Wizink ha tenido que abonar a un socio de FACUA Madrid los 18.000 euros que pagó su padre, ya fallecido, por los intereses usureros que le aplicó en una tarjeta revolving. Inicialmente, era el banco el que le reclamaba que asumiese más de 10.000 euros de la deuda que había contraído el padre, pero tras poner el caso en manos de la asociación, ha logrado una sentencia a su favor del Juzgado de Primera Instancia número 19 de Madrid. La titular del Juzgado de Primera Instancia número 19 de Madrid dictaminó "el carácter usurario del contrato" y que
Comentarios
¿Usura en la banca española? Qué raro!
#1 Lo raro es que devuelvan nada, por eso es noticia.
#2 En realidad, si tienes razón y es de justicia, si reclamas, sigues el proceso administrativo burocrático, y terminas con una demanda en el juzgado que proceda, exponiendo claramente los hechos y los fundamentos de derecho, ganas siempre. Yo he lleve a juicio en dos ocasiones a sendas aerolineas y gané en el mercantil, llevé a juicio a un proveedor de internet, y gane. Llevé a juicio a un tribunal de un ayuntamiento por asuntos de embargos por multas de aparcamiento, y gané...
#37 pues si haces Honor a tu nick... Bravo por ti! Por curiosidad cual es tu gremio??
#43 listillo
#43 No tengo gremio, me dedico al audiovisual.
#37 y cuanto pagaste de abogados?
#48 claro, porque ese suele ser a lo que se agarran las empresas y demás, que reclamas 500 euros y cualquier abogado te pide 1000 solo por leerse un escrito.
#55 Monté yo solito las demandas y redacté los hechos y busqué los fundamentos de derecho. Se puede hacer.
#59 Haces honor a tu nick
#1 Rarísimo, como lo de encasquetar contratos fraudulentos a los ancianos.
Aprovecho para hacer spam de un foro gratuito donde puedes aprender a lidiar con este tipo de gente y a recuperar dinero de comisiones cobradas alegalmente, que como aplican interes compuesto se crean deudas de cuantioso tamaño, asi como luego, grandes recuperaciones, como la del caso de la noticia.
foroantiusura.org
#8 Muy útil, muchas gracias
#14 Si han renunciado a la herencia o aceptado a beneficio de inventario, sí, no te lo pueden exigir. Si la aceptas, claro que los descendientes tienen que abonar el importe.
Se heredan derechos y obligaciones. Es decir, haber y debe. Si el debe supera al haber, mala suerte.
#16 Frente a la obligación al pago está el derecho de reclamar. Las deudas se tienen que pagar por supuesto, faltaria más, pero a veces, muchas veces, la mayoría de veces, hay que pagar pero no como dice el banco que hay que pagar, puesto que el contrato o escritura puede contener clausulas abusivas (las tiene) y esas clausulas hacen que el importe a pagar sea mayor, para ello están las reclamaciones extrajudiciales que es un idioma que no entienden los bancos puesto que el banco de españa con sus resoluciones no vinculantes les da "alas" a las entidades para hacer y deshacer. Luego, después de meses y meses de escritos a la entidad sin ninguna explicación (a veces ni contestan) te toca ir a un procedimiento judicial y eso tira para atrás a mucha gente, hay mucha gente que ni se lo plantea porque piensan que ganarle a un banco es imposible (es dificil pero no imposible), dentro de un procedimiento judicial tenemos la 1º instancia, la segunda instancia y la tercera instancia que es el partenon griego de los dioses: El tribunal supremo, el mismo que asufin los ha denunciado ante el TJUE por dictar sentencias a favor de la banca.
Welcome to the jungle: Guns and roses (apettite for destruction) 1987
#42 No estoy hablando de la banca ni de cláusulas abusivas. Me limité a decir que las deudas, al igual que los bienes, se heredan. Como con cualquier deuda luego puedes pagarla, pelearla o no.
#46 Se heredan si las aceptas, sino no.
Si aceptas la herencia, aceptas todo, propiedades y deudas, pero si ves que el saldo es negativo, puedes no aceptar nada y no te haces responsable de las deudas y todo legal.
