Una iniciativa, que se desmarca de la oficial, propone a los ciudadanos apelar el derecho de Petición recogido en la Constitución y presentar en el registro de las Cortes la solicitud del voto telemático. La Policía tendría la obligación de acercarse para entregar las peticiones en el registro y devolvérselas selladas a los solicitantes. Si los agentes de seguridad "entorpecen" esta acción, estarían incurriendo un delito y podrían ser inhabilitados de uno a cuatro años según el artículo 542 del Código Penal
Comentarios
No os extrañe que durante la mañana del lunes se apruebe algún decreto que "por fuerza mayor" inhabilite que el martes, día 25, dicho derecho sea garantizado...
Las leyes están muy bien cuando tienen una participación popular, pero actualmente sirven únicamente para seguir asegurándose el nivel de vida de algunos privilegiados. Bienvenidos al feudalismo del S. XXI, o neofeudalismo como lo bautizarán historiadores que aún no han nacido.
es una muy buena propuesta y si sucede lo que dice #2 quedara patente que no hay democracia, que las leyes se hacen para el interes de cuatro.
#8 ¿Quedará patente? ¿Todavía no lo tienes claro?
#2 del neofeudalismo ya se hablaba hace algún que otro lustro, parecía irreal pero ya está aquí
#2 No es fácil que aprueben un decreto ley que vaya claramente en contra de lo establecido en la Constitución. Funcionaría a para el 25S, pero podrían estar cometiendo prevaricación y buscarse líos más adelante.
#19 #25 #28 Pues sí que era imposible, sí... Mirad lo fácil que lo han hecho, y sin decreto ni ostias, a palo seco.... Interior impedirá la utilización del registro del Congreso el 25-S
Interior impedirá la utilización del registro del ...
cadenaser.com#30 Por la simple razón de que incluso hoy no se puede ir directamente. Los ciudadanos deben hacer por correo.
Si leyeras y te informaras, a lo mejor dejarías de decir bobadas.
#31 Tú eres el que dice bobadas, porque si leyeras el artículo verías que lo que proponían era tener acceso al Registro de las Cortes físicamente o por intermediación de un agente...
#32 ¿Y que he dicho? Pues que no se puede. Quieren hacer algo que no se puede.
#33 Vamos a ver, porque me está empezando a parecer que no te da la gana enterarte. Vamos a realizar una ordenación cronológica para ver si lo entiendes mejor:
1) Empieza a extenderse el rumor de la posibilidad de realizar un bloqueo pacífico y legal y además tener acceso físico al Congreso amparándose en el derecho constitucional de entregar la solicitud personalmente en el Registro de las Cortes, al haberse negado la posibilidad de hacer entrega en otros organismos públicos.
2) Puesto que este derecho ha existido, algunos ciudadanos YA lo han ejercido de manera completamente lícita.
3) Con la excusa de "Fraude de Ley" el Gobierno advierte que ese bloqueo administrativo no será legal.
4) Aquí estamos ahora...
¿Mejor?
#34
El problema esta en el punto uno. NUNCA ha habido la posibilidad de presentarlo presencialmente.
#35 Fuente: http://madrilonia.org/2012/09/25s-como-tomar-el-congreso-de-verdad-y-que-no-puedan-desalojar/
Lo explicamos mejor: En un principio, se permitía hacer entrega de la petición por una Democracia 4.0 en cualquier registro de una administración pública. Por eso, desde la web www.demo4punto0.net, animábamos a la gente a hacerla efectiva en las Delegaciones de Gobierno. Curiosamente, a partir del verano de 2011, el Ministerio de Administraciones Públicas (con Manuel Chaves a la cabeza), prohibió que se siguiesen aceptando peticiones (quizás comenzaban a llegar demasiadas), forzando a la gente a hacer la entrega personándose en el Registro del Congreso de los Diputados o enviándola por correo certificado al mismo.
#30 Yo no he dicho que no lo fueran a intentar impedir, lo único que he dicho es que no va a ser mediante decreto ley.
#2 Lo siento pero eso NO es posible.
#2 MEDIDAS DE PROTECCIÓN establecidas para el derecho de petición recogido en el artículo 29 de la Constitución Española:
Se prohíbe la adopción de Decretos-Leyes que afecten al derecho fundamental de petición recogido en el artículo 29 de la Constitución Española (al igual que a cualquier otro derecho, deber o libertad recogida en el Título I de la Constitución), aun en los supuestos de extraordinaria y urgente necesidad
http://www.derechoshumanos.net/constitucion/articulo29CE.htm
Si los agentes de seguridad "entorpecen" esta acción, estarían incurriendo un delito y podrían ser inhabilitados de uno a cuatro años según el artículo 542 del Código Penal
No los condenan por torturar, detener ilegalmente y dejar tuertos a varios ciudadanos con pelotazos de goma... Los van a condenar por esto, sabes? Me rio yo de las "leyes" de este país (o mejor dicho, de las pantomimas que hacemos pasar por leyes en este país).
#0 Ya ha sido enviado
¿El Gobierno pretende perturbar el normal funcionamiento del Congreso el #25S?
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francotiradorsocial.tumblr.comAtascar el registro del Congreso, el plan para «resistir» el 25-S
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larazon.esEtc.
#0 #25S, ¿cómo tomar el Congreso de verdad y que no puedan desalojar?
