresponde a este tribunal". Cosa que me parece lógica. Hay innumerables casos donde el caso no tiene suficiente relevancia para elevarlo a la instancia superior. Este es otro más...
#44 Lo que dice es que se lava las manos ante una coacción y chantaje, un vergüenza.
#7 ¿Las "amenazas y coacciones" no serían "o pagas o te llevo a los tribunales"? Porque eso no es una amenaza, es lo normal. No es lo mismo "si no me la chupas te rompo las piernas" que "te llevo a los tribunales".
#13 Juzga tu mismo:
«Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda»
«Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
A partir de ahí, el acoso fue continuo, con llamadas y mensajes amenazantes (presentados en la denuncia ante la Policía Nacional)
#14 Pues, primero, muchas gracias por el resumen a tí y a#15 y #18, estoy liado y no me metí en la noticia. Y segundo, puede que sea legal pagar una deuda con felacionessi ambos están de acuerdo, pero este caso parece que más bien tendría que ser juzgado como amenazas.
#13 #14 #15
La cosa, es que excepto lo que quede recogido con pruebas como mensajes, es su palabra contra la de él. Obviamente, la mujer tiene pruebas del acoso recibido y posiblemente mensajes en los que el le exige que se la chupen u otras amenazas, como en la noticia dicen.
Pero, como no tenemos acceso al auto judicial, esas frases que se citan. Hay que cogerlas con muchas pinzas si son declaraciones de la mujer o hechos probados con pruebas.
#22 Eso es lo que se juzgará. Pero la denuncia según la denunciante, parece que se corresponde con coacciones y amenazas, cosa que #13 parecía que ponía en duda.
#56 Es que ya está juzgado y recurrido, puesto que ha pasado por el Tribunal Superior de Baleares y llegado al Constitucional. Y eso hace pensar que hay algo más que no nos están diciendo, porque a partir de lo que declara la mujer parecen claras las amenazas. Supongo que no las han podido probar.
#14 Según el texto que has adjuntado, yo no veo ahí que pagara su deuda con sexo oral, lo que dice es que "mientras dure la deuda serás mi puta". Vamos, en plan esclava sexual gratuita, pero que tiene que pagar igual. Esto hace la sentencia aún más asquerosa...
o igual nos falta información, porque me parece flipante que en documento público se plasme algo así.
#24 Sí, eso dice, por lo que cabe interpretar que "eso" son los intereses.
#71 Madre mía! Muy surrealista! Pues que denuncie aTribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, porque vaya tela...
#14 Pero debes observar que eso que citas no es más que lo que ella DICE que le dijeron. No estaba grabando nada y las exageraciones son más que posibles.
Es un tema de credibilidad. Luego dice que lo grabó todo, pero lo grabado no se cita. Curioso.
#13 La mujer explicó que en todo momento se sintió muy amenazada por su excuñado con frases como: «Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda». Y para acabar con una frase lapidante: «Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
Juzga tú mismo.
#15 Si eso está por escrito o en audio, se puede juzgar fácilmente. Si es una declaración, quizá hay que ser más prudente a la hora de emitir sentencia, ¿no crees?
#48 Evidentemente, para eso están los juicios, para determinar qué pasó y actuar con consecuencia. Pero mi comentario no venía a eso, venía a indicar que lo denunciado, sea cierto o no, se corresponde con amenazas y coacciones, cosa que #13 parecía que ponía en duda.
#54 Es complicado ver una amenaza ahí desde el punto de vista legal. Solo dice "yo soy peligroso".
#74 Eso lo juzgarán las autoridades competentes, que no somos quienes estamos aquí.
#85 Eso ya lo juzgaron, en pasado.
#13 según leo en la noticia:
no estipularon ningún plazo ni cantidad de dinero para solventar dicho préstamo. Es decir, que iría devolviéndole así como pudiera. Pero a los pocos días, siempre según consta en la denuncia, el hombre le indicó que debido al favor que le había hecho con el dinero, ella tenía que hacerle dos o tres ‘biberones’ (felaciones) por semana.
se sintió muy amenazada por su excuñado con frases como: «Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda». Y para acabar con una frase lapidante: «Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
el acoso fue continuo, con llamadas y mensajes amenazantes
#18 ¿Pero no es un tanto raro todo esto?
