Una nueva expulsión en el pleno mojaquero de ayer. Nuevamente, un vecino intentó grabar la sesión plenaria para poder difundirla y que todo el mundo tenga acceso de primera mano a lo que se debate en el pleno, pero la alcaldesa mojaquera, Rosa María Cano, le volvió a negar esa posibilidad.
#3:
Ya existe una denuncia. En el momento en que un juzgado de la razón al denunciante y diga que se pueden grabar los plenos, será el momento de denunciar a la alcaldesa por prevaricación.
"LA PREVARICACIÓN
La prevaricación es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro funcionario público dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, a sabiendas de que dicha resolución es injusta. Creerse con tanta autoridad como para estar por encima de la ley sin ser así.
Dicha actuación es una manifestación de un abuso de autoridad. Está sancionada por el Derecho penal, que busca la protección tanto del ciudadano como de la propia Administración.
Requisitos
La prevaricación tiene los siguientes requisitos:
La persona que realiza la prevaricación debe ser una autoridad o funcionario.
En el ejercicio de su cargo.
Que la resolución injusta se dicte sabiendo que lo es. Debe existir dolo."
Es más, según indica, la concejala Jessica Simpson, han propuesto a la primera edil «que se haga como se hace en otros pueblos, que sea alguien del propio Ayuntamiento quien grabe los plenos y los cuelgue en la página web oficial de la administración municipal.
Ya existe una denuncia. En el momento en que un juzgado de la razón al denunciante y diga que se pueden grabar los plenos, será el momento de denunciar a la alcaldesa por prevaricación.
"LA PREVARICACIÓN
La prevaricación es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro funcionario público dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, a sabiendas de que dicha resolución es injusta. Creerse con tanta autoridad como para estar por encima de la ley sin ser así.
Dicha actuación es una manifestación de un abuso de autoridad. Está sancionada por el Derecho penal, que busca la protección tanto del ciudadano como de la propia Administración.
Requisitos
La prevaricación tiene los siguientes requisitos:
La persona que realiza la prevaricación debe ser una autoridad o funcionario.
En el ejercicio de su cargo.
Que la resolución injusta se dicte sabiendo que lo es. Debe existir dolo."
Mientras el juez no se posicione ella puede alegar que no sabe que eso es injusto. Otra cosa sería si además de la denuncia se hubiera pedido al juez que dejara sin valor la orden de no dejar grabar hasta que dictara resolución y el juez lo hubiera aceptado. En ese caso si que se puede decir que actúa a sabiendas de que hace algo injusto.
Lamentablemente vivimos en un país donde el caciquismo es la forma natural de gobierno y donde las leyes se cumplen o no según quien sea.
#5 Yo tampoco soy abogado, así que hablo guiado por el sentido común. Siempre se ha dicho que la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento. Esta señora debe informarse y asesorarse antes de tomar una decisión así. No obstante, cómo tú dices es muy difícil demostrar que la alcaldesa sabía que no podía impedir que se grabara el pleno, en el caso de que le den la razón al vecino.
De todas formas, reconozco que me he confundido. Al leer la noticia pensaba que era el mismo ciudadano del enlace del primer comentario, que ya aportó una sentencia anterior de un caso parecido.
#3 sin piedad y con paciencia contra estos sinvergüenzas! estáis dando un magnífico ejemplo vecinos de mojacar!
#5 yo tampoco soy abogado, pero si no hay nada legal que impida grabar el acto, la alcaldesa no se está ajustando a la ley a drede; y si la alcadesa no tiene conocimiento de las normas que rigen el pleno que preside, apaga y vámonos.
Es más, según indica, la concejala Jessica Simpson, han propuesto a la primera edil «que se haga como se hace en otros pueblos, que sea alguien del propio Ayuntamiento quien grabe los plenos y los cuelgue en la página web oficial de la administración municipal.
Esto parece que no es algo raro. A partir de la portada sobre el hecho de que mi alcadesa no deje grabar los plenos me llegan multitud de casos como el de mi pueblo y peores. Aquí os dejo otro de muestra. Me sugieren hacer un grupo de facebook para darnos apoyo mutuo e informarnos. Si alguien sabe de alguno parecido. Mi alcaldesa no me permite grabar los plenos. ¡Qué desilusión!
