La Audiencia Provincial de Salamanca ha tenido que absolver a un conductor que el pasado verano fue cazado por el radar a una velocidad de 228 kilómetros por hora en el término municipal de Carpio de Azaba. La curiosa sentencia apunta que ha sido imposible demostrar quién iba al volante por lo que el mismo no tendrá que pagar la multa de 1.620 euros más la retirada del carnet por un espacio de tiempo de al menos dos años.
En un arcén de la A-62 a la altura de Martín de Yeltes (Salamanca), Alfredo F. M., mayor de edad y sin antecedentes, recibió el alto y escuchó la consabida pregunta: “¿Sabe usted por qué le hemos parado?”. Según relataron los agentes en el juicio rápido, el conductor contestó entonces que “más o menos” lo sabía y que les había visto estacionados en el punto donde tenían el control. También asumió que él conducía el vehículo en todo momento e incluso les preguntó por la posible sanción que su exceso de velocidad —108 kilómetros por hora superior al límite— podría acarrearle.
El tribunal de apelación, apoyándose en numerosa doctrina reciente del Supremo, considera que se vulneró la presunción de inocencia del conductor. “Fueron los guardias civiles los que dieron pie al investigado a que respondiese como respondió por medio de la pregunta previa que le hicieron” señalan los magistrados. Según la sentencia, los agentes “iniciaron un interrogatorio, una inquisición, una instrucción o búsqueda de la verdad sobre los hechos (…) que la ley obliga a que, ineludiblemente, vaya precedida de la lectura de derechos respecto del investigado”. Al no haberse hecho así, el resultado de dicha investigación es nulo, afirma el fallo, del que ha sido ponente José Antonio Vega, presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca.
A mi siempre que me han parado por alguna infracción, antes que nada, siempre me han preguntado eso.
En un arcén de la A-62 a la altura de Martín de Yeltes (Salamanca), Alfredo F. M., mayor de edad y sin antecedentes, recibió el alto y escuchó la consabida pregunta: “¿Sabe usted por qué le hemos parado?”. Según relataron los agentes en el juicio rápido, el conductor contestó entonces que “más o menos” lo sabía y que les había visto estacionados en el punto donde tenían el control. También asumió que él conducía el vehículo en todo momento e incluso les preguntó por la posible sanción que su exceso de velocidad —108 kilómetros por hora superior al límite— podría acarrearle.
El tribunal de apelación, apoyándose en numerosa doctrina reciente del Supremo, considera que se vulneró la presunción de inocencia del conductor. “Fueron los guardias civiles los que dieron pie al investigado a que respondiese como respondió por medio de la pregunta previa que le hicieron” señalan los magistrados. Según la sentencia, los agentes “iniciaron un interrogatorio, una inquisición, una instrucción o búsqueda de la verdad sobre los hechos (…) que la ley obliga a que, ineludiblemente, vaya precedida de la lectura de derechos respecto del investigado”. Al no haberse hecho así, el resultado de dicha investigación es nulo, afirma el fallo, del que ha sido ponente José Antonio Vega, presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca.
A mi siempre que me han parado por alguna infracción, antes que nada, siempre me han preguntado eso.
#3 No es curioso. Es una sentencia muy bien fundamentada. La culpa de la sanción fallida no es del juez, que aplica la ley, sino de los guardias civiles, que no lo hace. Podría ser un caso de negligencia profesional. Pero algunos siguen viviendo en otras épocas, más glorias. Otros no se leen las sentencias.
Gracias por esclarecer el hecho.
#16 y estoy de acuerdo en todo lo que dices. Pero también es cierto, y es lo que me resulta curioso, es que siempre que me han parado, lo primero que te dicen (antes incluso que los buenos días) es esa frase. Siempre. Por eso es interesante la noticia, porque en base a esta sentencia, prácticamente se podrían anular todas las denuncias de este tipo.
Esta noticia me recuerda aquella de "si tu debes al banco 1000 euros tienes un problemas, pero si le debes 10 millones de euros el que tiene el problema es el banco". No sé si me explico.
¿Absuelto? en España tenemos un grave problema con la Justicia y con los jueces.
En serio, ¿no se le ha ocurrido a nadie hacer el test de alcohol y drogas a los jueces cuando emiten ciertas sentencias?
Conozco el caso de un grupo que iba en coche y había un control de alcoholemia. Cuando pararon a unos metros del control el conductor, antes de que llegara la policía local, se metió en el asiento trasero junto a 2 personas más. El coche quedó parado y cuando llegó la policía preguntaron por el conductor y ellos dijeron que había salido corriendo.
"La próxima vez que este individuo se ponga a 228 por hora espero que se encuentre al hijo del juez tras un cambio de rasante o una curva sin visibilidad... entonces podrá hacer caso de la doctrina del supremo para resucitarle..."
