Hace 14 años | Por jemrpo a elmundo.es
Publicado hace 14 años por jemrpo a elmundo.es

La Audiencia de Cantabria ha aclarado que los malos tratos de una mujer a otra no pueden ser calificados como "violencia de género" a la hora de dictar una condena, aunque sea su esposa o pareja, porque el Código Penal reserva esa modalidad agravada para la violencia de un hombre contra una mujer. Relacionada: Gays y lesbianas reclaman que la Ley contra la Violencia de Género también les proteja
Hace 16 años | Por --26672-- a adn.es
Publicado hace 16 años por --26672--
a adn.es

Una mujer agredida por un hombre está protegida por la Ley Integral contra la Violencia de Género. P [...]

Comentarios

ﻞαʋιҽɾαẞ

Muy bien explicado #4

TodasHieren...

#4 la violencia de "persona" a "persona" ya está tipificada (será agresión y similares), en todo caso dentro de la pareja,en cualquiera de sus combinaciones, debería ser violencia conyugal (aunque el DRAE sólo considera como tales marido y mujer)
También puede ser que nos falten conceptos nuevos, se admiten propuestas...

P

#96 No nos faltan conceptos, el concepto es violencia familiar

Kitano_Girl

#6 pues eso, es que no se entiende.
maltrato a mi marido, y aquí o pasa nada pero él me maltrata a mí y sí.
yo maltrat a mi mujer y no pasa nada (soy tía), ella me maltrata a mí y tampoco...

no, es que no me entra...
menos mal que todos somos iguales y bla bla bla

el_Diablo_Cojuelo

#3 No las llames feminazis .... que te van a votar e insultar.

Las tienes que llamar "clase trabajadora femenina, que lucha por castrar y encarcelar a todos lo hombres".

D

#12 #16 Patináis los dos. El Código Penal dice que la víctima de la violencia de género es una mujer, pero no dice nada del sexo del agresor; de ahí que hasta que la Audiencia ha dicho esto se pusiera el posible caso de una lesbiana condenada como summum de la estupidez de dicho redactado.

lilili

Es que violencia de "genero" es entre personas de distinto "género", no? Amos, digo yo...

sasander

#9 #11 las personas no tienen género, si no sexo, aunque esto no quita que sean del género bobo.

D

#15 ¿no es lo mismo maltratar a un hombre que a una mujer?

B

#21 N_o_ es lo mismo maltratar a un político o a un embajador de otro país que a un ciudadano
También te lo has inventado. Como careces de cultura escuchas campanas pero no sabes donde. Posiblemente te refieras la inimputabilidad de ciertos cargos. Lo de los embajadores hasta mi bonsai se ha reido por lo estúpido que es.

Ohhh, mira ésto. Resulta que #15 no iba tan desencaminado.

Artículo 605.

1. El que matare al Jefe de un Estado extranjero, o a otra persona internacionalmente protegida por un Tratado, que se halle en España, será castigado con la pena de prisión de veinte a veinticinco años. Si concurrieran en el hecho dos o más circunstancias agravantes se impondrá la pena de prisión de veinticinco a treinta años.
2. El que causare lesiones de las previstas en el artículo 149 a las personas mencionadas en el apartado anterior, será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años.
..........
¿Sabes quienes son esas personas protegidas internacionalmente por tratados? Sí, los agentes diplomáticos y consulares entre otras.

N

#15 Legalmente no. Porque se supone que si un hombre maltrata a una mujer (su esposa, pareja, o ex pareja), se aplica el agravante de que las mujeres por el simple hecho de ser mujeres tienen menor fortaleza física, y por lo tanto menos posibilidades de defenderse, así que se considera que el hombre se aprovecha al ser más fuerte, y entonces se considera violencia de género.

Y viceversa no se considera violencia de género, legalmente. El motivo: pregúntale a un abogado, o a un juez.

r

#15 No se como está el código penal, pero personalmente:
Espero que si sea lo mismo que se maltrate a un preso a on cuidadano normal, pero que por hacerlo un policía su pena sea mayor.

Evidentemente que espero que no sea lo mismo maltratar a ancianos y niños que a un joven, pero por ser personas dependientes que no pueden valerse totalmente por si solar, y espero que si es la persona que supuestamente debe encargarse de ellos la pena sea mayor.

Me repugnaría sobremanera que no fuese lo mismo maltratar a inmigrantes que a ciudadanos españoles, sean políticos o no.

