La Audiencia Provincial condena por abusos a un hombre que drogó a una mujer para después violarla Jueces y fiscal entienden que no es agresión porque los efectos de la droga hicieron innecesaria la violencia
#30:
#7 Joder, macho, estás absolutamente confundido en todo:
1- Jurídicamente, hay más pena si la violas tras darle una hostia y reventarle la cara que si la violas mientras duerme porque le has echado algo en el café. Se penaliza más si usas la fuerza física contra la víctima.
2- El juzgado no regulariza nada. Aplica una ley que ha creado el poder legislativo. No es una reducción de pena, es la pena que la ley exige para el abuso sexual. No es ningún atenuante.
3- Obviamente, tengo más codena si atraco un banco y mato a dos personas que si atraco un banco sin hacer daño a nadie. Pero no, no es "garantía de reducción de pena". Pues aquí igual.
4- En realidad tú estás en contra de la actual redacción de la ley, pero tienes los cojonazos de atacar al poder judicial porque no te has enterado de que la culpa (y la solución) pasa por el poder ejecutivo.
Ya ni distinguimos qué es la separación de poderes... nos vamos a tomar por culo si empezamos a cargar contra los jueces como pollos sin cabeza.
#43:
#42 Qué ganas de sacar debate de dónde no lo hay.
Un juez que hace lo que dices está cometiendo un delito. Está prevaricando.
Obviamente hay jueces que prevarican, igual que hay asesinos. Pero no, ni prevaricar es legal ni asesinar tampoco.
Tiene huevos que por describir un hecho jurídico me llames ingenuo o manipulador. Tiene huevos la cosa.
#28:
#25 No, no depende de cada uno. Si dependiera de cada uno el concepto no existiría. Pero existe y alude a un significado compartido.
Por otro lado, en términos de redacción de leyes una ley es tanto mejor cuanto más precisa y concreta. Y llamar "agresión" a toda fuerza física que se ejerce sobre el otro es más preciso y concreto jurídicamente que llamar agresión a "lo que a cada cual le salga de los cojones lo que es".
#49:
#41 Que sí, que es asqueroso. Y deleznable. Y repugnante. Y atroz. Pero en este caso no se considera agresión, sino abuso. Porque no media violencia física.
Si no te gusta la ley, el problema lo tienes con el poder legislativo, que es quien la hizo y quien la puede cambiar. No con los jueces.
#11:
Si subimos la pena a 10 años, seguiremos diciendo que es poco, luego a... Al final acabaremos con cadena perpetua (prisión permanente revisable como la llaman ahora) para todo. Cuando perdamos la proporcionalidad de las penas dará lo mismo violar que violar y matar; o violar una vez que ciento. Al que viola puede que le retenga en su violencia la proporcionalidad de las penas. Sin proporcionalidad ya sabe que haga lo que haga tendrá la misma pena. Y lo de rehabilitar al delincuente ya ni hablamos, que eso son concepciones machistas de gentuza como Concepción Arenal.
#60:
#54 Yo he dicho que un juez debe inhibirse si el asunto que juzga le afecta personalmente de algún modo. Esto es cierto. Es un hecho jurídico. No hay debate.
Que luego algunos no lo hagan y cometan prevaricación no me convierte ni en manipulador ni en ingenuo. Igual que es delito matar a alguien, a pesar de lo cual algunos matan.
Mis hechos los afronto y los tengo claros. Ahora explícame en qué he manipulado exactamente, porque eso es lo que me has llamado.
#12:
#1 En ese caso no podrían haber participado como jueces.
#4:
Como si drogar a alguien no fuese ya una agresión.
#15:
#1 Pues pasaría lo mismo que si los jueces hubieran sido los padres del acusado: que se inhibirían, porque no puedes ni debes juzgar un asunto que te atañe personalmente, dado que careces de objetividad y de distancia.
#143:
#30 Pues eso, que cuando me quiera follar a una tía que no quiera nada conmigo, la drogo y punto.
Las penas en este país son desproporcionadas para unos casos, todos sabemos cuáles, y bien ligeritas para otros. De la presunción de inocencia y demás fábulas Disney no hablaré, porque hay gente que comido talego por "terrorismo" aún sin haber la más mínima prueba en su contra mientras que La Manada está en la calle con vídeos grabados de la violación a la chica y los policías locales que la recogieron atestiguando a su favor.
Y de eso, me puedes dar todas las lecciones que quieras y colocarme los negativos que te dé la gana, tienen la culpa LOS JUECES, que dictan sentencias como les sale de las pelotas en función de sus ideologías.
Lo de jurisprudencia te lo admito, me he sacado la churra. Lo demás, jueces, hijos de la grandísima puta suprema.
#76:
#71 Te "remites" pero no explicas. No sabes ni qué decir.
Vaya modo más grotesco de huir tras llamarme manipulador.
Desde luego que se ha acabado la conversación. Porque te has quedado sin respuestas.
Ciao.
#73:
#5 No. La victima no es especialmente vulnerable. No era menor de edad, ni disminuida, ni padecia enfermedad que afectase a su entendimiento... No cumple la circunstancia 3 del punto 1 del artículo 180.
