Hace 2 años | Por felpeyu2 a lavozdeasturias.es
Publicado hace 2 años por felpeyu2 a lavozdeasturias.es

Victoria Alfaro, vecina de Gijón, denuncia que la semana pasada fue sancionada, injustamente a su juicio, por aparcar en la parada de salida del bus turístico, cuyo servicio finalizó el 19 de septiembre. ¿Una señal fija de prohibido aparcar mantiene su vigencia aún después de que la circunstancia que motivó su instalación desaparezca? Esta es la pregunta que se hace Victoria Alfaro, vecina de Gijón, quien denuncia un episodio cuanto menos «curioso» que le ha sucedido hace apenas unos días. En este caso todo tiene que ver con la interpretación..

Comentarios

PauMarí

#7 cuando una reserva es concreta en la señal acostumbra a aparecer la matrícula del vehículo, además, en ese sitio, en teoría, podría aparcar CUALQUIER bus turístico por tanto que un bus turístico concreto te conste que ya no está en funcionamiento no quita que otro servicio (de existir) pueda aparcar.

fofito

#11 Las reserva a vehículo consular,policía, ministerios,etc ,son genéricas,sin número de matrícula.

Por otra parte ,dime,que es un autobús turístico? Que categoría es esa? Donde esta regulada? Cuál es la diferencia entre un bus turístico y otro que no lo es?

PauMarí

#13 una "licencia"... Lo mismo que diferencia una ambulancia de una furgoneta medicalizada, por ejemplo.

fofito

#14 querés decir que el ayuntamiento expide una licencia a todo autobús que se acerca a dicha localidad?

PauMarí

#16 eso no lo podemos saber pero autobuses turísticos los tienen muchas ciudades, y normalmente no son "municipales", son compañías privadas que o han ganado un concurso o han pedido la licencia y se les ha concedido (y si pides la licencia es por cosas como estas, para poder acceder / aparcar a sitios donde otro tipo de vehículos no podría, por ejemplo)

D

#19 Porque el protocolo no lo contemplaría y los funcionarios están para seguir normas sin pensar. Ninguno de ellos. Ni los que se encargan de la concesión ni los que se encargan de la prohibición ni los que se encargan de la multa.

z

#13 un bus turístico no puede parar o estacionar en una parada de bus, puesto que está reservada al servicio público de transporte de viajeros.

Para el servicio discrecional, que en la inmensa mayoría de las ocasiones, tiene un fin turístico, se reservan este tipo de espacios.

Los ayuntamientos pueden regular el uso de las vías para determinados usuarios e igual que hay zonas donde sólo pueden aparcar turismos, hay estas reservadas a sólo a autobuses.

Y eso de que ya ha acabado el servicio, ¿de dónde lo saca?

z

#31 si la parada es para ese bus turístico y no cualquier bus de turistas, está claro que el ayuntamiento debería restringir la parada bus a unas fechas concretas pero eso no convierte la señal en ilegal ni legítima a nadie para aparcar allí, lo que si haría es convertir en ilegal la actuación de la grúa porque no se estaría obstaculizando la circulación, es como aparcar en una parada de bus de noche cuando no funciona el servicio.

PauMarí

#2 o no... Sería como aparcar en carga y descarga alegando que cerca no hay ningún establecimiento o en unos "minusvalidos" alegando que en el vecindario no hay ninguno... , si está prohibido lo está, ¿no?

cromax

#3 Por eso carga y descarga tiene limitación temporal. Normalmente una franja de mañana y otra de tarde. O en la puerta de los Mercadona tienen una nocturna.
Creo que este caso puede traer una curiosa controversia.

powernergia

#3 La legalidad está clara y justifica la multa, en este caso se apela a la sensatez.

Priorat

#3 Tu puedes alegar lo que quieras. Los motivos de la carga y descarga son claros y siempre puede venir alguien a cargar y descargar.

Pero el bus turístico no existe. No va a pasar por ahí por meses. Por tanto esto no tiene sentido. Ahora, el procedimiento es el que indica #5 avisar al ayuntamiento.

Robus

#2 ella ha aparcado en un lugar prohibido.

Ha interpretado una prohibición según le ha convenido, pero la prohibición es clara.

Sería como tirar la basura en una zona que esta prohibido porque considera que solo se referían a la basura que tirasen los que no son del pueblo.

Es una interpretación particular beneficiosa para ella, pero no es lo que prohiben.

fofito

#8 Hubo un tiempo en el que en este país estuvo prohibido manifestarse.
Sabes cómo se consiguió eliminar esa prohibición... efectivamente,violandola.

Robus

#10 hubo una vez que en este país estaba prohibido matar a la gente… sabes como se consiguió eliminar… roll

NotVizzini

#22 lo realmente bondadoso en ambos casos, y a falta de emergencia, es respetar la señal y reclamar oficialmente la corrección, no hay necesidad en esos casos de saltarse una prohibición me parece a mi.

El derecho a huelga u otras protestas pueden ser necesario saltarselo porque las demás vias esten imposibilitadas o sean peores, no parece el caso.

Por otro lado en este, y tantos otros, pais falta una verdadera vocación de mejora de "lo público", incluida la seguridad vial y legal, y este es un ejemplo "muy light" de ello.