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senti2comunes.wordpress.comCC #1
#4 Gracias, la buscaba y no la encontraba.
#9 #10 Se puede enviar por correo pues muy bien pero que se encarguen las fuerzas y cuerpos de seguridad de su Estado de costear dichas misivas ya que al ir personalmente al registro del Congresos si no me permiten entregar la solicitud estarán ellos cometiendo un delito.
Se explica mejor en la q ya es portada como dicen #1#4
¡Duro con ellos! ¡Todos al 25S!
Artículo 77
Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones ciudadanas.
http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=77&tipo=2
La presentación de las peticiones puede hacerse de forma directa, en persona o a través de terceros, en el horario de Registro General de la Cámara (BOCG Congreso, serie D, núm. 1, de 12/04/2000) o mediante su remisión por correo.
La teoría está muy bien.
La práctica es que no va a pasar ni Cristo, que si denuncias que no te dejan pasar "al policía de al lado" no te va a hacer ni puto caso, que si le pides que te firme unos papeles identificándose vas a pasar la noche en el calabozo acusado de atentado contra la autoridad y que si denuncias cualquiera de estos hechos en otro lugar se van a reir de ti y no va a pasar nada.
Si por alguna alineación misteriosa de los astros, llegase cualquier denuncia a fructificar, no pasaría a más al no haber pruebas. Lo cual en cierto modo se agradecería, porque nos ahorraría el bochorno de ver que, si la ley se aplicase tal y como está escrita, al final llegaría el Gobierno para indultar a los delincuentes que les cubren las espaldas.
#14 Y entonces tu propuesta es ¿cual? Porque todos sabemos como funciona el garito pero habrá que intentar hacer algo diferente que les pille un poco con el pie cambiado... Algo imaginativo... por desgracia mi imaginación se acabó cuando dejé de fumar...
#15
Hacer uno o varios protoestados cada cual organizado como le venga en gana, y cooperando entre sí como les parezca, de modo que en el corto plazo nuestras vidas sean un poco más sencillas y al largo plazo podamos ignorar o incluso destruir a la nación-estado.
Exactamente lo que dice #14. Se ve que estos abogados no han ido a muchas manifestaciones para ver que la 'legalidad' los policías se la pasan por el forro. En cuanto te dirijas al policía o a su compañero (todos sin número de identificación por supuesto) ZAS Atentado contra la autoridad, desórdenes públicos, etc... y todos esos 'delitos' que sólo son la palabra del polícia contra la tuya, y si tienes la mala suerte de que no lo haya grabado nadie incluso cárcel. Vivimos casi en un Estado de Excepción permanente: http://es.wikipedia.org/wiki/Estado_de_excepci%C3%B3n
#14 la teoria =democracia.la practica = dictadura.resultado manifestacion pacifica para que haya democracia y podamos decidir, que no se atienden las propuestas ciudadanas siempre nos quedara la historia, el levantamiento patriotico del 2 de mayo de 1808 es un ejemplo de lo que pasa si se le hinchan los cataplines a los españoles y no es que los politicos sean Napoleon pero chuleria tienen la misma.
Esto es unatontería soberana. Se forma una cola para presentar la documentación y se presenta ordenadamente, cuando finalice el horario del registro se cierran las puertas y quien no lo haya presentado que vaya el día siguiente. No se trata de una convocatoria publica y está sujeto a ningùn tipo de plazo por lo que si te dicen que vuelvas mañana no impiden que ejerzas tu derecho.
Entre el cordón policial del Congreso y los incidentes este fin de semana en Príncipe Pío (Madrid) me parto la caja... Que no desplazan a los antidisturbios porque están en el Congreso... si, guardando un edificio vacío.
La policía se ha convertido no en el elemento defensor del ciudadano sino en el represor... A mi esto me empieza a dar miedo
Y el articulo 92 del Reglamento del Congreso reitera que se puede enviar por correo siguiendo procedimiento administrativo. No acaba de encajar con lo que dicen estos abogados.
Claro, sigamos las vías legales: todos sabemos que podemos revolucionar todo mediante métodos legales. La ley funciona como un tiro...
¿Democracía 4.0? ¿Que paso con las revisiones principales 2.0 y la 3.0? Acaso nos las saltamos ala Netscape 6.
y que le importaba a la gestapo saltarse la ley si a los jueces los tenían secuestrados
Si los agentes de seguridad "entorpecen" esta acción, estarían incurriendo un delito y podrían ser inhabilitados de uno a cuatro años según el artículo 542 del Código Penal. Si los agentes de seguridad "entorpecen" esta acción, estarían incurriendo un delitoEn caso de que la Policía insista...
becarios everywhere!
Quería decit que no está sujeto a plazo
Queda prohibida la presentación por manifestaciones ciudadanas. Quizá esta fue una de las razones Por las que la Delegación de Gobierno autorizó algunas manifestaciones pedidas por un particular.
Me parece buena idea. Habrá que leer esos artículos de la constitución.
Yo iré el 25S, pero creo que ahora voy a ir a dormir que es tarde.
Buenas noches a tod@s.
Y digo yo, a un ciudadano que esté cometiendo flagrante delito, cualquier persona puede realizar su detención.
¿Pueden detener los ciudadanos a los policías al cometer un flagrante delito según el artículo 542 del Código Penal?