Según lo que dices la pena aplicable es de 4 a 10 años... Que es lo que los jueces aplicaron, lógicamente.
No lo entiendo. ¿Porque pensais que sabeis interpretar mejor las leyes que los que se han formado y se ganan la vida interpretando leyes?
#6:
#2 Lo que no te has leido es ni la noticia. El tío le echó un medicamento en la bebida, se quedó inconsciente, la violó y le robó 400 euros y dos teléfonos móviles.
Menos explicar por qué me has llamado "manipulador", o menos pedir disculpas, sabes hacer de todo.
Edito: veo que me has cascado varios negativos a lo loco. Gracias por darme la razón al final.
#1:
Si la víctima hubiera sido una de las hijas de esos jueces , la pena habría sido la misma?.
#106:
#15 Una cosilla: no se inhiben, se abstienen, que es distinto. Lo sigue tramitando ese juzgado, pero con otro juez del partido que por turno corresponda. La inhibición supone remitir el asunto a otro juzgado porque aquel carece de competencia. Son dos cosas distintas.
La tía no se niega al sexo con él, sino que es una cuestión de precio. No me he leído esta sentencia, pero hablo por otra que conozco... Ya sé que parece coña, pero no lo es.
Entiendo que si no hay violencia no hay violación legalmente, pero ¿No deberían meterle entonces unos años más por drogar a alguien sin su consentimiento con la intención de abusar de ella?
#3 En este caso se tendría que aplicar el artículo 181 del CP: 1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
2. A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.
[...] 4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años. 5. Las penas señaladas en este artículo se impondrán en su mitad superior si concurriere la circunstancia 3.ª o la 4.ª , de las previstas en el apartado 1 del artículo 180 de este Código.
Concurre además la circunstancia 3 del punto 1 del artículo 180: 3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183.
Con lo cual, la pena tendría que ser de entre 7 y 10 años por la violación, a lo que hay que sumar la pena por robo
#2 Lo que no te has leido es ni la noticia. El tío le echó un medicamento en la bebida, se quedó inconsciente, la violó y le robó 400 euros y dos teléfonos móviles.
Queda claro entonces que antes de penetrar a nuestras víctimas hemos de drogarlas para rebajar la pena en caso de que nos pillen.
Este juzgado acaba de regularizar, por medio de jurisprudencia, el uso de narcóticos para violar. Darle burundanga a vuestras hijas en la discoteca es ahora garantía de reducción de pena.
Jrandes hay en España, sí. Un dechado de empatía, humanidad, justicia y aplicación lógica del derecho. Todo un ejemplo.
#6 Lo se´... Lo sé... Lo del robo y lo de drogarla va aparte, y creoq ue de ahí viene la mayor parte de la condena. Por eso nos extraña que la condena sea tan baja, ¿no?
Drogar a alguien contra su voluntad es agresión y es violencia.
Si la ha drogado para violarla, es violación (agresión sexual) sin lugar a dudas.
Si hay consentimiento para el sexo, pero la ha drogado para no cumplir su parte del acuerdo, se necesita más información:
Si primero la droga y luego tiene sexo, yo opino que es violación, porque la despoja de la capacidad de poner fin al acto sexual en cualquier momento, salvo que sea esa la actividad sexual que han consensuado: tener sexo con una mujer inconsciente.
Si primero tienen sexo, y luego la droga para no pagarle, no es violación. Será algún tipo de delito económico no sexual.
Si subimos la pena a 10 años, seguiremos diciendo que es poco, luego a... Al final acabaremos con cadena perpetua (prisión permanente revisable como la llaman ahora) para todo. Cuando perdamos la proporcionalidad de las penas dará lo mismo violar que violar y matar; o violar una vez que ciento. Al que viola puede que le retenga en su violencia la proporcionalidad de las penas. Sin proporcionalidad ya sabe que haga lo que haga tendrá la misma pena. Y lo de rehabilitar al delincuente ya ni hablamos, que eso son concepciones machistas de gentuza como Concepción Arenal.
Una persona que no solo ha violado, sino que ha planeado la violación (puesto que llevaba la droga consigo), ha anulado por completo la voluntad de su víctima, la ha expuesto a un posible contagio de ETS/embarazo (no usó condón) y le ha robado... 5 añitos de cárcel. Puta vergüenza de sentencia judicial.
#1 Pues pasaría lo mismo que si los jueces hubieran sido los padres del acusado: que se inhibirían, porque no puedes ni debes juzgar un asunto que te atañe personalmente, dado que careces de objetividad y de distancia.
Comer bien y sanamente NO ES RENTABLE EN NUESTRA SOCIEDAD NI PARA LA INDUSTRIA ALIMENTARIA Y AUN MENOS PARA BIG FARMA Y COMO LOS QUE MADAN SON LOS QUE TIENEN PASTA YA TENEIS VUESTRA REPUESTA
#17 Creo que ya lo he expuesto. Mira la tabla de este enlace: https://elpais.com/sociedad/2018/11/19/actualidad/1542644889_370181.html
En la tercera columna de la tabla, compara las cifras de España con los países que tienen un sistema penal mucho más duro que el nuestro (para que se forren unos pocos porque las cárceles están privatizadas). Aparte de una multitud de factores de confusión, ¿sugiere que un sistema penal duro evita violaciones?
