Hace 5 años | Por Iris_ a cadenaser.com
Publicado hace 5 años por Iris_ a cadenaser.com

La Audiencia Provincial condena por abusos a un hombre que drogó a una mujer para después violarla Jueces y fiscal entienden que no es agresión porque los efectos de la droga hicieron innecesaria la violencia

Comentarios

D

#4 No lo es.

No hay fuerza física.

Otra cosa es que sea una acción que nos horrorice. Pero considerarlo agresión desvirtúa el propio concepto de 'agresió'.

D

#16 Depende lo que cada uno entendamos por agresión

D

#28 Al drogarte sin tu consentimiento están menoscabando tus derechos, de hecho podrías morir en esas.

D

#31 Pues claro que socaban mis derechos, drogar a otra persona es un delito, joder.

¡En ningún sitio he sugerido que no lo sea!

gringogo

#32 Deberías saberlo... De sobra...

D

#32 ¡No te están diciendo que hayas dicho que drogar a otra persona no sea delito, te están diciendo que drogar a otra persona SÍ es agresión!
Por definición. Lo tienes en #117

falcoblau

#28 Si despues de drogar hay violación sexual con penetración, si es agresión! (indiferentemente de que exista dolor o marcas fisicas)

Yo ya hace tiempo que me he dado cuenta que lo que este tipificado por ley no significa (ni mucho menos) que se pueda considerar "justicia", no tienen porque ser términos necesariamente implícitos.
Soy hay que ver algunas sentencias politizadas del Tribunal Supremo!

b

#25 Cada uno puede tener su opinion pero lo q cuenta es lo que legalmente se considere agresion. Lo demas es intoxicar, relativizar, y la ley de la turba.

Adunaphel

#25 #16 Para mí penetración no consentida es violencia, lo mires por donde lo mires.
Cuando redactaron la nueva ley cuánto mejor habrían estado saltando delante de un tren.

D

#57 Para ti podrá ser lo que quieras. Incluso para el juez. Pero la ley actual es la que es, y en base a ella se juzga.

A partir de ahí podemos debatir largo y tendido sobre el asunto. Pero no revolvernos contra el poder judicial.

Adunaphel

#65 #61 De hecho hablo de la ley y me da igual que viniera de la izquierda, sigue siendo horrenda.

La violencia no debería ser lo que tipifica el delito sino un agravante.

Conde_Lito

#78 A efectos es un agravante, de 6 a 12 años de privación de libertad en el mejor de los casos y de 12 a 15 años en los casos más graves.
En caso de ser un delito de abuso sexual la condena máxima es de 10 años. Si interviene la fuerza y/o intimidación las penas son más altas.

Lo que si creo que tendría que ser un agravante es lo de utilizar sustancias químicas/fármacos que anulen o mermen la capacidad mental de la víctima.

d

#3 como con la sentencia de la manada, los medios de "incomunicacion" han hecho un trabajo horrendo.
Tanto el abuso como la agresion sexual son dos tipos de violacion, al igual que se puede matar a alguien y hay diferentes tipos acorde a las leyes

#57 No, penetracion no consentida es violacion, no violencia. La nueva ley lo que creo es el delito de abuso sexual para las violaciones en las que no habia violencia. Ley, que por cierto, vino desde la izquierda.

S

#65

No.

Penetración no consentida puede ser abuso sexual o puede ser agresión sexual. Si se da dentro de una agresión sexual es cuando se llama delito de violacion

l

#57 Tu llámale como te salga de los cojones si quieres jugar a ser miembro o miembra de la RAE, a mi si un dia me violan prefiero no enterarme a que me peguen una paliza de propina.

U5u4r10

#25 Yo entiendo por agresión que me miren mal. "Agresión visual" lo llamo.

daTO

#16 es una agresión. Está introduciendo sustancias en tu cuerpo sin avisar. Es asqueroso,

thingoldedoriath

#49 Si no te gusta la ley, el problema lo tienes con el poder legislativo, que es quien la hizo y quien la puede cambiar. No con los jueces.

Sí!!

Porque cuando unos cuantos jueces de los tribunales de apelación dictan sentencias que acaban siendo "ley" (de facto) por jurisprudencia (o doctrina); muchos nos quejamos y exigimos que las leyes se hagan en las cámaras legislativas, no en los juzgados ni en los despachos de los jueces; por muy expertos que sean a la hora de interpretar las leyes.
Cuanto más clara esté la definición de los delitos penales y más estrechas sean las horquillas de penalidad que conllevan, mejor.

E

#41 Drogar a alguien es asqueroso, es peligroso, y es ilegal... pero no es una agresión.
Agresión es un delito asqueroso, peligroso e ilegal distinto.

Res_cogitans

#16 La violencia no tiene por qué ser física. Lo que caracteriza a la violencia es que fuerza la voluntad de otro.