12# Un concierto tiene derechos de autor.
Si se tiene sentencia firme del supremo pienso que si es prevaricación, creo que por aquí tendría que ir la denuncia
Los plenos no solo podrán ser grabados, sino que serán ser retransmitidos en directo si un ciudadano (o varios) quiere y está dispuesto a hacerlo poniendo los medios.
A ver si de una vez salimos del yugo, de ese esquema mental de que somos súbditos. No le debemos sumisión a ningún soberano ni alcalde.
Somos ciudadanos que hemos elegido a quienes gestionan nuestras ciudades, en el caso de los ayuntamientos.
Y ahora resulta que los gestores de nuestro patrimonio se creen los dueños del cortijo.
En Tres Cantos (Madrid), con mayoría del PP, el propio ayuntamiento graba todos los plenos y los pone a disposición de todos en la página web municipal.
Chapeau.
Algo teme si fuera limpio no tendría miedo para que los vecinos se enteraran de lo que pasa en los plenos que es un derecho fundamental de todos los Españoles y si no lo sabe que se lea la constitución
El concejal presidente de la junta municipal de ciudad lineal tampoco permite la grabación de los plenos. Tiene puesto un cartel a la entrada del salón de actos en el que impide, en virtud de la ley de proteccion de datos, que se graben.
Comentarios
Ya existe una denuncia. En el momento en que un juzgado de la razón al denunciante y diga que se pueden grabar los plenos, será el momento de denunciar a la alcaldesa por prevaricación.
"LA PREVARICACIÓN
La prevaricación es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro funcionario público dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, a sabiendas de que dicha resolución es injusta. Creerse con tanta autoridad como para estar por encima de la ley sin ser así.
Dicha actuación es una manifestación de un abuso de autoridad. Está sancionada por el Derecho penal, que busca la protección tanto del ciudadano como de la propia Administración.
Requisitos
La prevaricación tiene los siguientes requisitos:
La persona que realiza la prevaricación debe ser una autoridad o funcionario.
En el ejercicio de su cargo.
Que la resolución injusta se dicte sabiendo que lo es. Debe existir dolo."
http://vanesateijeiroabogada.wordpress.com/2010/09/21/la-prevaricacion/
#3 No soy abogado pero diría que no.
Mientras el juez no se posicione ella puede alegar que no sabe que eso es injusto. Otra cosa sería si además de la denuncia se hubiera pedido al juez que dejara sin valor la orden de no dejar grabar hasta que dictara resolución y el juez lo hubiera aceptado. En ese caso si que se puede decir que actúa a sabiendas de que hace algo injusto.
Lamentablemente vivimos en un país donde el caciquismo es la forma natural de gobierno y donde las leyes se cumplen o no según quien sea.
#nolesvotes
#5 Yo tampoco soy abogado, así que hablo guiado por el sentido común. Siempre se ha dicho que la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento. Esta señora debe informarse y asesorarse antes de tomar una decisión así. No obstante, cómo tú dices es muy difícil demostrar que la alcaldesa sabía que no podía impedir que se grabara el pleno, en el caso de que le den la razón al vecino.
De todas formas, reconozco que me he confundido. Al leer la noticia pensaba que era el mismo ciudadano del enlace del primer comentario, que ya aportó una sentencia anterior de un caso parecido.
#3 sin piedad y con paciencia contra estos sinvergüenzas! estáis dando un magnífico ejemplo vecinos de mojacar!
#5 yo tampoco soy abogado, pero si no hay nada legal que impida grabar el acto, la alcaldesa no se está ajustando a la ley a drede; y si la alcadesa no tiene conocimiento de las normas que rigen el pleno que preside, apaga y vámonos.
No sabia yo esto...
Es más, según indica, la concejala Jessica Simpson, han propuesto a la primera edil «que se haga como se hace en otros pueblos, que sea alguien del propio Ayuntamiento quien grabe los plenos y los cuelgue en la página web oficial de la administración municipal.
me pasan esto... http://www.facebook.com/notes/govern-obert-gobierno-abierto/grabacion-de-plenos-municipales/196588930354599
Parece que tienen algo que ocultar.
