Hace 10 años | Por warneryza a ambientum.com
Publicado hace 10 años por warneryza a ambientum.com

El borrador del Real Decreto de Autoconsumo presentado por Industria señala entre sus objetivos la intención de impulsar la creación de instalaciones de autoconsumo como un mecanismo para el desarrollo de un sistema eléctrico más distribuido que el actual. Se trata, sin embargo, de una norma calculada milimétricamente para hacer inviable el autoconsumo en un país como el nuestro con el mayor recurso solar de toda Europa.

Comentarios

t

#17 no te das cuenta q el estas confundido eres tu? Leete el borrador

D

#1 PArece que no te has enterado lo que es el autoconsumo, te cito: "impide la conexión a la red de cualquier tipo de sistema de almacenamiento que pudiera verter posteriormente energía a la red. Esto supone que aunque técnicamente es posible, para el usuario se impide bajo la amenaza de fuertes sanciones el usar estos sistemas para eliminar puntas de consumo."

En ese caso no eres un autoproductor para autoconsumo, eres una empresa mas de generación para la venta de energia.
Produces tu energia y almacenas la sobrante para cuando no generas, no la almacenas para venderla en las horas de energia mas cara.

Otro error: "graba la potencia contratada, y la graba en puntas, no en medias" la potencia contratada es fija, no es ni en punta ni en medias.

t

#5 Es simplemente un error al escribirlo. Falta poner detrás de "verter posteriormente energía a la red" un "interna" con lo que la frase quedaría como sigue: impide la conexión a la red de cualquier tipo de sistema de almacenamiento que pudiera verter posteriormente energía a la red interna.

Este sistema es una parte de las posibilidades que ofrece la generación asistida. Una aplicación, almacenar la energía en una SAI o en un sistema de baterías para su uso asistido en ascensores domésticos. El uso de estos equipos es muy limitado pero marca el término de potencia que hay que contratar a la compañía eléctrica. Si se pudiera limitar la potencia que se usa de la red en el funcionamiento del ascensor, ayudándole con baterías, se reduciría enormemente el término de potencia.

Respecto al otro error que comentas, depende el contrato que tengas. En los contratos domésticos hay un ICP que impide que te pases de potencia. En los contratos industriales, aparte del contrato que puedas tener con la compañía, el término de potencia se aplica sobre la punta del mes. Puedes pasarte el 99% del mes con una potencia, que si durante unos minutos estás demandando una punta, se te aplicará el término de potencia sobre la máxima medida por maxímetro.

powerkoala

Buscando vías para puentear/desobedecer la reforma:

- Desconectarte de la red montando una instalación fotovoltaica aislada (legal pero inviable técnicamente para algunos casos-ej. casas con tejados pequeños-).
- Montandote la instalación fotovoltaica para autoconsumo, pero no notificandolo y así no pagas peaje de respaldo, ahora con la nueva ley esto es ya ilegal, pero dependiendo del sitio ¿cómo te van a pillar? ¿van a mandar al helicóptero de la policia a ver quien tiene placas en su tejado?
Generar con fotovoltaica si no viertes excedentes a la red es como desconectar el tostador (supone descenso de tu consumo y ya está). Dimensionando la instalación para cubrir tu consumo base (en general todos tenemos un consumo base las 24 horas de al menos 200-400W entre Stand-by's, router y frigo) es díficil que tengas excendentes y viertas a la red ni un kWh, pero si lo vertieses sólo te podrían pillar si tienes un contador inteligente (de los nuevos), y eso sí tu distribuidora decide gastar tiempo y dinero en registrar todas esas incidencias, que sinceramente lo dudo. Y en el caso que se decidieran a multar a alguien, ¿irán a por el usuario doméstico, que mucho podra verter al mes unos pocos kWh?

warneryza

#2 no descarto yo tampoco lo que dices del helicóptero de la policía, sólo que a su manera: Endesa usará drones http://noticias.lainformacion.com/catastrofes-y-accidentes/accidentes-aereos-y-espaciales/endesa-usara-drones-para-revisar-las-lineas-electricas_KgFIHDfgnXC1S0DuVpD2R5/

powerkoala

#3 ....ummm claro.... drones que rima con La-drones.

D

#2 Lo segundo que dices es absurdo, o tienes un contrato de suministro donde pagas por la potencia contratada, o tienes un contrato de autoconsumo donde pagas por la potencia de respaldo.

En el caso que pones pagarias por la potencia contratada, pero no te descontarian la energia vertida.

Lo lógico es tener un contrato de autoconsumo, pagar por potencia de respaldo y que te descuenten la energia vertida a la red.

t

#6 El problema del impuesto denominado potencia de respaldo es que te graban desde 4 hasta 6 € el MW·h. teniendo en cuenta que pagas por la energía unos 12 € MW·h, pagar ese impuesto supone que la mitad de lo que autoproduces se lo pagas como peaje de respaldo a la compañía eléctrica, multiplicando consecuentemente por 2 el tiempo de amortización de la instalación de autoconsumo.

D

#8 Parece que no te has leido el RD http://www.meneame.net/go.php?id=1974689
En un contrato de suministro pagas por el canon de potencia contratada Kw (no Kwh como pones, eso es consumo o generación), y aparte pagas por la energia consumida Kwh.