D

#4 El olor del sobaco cuenta como droga? tinfoil

O

#4 una agresión igual no, pero yo sí que lo veo prácticamente igual que las amenazas, anulas la voluntad de una persona sin hacerle daño físicamente. Y la ley sí que iguala amenazas a violencia

U5u4r10

#4 Vamos a postmodernizar las palabras. Seguro que así definimos mucho mejor el mundo en que vivimos

S

#4 lo que entendamos coloquialmente es una cosa. Y jurídicamente otra

D

#43
Debate el que generas tú. Afronta tus propios comentarios.

D

#60
Me remito a tu comentario #15.
Si no tienes intención de reconocer tus errores, no tiene sentido perder más el tiempo.
Gracias.
Saludos.

D

#76
Tienes mucho tiempo libre y muchas ganas de manipular.
No pretendas presentarnos lo que debe ser como lo que realmente es.
Y aquí de perder más el tiempo contigo.
Saludos.

D

#87 lo siento... te compenso.

D

#76
Yo también sé poner negativos, infeliz.

tul

#060 y por que no se persigue la prevaricacion como se persigue el asesinato?

D

#99 Y yo qué sé.

Supongo que porque la prevaricación se puede disimular u ocultar mejor que un cadáver.

Igual que es más fácil estafar a Hacienda que asesinar a alguien.

siyo

#1 En ese caso.. solo si los jueces están también drogados

sotillo

#9 ¿No lo están? Que el alcohol también es una droga

Cerdogán

#38 y la coca.

JungSpinoza

#56 y la cafeina

D

Claro, como que los jueces no tienen amigos ni ejercen tráfico de influencias. Hay que ser muy ingenuo o manipulador para escribir lo que escribe #12 y #15.

CC #18

chemari

#42 en cambio inventarse un supuesto caso de tráfico de influencias sin aportar ninguna prueba e intentar colarlo como generalizado no es manipulador. Bravo.

m

#12: Evidentemente, pero lo de poner una pena mínima... rechina bastante.

Vamos, que están legitimando las violaciones a mujeres con sentencias todo lo blandas que pueden poner.

Yoryo

#15 JAJAJA que poco conoces el mundo judicial. A menos que alguno de los abogados/fiscalía lo hiciese público no se inhiben.

D

#18
Déjalo, no lo va a reconocer por mucho que insistamos.

Fibergran

#18 Nadie se la juega por esas cosas. Se abstienen, que no inhibirse, y además, cualquiera de las partes lo puede recursar. Sería harto difícil que un juez conociera de un procedimiento por violación de su propia hija y que ni el se abstenga, ni nadie lo recuse.

E

#1 Evidentemente, SÍ.

La víctima QUERIA tener contacto sexual, eso sí, A CAMBIO DE DINERO, no gratis, y menos que la robaran.

La condena me parece PERFECTAMENTE RAZONADA Y CORRECTA.

D

#45 Pues oye, si algún día tras creer que has ligado te despiertas con dolor de cabeza y el ojete reventado supurando semen, acuerdate de eso de las condenas perfectamente razonadas y correctas

U5u4r10

#45 Llámame raro pero creo que la víctima prefería estar consciente mientras lo hacían.

perico_de_los_palotes

#45 #52 y similares O sea que si tú me quieres vender algo, quedamos para hacer la transacción y te doy un paliza y te robo lo que me quieres vender, ¿una sentencia minima seria la correcta dado que tú te querias deshacer de ello en primer lugar? Ojo, no gratis. Ojo, a cambio de dinero pero lo que se dice querer deshacerte de ello, si querias.

D

#1 Y si drogamos y violamos a los jueces?
Es solo abuso. No?
Si no hacemos fuerza...

D

#59
Si utilizas un crucifijo será menos grave al utilizar una herramienta de su trabajo y no ser objeto punzante.
Siguiendo su antilógica, claro.

S

#59 por qué culpas a los jueces de cómo está redactada la ley?

SOBANDO

#1 Si hubiera sido un hombre el drogado, violado y robado sería un chiste muy gracioso para todos.

chemari

#1 precisamente el juez no podría juzgarlo en ese caso por su parentesco. Por suerte para todos.

U5u4r10

#1 Seguramente parecida porque el juez habría renunciado a juzgar.

Ante argumentos emocionales, por suerte perviven procedimientos racionales.

xiobit

#1 Si hubiera sido otra podrían acusarlos a ellos, pues un juez solo debe aplicar la ley vigente.

Tú lo que estás pidiendo es Juez Fred, y eso es muy peligroso.