#22 Y tampoco se rehabilita, que se supone que es el mandato constitucional de tradición humanista para distinguir la justicia de la venganza. Y al perder la proporcionalidad de las penas la violencia de las agresiones aumenta... En esta vida no hay una "free lunch" y hay que considerar las consecuencias en diversos factores, no sólo en uno, para intentar balancearlos.
#23 pues como la tradición humanista de rehabilitar no parece muy eficiente si vemos las tasas de reincidencia de los delincuentes que dañan otros, me parecería fenomenal que se metiera perpetua (ni revisable ni revisoblo) a aquellos que agredan grave y premeditadamente a otros, pederastas, violadores y asesinos. Y nos evitamos que reincidan y todos tan contentos.
#25 No, no depende de cada uno. Si dependiera de cada uno el concepto no existiría. Pero existe y alude a un significado compartido.
Por otro lado, en términos de redacción de leyes una ley es tanto mejor cuanto más precisa y concreta. Y llamar "agresión" a toda fuerza física que se ejerce sobre el otro es más preciso y concreto jurídicamente que llamar agresión a "lo que a cada cual le salga de los cojones lo que es".
#27 Pues a mí me parece que la tasa de rehabililtación es alta y te pongo números. https://elpais.com/diario/2007/05/30/sociedad/1180476002_850215.html
Es un artículo antiguo, pero en 2007 la tasa de reincidencia era del 18%. Con una terapia baja al 4%. Parece ser que este artículo es cuando en El País se regían por la racionalidad. Así que renunciamos a recuperar al 96% con la terapia y metemos cadena perpetua. Esto revuelve a la pobre Concepción Arenal en su tumba.
#7 Joder, macho, estás absolutamente confundido en todo:
1- Jurídicamente, hay más pena si la violas tras darle una hostia y reventarle la cara que si la violas mientras duerme porque le has echado algo en el café. Se penaliza más si usas la fuerza física contra la víctima.
2- El juzgado no regulariza nada. Aplica una ley que ha creado el poder legislativo. No es una reducción de pena, es la pena que la ley exige para el abuso sexual. No es ningún atenuante.
3- Obviamente, tengo más codena si atraco un banco y mato a dos personas que si atraco un banco sin hacer daño a nadie. Pero no, no es "garantía de reducción de pena". Pues aquí igual.
4- En realidad tú estás en contra de la actual redacción de la ley, pero tienes los cojonazos de atacar al poder judicial porque no te has enterado de que la culpa (y la solución) pasa por el poder ejecutivo.
Ya ni distinguimos qué es la separación de poderes... nos vamos a tomar por culo si empezamos a cargar contra los jueces como pollos sin cabeza.
#25 Cada uno puede tener su opinion pero lo q cuenta es lo que legalmente se considere agresion. Lo demas es intoxicar, relativizar, y la ley de la turba.
#22 El problema, entre otros, es q no soluciona nada (como has podido ver en los graficos), destruye los principios en los q se basan todas las legislaciones penales modernas, y habria miles de muertos mas.
Claro, como que los jueces no tienen amigos ni ejercen tráfico de influencias. Hay que ser muy ingenuo o manipulador para escribir lo que escribe #12 y #15.
#3, no, tanto en abuso (sin violencia) como en agresión (con violencia) puede haber violación. Pero el segundo judicialmente es más grave que el primero.
#41 Que sí, que es asqueroso. Y deleznable. Y repugnante. Y atroz. Pero en este caso no se considera agresión, sino abuso. Porque no media violencia física.
Si no te gusta la ley, el problema lo tienes con el poder legislativo, que es quien la hizo y quien la puede cambiar. No con los jueces.
Vamos a desalojar a las feministas en mayo, o en octubre, cuando el okupa nos deje votar claro. Como saben eso, van a hacer todas las perrerías posibles. Prohibir la prostitución, más dinero para sus correligionarias y meter toda la doctrina que puedan. Cuánto más daño hagan, más fuerte será VOX. tic-tac tic-tac tic-tac tic-tac.
#25#16 Para mí penetración no consentida es violencia, lo mires por donde lo mires.
Cuando redactaron la nueva ley cuánto mejor habrían estado saltando delante de un tren.
#54 Yo he dicho que un juez debe inhibirse si el asunto que juzga le afecta personalmente de algún modo. Esto es cierto. Es un hecho jurídico. No hay debate.
Que luego algunos no lo hagan y cometan prevaricación no me convierte ni en manipulador ni en ingenuo. Igual que es delito matar a alguien, a pesar de lo cual algunos matan.
Mis hechos los afronto y los tengo claros. Ahora explícame en qué he manipulado exactamente, porque eso es lo que me has llamado.
#28 Si despues de drogar hay violación sexual con penetración, si es agresión! (indiferentemente de que exista dolor o marcas fisicas)
Yo ya hace tiempo que me he dado cuenta que lo que este tipificado por ley no significa (ni mucho menos) que se pueda considerar "justicia", no tienen porque ser términos necesariamente implícitos.