#51 esto no es como la religión, donde uno se puede quedar con lo que le interesa y tirar lo que no.
#53 Gracias a Dios
#53 Sí, si la aceptación es a inventario.
#51 Es lo que he dicho ya en tres comentarios.
#46 cito, literalmente lo que decias: “ ...Si la aceptas, claro que los descendientes tienen que abonar el importe...”...Si la peleas bien, y según el caso, hay muchas posibilidades de que incluso te libres de la deuda heredada, e incluso te tengan que pagar a ti, que no seria la primera vez...Si tienes razón se hereda tanto lo bueno como lo malo, pero si aceptas la deuda tu derecho a reclamar no desaparece en calidad de causahabiente, muchas veces la “película” se les tuerce a los bancos.
#0 FACUA Madrid logra una sentencia judicial firme por una tarjeta revolving contratada en 2001 con un 24,6% TAE, más del triple del interés medio aplicado ese año en los préstamos personales.
En mi opinión, este detalle que está en a entradilla del artículo, era importante para la entradilla del envío... porque las sentencias del Juzgado de Primera Instancia número 19 de Madrid son recurribles ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Y sí, ya se que lo aconsejable es entrar a leer el envío
#19 Sí, no es muy habitual. No se conoce mucho, no vale para todo y tiene un tiempo limitado.
#20 muchas gracias
#23 Nada. Vi ahora tu
#26 Si si, se que no se forma una SL era por poner un simil, vamos es una forma de asegurarte que no te va a salir a pagar la herencia por asi decirlo, vamos las deudas y obligaciones de las deudas deben pagarse con los activos de la misma
Tengo bastantes teléfonos bloqueados de estos prendas de Wizink, son cansinos hasta el hastío.
#3 Paga lo que debes, cabrón.
#5
Las llamadas eran para ofrecerme su magnífica tarjeta revolving. Día tras día. Quizá debí especificarlo en #3.
#3 Si eres cliente y entras en la web puedes configurar que no te llamen para promociones. Yo lo hice y mano de santo.
#34 No tengo relación alguna con ellos ni con su grupo. Supongo que alguien les habrá vendido mis datos.
#45 inscríbete en la lista Robinson y cuando te llamen si es que lo vuelven a hacer, dile que estas en dicha lista y que están infringiendo la ley, pídele sus dato y di que vas a denunciar. No hará falta ni que denuncies, te dejaran a la primera
#62 lista Robinson?? No tenía ni idea de ello.
Gracias por la info
#3 Te asaltaban antes en las estaciones de tren y aeropuertos...
Facua, la asociación que llena su web de noticias de "cosas que hacemos para nuestros socios" pero que, si eres socio y acudes a ellos con un problema no te hacen ni puto caso.
#4 Soy socio de Facua y me encanta la labor que hacen, pero entiendo que para algunos problemas míos debo contratar un abogado, ya que es un problema muy concreto con una empresa que no es muy relevante a nivel nacional ni afecta a cientos de consumidores.
¿Qué te pasó? Cuentanos a ver si entendemos lo que comentas.
#6 esperando su problema...
#6 Exactamente uno de tantos casos que hacen gala de defender.
Banco que reclama 2.000 € de deuda de un descubierto* causado hace unos 30 años, a nombre de mi padre, de 200 pesetas. En archivo de morosos, llamadas acosando y cartas, ¿la respuesta de facua? No pagues. ¡Coño! Eso ya lo sé yo, yo quería una solución como la que hacéis gala de proporcionar a vuestros socios.
cc #44 #39
PD: Los negativos, ¿por qué son? Tiene gracia me preguntes #6 después de cascarme un negativo a cuento de nada.
*Descubierto de comisión bancaria, que se me olvidó mencionarlo en el comentario antes.
#4 Medio verdad.
El Wizink Center no se paga solo.
#18 es el Palacio de los deportes pero como en Madrid si vienes por pasta se cambia el nombre. Pabellones , estaciones de metro, y al oso y el Madroño si es necesario
Que si lo hacen en más sitios me parece igual de hortera
#25 "El Oso y Pesi presenta el Madroño", por favor, seamos rigurosos con los nombres de los monumentos, que son nuestro patrimonio.