D

#5 Será responsabilidad del ayuntamiento quitarla cuando el fin para el que estaba puesta ya no existe. Es como cortar algún carril de una calle con conos para hacer algún trabajo. Y cuando se termina el trabajo, dejar los conos hasta que les "apetezca".
Habrá que ver en qué queda todo eso. Pero yo no le quitaría la razón muy rápido a la señora.

e

#5 la señal está mal. Han puesto han señalización fija para un servicio temporal.

m

Pues no está tan claro que tenga razón, la señal tiene vigencia aunque su razón de ser ya no exista.

Por ejemplo un semáforo que no está en un cruce y cuyo objetivo es permitir que crucen peatones, no puedes pasar en rojo aunque no haya peatones esperando ni a la vista.

Por otro lado existen señales con limitaciones horarias o de fecha (prohibido aparcar a ciertas horas, o días pares por ejemplo), por lo que si está señal no tiene ese añadido entonces es que no está previsto que deje de tener vigencia solo por la fecha.

Que probablemente tenga sentido poner un añadido a esta señal para limitar su vigencia, pero que mientras no lo tenga creo que se va a comer la multa.

auroraboreal

#6 Pero esta señal sí que tiene el añadido de "bus turístico" justo en el mismo sitio en el que se ponen las limitaciones horarias o de fechas.
Si es de conocimiento público que ya no funciona el autobús turístico en Gijón puede interpretarse que solo es válida cuando funciona el autobús ( Estuvo en servicio del 26 de julio al 19 de septiembre, de 11 a 15 y de 16 a 22 horas).
No sé, creo que bien podrían quitarle la multa. Personalmente, considero que está mal puesta si ya no circula el bus turístico.

m

#28 Si es la señal de la foto, no tiene limitación de horas ni fechas.

Lo de “bus turístico” no es una limitación, es una descripción de la causa, pero no limita de forma alguna la vigencia de la señal.

D

Pues la multa se la come con patatas fritas.

noexisto

#1 administrativamente sí, judicialmente si lo hace bien no. Iría por el ayuntamiento después (a la espera de respuesta) y a quien contestara por un delito (y no bromeo)

D

Si no menciona excepciones claramente la señal, como un horario concreto, o fechas, se la come con patatas. Y no tiene ninguna razón, por mucho que la norma sea absurda, es la norma.
Y me parece lógico que la multen, que al final cada uno tiene una excepción para su caso particular y acaba siendo un cachondeo.
Si no quiere pagar, ya la embargarán con recargo.

D

Hace años multaban por olvidar apagar las luces al salir del parking subterraneo.
Hubo una campaña en A3 para circular con lad luces encendidas y los coches más actuales se entienden solos al arrancarlos, por ser más seguro. Lo mismo que con la tercera luz de freno.
La lógica les importa un pimiento a los servidores del estado, no les pidas que sean razonables.

NotVizzini

#17 Yo quiero ver una multa de esas que dices por llevar las luces, que yo sepa nunca ha sido multable...

D

#26 no se que edad tendrás, pero hace años era así. De hecho fíjate en las salidas de los túneles y verás señales que te recuerdan apagar las luces.
AP6, antes del túnel de Guadarrama me paro la GC por llevar la luz encendida y eso que había niebla. El comentar que recurriría la multa, que me negué a firmar, con el informe de meteorología fué suficiente para impedir la sanción, pero no el estar allí estacionado durante más de 30 minutos.
¿tampoco era multable la tercera luz de freno?
Saludos

NotVizzini

#29 y #30 ¿cuándo cambió esa norma?

Tengo carnet desde el 97 y apostaría mucho que ya no era multable.

ailian

#26 Hay muchas cosas que no sabes.

Corroboro que llevar las luces encendidas de día era multa excepto en caso de niebla.

cc #17

D

#c-30" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/3573954/order/30">#30 aún así te discutían si la niebla era cerrada o no y por tanto no necesarias las luces. Creo que se trataba de cubrir su cupo de multas.
# 33 No se cuando cambio, supongo que con la llegada de coches extranjeros que incorporaban la tercera luz de freno, entonces se inventaron que tenían que ser homologados y lógicamente no había ninguno. Preferían que tu vehículo fuera menos visible y por tanto más inseguro, que dar su brazo a torcer.

s

#17 no se cómo es que tienes un voto negativo mío. Te compenso en otro comentario

D

#39 No tiene importancia. Pero gracias de todas formas.
Más de una vez solo quería ver quien había votado un comentario y he votado positivo o negativo.

D

Edit

m

Si es de derechas la darán la razón, si es de izquierdas aplicarán la ley de tráfico que dice que donde está esa señal no se puede aparcar, lo de abajo es un texto informativo.

ctrlaltsupr1

Ya veréis el día que descubran que aquí se aparca sobre las aceras. Ahora que todos los coches de la policía municipal gijonesa van prácticamente camuflados, se van a hinchar.

d

A mi me multaron en una carretera provincial que en un lugar pasa de 80 a 50 por un colegio, colegio que lleva mas de 30 años cerrado y por alli no hay niños

DraWatson

#42 No se si será el mismo caso que esta multa.

Recuerdo cuando saqué el carnet, había una pregunta que preguntaba si en una zona señalizada a 50km/h por un colegio, y pasabas a las 12 de la noche, si aplica ir a menos de 50 o no aplicaba.

Y la respuesta era que tenías que ir a 50 como máximo independientemente de si pasabas en horario lectivo o no.

Yo en este caso, tengo doble personalidad, le daría la razón y se la quitaría. En todo caso, el cartel en vez de "Bus turístico" debería poner "Excepto Bus turístico".