Por eso, que en el caso de la pareja la ley generalice y atribuya el rol de "persona desvalida" sistemáticamente a un género me parece un despropósito. No digo que haya que eliminar la ley, solo reformularla para que proteja al 100% de las parejas.

D

#15 "...desde la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995). ..."

Si se decide hacer la primera conferencia mundial sobre el hombre se lía parda...

¿Nadie es capaz de ver que lo absurdo es el sexismo, venga de donde venga?

D

#15 Como has visto, tu comentario no esta en gris. Prueba fehaciente de que la gente no mide por el mismo rasero que tú. Algunos si saben respetar las opiniones de los demás.

b

#49 Añadiría que los comentarios #7 y #9 tampoco están en gris como #15 daba por sentado.

dazibao22

#15 y a todas las personas que han comentado

Género no es lo mismo que sexo. Por eso la ley era una patraña y por eso esta sentencia, totalmente lógica según como está la ley. Aunque en el 90% de los casos género y sexo van de la mano, no siempre es así porque son cosas diferentes (es como teñirse de rubio platino y ser estúpido), y donde más se evidencia es en las relaciones homosexuales.

No toda hembra es mujer ni todo macho es un hombre.
Una referencia bibliográfica: M.Jesús Izquierdo:http://www.fongdcam.org/manuales/genero/datos/docs/1_ARTICULOS_Y_DOCUMENTOS_DE_REFERENCIA/A_CONCEPTOS_BASICOS/Marco_Tco_de_la_Igualdad__Sist__sexo_genero.pdf

takamura

#51 No es una cuestión de psicología sino de lingüística. Las palabras tienen género, las personas sexo.

http://xlsemanal.finanzas.com/web/firma.php?id_firma=664&id_edicion=89

raoulduke

#80 Me da igual lo que diga el intelectual de referencia. La gente tiene sexo y tiene género. Se puede encontrar personas de sexo masculino y género femenino, por ejemplo.

takamura

#81 En ese plan es imposible discutir, diciendo que las cosas son así porque lo dices tú, así que desisto de discutir contigo.

rafaLin

#80, las personas también tienen género, todas el mismo, "Homo".

rafaLin

#51, ¿de dónde sacas ese 90%? Está más cerca del 50%, poco más de la mitad de los seres de género homo tienen sexo femenino, y poco menos de la mitad de los homo sapiens tienen sexo masculino.

VerbalHint

#113 (et al.) Detrás del nefasto neologismo violencia de género se agazapan distintos problemas que habría que sustanciar y resolver.

Un primero, referido al mal uso de la palabra "género". El neofeminismo postsesentayochista (feminismos de la diferencia y de género; precursores inmediatos del hembrismo y letales para el feminismo de la igualdad o de la liberación) quiso, en Estados Unidos, crear conceptos sociales ex nihilo, sin más base científica que la huera charlatanería de algunos iluminados. Quiso, en España, no sólo incorporar esos vacuos conceptos sino, además, hacerlo calcando su lengua original sin apenas darse cuenta de la confusión a que iba a conducir (porque el gender en Estados Unidos es, al igual que el término policy y tantos otros, lo que se denomina un falso amigo).

Un segundo, que hace referencia al totalitarismo / maximalismo en que incurre quien, como #113, dice que toda violencia doméstica de la que sea objeto la mujer se produce inducida por El Macho, organización machisto-masónica compuesta por todos los hombres del mundo, y cuyo objeto es sojuzgar a todas las mujeres del mundo.

No cabe, en aplicación de ese totalitarismo, establecer graduaciones o baremaciones en relación con la violencia doméstica (diferenciando cuestiones tan básicas y necesarias para una adecuada tutela de los derechos individuales y para la calificación de los hechos como si se trata de hechos esporádicos o habituales; o si es verbal o física; o si hay circunstancias concurrentes en el caso que convenga evaluar, como podría ser que la maltratada haya hecho todo lo que esté en su mano para que el maltratador pierda los estribos). Toda violencia que sufra una mujer constituye, per se y porque el preámbulo de una mala ley lo dice, una manifestación de las perversas actividades de El Macho. Y, además, porque una mala ley lo dice, todas las mujeres son buenas por naturaleza.