Es decir, ¿se prestan 15.000 € así sin más? ¿Cómo pensaba pagarlos ella? ¿Y cómo pensaba el ex-cuñado demostrar que esta señora le debía ese dinero?
#7 con este precedente todas las redes de trata de blancas estarán encantadas.
#17 A ver quién dice ahora que la prostitución no es un trabajo.
#7 Hombre, no es por defender al prestamista, pero el acuerdo de préstamo también incluía pagar las cuotas.
Otro tema es si fue por obligación/amenaza
#31 y por eso los bancos hacen un balance de riesgos antes de ello.
Si sabes que no te va a pagar y va a ser tu palanca de chantaje, pues no sé. Me da que el tío sabía que no le iba a pagar.
#31 Según ella (que es la única versión que sale en la noticia) no acordaron plazos ni cantidad a devolver.
#7 Y para el tribunal, eso es totalmente respetable y acorde a derecho
No, no ha dicho eso. Literalmente, de la primera frase, dice que no lo valora.
#32 Luego no dice que no es legal y ratifica las amenazas y coacciónes.
#7 no, el director de la sucursal no puede obligarte a que se la chupes, como no puede obligarte a hacer nada que no esté en el contrato de préstamo.
Otra cosa es que, si no puedes pagar, entre los dos podáis acordar unos nuevos términos de pago, por conveniencia mutua. Es que lo que toda la vida se ha llamado "renegociar".
Pero nadie puede obligarte a llegar a un nuevo acuerdo. Siempre podrán embargarte según los términos del préstamo inicialmente firmado.
#39 es decir, que el sexo se convierte en un bien cuantificable y se permite su mercadeo.
Contratar a una prostituta es simplemente hacerla un préstamo sin devolver en dinero pero sí en carne.
Lo dicho, los puteros y traficantes de mujeres estarán muy contentos, ahora no son explotadores ni realizan trata de mujeres, simplememente son tratos bancarios de préstamos de 3, 10, 100 o 10.000 euros.
#7 A está noticia creo que la falta mucha información. El préstamo no tiene nada que ver, lo importante son las coacciones, sexo con coacciones es igual a una violación.
#7 No es por justificar al cuñao, pero esas citas que aparecen en el artículo, ¿proceden de grabaciones o es la declaración de la denunciante? Porque me imagino que el juez ha de verificar si se produjo tal conversación y no puede darla por válida bajo la premisa de “yo si te creo, hermana”, tal y como hacen algunas ministras.
También la señora, en lugar de denunciar a la primera, hasta en cinco ocasiones le practicó una felación. No sé, yo tampoco sería tan rápido condenando al cuñao.
#46 es que aquí falta una parte de la versión, el tío un hjdp pero a saber si ella pensaba que con esto estaba saldada la deuda y el excuñado no se lo perdonaba y por eso ella denunció.
#46 Suena a algo en plan:
"Me debes X€, tienes tres opciones:
1- me pagas
2 - me la chupas
3 - voy al juzgado a denunciarte"
Todo con muy malas formas.
Y las cinco primeras veces ella eligió la opción nº2.
A la sexta decidió denunciar ella también.
Supongo que la defensa dirá que ella siempre ha tenido las opciones 1 y 3 disponibles y que no las ha escogido libremente.
Que la denuncia se procesara por coacción y no por abuso sexual implica que usar una deuda legitima para coaccionar para mantener relaciones sexuales "no cuenta" como delito de abuso... lo cual es peligroso.
#7 Peor aun, ni siquiera reconocía las felaciones como parte del pago...
«Mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)»
Es decir, que el tío además de las mamadas esperaba la pasta.
Al leer el titular he pensado inicialmente... ¿oye, pues si están de acuerdo los 2 no veo porque iba a ser delito? como quien paga una deuda con trabajo...
Pero cuando lees todo el artículo tela con el pavo.
#7 ¡Muchos quisieran poder saldar sus deudas así!
#49 no hay nada como saldar así las deudas para que se haga lo imposible por el impago del deudor, sobre todo si es mujer.
#7 Así es:
La excuñada dice que no estipularon ningún plazo ni cantidad de dinero para solventar dicho préstamo. Es decir, que iría devolviéndole así como pudiera. Pero a los pocos días, siempre según consta en la denuncia, el hombre le indicó que debido al favor que le había hecho con el dinero, ella tenía que hacerle dos o tres ‘biberones’ (felaciones) por semana. Hasta en cinco ocasiones llegaron a verse, entablando una conversación y finalizando la cita con sexo oral.
