Hace 4 años | Por --541554-- a outono.net
Publicado hace 4 años por --541554-- a outono.net

Ya he hablado antes de la diferencia entre el feminismo original, que buscaba la igualdad legal entre hombre y mujer, y el feminismo de género, que considera a la mujer oprimida por el hombre.

Comentarios

D

#20 Entonces es la jurisprudencia definida por el supremo tras llegar a él. Entiendo que la ley necesita un desarrollo más específico. No vendría mal encontrar la sentencia para ver como lo desarrollan.

#27 el caso de los abueletes en que él ayudó a su pareja a suicidarse se juzgará como viogen.

Falso, se instruirá como tal. Luego ya veremos donde y como se juzga.

Todo parece indicar que efectivamente Ángel Hernández Pardo asistió en el suicidio de su mujer con el pleno consentimiento de ésta, pero Pero la judicatura no puede determinar si existió violencia de genero sin investigarlo antes.

la Audiencia de Madrid zanja el asunto atribuyendo la competencia al juzgado de Violencia sobre la Mujer al entender que en esta fase procesal "no se dan las circunstancias para determinar fehacientemente si se trata de un acto de violencia contra una mujer en el ámbito de la pareja", como determina la ley integral de violencia sobre la mujer.
https://www.europapress.es/madrid/noticia-audiencia-ordena-caso-suicidio-asistido-carrasco-juzgue-violencia-genero-20190606144921.html

D

#45 Que no se dan las circunstancias, dice. La pareja que no era pareja. Ya.

#51 Primero, no lo digo yo, es el argumento legal sobre el que se basa la decisión de la Audiencia de Madrid.

Dos, para tu información, la violencia dentro de las parejas no es algo precisamente desconocido. Como tampoco es desconocido que criminales oculten o disfracen sus acciones. La labor de un tribunal consiste precisamente en dilucidar los detalles de cada caso, sobre todo en un caso de homicidio, considerado uno de los crímenes mas execrables .

"La maté porque me lo pidió" es muy posible que sea cierto en este caso, pero no lo es en la mayoria. Y por tanto los tribunales deben asegurarse (p.e. en la fase de instruccion como es el caso) de ello.

Comprendo que estos detalles puedan parecer innecesariamente complicados o farragosos para algunos, pero la sociedad es complicada y farragosa - pocas cosas hay mas peligrosas que creer en los atajos simples y milagrosos en estos casos.

D

#52 Y por tanto de momento es viogen, pues así lo dictaminó el TS. Recuerda, sin importar la itencionalidad o motivación.

Comprendo que el detalle pueda ser farragoso. Es lo que tienen las leyes de autor.

perico_de_los_palotes

#55 Nada de lo que dices me resulta confuso, dado que es conocido y complementario a lo que he aportado antes. Recuerda tú la cantidad de asesinadas por sus parejas o ex-parejas que habían retirado denuncias previas.

En todo caso, instruir un caso no es juzgarlo, que es lo que señalaba al principio de este hilo. No entiendo qué parte de eso sigue sin entenderse.

/¿Acaso la gente cree que el derecho hispano es igual que el de las series de abogados yankis?

D

#57 No hay ninguna justificación para tener una ley de autor que coloca a las mujeres en situación de superioridad legal para con sus parejas. Las cifras de malos tratos y homicidios en total en España son irrisorias.

Defendéis, como digo, lo indefendible.

f

Este blogueiro é un coñecido falanxista afincado desgraciadamente na Galiza. Unha merda para el.

D

#2 vamos, que todo lo que dicen es cierto cuando atacas al mensajero y no a la idea.
#3

T

#3 Aí estamos, un ad-hominem de libro. Ademáis dos calificativos e desexos que lle envías ¿tes algún argumento en contra do expresado no artigo? por curiosidade.

perico_de_los_palotes

#12 El argumento es evidente: las circunstancias pueden haber cambiado con respecto a lo planteado dos décadas antes.

T

#50 Eso NO es un argumento. Con esa frase pretendes decir que las circunstancias de las mujeres respecto a los hombres en 1983 eran mejores que en 2004 cuando se aprobó la LIVG y todavía hoy.

