Hace 13 años | Por AitorD a elcorreo.com
Publicado hace 13 años por AitorD a elcorreo.com

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona ha considerado saldadas las deudas pendientes que todavía mantenía con la banca y otros acreedores una pareja de jubilados en concurso de acreedores, después de que no consiguieran cubrir todos los pagos con la venta de su vivienda. El auto, que ha pasado a ser firme porque no ha sido recurrido, es el primero conocido en España que impide que los acreedores puedan seguir exigiendo de por vida a unos particulares insolventes el pago de las deudas pendientes cuando ya no tienen activos que enajenar

Comentarios

D

Hay justicia, hay meneo.

R

#2 No es justicia, es justicia social, que es otra cosa.

earthboy

Ojalá que con dos pequeñas gotas empiece a formarse el tsunami que necesitamos para los señores banqueros.

Peppelin

Yo hay cosas que no entiendo.
Si especulan con los pisos, son malos.
Si los banqueros quieren que ademas del piso, acaben pagando lo que falta de deuda, son malos.
Si son insolventes porque se han metido en una hipoteca cuando no debían, pobrecitos ellos (pero son tontos).
¿En que quedamos?
Lo que me parece mal es que los bancos den hipotecas sin mirarse demasiado el tema de la solvencia, pero si se meten en hipotecas y luego no pueden pagar, que hacemos?
Hay que encontrar una manera de castigar al especulador, por comprar, y al banco, por dejarle el dinero... pero no se me ocurren ninguna en la que no me salte la vena radical y les corte las manitas a los dos por chorizos.

j

#16 Yo empezaría por condicionar cualqiuer sentencia de este tipo a la realización de un curso básico de matemáticas de nivel equivalente a 8ºEGB. Es decir, saber sumar y calcular un %. De esta forma la gente sabría lo que significa pagar un 5% de interés.

AitorD

Otro caso reciente similar:

Ejecución hipotecaria: resolución judicial contraria al banco
Ejecución hipotecaria: resolución judicial contraria al banco

Hace 13 años | Por AitorD a bankimia.com

D

Sería interesante conocer el Auto. No entiendo como el Juez ha podido argumentar una solución así sin vulnerar el artículo 1911 CC (Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros)

hiroko

Aquí está la sentencia completa:
http://estaticos.elmundo.es/documentos/2011/01/28/SENTENCIA.pdf

Desde luego, no hay otro juez como el juez Fernández Seijo:

Fundamento de derecho 17. "En la medida en la que no se puede privar al deudor del derecho a acogerse a la solicitud de concurso voluntario al juez no le quedaría otra opción que reabrir o declarar de nuevo el concurso sometiendo al deudor y a la administración concursal a todas sus fases lo que convertiría al deudor concursado en un sosías de Sísifo, el rey de Éfira, obligado a empujar una piedra enorme cuesta arriba por una ladera empinada, sometido a la frustrante expectativa de que al alcanzase la cima de la colina la piedra siempre rodaba hacia abajo, y Sísifo tenía que empezar de nuevo desde el principio (Odisea, xi. 593). El motivo de este castigo no es mencionado por Homero, y resulta oscuro (algunos sugieren que es un castigo irónico de parte de Minos: Sísifo no quería morir y nunca morirá pero a cambio de un alto precio y no descansará en paz hasta pagarlo)."

IkkiFenix

No estaría mal saber el nombre del banco en cuestión, pero parece que ningun medio lo publica.

rar

#14 Ya te la facilito yo.

Normas para el uso de la coma

Hace 13 años | Por CIB3R a desequilibros.blogspot.com


De todas formas, la tienes 7 meneos mas abajo desta.

D

#18 Un hilo propio de forocoches
http://buscon.rae.es/dpdI/SrvltGUIBusDPD?lema=ir(se)

Las formas de imperativo propias de este verbo son ve (tú) e id (vosotros) y, para los usos pronominales, vete (tú) e idos (vosotros): «¡Callaos los dos, callaos, y cuanto antes idos a la viña a hacer lo vuestro!» (Melcón Catalina [Esp. 1995]). Debe evitarse, para el imperativo singular, el uso de la forma vulgar ves y, para el imperativo plural, el uso del infinitivo iros y el de la forma arcaica íos:

c

Chicos quizá tengamos un rayo de esperanza y lo que no consiguen los políticos lo consigan los jueces. Tienen mi voto y mi aplauso

D

#20 En Reino Unido puede pero aquí eso no puede suceder.

a

A tomar por culo el principio de seguridad jurídica.

D

Los contratos estan para cumplirlos, en este caso el q lo ha cumplido es el malo y el q lo ha incumplido es el bueno, pa cagarse

g

Esta no es la mejor solución, pero al menos es justa.

El día que unos familiares míos abogados me explicaron por qué Díaz Ferrán iba a seguir siendo millonario después de la quiebra de su empresa (Air Comet) me quedé con los ojos a cuadros. Resulta que si creas una "sociedad" tu puedes repartir dividendos entre los socios mientras haya benificios y cuando las cosas van mal, "la sociedad responde con su patrimonio".

El patrimonio, es obviamente, lo que sus socios han dejado en la empresa. Y no, no hay ninguna ley que diga, "una empresa que factura X o que tiene una deuda Y tiene que tener al menos un valor de activos proporcional a X o Y". Así que esto es una fiesta donde no pagar es gratis.

Y como esto es así a las empresas, me parece justo que a dos particulares que se les ha embargado todo, se les liquiden las deudas. En mi sociedad ideal, cada persona y empresa pagarían hasta el último euro de la deuda, pero como no es así, al menos que sea igual para todos

D

#22 muy bien te explicaron lo que es una sociedad anónima... en que mundo vivías antes para no saber eso? (o que edad tienes?)

Jiboxemo

#23 ¿y a ti te han explicado lo que es un sobrao de la vida? No, sobao, no, sobrao.

g

#22 Las sociedades limitadas en la practica son lo mismo,incluso para las sl unipersonales

La explicacion sorprendente fue la de que el capital social no tiene que ser poporcional al endeudamiento y se puede retirar al volver del notario de registrar la sociedad

Disculpa mi ignorancia

Campechano

EDIT

AmenhotepIV

Un matrimonio insolvente, eximido de pagar sus deudas al banco.
Eximido de pagar sus deudas al banco, un matrimonio insolvente.
Eximido, un matrimonio insolvente, de pagar sus deudas al banco.
Me gusta más!

o

#7 Un matrimonio, insolvente, eximido de pagar sus deudas al banco.

o

#9 De acuerdo, pero tú te vas a
Se dice idos, no iros

Hace 16 años | Por currupipi a blogs.ua.es
Publicado hace 16 años por currupipi a blogs.ua.es

AmenhotepIV

#9 Danos direcciones

Culebras

Una empresa me debe 660.-€ y tengo que pasar por el proceso de ajo y agua porque presentaron concurso de acreedores, al acabar el proceso (mas bien suspenderse por tiempo indefinido desde hace 3 años) el presidente y maximo accionista sigue manteniendo una vida de maximo lujo.

Y ahora me tengo que sorprender porque a un matrimonio insolvente le han otorgado el mismo derecho que a una S.A?

Por mi, que no existiera la posibilidad de insolvencia seria ideal, pero ya que existe, o follamos todos o la puta al rio!

t

Pues nada, todos a endeudarnos hasta las cejas y vivir por encima de nuestras posibilidades, que en cuanto se descubra el pastel y se vea que no nos lo podemos permitir, lo devolvemos y aquí no ha pasado nada. Pero mientras tanto que me quiten lo bailao...

En fin, no me parece algo muy educativo de cara al futuro.