Battlestar

#1 O la madre

D

#1

RoyBatty66

#11 Quizás al que viola hay que cortarle los güevos

D

#11 cuál sería el problema de meter en prisión de por vida a un violador?

baskerville

#17 Creo que ya lo he expuesto. Mira la tabla de este enlace: https://elpais.com/sociedad/2018/11/19/actualidad/1542644889_370181.html
En la tercera columna de la tabla, compara las cifras de España con los países que tienen un sistema penal mucho más duro que el nuestro (para que se forren unos pocos porque las cárceles están privatizadas). Aparte de una multitud de factores de confusión, ¿sugiere que un sistema penal duro evita violaciones?

D

#21 no, sugiero que un violador que nunca sale de la cárcel no reincide.

No has respondido a mi pregunta, cuál es el problema ético de apartar a la gentuza de los ciudadanos honrados?

baskerville

#22 Y tampoco se rehabilita, que se supone que es el mandato constitucional de tradición humanista para distinguir la justicia de la venganza. Y al perder la proporcionalidad de las penas la violencia de las agresiones aumenta... En esta vida no hay una "free lunch" y hay que considerar las consecuencias en diversos factores, no sólo en uno, para intentar balancearlos.

D

#23 pues como la tradición humanista de rehabilitar no parece muy eficiente si vemos las tasas de reincidencia de los delincuentes que dañan otros, me parecería fenomenal que se metiera perpetua (ni revisable ni revisoblo) a aquellos que agredan grave y premeditadamente a otros, pederastas, violadores y asesinos. Y nos evitamos que reincidan y todos tan contentos.

baskerville

#27 Pues a mí me parece que la tasa de rehabililtación es alta y te pongo números.
https://elpais.com/diario/2007/05/30/sociedad/1180476002_850215.html
Es un artículo antiguo, pero en 2007 la tasa de reincidencia era del 18%. Con una terapia baja al 4%. Parece ser que este artículo es cuando en El País se regían por la racionalidad. Así que renunciamos a recuperar al 96% con la terapia y metemos cadena perpetua. Esto revuelve a la pobre Concepción Arenal en su tumba.

b

#27 La silla electrica es mas efectiva para tu modelo ... y mas barata!

D

#23 Por no añadir que cada uno podemos tener nuestro concepto moral del delito que es más o menos grave.

En todos los sistemas jurídicos (sensatos, olvidense de Calígula o Cómodo), desde Hammurabi hasta hora, el delito más penado es la muerte... aunque sea porque de ella no te puedes recuperar.

En el mundo postverdad actual, se incide en la máxima gravedad de la violación (incluso peor que la muerte, lo cual es un absurdo) mientras se despenaliza el aborto y hay quien, al parecer, lo despenaliza incluso para fetos de ocho meses (nadie lo afirma así, pero la consigna "aborto libre" "mi cuerpo es mío y yo decido" sin plazos... ¿Qué significa, sino aborto a lo largo de toda la gestación?).

Pero, entonces, si grupos de presión modifican la calificación de delitos según su ideología ¿Qué impide que otros propongan lo mismo de otros delitos?

Por ejemplo, si una violación supone la perpetua, con malos tratos en las cárceles, violaciones etc... Quienes acusen en falso a alguien de violación deberían ser condenados a la misma pena. Trullo perpetuo

b

#22 El problema, entre otros, es q no soluciona nada (como has podido ver en los graficos), destruye los principios en los q se basan todas las legislaciones penales modernas, y habria miles de muertos mas.

U5u4r10

#22 Creo que ya ha explicado el problema en #11

d

#17 que a lo mejor tras violar y ver que va a la carcel de por vida si lo pillan, prefiera eliminar "testigos"

D

#67 este sí es un buen argumento, ves?

#68 jamás he defendido la pena de muerte. Pero sí que quién la hace la paga. Y a veces el castigo justo para según qué actos es de por vida. Y no se pierde nada y se gana tener a la gentuza fuera de circulación.

E

#69 Ese mismo buen argumento ya estaba en el comentario al que le preguntabas.

D

#67 Obvio...

d

#17 así a bote pronto, al violador le valdría la pena matar a la víctima para que fuera más difícil que le pillaran. Claro que podrías poner pena de muerte para el asesinato, supongo que sería tu siguiente propuesta.

D

#17 Por el derecho a una segunda oportunidad, redimirse y ser agentes útiles de la sociedad y no convertirlos en desechos.

D

#82 el derecho a la segunda oportunidad? Cuál es ese derecho? Qué se sientan útiles en la cárcel, pero quién mata sabiendo lo que hace a otra persona debe sufrir un castigo en consecuencia, de por vida.

#86 porque quién daña consciente y gravemente a otro está haciendo algo más grave que robar o estafar.

#96 pues se cambia y listo.

earthboy

#17 ¿Y a un ladrón?, ¿y a un estafador?, ¿y a un prevaricador?
¿Por qué no a todos los que incumplan una ley?

