El Ministerio de Trabajo ha aclarado esta tarde las excepciones que contempla el Real Decreto, que entró en vigor ayer, por el que se obliga a las empresas a registrar la entrada y salida de sus trabajadores. Aunque la norma se aplicará a la totalidad de los trabajadores, independientemente de su categoría o grupo profesional, a todos los sectores de actividad y a todas las entidades sin importar su tamaño, sí que quedarán exentos del registro los altos directivos de las empresas, los autónomos y los trabajadores de cooperativas.
Comentarios
Me pregunto si los médicos de la sanidad pública tienen que fichar también cuando trabajan 36 horas seguidas por las guardias.
#2 Vamos a ver, la picaresca de los españoles es ampia y diversa.
#2 A los médicos de la pública no se les aplica el Estatuto de los Trabajadores.
#6 ni los derechos humanos
#6 Y de eso me quejo.
Desde la propia administración se defienden y protegen los derechos de los trabajadores en la empresa privada pero a los trabajadores de la administración pública que les den.
Es una vergüenza.
Siempre se olvidan de los Borbones.
Otra demostración de que la ley no es igual para todos.
#3 Muy cierto; aquí o follamos todos o la puta al río, joder con el Preparao...
#3 al final nos toca pagar horas extras y algún remplazo. Que le tenemos de guardia 24/7
Aunque el rey podría considerarse alto directivo
Dupe: Los autónomos que tengan empleados no se libran del control horario
Los autónomos que tengan empleados no se libran de...
abc.es¿ 186 cm se me considera alto directivo?