Eso no se sostiene de ninguna manera.

Vamos, me da la risa.

perico_de_los_palotes

#58 Eso no se sostiene de ninguna manera.

Esta afirmación es la que va a necesitar algo mas de desarrollo antes de empezar a poder ser considerada un argumento, no digamos ya creíble.

T

#59 Eres tú quien ha dicho que las circustancias PUEDEN haber cambiado. En ese caso yo te pregunto qué es lo que ha cambiado desde que el mismo PSOE derogó ese agravante en 1983 a 2004 para que la situación de las mujeres se considere peor.

Eres tú quien ha realizado esa hipótesis, demuéstrala.

Además, personalmente creo que ese no es un tema de circunstancias, sino que tratar a las mujeres de esa manera es compararlas con menores de edad o retrasados mentales, perjudicando a los hombres en el camino.

Todo un "win-win"...

perico_de_los_palotes

#60 Yo tuve la suerte de estar en mitad de la adolescencia en el 83. Me consta que desde entonces algunas cosas han cambiado muy rápido, otras no tanto, algunas incluso nada de nada y en determinados aspectos ha habido incluso claro retroceso. Precisamente por eso lo señalo como prefectamente posible.

Entiendo que lo de arriba es evidencia anecdótica. Personalmente, confío en que los politicos - cuya lerda polarizacion desaparece casi por completo en este tema - están haciendo una labor que es de las pocas de las que me enorgullezco como (portador de un pasaporte) español.

Dicho lo cual, me consta que se producen grandes injusticias en los juzgados, en este y otros temas. La forma mas efectiva de acabar con ellas es convertir a la judicatura en algo con los mismos medios que la agencia tributaria.

T

#61 Escribes mucho, no dices nada al respecto de lo que te he preguntado.

O el PSOE se equivocaba entonces o se equivoca ahora (claramente es ahora cuando se equivoca) pero no puede ser que alguien me quiera convencer de que las mujeres están peor ahora que antes comparando con los hombres en derechos, vamos, por favor.

perico_de_los_palotes

#62 Yo creo que si te he contestado, así que si no nos entendemos hasta ese punto, mejor lo dejamos.

T

#63 No has contestado. Sólo has dicho lo mismo, que "es posible". No has puesto ni un ejemplo.

D

#62 ¿Cómo te va a contestar con un argumento, no digamos ya racional? Están justificando una ley que es basura totalitaria.

T

#67 Yo ya con un ejemplo me conformaba. No digo ya una explicación razonada.

cromax

Llamar tendenciosa y ultra a esta página es quedarse muuuuy corto.
Bazofia desinformativa le pegaría más.

T

#2 Además de marcarte un ad-hominem (¿ad-paginem?) de libro ¿algo que quieras aportar, no sé, diciendo qué parte de lo dicho en el artículo, no en toda la página, en el artículo meneado es mentira?

Ilumínanos con tu sapiencia, por favor.

KdL

#2 Ni respondas al colectivo machinazi del MNM. Cualquier noticia en contra de la mujer recibe sus aplausos. Son uno de los peores colectivos de esta web y tienen muchos adeptos de VOX en sus filas. Mejor ignorarlos.

#17 que tiene esta noticia en contra de la mujer ?

#2 no como eldiario o ctxt que están cada día en portada, la auténtica objetividad.

cromax

#36 Joder, hay que reconocer que los tenéis cuadrados .
A ver, yo no suscribo la opinión de ABC o Heraldo de Aragón, pero puedo leerlos e informarme con ellos
Esta página no es información, es un burdo panfleto lleno de datos sesgado

D

#37 Vamos, que este pdf que enlazan del congreso de los diputados es falso: http://www.congreso.es/public_oficiales/L2/CONG/DS/CO/CO_016.PDF

Pensamos que, conforme con la filosofía que introduce nuestra Constitución en su artículo 14, y en la medida en que se tratase de abuso de superioridad física, ya está contemplada esta circunstancia en el Código Penal, a través del agravante de actuar o cometer delito con abuso de superioridad, y queda perfectamente recogida la posible debilidad que se quiere contemplar en el Código.
Por eso, no entendiendo que el desprecio al sexo pueda constituir una agravante -y no nos olvidemos que es una agravante que aumenta la pena y que una persona puede ser sancionada o penada con penas graves por ese desprecio- nuestro Grupo solicita que en esta reforma parcial y urgente se suprima el desprecio del sexo como circunstancia agravante.