D

#17 Para mi ninguno, porque un violador es difícilmente reinsertable, pero para un sistema judicial que prima la reinserción hay muchos problemas.

D

#17 ¿Y porqué no le metemos un tiro en la nuca que sale más barato.?

Yo es que alucino con los niñatos con un teclado en la mano. El problema es que tu no eres una niñata.

Y si eso funciona, es decir, si metiendo cadenas perpetuas por violación disminuimos los delitos porqué no lo hacemos también con el robo, las infracciones de tráfico o mirar fijamente a las mujeres. Por supuesto el asesinato también sería cadena perpetua.

Claro que todos los delitos tendrían que ir en proporción. Delito ambiental 20 años de condena. Amenaza 10 años.

Y claro si por violación es cadena perpetua y por asesinato también... blanco y en botella. me la cargo y así no me puede denunciar.

En fin...

D

#17 En problema es que tú no buscas justicia o rehabilitación, sino venganza. Y el sistema penal no es para eso.

D

#11 Está sobradamente demostrado que endurecer las penas no sirve para nada. Se conoce como relatividad subjetiva. El impacto de ir a la cárcel por tres años es mucho más significativo que el impacto de subir la condena de tres a cinco y mínimo si es de cinco a siete. Cuando realmente estamos hablando del mismo periodo.

D

#72 Legislativo, joder. Que con tanto escribir tantos mensajes me he acabado liando yo jaja.

m

#79 Edita porque vas a confundir a la gente que pretendías educar.

D

#52 Claro, QUERÍA EL CONTACTO SEXUAL DROGADA, INCONSCIENTE, SIN CONDÓN Y QUE LE ROBARAN.

Vete a tomar por culo.

E

#64 HE DICHO YO ESO? NO. LO DICES TÚ Y DESPUES TE CABREAS POR TUS PROPIAS PALABRAS???

Primero aprende a leer, y después, vete tú, que seguro que lo disfrutas mas que yo.

Conde_Lito

#73 Una persona que se prostituye tendría que ser jurídicamente hablando una persona vulnerable a todos los efectos, ya que su profesión hace que estas sean más vulnerables respecto al resto de gente que no desempeña la prostitución.

Otra cosa es que no se contemple tal cosa y los jueces juzguen como les marca la ley, que es su deber claro está.

D

Una persona que no solo ha violado, sino que ha planeado la violación (puesto que llevaba la droga consigo), ha anulado por completo la voluntad de su víctima, la ha expuesto a un posible contagio de ETS/embarazo (no usó condón) y le ha robado... 5 añitos de cárcel. Puta vergüenza de sentencia judicial.

DangiAll

#14 Mira, ahí tienes razón, y si la fiscalia hubiese pensado como tu, y hubiese añadido a la violación, el posible contagio de ETS, como un riesgo para la salud, quizá lo podrían meter mas tiempo en la cárcel.
Delitos contra la salud publica.

La sentencia se queda corta, pero es justa con las leyes actuales.

musg0

Entiendo que si no hay violencia no hay violación legalmente, pero ¿No deberían meterle entonces unos años más por drogar a alguien sin su consentimiento con la intención de abusar de ella?

themarquesito

#3 En este caso se tendría que aplicar el artículo 181 del CP:
1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
2. A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.

[...]
4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.
5. Las penas señaladas en este artículo se impondrán en su mitad superior si concurriere la circunstancia 3.ª o la 4.ª , de las previstas en el apartado 1 del artículo 180 de este Código.

Concurre además la circunstancia 3 del punto 1 del artículo 180:
3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183.

Con lo cual, la pena tendría que ser de entre 7 y 10 años por la violación, a lo que hay que sumar la pena por robo

D

#5 Al hecho de retenerla y drogarla sin su consentimiento, no hay ley que se pueda aplicar, pregunto ya que veo que no se tiene en cuenta.

L

#241 No, la pena tiene que ser la misma que en cualquier otro caso de abuso sexual con uso de drogas de por medio (y encima sin condón). Y eso es independiente de la razón por la que quedaba con esa persona.

Porque una persona inconsciente NO QUIERE tener sexo. No quiere. Y no quiere porque una persona inconsciente no tiene voluntad.
Entonces ¿Qué coño importa si ella había quedado con él para practicar sexo o ha quedado con él para hacer macramé? La ha drogado, ha anulado su voluntad y la ha violado (porque además, durante el acto ella también tiene derecho a decidir si quiere determinadas cosas o no).
Es un caso de abuso sexual con uso de drogas.