Es una historia muy turbia, la verdad.
#7 Puede que haya entendido mal, pero lo que el TC avala es el pago en especie (en este caso, felaciones) entre dos adultos , lo avala al no querer decir que sea ilegal. Creo que no entran a valorar las coacciones ni amenazas. La noticia es un poco confusa, pero lo único que yo veo claro es que esto no tenia que haber llegado tan arriba, cualquier tribunal de medio pelo debería haber condenado al extorsionador, si la victima cuenta con pruebas bastantes.
#61 ahí está el tema que no sabemos la otra parte de la versión.
#61 Pero no el TC que solo entra en la constitucionalidad de la sentencia anterior.
#7 el director de la sucursal puede obligarme a que se la chupe
Mentira. En todo caso el director podría decirte que, si se la chupas, la deuda queda saldada. No obligarte.
Tu no tienes porqué hacerlo, puedes pagar la deuda como se estipula en el contrato o puedes no pagarla y que ya se encargue la justicia.
Lo de la noticia a mí me parece acoso por la insistencia, pero no por dar la opción.
#7 De verdad te has leído la noticia? El tribunal ni dice que sea respetable ni dice que sea acorde a derecho, dice que no es un tema que le compete juzgar a él. La presidenta del TC es Inmaculada Montalbán, una jueza especialista en violencia de género y perspectiva de ídem, son lo que si hubiera habido alguna manera de juzgarlo, es obvio que se habría hecho. Pero simplemente está fuera de su competencia
#_12 Un delito de abusos sexuales no se juzga en el TC en ningún caso
#7 Exacto. Si no hubiera coacciones y amenazas aquí podríamos discutir o algo.
#7 No es una noticia, es una historia que se han montado en un panfleto comunista financiado directamente por Unidas Pandemias.
Gracias pero no, no me creo ni los puntos ni las comas de algo asi. Es como ir a enterarte de la actualidad a la teletienda, nada que ver con la realidad.
#7 No engañes. El director del banco no te puede obligaf, te puede proponer una alternativa de pago, si tu:
No trabajas.
No sabes ahorrar para pagar tus deudas.
Se te da razonablemente bien chupar pollas.
Quizás aceptes esa forma de pago. Nadie te puede obligar porque eso es violación.
En esta noticia, como siempre ocurre en estos casos ambiguos, no nombran pruebas, dicen que le dijeron que llevara el movil a grabar, pero casualmente después de que le dijeran eso no nombran ninguna cita más, solo hablan de amenazas por llamada y mensajes.
Para terminar de valorar hacen falta pruebas:
El contrato de prestamo presentado a hacienda.
Alguna grabacion o imagen de esas graves amenazas o de los momentos de coacción.
De la noticia se extrae que:
Hay una señora que le pide 15K a su cuñado de préstamo y dice que este la amenaza, la veja y le obliga a comerle el robo.
Y sin embargo una sentencia del constitucional solo llega a decir que las mamadas son forma legal de pago. ¿No notas que te falta información por el camino?
PD: pagar una deuda económica con sexo no es prostitución de facto?
#7 no es así. El director de la sucursal sólo puede exigirte cumplir el acuerdo. Otra cosa es que tú no cumplas el acuerdo original porque no puedas, pidas renegociar para no perder lo que sea que hubiese en juego, y en la renegociación, que es nueva, te pidan algo que no te guste. Siempre puedes negarte y quedarte económicamente jodido de por vida. Pero eso no será culpa del director. Es culpa tuya por no cumplir vuestro acuerdo original.
#7
J.R. sostuvo, por su parte, que llegó con su excuñada al "acuerdo de mantener relaciones sexuales a cambio prestarle 15.000 € sin intereses".
Añadió que posteriormente ella cambió de opinión "y dejó de cumplir su parte del trato". Pese a que "debió devolver el dinero", cuando J.R. se lo reclamó ella interpuso la denuncia "con el fin de poner fin a los favores sexuales sin devolver el préstamo".
https://www.elespanol.com/espana/tribunales/20201221/juez-no-coacciones-hombre-excunada-pague-deuda/544446868_0.html
#7 a ver, quizás sea para no joder más a la víctima. Por que el tio le dijo con la felacion se quedaba pagada la deuda, y la víctima forzada, la pagó.