Comentarios
Ampliación (AEDE) pero que es donde está lo curioso de porqué se le ha absuelto.
https://politica.elpais.com/politica/2018/02/19/actualidad/1519001198_301466.html
En un arcén de la A-62 a la altura de Martín de Yeltes (Salamanca), Alfredo F. M., mayor de edad y sin antecedentes, recibió el alto y escuchó la consabida pregunta: “¿Sabe usted por qué le hemos parado?”. Según relataron los agentes en el juicio rápido, el conductor contestó entonces que “más o menos” lo sabía y que les había visto estacionados en el punto donde tenían el control. También asumió que él conducía el vehículo en todo momento e incluso les preguntó por la posible sanción que su exceso de velocidad —108 kilómetros por hora superior al límite— podría acarrearle.
El tribunal de apelación, apoyándose en numerosa doctrina reciente del Supremo, considera que se vulneró la presunción de inocencia del conductor. “Fueron los guardias civiles los que dieron pie al investigado a que respondiese como respondió por medio de la pregunta previa que le hicieron” señalan los magistrados. Según la sentencia, los agentes “iniciaron un interrogatorio, una inquisición, una instrucción o búsqueda de la verdad sobre los hechos (…) que la ley obliga a que, ineludiblemente, vaya precedida de la lectura de derechos respecto del investigado”. Al no haberse hecho así, el resultado de dicha investigación es nulo, afirma el fallo, del que ha sido ponente José Antonio Vega, presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca.
A mi siempre que me han parado por alguna infracción, antes que nada, siempre me han preguntado eso.
#3 hay que joderse, si siempre preguntan eso.
#3 No es curioso. Es una sentencia muy bien fundamentada. La culpa de la sanción fallida no es del juez, que aplica la ley, sino de los guardias civiles, que no lo hace. Podría ser un caso de negligencia profesional. Pero algunos siguen viviendo en otras épocas, más glorias. Otros no se leen las sentencias.
Gracias por esclarecer el hecho.
#16 y estoy de acuerdo en todo lo que dices. Pero también es cierto, y es lo que me resulta curioso, es que siempre que me han parado, lo primero que te dicen (antes incluso que los buenos días) es esa frase. Siempre. Por eso es interesante la noticia, porque en base a esta sentencia, prácticamente se podrían anular todas las denuncias de este tipo.
Pues si no se identifica... El coche a la prensa.
Tenía entendido que si no se decía quién era el conductor, la multa se la comía el propietario del coche. Parece que estaba equivocado.
El vehículo estará a nombre de alguien, no? O se conducia solo?
He puesto más o menos lo mismo #1
#1 Pues yo paleto de mi pensaba que si te pillaban a 228 km/h ni mult ni leches, que eso era carcel.
Me gustaba pensar que de la imprudencia temeraria extrema poniendo en peligro la vida de los demás no te librabas con billetera...
#4 pues errabas
¿Se sabe a quien (importante) conoce este fitipaldi?
#1 El propietario está obligado a identificar al conductor.
http://aeaclub.org/sanciones-por-no-identificar-al-conductor/
#1 Eso sera administrativamente, una vez que llegas delante de un juez ahi eres inocente hasta que se demuestre lo contrario.
Esta noticia me recuerda aquella de "si tu debes al banco 1000 euros tienes un problemas, pero si le debes 10 millones de euros el que tiene el problema es el banco". No sé si me explico.
Está mal enfocado. Si el estado tuviese a Saul Goodman el coche quedaría encarcelado.
Modo sensacionalista: le querían multar solo por conducir.
¿Absuelto? en España tenemos un grave problema con la Justicia y con los jueces.
En serio, ¿no se le ha ocurrido a nadie hacer el test de alcohol y drogas a los jueces cuando emiten ciertas sentencias?
Conozco el caso de un grupo que iba en coche y había un control de alcoholemia. Cuando pararon a unos metros del control el conductor, antes de que llegara la policía local, se metió en el asiento trasero junto a 2 personas más. El coche quedó parado y cuando llegó la policía preguntaron por el conductor y ellos dijeron que había salido corriendo.
Se libraron de todo.
Por cosas como esta la DGT prefiere recaudar cobrandole a 100 conductores por meterse el dedo en la nariz o ir a 135 en una recta eterna de 120.
Porque esas sanciones se pagan y elementos como este van a recurrir.
leido en los comentarios de la noticia de EL PAIS
"La próxima vez que este individuo se ponga a 228 por hora espero que se encuentre al hijo del juez tras un cambio de rasante o una curva sin visibilidad... entonces podrá hacer caso de la doctrina del supremo para resucitarle..."
Tendrá Nombre Ilustre y muchos cuñados en la judicatura.
Ahí, aplicando el sentido de la justicia. Ojalá existiera el karma.