Y lo que dice la ley es lo que dice #5

A ver si te crees que quien se dedica a la prostitución deja de ser persona y puede ser penetrada en cualquier circunstancia, consienta en ese momento o no, sólo por ser prostituta.

daTO

#3 pues yo entiendo que introducir sustancias en tu cuerpo sin avisarte es un acto de lo más violento,

D

#39 Ya, pero partirte los dientes y cortarte un dedo es más violento, y para reflejar eso hay dos tipificaciones distintas.

D

#39 Fumadores pasivos enfurecidos!!

#39 Empiezas por ahi y un parpadeo después te encuentras con que abrirle la puerta a una mujer es violencia y votar es terrorismo.

vacuonauta

#117 esa es la definición de diccionario, la que cuenta es la jurídica.
cc #133 #39

D

#3, no, tanto en abuso (sin violencia) como en agresión (con violencia) puede haber violación. Pero el segundo judicialmente es más grave que el primero.

S

#47

La violación como delito solo existe si hay violencia o intimidación.

A no ser que hables del término "violación" de forma coloquial como acceso carnal sin consentimiento

E

#3 La intención de drogarla no era para el contacto sexual, era para NO PAGAR y ROBARLA. El contacto sexual ya estaba acordado.

D

#58 Acordado como transacción económica. Si no, no hubiera habido contacto sexual y por lo tanto fue sin el consentimiento de la mujer violada.

Tócate los cojones con la peña como tú. Pero, oye! que en la deriva hacia la extrema derecha de VOXEAME igual hasta te lo compran.

E

#77 Evidentemente, la drogó porque no quería pagar por el revolcón... Y por eso ha sido condenado a 4 años.

Tocate los cojones con la peña como tú. Que primero te imaginas lo que pienso y despues me lo discutes!? Oye, la proxima vez avísame antes y dime que opino y asi me ahorro el escribir, ya lo haces tu todo!

U5u4r10

#58 Estás poniendo al mismo nivel un contacto sexual consciente con uno inconsciente.

Conde_Lito

#3 Sí es violación, pero sin fuerza y/o intimidación, lo que se conoce como abuso sexual. Agresión sexual, sería violación con intimidación y/o fuerza.

Lo que no entiendo es por qué han aplicado la pena en la mitad inferior cuando deberían haberlo hecho en su mitad superior.
Tiene pinta de que para el juez una prostituta no es una persona vulnerable, aunque por el trabajo que desempeña debería serlo.

Lógicamente ahora viene el tema de las comparaciones con otros casos relacionados como el de la manada, la única forma de que a los de la manada les impusieran la condena de abusos sexuales en su mitad superior es si la denunciante era especialmente vulnerable (3ª) o si ha habido una relación de parentesco entre la denunciante y los de la manada (4ª) cosa que no es así ya que no son familia.


Artículo 181 del Código Penal
De Los Abuso Sexuales.

2. A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.

4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.

5. Las penas señaladas en este artículo se impondrán en su mitad superior si concurriere la circunstancia 3.ª o la 4.ª , de las previstas en el apartado 1 del artículo 180 de este Código.

Artículo 180 del Código Penal
De las Agresiones sexuales.

3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183.

Supercinexin

Queda claro entonces que antes de penetrar a nuestras víctimas hemos de drogarlas para rebajar la pena en caso de que nos pillen.

Este juzgado acaba de regularizar, por medio de jurisprudencia, el uso de narcóticos para violar. Darle burundanga a vuestras hijas en la discoteca es ahora garantía de reducción de pena.

Jrandes hay en España, sí. Un dechado de empatía, humanidad, justicia y aplicación lógica del derecho. Todo un ejemplo.

D

#30 pasa por el poder ejecutivo
¿Por el ejecutivo o por el legislativo? roll

baskerville

#72 Es que en España no se distinguen muy bien

D

#74 Por eso mi emoji

M

#30 La ley es así pero deberían penar de igual forma pegarle una hostia que drogarla para violarla mientras duerme.

a

#30 "La sentencia no refleja en sus argumentos por qué apuesta por la condena menos grave para esta versión de los abusos sexuales con penetración – que arranca en los cuatro años y llega hasta los diez – pero sí especifica que le impone la pena “en su tramo mínimo”, la mitad de lo que había pedido la Fiscalía."

"La sentencia refleja cómo la Fiscalía terminó solicitando una condena de más de nueve años de cárcel por abusos sexuales en sus conclusiones definitivas, al final del juicio, pero también cómo en un primer momento lo hizo por violación en su escrito de conclusiones provisionales."

Igual Supercinexin ha leído esto en la noticia a la que lleva el enlace.

batiscafo

#30 Ya ni distinguimos qué es la separación de poderes.. Será que no la hay.

Endor_Fino

#30 Yo atacaría también a los que tienen cabeza y no parecen pollos. Igualdad para todos.

E

#7 Muy bien! Acabas de descubrir la Rueda! ¡¡¡PREMIO PARA EL SEÑOR!!!