Soy hay que ver algunas sentencias politizadas del Tribunal Supremo!
#3 como con la sentencia de la manada, los medios de "incomunicacion" han hecho un trabajo horrendo.
Tanto el abuso como la agresion sexual son dos tipos de violacion, al igual que se puede matar a alguien y hay diferentes tipos acorde a las leyes
#57 No, penetracion no consentida es violacion, no violencia. La nueva ley lo que creo es el delito de abuso sexual para las violaciones en las que no habia violencia. Ley, que por cierto, vino desde la izquierda.
#17 así a bote pronto, al violador le valdría la pena matar a la víctima para que fuera más difícil que le pillaran. Claro que podrías poner pena de muerte para el asesinato, supongo que sería tu siguiente propuesta.
#68 jamás he defendido la pena de muerte. Pero sí que quién la hace la paga. Y a veces el castigo justo para según qué actos es de por vida. Y no se pierde nada y se gana tener a la gentuza fuera de circulación.
#5 No. La victima no es especialmente vulnerable. No era menor de edad, ni disminuida, ni padecia enfermedad que afectase a su entendimiento... No cumple la circunstancia 3 del punto 1 del artículo 180.
Según lo que dices la pena aplicable es de 4 a 10 años... Que es lo que los jueces aplicaron, lógicamente.
No lo entiendo. ¿Porque pensais que sabeis interpretar mejor las leyes que los que se han formado y se ganan la vida interpretando leyes?
#11 Está sobradamente demostrado que endurecer las penas no sirve para nada. Se conoce como relatividad subjetiva. El impacto de ir a la cárcel por tres años es mucho más significativo que el impacto de subir la condena de tres a cinco y mínimo si es de cinco a siete. Cuando realmente estamos hablando del mismo periodo.
Lo curioso de este caso no es la administración de la droga y la posterior violación, sino que fue realizado a una prostituta por lo que no necesitaba drogar a nadie para tener relaciones sexuales...
Por lo que la única forma de entender el suceso es que el hombre era un simple ladrón que utilizo la droga para robarle y de paso tener sexo gratis.
No creo que sea un caso propiamente de "machismo" si no de un delincuente sin escrúpulos que ademas es "Tonto" puesto que si solo se hubiera preocupado de robar el dinero, la sentencia (si le pillan como a sido el caso) seria mucho menor!
y luego con lo robado se podía ir de putas (ironías de la vida)
#76
Tienes mucho tiempo libre y muchas ganas de manipular.
No pretendas presentarnos lo que debe ser como lo que realmente es.
Y aquí de perder más el tiempo contigo.
Saludos.
Creo que el la tipificación del delito contra la libertad sexual hay un problema, no entre abuso y agresión, sino en lo que se entiende por violencia. Drogar a alguien contra su voluntad para violarle es una forma de violencia, evidentemente no es lo mismo que moler a palos, y no merece la misma condena, pero de alguna forma tiene que castigarse. El juez tiene en su mano aplicar una pena entre 4 y 10 años, si aplica solo 1 por encima del mínimo para mi no está actuando bien. Hago notar que la agresión sexual tiene penas de 6 a 12 años, por lo que es posible penar un abuso por encima de una agresión (como de hecho les ha ocurrido a los de la manada si comparamos sus penas con otras por agresión sexual)
#94#95 no he dicho que la persona envenenada haya muerto.
He envenenado a mi jefe, con una dosis muy baja a posta, y estuvo con dolores y nauseas pero no ha muerto ni le han quedado secuelas. No es intento de asesinato porque calibré la dosis, para que rabiase de dolor y sobreviviese sin secuelas.
#2 Si voy a tu casa, a comprarte la tele de segunda mano que anuncias, te drogo y robo tus cosas, ¿sería un impago porque no nos aclarábamos con el precio de tu tele?
#4 una agresión igual no, pero yo sí que lo veo prácticamente igual que las amenazas, anulas la voluntad de una persona sin hacerle daño físicamente. Y la ley sí que iguala amenazas a violencia
Comentarios
Si la víctima hubiera sido una de las hijas de esos jueces , la pena habría sido la misma?.
Técnicamente es un impago, parece...
La tía no se niega al sexo con él, sino que es una cuestión de precio. No me he leído esta sentencia, pero hablo por otra que conozco... Ya sé que parece coña, pero no lo es.
Entiendo que si no hay violencia no hay violación legalmente, pero ¿No deberían meterle entonces unos años más por drogar a alguien sin su consentimiento con la intención de abusar de ella?
Como si drogar a alguien no fuese ya una agresión.
#3 En este caso se tendría que aplicar el artículo 181 del CP:
1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
2. A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.
[...]
4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.
5. Las penas señaladas en este artículo se impondrán en su mitad superior si concurriere la circunstancia 3.ª o la 4.ª , de las previstas en el apartado 1 del artículo 180 de este Código.
Concurre además la circunstancia 3 del punto 1 del artículo 180:
3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183.