Por otra parte, cuando #51 dice que "Género no es lo mismo que sexo" y que "No toda hembra es mujer ni todo macho es un hombre" estamos asistiendo a una ceremonia de la confusión dentro del feminismo, pues vemos cómo en España se está asociando género con sexo (muestra de lo mal que se comprende y asimila la jerga importada de EE.UU. y de lo ajena que, en el fondo, es no a nuestro lenguaje sino a nuestra realidad). Se habla, por una parte, de "violencia de género" pero se vincula ésta exclusivamente a aquellos supuestos en que la víctima sea una mujer, olvidando conscientemente (o no; que para todo hay) que, precisamente, si se ha introducido el palabro en España es con la pretensión de no hablar de violencia doméstica, violencia sexista o, lo que en mi opinión habría sido muchísimo más adecuado y de aplicación más general, violencia machista.

Así pues, ¿hemos de tolerar que, según esa ley, cuando un siervo de El Macho golpee a una prostituta a la que desprecia únicamente por ser mujer no está cometiendo un acto de violencia machista; que cuando ese mismo hombre golpee a su hija, a la que desprecia porque él deseaba un hijo, no está cometiendo un acto de violencia machista y, además, merecedor de mayor castigo por ejercerse contra una menor? ¿Hemos de tolerar que cuando un par de novios tengan dos palabras más altas de lo habitual el comportamiento del hombre sea susceptible de recibir superior castigo porque, al parecer, forma parte de los mecanismos de dominación de El Macho? Creo que es demasiado pedir.

Cuando se reconozca la violencia machista como tal y se la combata con igual ferocidad con que se combate ese engendro deforme a que se denomina violencia de género, comenzaremos a tener algo de qué hablar. Mientras tanto, mi opinión sobre la perversa ley, ejercicio de maniqueísmo del que se derivan en la actualidad todo tipo de tropelías y discriminaciones cuya justificación exige cantidades ingentes de palabrería, es que, como Cartago, delenda est.

D

#15 y por que es ma grave una torta de un hombre con la fuerza X a una mujer; que una torta de una mujer con fuerza X a un hombre? A MI ALGUIEN QUE ME LO EXPLIQUE por qué hay que distinguir el sexo de la victima??? eso no tiene sentido, y ademas, se podria extender a cualquier situacion, a las violaciones, los robos, los atracos, etc etc etc. QUE NECESIDAD HAY???? existe algun pais mundial donde sea mas delito la misma accion, segun sea mujer u hombre la victima?????? que persona con 2 dedos de frente puede defender esa irracionalidad?

b

#54 Desgraciadamente hay muchos países así...

D

#56 sí? cual, qué pais tiene mas condena segun la victima sea mujer u hombre?

b

#58 ¿Has leído algo sobre países como Irán o solo piensas en países Europeos?.

D

#60 pienso en democracias.

b

#64 Imaginé, leyendo tus otros comentarios no me cuadraba ese.

v

#15 "Violencia de género está definido internacionalmente (gender-based violence) como el tipo de violencia que se da entre de un hombre a una mujer por el mero hecho de ser mujer."

Quieres decir que en todos los juicios por violencia de género se busca dejar claro que la violencia ha sido debida únicamente al hecho que la víctima era mujer y no a ninguna otra cosa? Quiero decir, un hombre pega a su mujer y a su hijo. Eso debe dejar de ser violencia de género, no? Porque como también le pega al hijo, no es por el mero hecho de ser mujer.

B

#118 ¿Entonces por qué se ha reído hasta su bonsai por lo de los embajadores? Pues porque él desconocía que cualquier delito cometido contra un embajador se castiga más gravemente que si es cometido contra cualquier otro. Creo que ha dejado claro que no lo sabía, riéndose de lo que decía #15 , cuando tenía razón y él no.

editado:
Además estamos hablando de cosas diferentes. Una cosa es la inmunidad parlamentaria, y otra que los delitos cometidos contra determinadas personas sean más graves.

s

#15 si fueras más demagogo vomitaría de asco joder.

Que es normal la sentencia? Vete a tomar por el culo. TU y todos los que piensen como tu.

Las leyes políticas son apestosas, me repugnan. Luego un chaval de 15 años quema vivo a una persona y eh! ahí no ha pasado nada que es menor. Pero tenéis dos dedos de frente o solo decís gilipolleces porque quedan bien?

Macho, si realmente crees que la ley de violencia de género es justa y es "normal" realmente creo que tienes un problema.
Espero que no te montes en un ascensor con una tía que se rasgue las vestiduras y se empotre la cabeza contra el cristal, por que chaval te vas a tirar una buena temporada en la cárcel.

Luego me hablas sobre que es diferente maltratar a una mujer que a un hombre y de la presunción de inocencia.

Realmente argumentos de neardentales. La violencia es violencia y punto. A ver si un hombre no va a poder ser maltratado en la misma medida joder.