SÍ. La VIOLENCIA es un agravante. CUALQUIER DELITO realizado mediante violencia es mas grave que si es realizado sin ella...

TE PARECE MAL???... Por favor, EXPLICAME porque, según tú, la violencia no debe ser castigada, ni afectar a la pena.

D

#85 Perdón por el negativo. Me confundí.

D

#85 Chiquillo, estás intentando aplicar la lógica y la razón en temas dogmáticos.
Necesitas pasar más horas con el hipnosapo a ver si dejas de decir estas cosas.

D

#7 Es lo mismo para el robo. Si no hay violencia es hurto y lleva menos condena.

pacoss

#90 Si, en este caso tenemos una palabra para cada cosa. La pena la definirá el valor de lo robado y el grado de violencia en dicho robo, es un agravante.

En el caso de #0, también. Abuso es sin violencia y violación es con violencia. Y tienen diferentes penas. Y esas penas las define el poder legislativo, nuestros políticos, y los jueces aplican un código escrito.

L

#7 cuanta ignorancia en un solo comentario, gensanta...

gringogo

#135 ¡Ah, claro! Que si no lo recoge la RAE, no es correcto... Pues va a ser que no: https://diccionario.leyderecho.org/agresion/#Definicioacuten_Baacutesica_de_Agresioacuten [[ la definición de Agresión proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es:

En el sentido lato es toda acción contraria al derecho de otro: y en sentido estricto, la acción o efecto de acometer, de atacar. Así, en Derecho es el ataque, el acometimiento dirigido violentamente contra una persona para causarle algún daño en sus bienes, para herirla o matarla.
]]

Es decir que los jueces no el ejecutivo ni el legislativo como dijo #7 ; son los únicos (por lo menos, últimos) responsables. Pudo ser interpretada en sentido lato. No lo hicieron. CC #133

Edit- Yo no "sé leer la RAE"...

thingoldedoriath

#7 La Audiencia Provincial condena por abusos a un hombre que drogó a una mujer para después violarla.

Las sentencias de las audiencias provinciales no sientan jurisprudencia.
Para eso son necesarias varias sentencias del Tribunal Supremo; un pronunciamiento del TC o una sentencia de un tribunal supranacional, como la sentencia del TEDH de Estrasburgo sobre la Doctrina Parot.

D

Drogar a alguien contra su voluntad es agresión y es violencia.

Si la ha drogado para violarla, es violación (agresión sexual) sin lugar a dudas.

Si hay consentimiento para el sexo, pero la ha drogado para no cumplir su parte del acuerdo, se necesita más información:

Si primero la droga y luego tiene sexo, yo opino que es violación, porque la despoja de la capacidad de poner fin al acto sexual en cualquier momento, salvo que sea esa la actividad sexual que han consensuado: tener sexo con una mujer inconsciente.

Si primero tienen sexo, y luego la droga para no pagarle, no es violación. Será algún tipo de delito económico no sexual.

b

#10 Drogar a alguien no es violencia. Paro de leer. Retorcer las palabras es el camino de la demagogia y la falacia.

D

#34 ¿Envenenar a alguien es violencia?

D

#37 No, es homicidio o asesinato según otros factores, pero no es violencia.

D

#94 #95 no he dicho que la persona envenenada haya muerto.

He envenenado a mi jefe, con una dosis muy baja a posta, y estuvo con dolores y nauseas pero no ha muerto ni le han quedado secuelas. No es intento de asesinato porque calibré la dosis, para que rabiase de dolor y sobreviviese sin secuelas.

¿No me puede acusar por agresión?

P. D. Es una historia de ficción.

D

#97 No, te acusaran de delito contra la salud publica o similar, no de agresión.

E

#97 jajajaja... Me alegro por la posdata!... Si no, habria sido preocupante.

Efectivamente, como decia un compañero, te acusaran de delito contra la salud publica, o algo asi, no sé... pero si no utilizaste la fuerza para hacerselo tragar, no habra agresión.

E

#37 No. Eso es asesinato u homicidio. Puede ser con violencia, con ensañamiento, accidental, por omisión, por negligencia, etc...

No entendeis que la agresión es un acto en si mismo?

fugaz

#34 Llámalo como quieras, es como poco igual de malo, tiene el mismo objetivo, y debe tener la misma condena.

O la ley está mal redactada o la interpretación de los jueces es incorrecta, o ambas.

M

#34 otro ejemplo: y si le sacas la navaja o la pistola y ella accede (sin prestar resistencia) ya no hay violencia.