Imagínate que encima que te han obligado a la felacion, encima se te queda la deuda pendiente. Yo en este caso daría por saldada la deuda y sancionado al prestamista.
Aunque la forma correcta creo que sería juzgar al prestamista por acoso, la deuda seguiria pendiente por no ser un pago válido, pero la compensación a la victima daría como mínimo para saldarlo
Dicho esto, si a mi me obligan a hacer una felacion me quedo un cacho de chorizo para el bocadillo. Aunque si me lee el director del banco, para pagar la hipoteca no haría falta forzarme...
#7 No, no es así.
Si al Tribunal lo que se le pregunta es "si es o no lícito" pagar una deuda con sexo oral, su respuesta no puede ser más que la que ha dado: Constitucionalmente, es irrelevante. Porque ese Tribunal se dedica a eso, a ver si hay algo que vulnera la Constitución.
Ahora bien, si lo que se le pregunta es si es lícito "forzar a tener sexo" para pagar una deuda, entonces seguramente el Tribunal anterior habría sentenciado otra cosa.
El tema aquí es cual ha sido la base de la denuncia. Si la base ha sido que "no se puede pagar con sexo una deuda", pues ahí tienes la respuesta. Si la base ha sido "no se puede forzar a tener sexo para pagar una deuda", pues...
Joder, que la gente estudia para abogado por algo. Coño, que hagan bien su trabajo.
#7 Mañana el director del Santander te llama y te dice: «Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Porque yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda». y es Constitucional, por lo visto.
Voy al banco a hablar de mi hipoteca, ahora vengo.
#1 Lleva pañuelos
#4 buenas noticias para xvideos en su categoria "debt fucked"
#4 Y rodilleras o una esterilla de yoga.
Los pañuelos los veo más como algo opcional, depende de si se es.escupir.o de tragar. Casi mejor llevarse una PCR para el tío del banco.
#1 Ya la estás saldando con sexo anal, que pareces nuevo
#1 pregunta por la mía
#1 Yo llevo Oral B para hacer gárgaras después
#1 No te olvides el colutorio
#1 Yo a hacienda con unas buenas rodilleras
#59 ¡Eh! Que hacienda somos todos
#1 órale, wey!
#1 lleva lubricante
#1 Con lo gloton que eres, al final acabas con una hipoteca inversa
#16 Ya ha venido el estudiao a fastidiarle la diversion al comando antorcha
#1 muy buena idea, sobre todo ahora que casi todos lls trabajadores de sucursales son mujeres.
#1 El banco tiene otro sistema. Llévate vaselina.
#1 pues ya que estás allí ajusta un poco la mía
#1 si vas a ir a Hacienda, pásate primero por Taxpayers en Reddit, para que vayas preparado.
Algunos se piensan que el TC es el máximo tribunal al que recurrir y no es así. El TC no entra a valorar las sentencias de otros tribunales, sólo comprueba si se han vulnerado derechos constitucionales, de ahí el nombre de Tribunal Supremo del idem.
Otrosí, una cosa es un acuerdo entre dos adultos responsables en la manera de saldar una deuda (en efectivo o "en carne") y otra un delito de coacciones. Si yo te presto un dinero y convenimos en que me lo pagues mediante servicios sexuales y luego te niegas, conforme a la sentencia del TC te puedo demandar por incumplimiento de contrato. Pero si no hemos acordado eso, sino que después de prestarte el dinero te exijo, y además mediante amenazas, esas relaciones sexuales desde luego puede ser constitutivo de un delito de coacciones y de abusos sexuales.
#16 Otrosí
Jurista detected
#25 Más bien "listillo detected"...
#16 En muchos países no es ni un tribunal, es una comisión y no tienen porqué ser jueces.
#16 No creo que un contrato pueda obligar a sexo. Si lo hace será nulo, lo que es distinto de decir que no tengas que pagar tu deuda.
y se dice "en especie"
#82 Eso es lo que viene a decir el TC, que es legal dado que no sería "una obligación" más allá de lo que es cualquier contrato vinculante. Obviamente si viniese en "la letra pequeña" o de manera ilegible se podría alegar engaño, como con lo de las preferentes, pero si está claro para las dos partes...