Con lo cual, la pena tendría que ser de entre 7 y 10 años por la violación, a lo que hay que sumar la pena por robo
#2 Lo que no te has leido es ni la noticia. El tío le echó un medicamento en la bebida, se quedó inconsciente, la violó y le robó 400 euros y dos teléfonos móviles.
Queda claro entonces que antes de penetrar a nuestras víctimas hemos de drogarlas para rebajar la pena en caso de que nos pillen.
Este juzgado acaba de regularizar, por medio de jurisprudencia, el uso de narcóticos para violar. Darle burundanga a vuestras hijas en la discoteca es ahora garantía de reducción de pena.
Jrandes hay en España, sí. Un dechado de empatía, humanidad, justicia y aplicación lógica del derecho. Todo un ejemplo.
#6 Lo se´... Lo sé... Lo del robo y lo de drogarla va aparte, y creoq ue de ahí viene la mayor parte de la condena. Por eso nos extraña que la condena sea tan baja, ¿no?
#1 En ese caso.. solo si los jueces están también drogados
Drogar a alguien contra su voluntad es agresión y es violencia.
Si la ha drogado para violarla, es violación (agresión sexual) sin lugar a dudas.
Si hay consentimiento para el sexo, pero la ha drogado para no cumplir su parte del acuerdo, se necesita más información:
Si primero la droga y luego tiene sexo, yo opino que es violación, porque la despoja de la capacidad de poner fin al acto sexual en cualquier momento, salvo que sea esa la actividad sexual que han consensuado: tener sexo con una mujer inconsciente.
Si primero tienen sexo, y luego la droga para no pagarle, no es violación. Será algún tipo de delito económico no sexual.
Si subimos la pena a 10 años, seguiremos diciendo que es poco, luego a... Al final acabaremos con cadena perpetua (prisión permanente revisable como la llaman ahora) para todo. Cuando perdamos la proporcionalidad de las penas dará lo mismo violar que violar y matar; o violar una vez que ciento. Al que viola puede que le retenga en su violencia la proporcionalidad de las penas. Sin proporcionalidad ya sabe que haga lo que haga tendrá la misma pena. Y lo de rehabilitar al delincuente ya ni hablamos, que eso son concepciones machistas de gentuza como Concepción Arenal.
#1 En ese caso no podrían haber participado como jueces.
#11 Quizás al que viola hay que cortarle los güevos
Una persona que no solo ha violado, sino que ha planeado la violación (puesto que llevaba la droga consigo), ha anulado por completo la voluntad de su víctima, la ha expuesto a un posible contagio de ETS/embarazo (no usó condón) y le ha robado... 5 añitos de cárcel. Puta vergüenza de sentencia judicial.
#1 Pues pasaría lo mismo que si los jueces hubieran sido los padres del acusado: que se inhibirían, porque no puedes ni debes juzgar un asunto que te atañe personalmente, dado que careces de objetividad y de distancia.
#4 No lo es.
No hay fuerza física.
Otra cosa es que sea una acción que nos horrorice. Pero considerarlo agresión desvirtúa el propio concepto de 'agresió'.
#11 cuál sería el problema de meter en prisión de por vida a un violador?
#15 JAJAJA que poco conoces el mundo judicial. A menos que alguno de los abogados/fiscalía lo hiciese público no se inhiben.
5 años, pero en realidad a los dos ya está de nuevo en la calle, en libertad condicional, no vaya a ser que frustremos al muchacho
Comer bien y sanamente NO ES RENTABLE EN NUESTRA SOCIEDAD NI PARA LA INDUSTRIA ALIMENTARIA Y AUN MENOS PARA BIG FARMA Y COMO LOS QUE MADAN SON LOS QUE TIENEN PASTA YA TENEIS VUESTRA REPUESTA
#17 Creo que ya lo he expuesto. Mira la tabla de este enlace: https://elpais.com/sociedad/2018/11/19/actualidad/1542644889_370181.html
En la tercera columna de la tabla, compara las cifras de España con los países que tienen un sistema penal mucho más duro que el nuestro (para que se forren unos pocos porque las cárceles están privatizadas). Aparte de una multitud de factores de confusión, ¿sugiere que un sistema penal duro evita violaciones?
#21 no, sugiero que un violador que nunca sale de la cárcel no reincide.
No has respondido a mi pregunta, cuál es el problema ético de apartar a la gentuza de los ciudadanos honrados?
#22 Y tampoco se rehabilita, que se supone que es el mandato constitucional de tradición humanista para distinguir la justicia de la venganza. Y al perder la proporcionalidad de las penas la violencia de las agresiones aumenta... En esta vida no hay una "free lunch" y hay que considerar las consecuencias en diversos factores, no sólo en uno, para intentar balancearlos.
#20 "Manzanas traigo" Definición gráfica.
#16 Depende lo que cada uno entendamos por agresión
#24 Meti la patta este comentario no estabá destinado a este hilo
#23 pues como la tradición humanista de rehabilitar no parece muy eficiente si vemos las tasas de reincidencia de los delincuentes que dañan otros, me parecería fenomenal que se metiera perpetua (ni revisable ni revisoblo) a aquellos que agredan grave y premeditadamente a otros, pederastas, violadores y asesinos. Y nos evitamos que reincidan y todos tan contentos.