O

#51 la ley sí que equipara las amenazad a la violencia creo

kmon

#51 sacar la navaja es intimidación, y de cara a tipificar un robo con violencia es lo mismo que usar la violencia

m

#34 Sin entrar al tema de la noticia, sólo como discusión respecto a lo que es drogar o no es... Según qué entiendas por violencia drogar sí podría considerarse como tal, por ejemplo según esta definición sí lo sería https://es.wikipedia.org/wiki/Violencia

A mi particularmente la acción de drogar o envenenar a otros sí me parece violencia. Si en un restaurante cocino carne en mal estado a propósito para envenenar a los clientes, o si echo cualquier sustancia peligrosa en el suministro de agua... para mí eso son actos violentos. Igual que la violencia psicológica, la que cometen los estados sobre sus ciudadanos y muchas otras cosas más.

Lo que no quita que en términos jurídicos drogar a alguien no sea una agresión.

D

5 años, pero en realidad a los dos ya está de nuevo en la calle, en libertad condicional, no vaya a ser que frustremos al muchacho

R

Cuando la víctima es un hombre : 'me echaron droja en el cola cao'. Risas. Escasa relevancia.

Cuando es una mujer : Intolerable. Manifestaciones. Endurecer las leyes.

D

#44 es que reirse de un putero tiene su punto, no me digas que no

D

Vaya hijo de político.

D

Creo que el la tipificación del delito contra la libertad sexual hay un problema, no entre abuso y agresión, sino en lo que se entiende por violencia. Drogar a alguien contra su voluntad para violarle es una forma de violencia, evidentemente no es lo mismo que moler a palos, y no merece la misma condena, pero de alguna forma tiene que castigarse. El juez tiene en su mano aplicar una pena entre 4 y 10 años, si aplica solo 1 por encima del mínimo para mi no está actuando bien. Hago notar que la agresión sexual tiene penas de 6 a 12 años, por lo que es posible penar un abuso por encima de una agresión (como de hecho les ha ocurrido a los de la manada si comparamos sus penas con otras por agresión sexual)

thingoldedoriath

#89 El juez tiene en su mano aplicar una pena entre 4 y 10 años, si aplica solo 1 por encima del mínimo para mi no está actuando bien.

Sin embargo, tiene un significado muy claro; porque en "5 años o más" es una especie de "semáforo" en las penas de privación de libertad (tal y como aparecen en el CP y la LEC).

Por ejemplo, si la condena es de 4 años y 10 meses, el condenado puede acceder al tercer grado penitenciario en cualquier momento (incluso en la primera clasificación a los pocos meses de entrar en prisión).
Al poner la pena en 5 años, las juntas de tratamiento de las prisiones ya no pueden hacer ese tipo de cosas... porque la ley dice que al ser la condena de 5 años o más, el condenado ha de cumplir la mitad (1/2) de la condena antes de poder solicitar la progresión a tercer grado penitenciario.

falcoblau

Lo curioso de este caso no es la administración de la droga y la posterior violación, sino que fue realizado a una prostituta por lo que no necesitaba drogar a nadie para tener relaciones sexuales...
Por lo que la única forma de entender el suceso es que el hombre era un simple ladrón que utilizo la droga para robarle y de paso tener sexo gratis.
No creo que sea un caso propiamente de "machismo" si no de un delincuente sin escrúpulos que ademas es "Tonto" puesto que si solo se hubiera preocupado de robar el dinero, la sentencia (si le pillan como a sido el caso) seria mucho menor!
y luego con lo robado se podía ir de putas (ironías de la vida)

D

#80 la única forma de entender el suceso es que el hombre era un simple ladrón que utilizo la droga para robarle y de paso tener sexo gratis

Un "simple ladrón" te da un tirón al bolso, no te droga y te viola. No sé qué necesidad hay de blanquearlo.

D

Estos titulares sensacionalistas funcionan. ¿Podemos ya ir a casa del tipo ese a lincharle y colgarlo de una farola

tatankas

#70 Si, pero hay que drogarlo antes no vaya a ser que lo consideren violento.

D

Comer bien y sanamente NO ES RENTABLE EN NUESTRA SOCIEDAD NI PARA LA INDUSTRIA ALIMENTARIA Y AUN MENOS PARA BIG FARMA Y COMO LOS QUE MADAN SON LOS QUE TIENEN PASTA YA TENEIS VUESTRA REPUESTA

D

#20 "Manzanas traigo" Definición gráfica.

D

#24 Meti la patta este comentario no estabá destinado a este hilo

d

Vamos a desalojar a las feministas en mayo, o en octubre, cuando el okupa nos deje votar claro. Como saben eso, van a hacer todas las perrerías posibles. Prohibir la prostitución, más dinero para sus correligionarias y meter toda la doctrina que puedan. Cuánto más daño hagan, más fuerte será VOX. tic-tac tic-tac tic-tac tic-tac.

Feindesland

Técnicamente es un impago, parece...