Violencia de género? DEMAGOGIA JODER, VIOLENCIA ES VIOLENCIA SIN DISTINCIÓN, a ver si nos vamos enterando.

a

#13 si, si y estoy de acuerdo. Hecho delictivo: una agresión entre personas y, para mi, con el agravante de que es tu pareja. Esto debería ser independientemente del género del/de la agresor/a y el del/de la agredido/a
La ley no opina así... por desgracia

rafaLin

#9, eso es un poco difícil porque todas las personas tienen el mismo género, "Homo" y subgénero "Sapiens".

Me parece que aquí se habla de violencia de sexo, pero alguien ha traducido mal "gender" como "género", en lugar de como "sexo"... es un false friend.

tranki

#29 Por fin alguien que explica bien la diferencia entre el género y el sexo !!!

Género Homo y santaspascuas

Despero

Tampoco es violencia de género el maltrato en una pareja de gays, ni cuando una mujer pega a su marido. Eso son "agresiones".

Pero eso sí, la ley de violencia de género es totalmente igualitaria. /modo ironía, teniendo en cuenta que de los 4 tipos de violencia entre parejas, solo uno se considera violencia de género.

Como dice #29, las palabras tienen género y las personas sexo. Pero es así como se llama la ley, así que..

takamura

#9 Las personas no tienen género, tienen SEXO. Joder, que parece que los legisladores sean monjas de clausura.

D

#42 Bueno, pero es que la violencia en el sexo no es lo mismo que la violencia de genero roll

l

#9 Si hablas de dos personas, ambas tienen el mismo género, el femenino, ya que la palabra persona es del género femenino, tanto si se refiere al sexo masculino como al femenino.

N

Es lógico ¿no? Tampoco se puede calificar como maltrato a menores si una persona de 30 le casca a otra de 29. Es maltrato, sí, pero no a un menor.

r

#7 sip, lógico, por que la ley define la violéncia doméstica como la del hombre hacia la mujer. En el resto de casos, a joderse.

Ains, por qué será que cuando antes denunciábamos que este tipo de injusticias sucederían se nos tachaba de machistas? Quien más apoya el cambiar "del hombre hacia la mujer" por "de un miembro de la pareja hacia el otro"?

EdmundoDantes

#7 El problema viene cuando es más grave que el de 30 maltrate al de 29 que al revés.

v

Chúpate esa MANOLETE!!!!!

A ver con que salen ahora todas estas PRO MACHISMO!!!!!

D

Es ya harto sabido, ¿no?

shem

Quizas habria que cambiar el termino machista de "violencia de genero" por "violencia familiar" o "violencia de pareja" y punto.

b

La violencia es vilencia, da igual quien sea el agresor o la víctima.

Una vez definido quien es quien, habrá que determinar si el agresor estaba aprovechando una superioridad (física, psicológica o de cualquier otro tipo) para cometer la agresión, lo que sería agravante. Que un policia agreda a un preso es peor que el hecho de que lo agreda un ciudadano porque el policia tiene una formación que lo coloca en posición de superioridad, el hecho de que sea un preso reduce su posibilidad de defensa.

Mi mujer puede agredirme facilmente y soy mucho mas grande y fuerte que ella. No tiene más que aprovecharse de mis sentimientos hacia ella, de que no me voy a defender... eso es violencia, y existe.

No tiene ningún sentido que el mismo acto atroz, tenga diferente respuesta legal en función de quien lo realiza, eso no es igualdad.

La ley de violencia de género y por su propio nombre deja claro que es una ley ignorante e injusta, una ley que cada día me da mas asco y que quien la haya redactado o aprobado debería dar muchas explicaciones. Más asco me da cuando la llaman violencia machista, pero eso es otra batalla dificil de ganar, ya que quien así la define no es consciente de que es tan "enfermo" como el propio machista, pero no quieren verlo...

NO A LA VIOLENCIA.

Ese tiene que ser el mensaje, inequivoco y no unidireccional.

D

Es una discusion absurda e irrelevante. Ciertamente, la denominacion del delito "violencia de genero" esta solo reservado cuando la violencia se ejerce del hombre hacia la mujer. Cuando es al reves, o entre personas del mismo sexo con relacion de pareja, o entre miembros de la misma familia existiendo convivencia, se llama "violencia domestica", pero en realidad el tratamiento del delito es exactamente el mismo, lo unico que cambia es la forma de llamarlo y, ademas, que los delitos de violencia de genero los instruyen los juzgados de violencia contra la mujer y los demas, el juzgado de instruccion que le toque. El titular de la noticia es un poco manipulador. saludos

D

#50 FALSO, no es lo mismo; primero porque la propia ley agrava las condenas cuando el agresor es hombre y la victima mujer; sin considerar siquiera el acto en sí, es decir, es mas grave para nuestra justicia progre, que un hombre agreda con fuerza x a una mujer, que una mujer agreda con fuerza 2x a un hombre. ESO NO ES JUSTICIA, eso es victimismo, feminazismo, y demencia progre.

