Publicado hace 1 año por pedrario a observatoriogalileo.blogspot.com

En este artículo vamos a tratar de comparar las penas antes y después de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, también conocida como "ley del sólo sí es sí" [1]. La comparación se realizará con el último texto publicado del Código Penal antes de la publicación de la Ley Orgánica 10/2022 [2].

Comentarios

i

#7 serán asesoras. Del comando charos

D

#16 charosesoras lol

c

#3

Es que no dan para más.

Repitiendo esto (y siendo churri de Pablete la Montero), les han dado un Ministerio y solucionado la vida.

¿Por qué van a cambiar?

Atusateelpelo

Al becario no le gusta este meneo. No vaya a ser que aclare algo...

javierchiclana

3 negativos ya para un meneo muy aclarador y neutral

D

Menuda campaña... la "derecha mediática" debe andar muy,nerviosa para montar semejante follón.

Ahora todos jurispruyos.

koe

un artículo con tablas comparativas para ver que a pasado...interesante
al final va a ser que todo era cambiar la semántica... y ha salido como ha salido...

jobar

#2 Quitando que todo el artículo es un si mi abuela tuviera ruedas sería una bicicleta, porque no para de decir que a ver qué dice el supremo este artículo hace un ejercicio buen intencionado pero inútil, ya que la ley no cambia la pena de cada uno de los delitos por otra distinta como se ve en la tabla, si no que "fusiona" dos tipos penales distintos para crear uno nuevo, con requisitos y penas distintas a los anteriores. Es decir, que las condenas realizadas por los delitos anteriores no se pueden traducir automáticamente al nuevo delito nuevo. Así que es ahora el Supremo el que tiene que resolver si se hace borrón y cuenta nueva nueva o en qué casos no.

D

#0 qué extraño; negativos a mansalva. Meneada

Elduende_Oscuro

Vaya, a menearla, que los guardianes de la ideología la quieren censurar.

D

Ella no va a soltar la poltrona, está claro, pero al menos por un mínimo de dignidad pedro Sánchez debería echarla.

javierchiclana

¿De verdad no saben que cuando hay un cambio en el CP que beneficie al reo tiene derecho a retroactividad?... yo lo sabía y sé nada de Derecho.

I

¿Como es posible que los únicos delitos por los cuales suben las penas máximas solo pueden ser ellas las víctimas y ellos los agresores?

jdmf

Las diferencias no son tan escandalozas como las pintaban, pero de todos modos, más que las penas entiendo que la idea es que no haya reincidencia. ¿Qué más da que a un sentenciado le hayan caído 30 años si luego sale y vuelve a tocarle el culo a la primera piba que encuentra? Estaría mucho mejor apoyado con reinserción psicológica, o psiquiátrica,...

MAD.Max

"abuso" les sonaba a poco y quisieron meter todo en agresión, haciendo la horquilla más grande

t

Resumiendo, han reducido las penas mínimas en todos los casos salvo uno, que se ha mantenido, y han subido las máximas sólo en el caso de agresión a mujeres cuando tienen relación sentimental con el hombre.
No le acabo de ver sentido.

Irene, la que come pene?