La tía no se niega al sexo con él, sino que es una cuestión de precio. No me he leído esta sentencia, pero hablo por otra que conozco... Ya sé que parece coña, pero no lo es.

Feindesland

#6 Lo se´... Lo sé... Lo del robo y lo de drogarla va aparte, y creoq ue de ahí viene la mayor parte de la condena. Por eso nos extraña que la condena sea tan baja, ¿no?

E

#6 Lo que no has leido es que la victima QUERIA EL CONTACTO SEXUAL pero a cambio de dinero, no gratis.

La sentencia es correcta.

L

#52 Una persona inconsciente no tiene capacidad para dar consentimiento.
Así que NO fue sexo consentido, da igual lo que hubieran hablado antes, lo que importa es si durante el acto ambas partes consienten las prácticas que realicen.

L

#268 Vamos a ver, te repito de nuevo que no he valorado el trabajo de los jueces en ningún momento, ni he dicho si la condena es alta, baja o mediopensionista.

No lo he hecho en ningún momento.

Lo que sí he contestado es a una serie de comentarios que argumentaban que la condena era la que era porque la víctima quería el contacto sexual.

Y luego te puedes desdecir todo lo que quieras, pero aquí tienes tu comentario #52:
"Lo que no has leido es que la víctima QUERIA EL CONTACTO SEXUAL pero a cambio de dinero, no gratis.

La sentencia es correcta."

Luego también dices que no es un ligue de discoteca, sino una prostituta, y que el móvil es el robo, no la violación (te remito a #238 para que te leas).

Ahora no, ahora resulta que es porque no la ha agredido.
Matizando, matizando...

Quien se ha dedicado a hablar del tamaño de la condena eres tú. Yo no he hecho más que decir que si hay acceso carnal sin consentimiento, es violación, y si no hay consciencia, no puede haber consentimiento.
Así que justificaciones en detalles como que ella era prostituta, que es que habían acordado mantener relaciones, y demás (que es lo que tú has estado argumentando hasta ahora) están de más, puesto que, repito, hablamos del abuso de una mujer drogada.

Puedes volver a salir con obviedades como que no es una agresión sexual (algo diferente cuyas penas tienen un rango distinto al de abuso sexual), que tendré que volver a repetirte que no estamos hablando de eso, sino de tratar de blanquear un abuso sexual porque ella había acordado un encuentro.
Y tendré que volver a remitirte a tus propias palabras. Que se ve que de memoria andas regular.

L

#272 ¿Atreverme a tener opinión o a decirla? ¿Qué es esto? ¿Un reto? ¿Qué edad tienes?
lol
No hay por qué tener una opinión de todo, a lo mejor te descubro algo nuevo porque estás acostumbrado a opinar sin saber. Pero así es: no es necesario tener una opinión de cada cosa que se lee.
Y vamos, en internet hay anonimato, así que lo de no atreverme a dar una opinión es absurdo.

A mí no me toca defender nada, eres tú quien tiene que argumentar por qué en este caso las circunstancias de la víctima sí pueden utilizarse como atenuante de la condena (que es lo que tú afirmas que ha sucedido), en lugar de ser precisamente un agravante, que es lo que 5 apunta:
"Concurre además la circunstancia 3 del punto 1 del artículo 180:
3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183."
Dado que las prostitutas están dentro de ese grupo especialmente vulnerable.

Eres tú quien ha afirmado una y otra vez que es eso lo que han tenido en cuenta a la hora de dictar sentencia.
Es quién hace la afirmación quien debe defenderla, no inviertas la carga de la prueba.

Yo ya te he dicho que independientemente de lo que se acordara mientras la víctima estaba consciente, una vez privada de voluntad por medio de la droga, la violación es exactamente igual a otra en la que la víctima haya sido drogada, ya que en ambos casos quedan sin capacidad para dar o retirar el consentimiento (cosa que puede suceder en cualquier momento del acto), o para acceder o rechazar realizar determinadas prácticas.

Y ya he defendido mucho más que tú, que no has hecho mas que desdecirte, tirar balones fuera, crear hombres de paja y desviar la conversación.
Supongo que eres tú quien no tiene capacidad para defender tus propias palabras.
Las tuyas.
Las que dijiste en #52, y que te he tenido que copiar.

Tú sabrás por qué.

D

#2
Técnicamente, tu comentario es basura, troleada, una vergüenza.

D

#40 Para un segundo y vuelve a leer despacio el comentario al que estás respondiendo.

RoyBatty66

#2 Luego os quejáis si os llaman hijos de la gran puta

p

#2 menudo retrasito

D

#2 Si voy a tu casa, a comprarte la tele de segunda mano que anuncias, te drogo y robo tus cosas, ¿sería un impago porque no nos aclarábamos con el precio de tu tele?

kmon

#2 negativo por no leer

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