D

#57 y #59 me referia a que el proceso que sigue el delito es el mismo en ambos casos. Las victimas pueden solicitar ordenes de alejamiento, ayuda social, etc.......al menos EN TEORIA. Por supuesto que se perfectamente que las penas no son las mismas ni de lejos si eres hombre o mujer, y que tienes 100 veces mas posibilidades de pasar noche en calabozo si eres hombre, pero el comentario no iba en ese sentido, solo resaltaba que la forma de llamar al delito varia segun el caso. siento si no me explique con claridad. espero que ahora si. saludos

P

#73 Tendrás el culo pelao de coger denuncias pero el Código Penal lo miras poco.

Una agresión que inicialmente se considera una falta:

Primer caso: Mujer agrede a hombre que tienen relación sentimental, se califica como falta.

Segundo caso: Hombre agrede a mujer que tienen relación sentimental, se califica como delito.

Ahora ¿mantienes esto que dices?: .....solo cambiamos la forma de llamar al delito y al juzgado al que se remite la denuncia.

La diferencia es sustancial, delito - falta.

D

#91 la madre que me pario, no se si es que tengo que hacer un croquis para algunos o que cojones. A ver, si me viene un tio para denunciar a su pareja, yo hago exactamente lo mismo que si fuera al reves, y abro un atestado por DELITO en ambos casos. La unica diferencia es que a uno lo llamo violencia de genero y al otro violencia domestica. Si, es una diferencia absurda, pero asi se hace. El tratamiento a la victima en ambos casos es igual, pueden solicitar los mismos derechos, la denuncia es exactamente igual, etc.......solo cambia el juzgado que va a instruir la causa.

Lo que pase despues en el juzgado, eso es harina de otro costal y ya lo sabemos todos: que al hombre se le juzga mucho mas duramente, que el delito imputado a la mujer pasa a ser "falta de lesiones" en muchos casos, etc, etc......pero sobre eso yo no tengo, obviamente, voz ni voto.

Lo unico que he querido aclarar desde el principio es que el delito es el mismo, solo que a algun lumbreras se le ocurrio que habia que llamarlos de forma distinta. Ha quedado claro ya, o paso al croquis?

saludos a todos otra vez

P

#92 - #93

Código Penal

Título III De Las Lesiones

Artículo 153.1

1. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.

Ahora las faltas de lesiones:

Artículo 617 del mismo Código Penal, el español por si hay algún despistado:

1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causara a otro una lesión no definida como delito en este Código será castigado con la pena de localización permanente de seis a 12 días o multa de uno a dos meses.

2. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión será castigado con la pena de localización permanente de dos a seis días o multa de 10 a 30 días.

¿En serio miras el Código Penal?, una cosa es lo que tu hagas, es decir en ambos casos abrir un atestado imputando un delito, cosa que en el caso de la mujer el juez al final lo juzgará como falta y otra lo que dice el Código Penal.

D

#95 bien, ya habia aclarado suficientemente, creo yo, que una cosa es lo que se haga en primera instancia y luego lo que ocurra en el Juzgado. En cualquier caso, te remito al articulo 173:

Artículo 173.

1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

2. El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de dos a cinco años y, en su caso, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de uno a cinco años, sin perjuicio de las penas que pudieran corresponder a los delitos o faltas en que se hubieran concretado los actos de violencia física o psíquica.

Se impondrán las penas en su mitad superior cuando alguno o algunos de los actos de violencia se perpetren en presencia de menores, o utilizando armas, o tengan lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realicen quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad o prohibición de la misma naturaleza.

P

#97 El artículo 173 se aplica cuando la violencia es habitual pero la habitualidad tendrán que demostrarla con denuncias previas, partes de esencia o declaraciones de vecinos, informe psicológico de clima de terror, etc. y sobre todo si es un hombre.

Una cosa es lo que tu hagas y otra es lo que marca la ley.

