El pliego de condiciones de la subasta de derechos para las 3 siguientes temporadas, que van de la 2027/28 a la 2031/32, obliga a los adjudicatarios a colaborar con LaLiga a perseguir en los tribunales la adopción de "bloqueos dinámicos en directo a través de IP", lo que refleja su intención de prolongarlos en el tiempo más allá de 2027, reservándose la posibilidad de acudir de nuevo a la justicia. LaLiga también podría estar preparando nuevas "acciones judiciales y extrajudiciales" contra las VPN y DNS públicos, ya que los adjudicatarios...
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etiquetas: movistar , laliga , bloqueos , vpn , piratas , internet
Esto permite:
Más legitimación,
Más rapidez,
Más alcance en los bloqueos
Lo que no hace el RDL 5/2015:
No regula explícitamente el bloqueo de IPs (eso se hace mediante leyes de Propiedad Intelectual previas y posteriores).
No introduce procedimientos técnicos de filtrado.
No altera el papel de la Sección Segunda,… » ver todo el comentario
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1.Vodafone España, S.A.U.
2. Vodafone ONO, S.A.U.
3. MASORANGE Orange Espagne, S.A.U.
4. DIGI SPAIN TELECOM, S.L.U.
5. TELEFÓNICA ESPAÑA, S.A.U.
6. TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA,S.A.U.
www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=accessToPDF&p
"Parte demandante/ejecutante: TELEFONICA AUDIOVISUAL DIGITAL SLU, LIGA NACIONAL DE FÚTBOL
PROFESIONAL"
Hay que buscar operadores pequeños
La liga demandó judicialmente en base al RDL 5/2015 poder solicitar a los operadores a bloquear IP's desde las que se distribuyen ilícitamente contenidos.
Y el Juez falló favorablemente a favor de LaLiga, por lo que no va contra la ley. El que va contra la ley es el que distribuye y facilita la difusión de contenidos sujetos a derechos de propiedad.
www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=accessToPDF&p
1º La absoluta mayoría de alumnos de derecho no se han leído el RDL 5/2015 y mucho menos la sentencia que citas. Lo que dice #15. en cambio. sí es un conocimiento básico de derecho.
2º Poca o ninguna relevancia tiene lo que haya dicho un juez el año pasado respecto de una demanda en la que todos los demandados se allanaron, con respecto a que las nuevas condiciones de contratación de los derechos audiovisuales sean, como sugiere la CNMC, contrarias a derecho.
ahora en serio, pueden bloquear las IP o DNS que les de la gana siempre que consideren que por casualidad algún paquete de alguna cosa pirata pasara por allí alguna vez en la historia de internet.
Mientras los piratas seguiran viendo el partido en alguna otra web, sin problemas.
Y nosotros como buenos lacayos les reímos las gracias y lanzamos espumarajos por la boca cuando alguien les planta cara.
El caso está ahora en el Tribunal Constitucional y mucho me temo que, sabiendo perfectamente de qué pie cojea cada uno, el único recorrido que tenga es que ataca directamente al Gobierno de España intentando hacer del conflicto un asunto político entre EE.UU y España.
Un choque que mucho me temo se va a resolver, no por la vía lógica de atacar al pirata, sino por una bajada de pantalones en toda regla de España.
Y esto, mal que nos pese a todos, es una cagada como un templo. Y todo por unos putos partidos de fútbol.
La liga está causándome un perjuicio arbitrario y pasándose por el forro de los huevos mis derechos, no tienen razón y sólo se están saliendo con la suya porque los jueces son analfabetos digitales. Y esto es así, esté en el otro bando EEUU, Putin o hasta el mismísimo diablo.
El que veía el futbol pirata sigue haciéndolo y cada vez cabrean a más gente.