Lo de "en carne" es una expresión que antes se utilizaba bastante, al menos en mi ambiente. Legalmente sería como dices, "en especies", de ahí lo de mi entrecomillado.
#16 Así es, el TC ni siquiera forma parte del poder judicial. Jamás en la vida podría juzgar algo como esto, no entiendo cómo consiguieron siquiera que llegara hasta allí.
#84 Incluso la ministra Irene Montero la criticó con dureza cargando contra el TSJIB.
Puede ser una pista
#16 la mayoría de gente cree que el constitucional es la cúspide del sistema judicial, cuando ni siquiera está "dentro".
#16 Hola. Parece que controlas del tema, yo no tengo ni idea ¿Puedo hacer una pregunta que igual es estúpida?
Según la noticia la acusación pedía coacción grave y la fiscalía pedía coacción leve.
¿Crees que hubiera prosperado si la acusación hubiese pedido abuso sexual?¿Puede la fiscalía añadir ese cargo o sólo modificar el grado de lo que pide la acusación?
La diferencia entre mamada y papada si que es una injusticia, lingüística.
El titular es un reduccionismo absurdo de la historia completa.
Valiente hijo de puta al que han absuelto de amenazas y coacciones.
#26 tal cual. Luego bien que sale berreando la gente por bulliying en los colegios ¿y esto no lo es?
Si le das un prestamo y no te puede pagar le denuncias para que te pague, pero no extorsionas y te crees un puto capo.
Vamos a ver, la mujer denuncia al prestamista por coacciones. La Justicia debería pronunciarse sobre eso, no sobre cómo pagar la deuda. Que yo sepa, si alguien te presta dinero, no te pueden obligar a hacer su voluntad para pagarles. Lo complicado sería si el tío pudiera demostrar que ella acordó con él esa forma de pago y luego se arrepintió, pero tampoco aún así creo que pudiera obligarla a nada legalmente, aparte de que le devuelva el dinero con intereses. Y en el caso de que los dos hubieran estado de acuerdo, ahí no tiene nada que decir el Constitucional,...de verdad que no entiendo a santo de qué tienen que pronunciarse sobre la legalidad de esa forma de pago. No cambia el hecho de que hubiera coacciones o no.
#19 Sí, ya, pero después de cinco felaciones es muy posible considerar que ella aceptó.
#83 Lo que hizo está claro. Lo que tenía que pronunciarse el tribunal es sobre si lo hizo coaccionada o no.
#88 Pues eso, que no veo por qué les consultan. Que el Constitucional diga que el pago en especie es legal o ilegal no influye en lo que se ha denunciado y se está juzgando supuestamente. Es como si yo soy promotor y cojo tu dinero y acordamos que te voy a entregar una casa a cambio, todo legal. Luego si yo no construyo la casa, tú puedes reclamar tu dinero de vuelta, a mí o en el juzgado; pero si me coaccionas y amenazas para que te construya la casa, seguirá siendo delito, sin importar lo legal que fuera nuestro arreglo.
#19 El problema es que las coacciones no las puede juzgar el Tribunal Constitucional, sino un juzgado de lo penal
#19 y donde es eso competencia del tribunal constitucional?
Esto es como si tu vas al alergologo y le dices que te duele la rodilla y no puedes ni caminar. Te dirá que eso no es su competencia. Y tú dirás "pero si usted es médico, algo habrá que hacer!". Y te dirá que sí, que desde luego no se puede ir cojo por la vida, pero que tendrá que verte un traumatólogo...
#35 alegal no existe en España
Hacer el pino en la azotea de mi edificio es legal porque nadie lo prohíbe.
Alquilar tu cuerpo para sexo acordado a cambio de un pago es legal porque tampoco está prohibido.
#80 entendido.
#55 perfecto, con #80 me ha quedado muy claro.
Tragas o escupes...
#2 trago
#34 ahi, ahi, que todo son vitaminas. No se desperdicia ni gota.