Esto parece que no es algo raro. A partir de la portada sobre el hecho de que mi alcadesa no deje grabar los plenos me llegan multitud de casos como el de mi pueblo y peores. Aquí os dejo otro de muestra. Me sugieren hacer un grupo de facebook para darnos apoyo mutuo e informarnos. Si alguien sabe de alguno parecido.
Mi alcaldesa no me permite grabar los plenos. ¡Qué desilusión!
Mi alcaldesa no me permite grabar los plenos. ¡Qué...
decuyonombrenoquieroacordarme.blogspot.coma este paso hay que poner la categoria #nomedejangarbarelpleno
Que se haga con una de éstas como la que tengo yo
#9 Es que eso no tendría que hacer falta.
Eres un ciudadano que les paga... en un sitio público.
Tu eres el cliente... ellos los trabajadores...
¿Quien vigila a los vigilantes?
¿Los guardacostas? Homer Simpson
#9 Y nos dirás que tu te compraste una de esas para grabar los plenos de tu municipio, eh, pillín
#20 Por practicidad y porque tiene mejor calidad que el móvil que tenía antaño.
12# Un concierto tiene derechos de autor.
Si se tiene sentencia firme del supremo pienso que si es prevaricación, creo que por aquí tendría que ir la denuncia
Nueva plataforma de ciudadanos para permitir que se graben plenos:
http://www.facebook.com/pages/GRABA-TU-PLENO/151598051595676
Si esa Alcaldesa no fuera analfabeta, podría buscar en Youtube esto:
Aproximadamente 3250 resultados
Los plenos son públicos, sólo limitado por cuestiones de espacio y orden público.
La grabación del pleno del Ayuntamiento debería estar sujeto al derecho de información, menudo morro le echan al no permitir grabarlo. Aluciflipo.
Otro punto que podrían añadir a la constitución:
Los plenos no solo podrán ser grabados, sino que serán ser retransmitidos en directo si un ciudadano (o varios) quiere y está dispuesto a hacerlo poniendo los medios.
Se confirman las sospechas, en mi pueblo es del PSOE en este de la otra parte del partido (del PP), podemos confirmar que el PPSOE existe.
A ver si de una vez salimos del yugo, de ese esquema mental de que somos súbditos. No le debemos sumisión a ningún soberano ni alcalde.
Somos ciudadanos que hemos elegido a quienes gestionan nuestras ciudades, en el caso de los ayuntamientos.
Y ahora resulta que los gestores de nuestro patrimonio se creen los dueños del cortijo.
¿Puede grabarse cualquier actividad pública?
#14 Sí.
En Tres Cantos (Madrid), con mayoría del PP, el propio ayuntamiento graba todos los plenos y los pone a disposición de todos en la página web municipal.
Chapeau.
Cada vez más atropellos como este. Cada vez más cerca de que algún "políticucho" nos diga que respirar es ilegal, y aún así muchos tragarán.
Pero como vas a filmar un pleno en una dictadura que ocurrencias
Lo de la de la prevaricación ya veremos que ya no queda policia solo la dgs
Y seguro que todos estos pueblos tienen televisiones públicas!!!
Hombre es normal, no esta bien colgar en you tube como raspan los maletines la soleria. Faltaria mas.
Que quereis que la gente vea como se roba y aprenda.
Algo teme si fuera limpio no tendría miedo para que los vecinos se enteraran de lo que pasa en los plenos que es un derecho fundamental de todos los Españoles y si no lo sabe que se lea la constitución
El concejal presidente de la junta municipal de ciudad lineal tampoco permite la grabación de los plenos. Tiene puesto un cartel a la entrada del salón de actos en el que impide, en virtud de la ley de proteccion de datos, que se graben.
#23 Habría que preguntarle... ¿De la protección de qué datos? ¿De los datos de las actuaciones públicas?
Tampoco se puede, legalmente, grabar un concierto si no tienes acreditación.
En mi pueblo los plenos los pone la canal del pueblo, que pa eso está.
#12 Salvo por el pequeño detalle de que un pleno municipal es un acto público y un concierto no.