Y ese mismo partido, que propuso eliminar código legal que iba contra la igualdad ante la ley, se lo cargó 21 años después. Traidores de mierda. El PSOE, todos los que votaron a favor de la LIVG y todos los que la mantienen en vigor.

cromax

#41 Claro, porque en dos décadas la realidad no cambia.
Contexto histórico y social, genio, contexto se llama.
Las sociedades cambian. En 1983 veníamos de pleno Franquismo, cuando las mujeres no podían ni abrirse una cuenta bancaria.
Las cosas evolucionan, pero el pensamiento de los que escriben en ese panfleto infame se quedaron hace muchas décadas.

D

#43 Que sí, que la igualdad ante la ley antes estaba bien y ahora es facha.

Claro que sí, crack.

perico_de_los_palotes

#41 Tal vez porque las agresiones machistas no desaparecieron con los cambios sociales introducidos 21 años atrás.

PS: Rectificar siempre se ha considerado como cosa de sabios, no de traidores.

D

#47 Venga, el otro... Quitar la igualdad ante la ley es rectificar, festival del humor.

#49 Quitar la igualdad ante la ley es rectificar,

La ley es desigual en muchisimos casos y la falta de medios de la judicatura hace que la justicia sea todo menos justa en muchísimos mas.

Me apuesto un brazo a que se consigue mas justicia en este y cualquier otro tema relacionado con tribunales dotándolos de medios que sobando leyes.

D

#53 No, no es desigual en otros casos porque un estado de derecho no debería permitir leyes de autor.

Hablamos de hombres y mujeres en pareja, no de menores de edad o agentes de la autoridad.

Defendéis lo indefendible, no tenéis maldita vergüenza.

#54 Hablamos de hombres y mujeres en pareja, no de menores de edad o agentes de la autoridad, ... ni de vascos o políticos aforados, ni de religiosos o agricultores, ni de creadores en gallego o herederos madrileños, ni de camioneros o promotores, etc. etc. etc.

FTFY. Y eso sin entrar en que hablamos de sistemas económicos, sociales, judiciales y políticos ideados, implementados y autorizados por mayorías masculinas en la inmensa mayoría de los casos.

/Insisto: si lo que quieres es una solución que dé resultados practicos, duraderos y mas justos en este y muchos otros asuntos judiciales, empieza por equiparar a los juzgados como se equipara a hacienda.

D

#56 Tú no me has "fixeado" nada. La igualdad de sexos ante la ley es un derecho humano, no una puta mierda que se puede saltar a la torera cuando les salga de los cojones.

perico_de_los_palotes

#66 Mas concretamente, en el derecho contemporáneao español el principio de no discriminacion por razón de sexo (sic) está fijado por el Art 14 de la Constitución.

Lamentablemente, en esa misma Constitución, el Artículo 57.1 claramente vulnera ese principio en favor del varón.

Asi que así están las cosas.

ikatza

Y el subsahariano medio es más fuerte que el europeo medio. Aún así, que un blanco agreda a un negro por el color de su piel es una agravante frente a una agresión entre dos individuos por otros motivos.

Porque la cosa no está en el sexo o el color de la piel de los agredidos, sino en los motivos de la agresión. Voto tontería.

D

#1 si un blanco agrede a un negro, racismo;
si un negro agrede a un blanco, ¿autodefensa? ¿acto de amor?

¿no lo veis injusto?

Trigonometrico

#11 Tal vez las feministas sean la prueba de que a las mujeres es más fácil lavarles el cerebro.

ailian

#4 Para no verlo injusto es necesario tener un mínimo de cultura.