#2 Ningguda de laff dofff
#35 En España está permitida cualquier actividad económica que no esté expresamente prohibida. La prostitución per se no está prohibida. Lo que está prohibido es el proxenetismo, es decir, lucrarse con la prostitución ajena. Es decir, no puedes contratar a alguien como empleada para ejercer la prostitución. Sin embargo, hace unos años una jueza defendió que una prostituta puede darse de alta como autónoma sin ningún impedimento legal y lo demostró dándose de alta ella misma sin que la Administración se lo impidiera. El problema que se encuentran si optan por esta vía no es el cotizar como autónomas, que es posible, sino que Hacienda exige a los autónomos facturas de sus servicios con los datos del cliente... y ya sabes. Pero no es una actividad ilegal, puedes darte de alta como trabajadora autónoma perfectamente.
Entonces, es legal la prostitución?
#20 Y las coacciones, acoso sexual, amenazas... Pero habría que leerse la sentencia para ver por qué no se ha condenado al acosador, a primera vista es escandaloso.
#23 El TC no entra en las coacciones y el acoso sexual, sólo en si es legal o no acordar el pago de una deuda en especies entre particulares.
#27 Hablaba por el tribunal que ha dictado sentencia sobre la denuncia.
#23 Han colgado por ahí una noticia de la original, enlace: https://www.elespanol.com/espana/tribunales/20201221/juez-no-coacciones-hombre-excunada-pague-deuda/544446868_0.html
#20 En España lo que no está prohibido es legal.
#29 pero tampoco está recogido como que sea legal, así que termina siendo alegal porque nadie quiere ni legalizarlo ni ilegalizarlo.
#20 No es ilegal. Y si no está prohibido expresamente es legal.
#20 Mientras no saquen la nueva ley feminista prohibiendo cosas "inmorales", es perfectamente legal.
Pronto en su calle, la policía de la moral, como en Arabia.
#87 Cosas inmorales. Por lo que puede ser legal, pero no legítimo. La ley está para cumplirla, el que la quiere retorcer para llevarla al límite, pues...me parece que es abusar de las lagunas que la Ley presenta, para el aprovechamiento propio. Una inmoralidad.
#20 Lo que ratifica el constitucional es que es legal el acoso, las amenazas y la violacion.
De hecho, por lógica interna, acaban de legalizar la prostitución
#36 La prostitución no es ilegal en España.
#58 que yo sepa era alegal, pero a partir de que el Constitucional valida el sexo como medio de pago supone su legalización, no?
#76 Si no es ilegal, es legal. Lo que es ilegal es el proxenetismo.
#81 es alegal, lo que hace el TC es legalizarlo de facto y promover la Bangkokización de España
La deuda externa de España es de 1.432.228 millones. Ahí lo dejo, Pedro Sánchez y Nadiuska Calviño.
Yo entiendo que, básicamente, el caso le viene pequeño al tribunal y que pasan del asunto.
Es como llevar a Ginebra un caso de bullying: Es condenable, pero ahí no toca.
#52 si un caso se lleva Ginebra es porque no lo han resuelto en otros tribunales, o mejor dicho que no ha sido una sentencia justa
Me extraña que Hacienda no quiera su parte de esas mamadas...
¿Por eso a algunas de sus señorias cuando abren la boca todo lo que les sale por ella huele como si fuese mierda? ¿ellos tambien hacen pagos en oral...? madre mia q titulares
Cuando vaya al super procuraré que me cobren siempre cajeras, no cajeros.
#10 Cuando vayas al súper que te cobré la cajera o el cajero no un reponedor o una reponedora.
Queda claro, el Tribunal Constitucional avala la violación.
Lo que parece que avalan sendos tribunales (el Superior y el Constitucional al inhibirse) es la coacción, la extorsión y el abuso de posición dominante por parte del prestatario, ya sea este abuso sexual o de otra índole. No tengo acceso a las pruebas, pero parece que grabaciones e incluso una carta certificada prueban lo que manifiesta la sentencia en primera instancia.
#45 A juzgar por la sentencia, no debe de estar muy probado eso.
#45 No, eso lo avalaría el tribunal que hizo la primera sentencia, el resto se ha limitado a decir que no es competencia de ellos, no avalan nada.
Eso no es chantaje con incitación a la prostitución??
#50 Creo que solo es delito en el caso de menores.
#94 Oh. Gracias.
Que tomen buena nota los imputados del Procés.
Me sorprende de una cuadrilla de
puterostogados este tipo de sentencias.Esto en España seguro que no pasaría.
#30 ¿qué tiene de malo ser putero?
#40 Nada, realmente. Hay una serie de personas que no lo soportan, pero no saben decir el porqué.