D

#95 la confusion que ha llevado a este dialogo entre tu y yo, por lo que veo, es que el articulo que se aplica para las violencias de genero/domesticas es el 173. El 153 es el referido a las lesiones. Ciertamente, no me habia fijado en esa distincion especifica que agrava mas la pena cuando la lesion es producida por un hombre hacia su conyuge, pero en cualquier caso, hablariamos de un delito de lesiones, no de violencia de genero. De todas formas, desconozco si luego en la practica un juez pasara el delito 153 a violencia de genero si es un hombre el que lo ha cometido contra su esposa, ya te digo que luego lo que haga la fiscalia o el juez son asuntos que se me escapan.

En cualquier caso, que quede claro, la aplicacion de estos delitos en contra del hombre hace tiempo que se han salido de madre. Y de eso estan hasta los huevos, te lo aseguro, policia, servicios sociales, abogados......todo dios, excepto quienes chupan del bote a cuenta de este tema. Saludos y perdon si he sido un poco brusco antes, es que parecia que me estabas posicionando con el feminazismo o algo asi.

D

#91 por cierto, el codigo penal lo miro mas bien mucho, y el delito del que habalmos habla de "quien ejerciere violencia fisica o psiquica sobre su conyuge o ex-conyuge o mantenga o haya mantenido una relacion sentimental analoga......." vamos, que no dice en ningun lado que si es de mujer a hombre sea una "falta", como tu dices. El articulo del C.P. no distingue entre sexos. Repito, otra cosa es lo que luego suceda en la practica, a la hora de dictar sentencia.

D

#50 lo unico que cambia es la forma de llamarlo

Debes estar de broma.

D

#50 Eres un mentiroso, el tratamiento no es el mismo ni de lejos. Asco de manipuladores.

#114 Otra mentirosa, vaya huevos ¿has hecho algún estudio acaso?

D

Otra parte muy interesante del juez del constitucional comentando la sentencia que declaraba constitucional la ley; yo lo leo y te juro que me da asco los politicos que tenemos en España, y la sociedad que hemos creado:

"La Sentencia, quizá sin quererlo, se suma a un superado Derecho penal paternalista que
promueve una concepción de la mujer como “sujeto vulnerable” que, por el solo hecho de
iniciar una relación afectiva con un varón, incluso sin convivencia, se sitúa en una posición
subordinada que requiere de una específica tutela penal, equiparada a la que el segundo
inciso del art. 153.1 CP dispensa a toda “persona especialmente vulnerable”. Este enfoque
resulta inaceptable en la sociedad actual, que no admite el viejo rol de la mujer como “sexo
débil” que históricamente le colocaba en una posición equivalente a la de los menores e
incapaces, de quienes se presume una posición de debilidad sin posibilidad de prueba en
contrario. Esta perspectiva resulta contraria al art. 10.1 de la Constitución, que consagra la
dignidad de la persona como uno de los fundamentos de nuestro sistema constitucional y
cuya noción se halla en la base del concepto de derechos fundamentales (STC 119/2001,
de 24 de mayo, FJ 4), debiéndose recordar que la dignidad de la persona, que encabeza el
título I de la Constitución, constituye un primer límite a la libertad del legislador (STC
236/2007, de 7 de noviembre, FJ 3)."

D

Si teneis 5 minutos, leeros el voto particular en contra de uno de los jueces del tribunal constitucional. CLAVA TODO:
http://www.malostratos.org/images/pdf/li%20Voto%20Particular%20Jorge%20Rodriguez-Zapata.pdf

o

Violencia es violencia y nada más

SHION

La ley integral de violencia contra la violencia de genero es un ejemplo de machismo aceptado.
Las feministas actuales son como esos ricos que se quieren quedar con lo mejor del capitalismo y del socialismo (privatizar los beneficios y socializar las perdidas). Pero en este caso es quedarse con los privilegios del machismo (caballerosidad por ser una frágil mujer, trabajos sin carga física extrema, etc), los privilegios de la igualdad como personas (aspirar a cualquier puesto de trabajo que ellas quieran cobrando lo mismo, cosa que no veo mal) y los privilegios del feminismo o mejor dicho los objetivos que se buscan (conseguir trabajos por cupo como los minusvalidos, pagar menos impuestos, recibir mas ayudas y atención pública, etc).

Jiboxemo

#62 Genial explicación. Bravo!!!

D

Una de las partes, más interesantes:

"...Sin embargo, lo que a mi juicio resulta incompatible con el derecho a la presunción de
inocencia (art. 24.2 CE) es la presunción adversa de que todo maltrato ocasional cometido
por un varón contra su pareja o ex pareja sea siempre una manifestación de sexismo que
deba poner en actuación la tutela penal reforzada del art. 153.1 CP."