#25 No, no depende de cada uno. Si dependiera de cada uno el concepto no existiría. Pero existe y alude a un significado compartido.
Por otro lado, en términos de redacción de leyes una ley es tanto mejor cuanto más precisa y concreta. Y llamar "agresión" a toda fuerza física que se ejerce sobre el otro es más preciso y concreto jurídicamente que llamar agresión a "lo que a cada cual le salga de los cojones lo que es".
#27 Pues a mí me parece que la tasa de rehabililtación es alta y te pongo números.
https://elpais.com/diario/2007/05/30/sociedad/1180476002_850215.html
Es un artículo antiguo, pero en 2007 la tasa de reincidencia era del 18%. Con una terapia baja al 4%. Parece ser que este artículo es cuando en El País se regían por la racionalidad. Así que renunciamos a recuperar al 96% con la terapia y metemos cadena perpetua. Esto revuelve a la pobre Concepción Arenal en su tumba.
#7 Joder, macho, estás absolutamente confundido en todo:
1- Jurídicamente, hay más pena si la violas tras darle una hostia y reventarle la cara que si la violas mientras duerme porque le has echado algo en el café. Se penaliza más si usas la fuerza física contra la víctima.
2- El juzgado no regulariza nada. Aplica una ley que ha creado el poder legislativo. No es una reducción de pena, es la pena que la ley exige para el abuso sexual. No es ningún atenuante.
3- Obviamente, tengo más codena si atraco un banco y mato a dos personas que si atraco un banco sin hacer daño a nadie. Pero no, no es "garantía de reducción de pena". Pues aquí igual.
4- En realidad tú estás en contra de la actual redacción de la ley, pero tienes los cojonazos de atacar al poder judicial porque no te has enterado de que la culpa (y la solución) pasa por el poder ejecutivo.
Ya ni distinguimos qué es la separación de poderes... nos vamos a tomar por culo si empezamos a cargar contra los jueces como pollos sin cabeza.
#28 Al drogarte sin tu consentimiento están menoscabando tus derechos, de hecho podrías morir en esas.
#31 Pues claro que socaban mis derechos, drogar a otra persona es un delito, joder.
¡En ningún sitio he sugerido que no lo sea!
#25 Cada uno puede tener su opinion pero lo q cuenta es lo que legalmente se considere agresion. Lo demas es intoxicar, relativizar, y la ley de la turba.
#10 Drogar a alguien no es violencia. Paro de leer. Retorcer las palabras es el camino de la demagogia y la falacia.
#22 El problema, entre otros, es q no soluciona nada (como has podido ver en los graficos), destruye los principios en los q se basan todas las legislaciones penales modernas, y habria miles de muertos mas.
#27 La silla electrica es mas efectiva para tu modelo ... y mas barata!
#34 ¿Envenenar a alguien es violencia?
#9 ¿No lo están? Que el alcohol también es una droga
#3 pues yo entiendo que introducir sustancias en tu cuerpo sin avisarte es un acto de lo más violento,
#2
Técnicamente, tu comentario es basura, troleada, una vergüenza.
#16 es una agresión. Está introduciendo sustancias en tu cuerpo sin avisar. Es asqueroso,
Claro, como que los jueces no tienen amigos ni ejercen tráfico de influencias. Hay que ser muy ingenuo o manipulador para escribir lo que escribe #12 y #15.
CC #18
#42 Qué ganas de sacar debate de dónde no lo hay.
Un juez que hace lo que dices está cometiendo un delito. Está prevaricando.
Obviamente hay jueces que prevarican, igual que hay asesinos. Pero no, ni prevaricar es legal ni asesinar tampoco.
Tiene huevos que por describir un hecho jurídico me llames ingenuo o manipulador. Tiene huevos la cosa.
Cuando la víctima es un hombre : 'me echaron droja en el cola cao'. Risas. Escasa relevancia.
Cuando es una mujer : Intolerable. Manifestaciones. Endurecer las leyes.
#1 Evidentemente, SÍ.
La víctima QUERIA tener contacto sexual, eso sí, A CAMBIO DE DINERO, no gratis, y menos que la robaran.
La condena me parece PERFECTAMENTE RAZONADA Y CORRECTA.
#2 Luego os quejáis si os llaman hijos de la gran puta
#3, no, tanto en abuso (sin violencia) como en agresión (con violencia) puede haber violación. Pero el segundo judicialmente es más grave que el primero.
#2 menudo retrasito
#41 Que sí, que es asqueroso. Y deleznable. Y repugnante. Y atroz. Pero en este caso no se considera agresión, sino abuso. Porque no media violencia física.
Si no te gusta la ley, el problema lo tienes con el poder legislativo, que es quien la hizo y quien la puede cambiar. No con los jueces.
#34 Llámalo como quieras, es como poco igual de malo, tiene el mismo objetivo, y debe tener la misma condena.
O la ley está mal redactada o la interpretación de los jueces es incorrecta, o ambas.