¿Desde cuándo las deudas se pueden heredar? Algo no nos cuentan en la noticia
#9 Pues claro que las deudas se heredan, en que universo vives ?
#10 Entiendo que puedas heredar el "pack". Del rollo: "tu padre tiene un patrimonio de 100.000€ al morir, pero como tenía una deuda de 20.000€ con nosotros, primero esa deuda se salda y te quedan los 80.000€ para ti".
Pero en mi universo, si un señor muere sin patrimonio y con una deuda de 100.000€, nadie puede ir a sus descendientes a exigir el cobro de una deuda de la que no son responsables.
#13 exacto. Como decía en #14, aceptas el "pack". Realmente no aceptas la deuda sino que los acreedores del señor van antes que los herederos, como es normal.
Si tu padre muere con deudas y sin patrimonio, nadie puede venir a ti a exigirte nada... a no ser que tus deudas fueran con alguna mafia "de las ilegales".
#17 Si aceptas la herencia, claro que van a venir a por ti. Obviamente no es frecuente precisamente que alguien acepte una herencia con deuda y sin activo.
#17 Lo que dices no tiene nada que ver con lo que debatiamos, las deudas se heredan exactamente igual que los activos, porque siempre puedes negarte a heredar independientemente de lo que contenga la herencia (activos, pasivos o una mezcla).
De modo que la frase "las deudas no se heredan" sigue siendo incorrecta. A no ser que consideres que decir "los activos no se heredan" es correcto claro.
#17 eso de que los acreedores van antes? Si se muere con una hipoteca antes venden la casa para pagar la hipoteca?
#9 De toda la vida, si quieres heredar los bienes del fallecido, tienes que hacerte responsable de las deudas que hubiese.
#9 Esto... Desde toda la puta vida. ¿Desde cuándo no se pueden heredar?
#12 Se pueden no heredar deudas si renuncias a la herencia completa.
#36 Que es lo que he dicho en dos comentarios.
#9 Si aceptas la herencia aceptas todo (juraria que es asi), el patrimonio y deudas, no puedes renunciar solo a las deudas, imagino que el hombre deberia pasta de la tarjeta y tendria un piso por poner un ejemplo, en ese caso te sale a cuenta, luego ves que lo de la tarjeta es una estafa y ya intentas arreglarlo antes de ponerte a pagar
#13 Hay una manera, aceptarla a beneficio de inventario, pero tiene sus tiempos y particularidades.
#15 Si si esa me la conozco tambien, mi mujer y su familia son abogados, pero vamos lo normal es si tenia mas deuda que patrimonio renuncias y si no aceptas y si tienes dudas pues a beneficio de inventario pero por lo que me han contado no suele ser muy habitual, es asi?
Edito si mal no recuerdo a beneficio de inventario era algo como una SL que el heredero solo paga con el patriminio heredado no son su propio patriminio o algo asi
#9 cuando se muere alguien del que eres heredero, puedes aceptar la herencia o rechazarla. Siempre es aconsejable pedir antes un inventario de bienes y deudas. Si aceptas la herencia aceptas las obligaciones deudoras. Sino la aceptas el marron se lo come el prestamista
#9 Desde siempre
#31 Me suena que determinados herederos (hijos creo) son forzosos, es decir, no pueden rechazar la herencia. Pero me puedo equivocar, o ha podido cambiar.
#33 antes no lo se, ahora segurisimo que no
#31 Desde el desconocimiento absoluto del asunto, por ejemplo una hipoteca o deudas de créditos personales, si se acepta la herencia incluyendo estas deudas con el banco, hay obligación de pagarlas inmediatamente y de golpe, o se respeta las letras y plazos de cada una? o se hace borrón y cuenta nueva, y hay que renegociar con el banco? Son bienvenidas vuestras ideas y /o experiencias sobre esto. Gracias-
Lo que se llama ir a por lana y acabar trasquilado.
#21 mientras les toque pagar una de cada 10000 veces seguirán con sus timos
A pagar, hijos de puta.
Yo soy más de la Teniente Usura, llámame treski