D
raoulduke

Me parece un error, la violencia entre parejas lesbianas debería ser violencia de género en mi opinión. Me parece recordar que hubo hace tiempo sentencias que así lo reconocían en el pasado. Esto me parece un paso atrás.

D

#25 Eso también sería absurdo... algo parecido a aplicar agravante por racismo a una agresión entre personas de la misma 'raza'

Yo creo que lo absurdo es hacer distinciones entre 'violencias', como si unas fueran menos graves que otras.

xenNews

No existe la violencia de género, existe la violencia. Es lo que tiene hacer leyes estúpidas...

D

Estas son las cosas que dejan bastante clara la capacidad intelectual de las personas que elaboran, redactan y firman las leyes. En fin ...

D

Violencia de genero, una ley en contra de la constitución y de los DDHH.

Yo mandaba a la señora Aido un par de meses a la cárcel, por promover leyes claramente sexistas.

P

Esto es lo de siempre, no saber definir los problemas empezando por el nombre por lo que nunca lo resolverán.

Violencia de género = hombre que agrede a la mujer por ser mujer.

Violencia familiar = agresión producida dentro del ambito familiar.

Es decir, el hombre que va agrediendo a todas las mujeres por odio, es violencia de género, el hombre que agrede a su mujer por ser su mujer es violencia familiar.

Es un problema mal calificado y mal tratado.

D

Nos han colado la violencia de género haciéndonos creer que se refiere a maltrato en la pareja, cuando es solo de hombre a mujer.

D

No cuela lo de que el hombre es más fuerte, yo conozco alguna lesbiana que me da una sarta de ostias y no se de donde me han venido, y peso 90 KG que no soy flojucho precisamente.
No me gustan las leyes que me discriminan solo por que me cuelgue algo entre piernas, no me gustan las leyes que presuponen que todo hombre es más fuerte que cualquier mujer, y me gusta menos que se me juzgue antes de haber cometido delito alguno.

b

#67 Es dificil admitirlo, habrá quien critique el decirlo, pero es así. Vivimos en una sociedad manipuladora y ahora a alguien le interesa introducir en la mentalidad colectiva esa idea.

D

Claro, si eres un menor o un anciano eres "persona especialmente vulnerable" y no admite prueba en contrario, pero para la ley de violencia de genero, todas las mujeres son personas especialmente vulnerables....que asco, menos mal que todas las mujeres de mi entorno estan en contra de esta ley feminazi.

D

otro voto particular de la sentencia del constitucional:
http://www.tribunalconstitucional.es/es/jurisprudencia/Paginas/Sentencia.aspx?cod=9485

"...Toda la Sentencia se apoya en una base conceptual que, a mi juicio, resulta inadmisiblemente apodíctica: que las conductas previstas en el apartado 1 del art. 153 CP tienen mayor desvalor y consecuentemente mayor gravedad que las del apartado 2, lo que justifica que puedan ser sancionadas con mayor pena. En otros términos: que la agresión producida en el ámbito de las relaciones de pareja del varón a la mujer tienen mayor desvalor que las producidas en esa misma relación por la mujer al varón. Y es sobre esa base apriorística, que por mi parte rechazo, sobre la que se asienta la aplicación al caso del canon de la igualdad.

No puedo aceptar esa base de partida, pues el valor al que el proclamado desvalor corresponde, y que mediante el cuestionado tipo penal se protege, no puede ser otro que el de la dignidad, la libertad o la integridad corporal de la víctima, y en relación con esos valores me resulta sencillamente intolerable que puedan establecerse diferencias por razón de sexo, criterio de diferenciación que choca directamente con la proscripción del art. 14 CE.

Late en el fondo una superada concepción de la mujer como sexo débil [aunque la Sentencia salga al paso de una interpretación tal en el FJ 11, apartado a), párrafo 2] que no considero adecuada a las concepciones hoy vigentes sobre la posición de la mujer ante el Derecho y ante la sociedad.

El factor de la muy desigual frecuencia de las agresiones producidas por individuos de uno y otro sexo es simplemente de índole numérica, y no cabe, a mi juicio, convertir un factor numérico en categoría axiológica.

La mayor frecuencia de agresiones producidas por varones respecto de las mujeres que las producidas por éstas respecto a aquéllos podrá determinar la consecuencia de que deban ser más los varones sancionados que las mujeres; pero no me parece constitucionalmente aceptable que la gravedad de la conducta y la intensidad de su sanción se decidan en razón del sexo del autor y víctima del delito..."