En un contrato de autoconsumo pagas por la potencia de respaldo Kw y por la energia consumida (la recibida menos la volcada a la red).

Confundes energia con potencia: Tu potencia de respaldo serán 5 Kw y tu potencia instalada de autoconsumo otros 5 Kw.
Y tu instalación de autoconsumo generando solo 100 horas al mes (en verano) producirá 500 Kwh, de estos la parte que vuelques a la red serán los que te descuenten.

PD El RD de autoconsumo es para consumos domesticos, no es para instalaciones industriales

t

#12 No hay ningún error. Tu pagarás el término de potencia que tengas contratado con la compañía eléctrica para el suministro. Como la energía solar no es gestionable, no podrás disminuir el término de potencia.

Adicionalmente pagarás el peaje de respaldo sobre la ENERGÍA que autoproduzcas, y en la página 13 del borrador tienes a cuanto te ascenderá la broma.

Por otro lado, el peaje NO SE CONTEMPLA únicamente sobre lo vertido a la red sino POR EL TOTAL DE LA ENERGÏA AUTOPRODUCIDA, aunque se trate de instalaciones sin vertido a la red. (Punto 2 en la página 3)

PD El Decreto no es para consumos domésticos, no hay limitación de potencia. Únicamente se contempla que se aplicará el RD 1699/2011 a las instalaciones de menos de 100 KW (domésticas e industriales) y la normativa general para el resto de instalaciones (artículo 3 del RD).

Ahora haz el cálculo económico. Una instalación solar, por muy barata que te cueste, te va a producir a una media de 15 c€/KW·h. Súmale 6 más para la compañía eléctrica por el peaje de pernada, perdón, de respaldo, y ya te sale a 21 c€/KW·h... antieconómica.

D

#14 Sigues sin enterarte y vualves a confundir los terminos:
- Tu pagarás el término de potencia de respaldo que tengas contratado con la compañía eléctrica para el suministro.

"Como la energía solar no es gestionable, no podrás disminuir el término de potencia." Churras merinas:
Tu potencia de respaldo de un contrato de autoconsumo como mucho será la misma que antes tenias contratada como potencia de suministro en un contrato de suministro, y como no se usa siempre la de respaldo por eso mismo vale menos que la potencia de los contratos de suministro.

Lo otro a lo que te refieres no es al contrato individual de un autoconsumidor, para facilitar algo similar a las cooperativas de productores se crea una figura nueva que es la de los Consumidores Asociados (titulo IV). Esto no tiene nada que ver con los autoproductores individuales.

En esta si optan por la modalidad de venta de energia excedentaria en vez de compensar saldos, en el contrato tiene que aparecer "que consume energia procedente de una instalación de una instalación de generación conectada a su red interior"

En ningún sitio dice que tienen que pagar a la comecializadora por la energia que producen. Solo pagan por la energia que les suministra la comercializadora (art 14.2) y por la potencia de respaldo.

Y lo de los mzximetros no es aplicable a los contratos domesticos al ser de < de 100 KW

t

#15 leete el borrador de RD. Eso q llamas "potencia de respaldo" no existe, se denomina "peaje de respaldo" y se pagará por la ENERGIA autoproducida, se consuma integramente o se vierta parcialmente a la red, y el montante a pagar a la DISTRIBUIDORA, no a la comercialixadora, en por KWh producido, y aparece la propuesta de tarifas tanto para BT como para AT en 6 periodos de facturación

D

#16 Nada a tu bola y sigue confundiendo potencia con energia.

powerkoala

#6 Según he oido van hacer el balance neto por tramos horarios, por lo que prácticamente no te vas a poder descontar (o que te paguen) prácticamente nada porque tienes que tener excedentes de generación y consumo de red dentro de la misma hora.

Habría que hacer cuentas para cada caso, pero creo que si ponen finalmente el balance neto horario, el contrato de autoconsumo no trae cuenta y es mejor hacerlo ilegal, sobre todo si dentro de un tiempo vuelve a subir el término variable de la factura eléctrica.

D

#9 Eso es erroneo, lo que dide el borrador es que los contadores tienen que hacer las mediciones cada hora y al final de mes se suma todo lo consumido y todo lo vertido para los que no tengan distriminación horaria (dia/noche), la inmensa mayoria, o por grupo de horas para los que tengan discriminación horaria, tal como se hace en la actualidad. Real Decreto de Autoconsumo (Propuesta, PDF)

Hace 10 años | Por MeneanteViajero a aeeolica.org

powerkoala

#10 Lo estoy releyendo, y de verdad ójala sea como dices, pero dice " A efectos de facturación, y cuando sea necesario realizar los saldos netos horarios, esos se obtendrán como sumas parciales de las medidas horarias de producción y consumo".

Yo interpreto la frase, tal que si de 9 a 10 de la mañana estuviste generando siempre por encima de tu consumo, es decir vertiendo a red excendentes durante toda la hora, no te los podrás descontar de ningún consumo, puesto que de 9 a 10 no tuviste consumo. Creo que es ahí donde está el truco (en lo de sumas parciales), y por eso pienso que trae cuenta hacerlo ilegalmente, pero ójala me equivoque.

piper

Me temo que tienen miedo a que mucha gente se apunte al autoconsumo y no quieren dar facilidades para venderles los excedentes. Los que mandan siguen siendo las grandes compañías eléctricas que quieren mantener su monopolio.