#18 el arte de dar una respuesta que no aclara nada sin bajarse de la superioridad moral ni dar argumento alguno.

c

#18 que desde luego no será cultura científica

ailian

#32 Explícate.

T

#5 añado: "o expareja, aún cuando no hubiera habido convivencia".

D

#16 joder, muy bueno

D

#5 ¿Dónde pone eso? En el título IV.1.3 sobre el ámbito penal del código sobre violencia de género que engloba dos leyes orgánicas, las modificaciones del código penal son de su artículo 23 que queda:

Es circunstancia que puede atenuar o agravar la responsabilidad, según la naturaleza, los motivos y los efectos del delito, ser o haber sido el agraviado cónyuge o persona que esté o haya estado ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ser ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción del ofensor o de su cónyuge o conviviente."

Y creo que son el 108 , el 66 y dos más en los qu en todos ellos se refiere a cónyuge y no ha mujer y siempre sujetos a la naturaleza del delito como estipula el 23, ya no que estipula un delito de naturleza distinta sino agravantes.

D

#19 siiiiiii... todos sabemos que la viogen juzga a agresiones de pareja entre homosexuales y lesbianas o agresiones de mujeres contra hombres en el ambito de la pareja.


Por favor...

D

#24 Te leo cuando articules algo coherente. Ahora me tengo que ir.

D

#26 justo tienes prisas cuando te desmontan el argumento. Que cosas...


No te entretengo más.

D

#28 No se lo que todos sabrán, ni me baso en la opinión general para valorar leyes, si no en la ley y en su desarrollo. Mi argumento era que el articulado no obvia la naturaleza de las agresiones, y no lo hace. Me han puesto jurisprudencia del supremo que asegura que no es necesaria definir su naturaleza, y ya, aclarado. Ahora, no he mantenido ningún argumento desmontable contigo sobre lo que sabemos o dejamos de saber, por eso no quiero entrenerme sobre lo que crees acerca de la opinión general.

D

#19 Ya que la ley según tú no hace referencia a mujeres, sino a cónyuge, puedes poner casos de ejemplo de mujeres maltratadoras detenidas por la ley de violencia de genero?
Seguro que alguno encuentras, verdad?

D

#5 No solo eso. El TS ya ha confirmado que no hace falta una "motivación de dominación".

R

#1 Así es cómo debería ser, en los motivos de la agresión. Pero con la ley de violencia de género toda agresión a la mujer lleva implícita esa motivación, porque sí, con lo que de facto conviertes la causa de la motivación al género.

KdL

#1 Yo prefiero votar "cansina" porque esta web es un pozo de sin sentidos constantes.

Esperanza_mm

#14 Sin sentidos para tu mente adoctrinada...

L

#1 irónicamente tienes parte de razón, pero en la livg no entra en motivaciones o agravantes en absoluto, he ahí el error.

Igualmente, de manera hipotetica, si te encuentras un subsahariano tratando de raptar a tu hijo (o cualquier otro delito grave contra tu persona) y le metes una solfa hasta que se te canse el brazo, tranquilo que la agravante de racismo no te la van a aplicar.

y

#1 Igual sin quererlo has puesto un punto interesante.
¿Debería quitarse la presunción de inocencia para los subsaharianos? Ya que de media son más fuertes podemos decir que estan en superioridad.
Yo creo que no. Pero segun la lógica feminista, solo por ser subsaharianos/hombres se esta en posicion de ventaja y por ello hay que apresarlos antes de investigar las razones

D

#1 Eso sería cuando se analizan los motivos de la agresión, en el caso de la ley de violencia de género, el contexto y los motivos dan igual, de acuerdo al propio tribunal supremo.
Así que tu ejemplo es torticero e invalido.
Aunque creo que esto ya lo sabías y solo buscabas karma.

#1 el subsahariano medio es más fuerte que el europeo medio.

¿Fuente?

pablisako

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Hace 4 años | Por pablisako a abc.es
Publicado hace 4 años por pablisako a abc.es