#34 otro ejemplo: y si le sacas la navaja o la pistola y ella accede (sin prestar resistencia) ya no hay violencia.
#6 Lo que no has leido es que la victima QUERIA EL CONTACTO SEXUAL pero a cambio de dinero, no gratis.
La sentencia es correcta.
Vamos a desalojar a las feministas en mayo, o en octubre, cuando el okupa nos deje votar claro. Como saben eso, van a hacer todas las perrerías posibles. Prohibir la prostitución, más dinero para sus correligionarias y meter toda la doctrina que puedan. Cuánto más daño hagan, más fuerte será VOX. tic-tac tic-tac tic-tac tic-tac.
#43
Debate el que generas tú. Afronta tus propios comentarios.
Vaya hijo de político.
#38 y la coca.
#25 #16 Para mí penetración no consentida es violencia, lo mires por donde lo mires.
Cuando redactaron la nueva ley cuánto mejor habrían estado saltando delante de un tren.
#3 La intención de drogarla no era para el contacto sexual, era para NO PAGAR y ROBARLA. El contacto sexual ya estaba acordado.
#1 Y si drogamos y violamos a los jueces?
Es solo abuso. No?
Si no hacemos fuerza...
#54 Yo he dicho que un juez debe inhibirse si el asunto que juzga le afecta personalmente de algún modo. Esto es cierto. Es un hecho jurídico. No hay debate.
Que luego algunos no lo hagan y cometan prevaricación no me convierte ni en manipulador ni en ingenuo. Igual que es delito matar a alguien, a pesar de lo cual algunos matan.
Mis hechos los afronto y los tengo claros. Ahora explícame en qué he manipulado exactamente, porque eso es lo que me has llamado.
#57 Para ti podrá ser lo que quieras. Incluso para el juez. Pero la ley actual es la que es, y en base a ella se juzga.
A partir de ahí podemos debatir largo y tendido sobre el asunto. Pero no revolvernos contra el poder judicial.
#28 Si despues de drogar hay violación sexual con penetración, si es agresión! (indiferentemente de que exista dolor o marcas fisicas)
Yo ya hace tiempo que me he dado cuenta que lo que este tipificado por ley no significa (ni mucho menos) que se pueda considerar "justicia", no tienen porque ser términos necesariamente implícitos.
Soy hay que ver algunas sentencias politizadas del Tribunal Supremo!
#18
Déjalo, no lo va a reconocer por mucho que insistamos.
#52 Claro, QUERÍA EL CONTACTO SEXUAL DROGADA, INCONSCIENTE, SIN CONDÓN Y QUE LE ROBARAN.
Vete a tomar por culo.
#3 como con la sentencia de la manada, los medios de "incomunicacion" han hecho un trabajo horrendo.
Tanto el abuso como la agresion sexual son dos tipos de violacion, al igual que se puede matar a alguien y hay diferentes tipos acorde a las leyes
#57 No, penetracion no consentida es violacion, no violencia. La nueva ley lo que creo es el delito de abuso sexual para las violaciones en las que no habia violencia. Ley, que por cierto, vino desde la izquierda.
#59
Si utilizas un crucifijo será menos grave al utilizar una herramienta de su trabajo y no ser objeto punzante.
Siguiendo su antilógica, claro.
#17 que a lo mejor tras violar y ver que va a la carcel de por vida si lo pillan, prefiera eliminar "testigos"
#17 así a bote pronto, al violador le valdría la pena matar a la víctima para que fuera más difícil que le pillaran. Claro que podrías poner pena de muerte para el asesinato, supongo que sería tu siguiente propuesta.
#67 este sí es un buen argumento, ves?
#68 jamás he defendido la pena de muerte. Pero sí que quién la hace la paga. Y a veces el castigo justo para según qué actos es de por vida. Y no se pierde nada y se gana tener a la gentuza fuera de circulación.
Estos titulares sensacionalistas funcionan. ¿Podemos ya ir a casa del tipo ese a lincharle y colgarlo de una farola
#60
Me remito a tu comentario #15.
Si no tienes intención de reconocer tus errores, no tiene sentido perder más el tiempo.
Gracias.
Saludos.
#30 pasa por el poder ejecutivo
¿Por el ejecutivo o por el legislativo?
#5 No. La victima no es especialmente vulnerable. No era menor de edad, ni disminuida, ni padecia enfermedad que afectase a su entendimiento... No cumple la circunstancia 3 del punto 1 del artículo 180.
Según lo que dices la pena aplicable es de 4 a 10 años... Que es lo que los jueces aplicaron, lógicamente.
No lo entiendo. ¿Porque pensais que sabeis interpretar mejor las leyes que los que se han formado y se ganan la vida interpretando leyes?
#72 Es que en España no se distinguen muy bien
#11 Está sobradamente demostrado que endurecer las penas no sirve para nada. Se conoce como relatividad subjetiva. El impacto de ir a la cárcel por tres años es mucho más significativo que el impacto de subir la condena de tres a cinco y mínimo si es de cinco a siete. Cuando realmente estamos hablando del mismo periodo.
#71 Te "remites" pero no explicas. No sabes ni qué decir.
Vaya modo más grotesco de huir tras llamarme manipulador.
Desde luego que se ha acabado la conversación. Porque te has quedado sin respuestas.
Ciao.
#58 Acordado como transacción económica. Si no, no hubiera habido contacto sexual y por lo tanto fue sin el consentimiento de la mujer violada.
Tócate los cojones con la peña como tú. Pero, oye! que en la deriva hacia la extrema derecha de VOXEAME igual hasta te lo compran.
#65 #61 De hecho hablo de la ley y me da igual que viniera de la izquierda, sigue siendo horrenda.
La violencia no debería ser lo que tipifica el delito sino un agravante.
#72 Legislativo, joder. Que con tanto escribir tantos mensajes me he acabado liando yo jaja.
Lo curioso de este caso no es la administración de la droga y la posterior violación, sino que fue realizado a una prostituta por lo que no necesitaba drogar a nadie para tener relaciones sexuales...
Por lo que la única forma de entender el suceso es que el hombre era un simple ladrón que utilizo la droga para robarle y de paso tener sexo gratis.
No creo que sea un caso propiamente de "machismo" si no de un delincuente sin escrúpulos que ademas es "Tonto" puesto que si solo se hubiera preocupado de robar el dinero, la sentencia (si le pillan como a sido el caso) seria mucho menor!
y luego con lo robado se podía ir de putas (ironías de la vida)
#41 Drogar a alguien es asqueroso, es peligroso, y es ilegal... pero no es una agresión.
Agresión es un delito asqueroso, peligroso e ilegal distinto.
#17 Por el derecho a una segunda oportunidad, redimirse y ser agentes útiles de la sociedad y no convertirlos en desechos.
#39 Ya, pero partirte los dientes y cortarte un dedo es más violento, y para reflejar eso hay dos tipificaciones distintas.
#74 Por eso mi emoji
#7 Muy bien! Acabas de descubrir la Rueda! ¡¡¡PREMIO PARA EL SEÑOR!!!
SÍ. La VIOLENCIA es un agravante. CUALQUIER DELITO realizado mediante violencia es mas grave que si es realizado sin ella...
TE PARECE MAL???... Por favor, EXPLICAME porque, según tú, la violencia no debe ser castigada, ni afectar a la pena.
#17 ¿Y a un ladrón?, ¿y a un estafador?, ¿y a un prevaricador?
¿Por qué no a todos los que incumplan una ley?
#76
Tienes mucho tiempo libre y muchas ganas de manipular.
No pretendas presentarnos lo que debe ser como lo que realmente es.
Y aquí de perder más el tiempo contigo.
Saludos.
#39 Fumadores pasivos enfurecidos!!
Creo que el la tipificación del delito contra la libertad sexual hay un problema, no entre abuso y agresión, sino en lo que se entiende por violencia. Drogar a alguien contra su voluntad para violarle es una forma de violencia, evidentemente no es lo mismo que moler a palos, y no merece la misma condena, pero de alguna forma tiene que castigarse. El juez tiene en su mano aplicar una pena entre 4 y 10 años, si aplica solo 1 por encima del mínimo para mi no está actuando bien. Hago notar que la agresión sexual tiene penas de 6 a 12 años, por lo que es posible penar un abuso por encima de una agresión (como de hecho les ha ocurrido a los de la manada si comparamos sus penas con otras por agresión sexual)
#7 Es lo mismo para el robo. Si no hay violencia es hurto y lleva menos condena.
#76
Yo también sé poner negativos, infeliz.
#4 El olor del sobaco cuenta como droga?
#91 Lo sé.
Menos explicar por qué me has llamado "manipulador", o menos pedir disculpas, sabes hacer de todo.
Edito: veo que me has cascado varios negativos a lo loco. Gracias por darme la razón al final.
#37 No, es homicidio o asesinato según otros factores, pero no es violencia.
#37 No. Eso es asesinato u homicidio. Puede ser con violencia, con ensañamiento, accidental, por omisión, por negligencia, etc...
No entendeis que la agresión es un acto en si mismo?
#17 Para mi ninguno, porque un violador es difícilmente reinsertable, pero para un sistema judicial que prima la reinserción hay muchos problemas.
#94 #95 no he dicho que la persona envenenada haya muerto.
He envenenado a mi jefe, con una dosis muy baja a posta, y estuvo con dolores y nauseas pero no ha muerto ni le han quedado secuelas. No es intento de asesinato porque calibré la dosis, para que rabiase de dolor y sobreviviese sin secuelas.
¿No me puede acusar por agresión?
P. D. Es una historia de ficción.
#2 Si voy a tu casa, a comprarte la tele de segunda mano que anuncias, te drogo y robo tus cosas, ¿sería un impago porque no nos aclarábamos con el precio de tu tele?
#060 y por que no se persigue la prevaricacion como se persigue el asesinato?
#4 una agresión igual no, pero yo sí que lo veo prácticamente igual que las amenazas, anulas la voluntad de una persona sin hacerle daño físicamente. Y la ley sí que iguala amenazas a violencia