D

aqui esta la clave del asunto de la ley de violencia de genero, me refiero a la parte que penaliza mas si es hombre el que agrede y la mujer la victima:

"...Entre ambos apartados del art. 153 no existe una diferencia de delitos, ni de conductas, sino de víctimas, como lo evidencia la dicción legal del apartado 2 al identificar los delitos: "si la víctima del delito previsto en el apartado anterior fuera". Se trata, pues, de un mismo delito y por tanto de igual desvalor, siendo así la diferenciación de víctimas la única razón del distinto trato penológico, y no un pretendido mayor desvalor, a menos que, contra la dicción inequívoca del texto legal, se afirme, como hace erróneamente la Sentencia, que los delitos son distintos..."

Es decir, que a mismo delito, exactamente con el mismo desvalor, lo que diferencia es el sexo de la victima; pero la propia ley, dice que es el mismo delito!!!, entonces que mas da el sexo de la victima??

D

¿cuando cambiaran esa estupida ley? una vuelta atras en los derechos humanos...

v

De la notícia:

La Audiencia concluye que, de acuerdo con la ley, ese delito sólo lo puede cometer un hombre contra una mujer que sea o haya sido su pareja, "de ahí la denominación de violencia de género", aunque cabe aplicar las mismas penas con independencia del sexo del agresor cuando la víctima es una persona con la que convive y que es especialmente vulnerable, por enfermedad o discapacidad.

Buenísimo. Con quien equipara a las mujeres, con los enfermos o con los discapaditados?

P

#100 Claramente sí.

trollinator

Artículo 14, Constitución Española.

No hay mucho más que decir.

tolete

#34 a pesar de lo claro que parezca ese artículo de la constitución... resulta que esta ley fue al constitucional y milagrosamente (jueces que deben favores a quienes los pusieron ahí y demás...) salió aprobada. 7 votos a favor y 5 en contra (o algo parecido).
desde ese momento me dí de baja (moralmente claro..que si no me hacía Alemán) de esta mierda de país.
Que los Españoles somos iguales ante la ley..es ahora mismo una falacia o "un cuento chino"
Por obra y gracia de nuestros politicuchos de mier..

Hale ya está, ya me he desahogado

D

#47 una de las razones porque la ley salio aprobada por los pelos (en el cosntitucional), es por culpa de la oposicion acomplejada, que ante el feminazismo progre se ha quedado descolocado. No saben que decir no a las cuotas, no a la discriminacion positiva, y no al victimismo innecesario, no les quitara votos, sino que se los da; pero por miedo a las reacciones de los progres, se han plegado y han llegado a estar de acuerdo con la aberracion de la ley de violencia de genero; que no es otra cosa pero una aberracion, solo hay que leer los votos particulares de los que votaron en contra en el tribunal constitucional para llevarse las manos a la cabeza, y darnos cuenta, que vivimos en un pais de mierda; sin seguridad juridica, con jueces a dedo a mando de los politicos, y con politicos moralmente corruptos.

D

Entonces si la violencia de género es maltratar a una mujer por el hecho de ser mujer hay muchas condenas que deberían ser revisadas. Me explico, ejemplo "1.mujer con hijos se casa con hombre típico soltero de pueblo bonachón y que tiene dinero porque no gasta mucho vamos 2. mujer incita al marido a comprar una nueva casa porque la actual le parece muy de pueblo, antigua y tal; y al final el marido acepta 3. el día después de firmar la hipoteca la mujer le pide el divorcio (claro, no lo podía decir dos días antes de firmar la hipoteca)4. la mujer se queda con casa, hijos, el hombre deprimido le dice de todo a su ex-mujer gritando y enfadándose 5. Orden de alejamiento, acusado de violencia de género vida jodida para el marido, vida solucionada para la mujer".
Según la revisión en este caso no habría violencia de género porque no maltrata a la mujer por ser mujer, isno porque es una bruja hijadesumadre, por no decir otra cosa.

Lamentablemente me han hablado de este caso, pero deben haber muchos más por ahí sueltos. Consecuencia: cada vez la sociedad se fia menos de las que dicen ser maltratadas y eso lo pagan las que realmente están sufriendo. En definitiva, el cuento que viene el lobo,

NapalMe

No es que esté de acuerdo, pero supongo que la ley está pensada para proteger el "genero débil"
O sea, representa que solo en caso hombre-mujer es delito, ya que el hombre es "más fuerte" ( cosa que no tiene porque ser verdad )
Hombre contra hombre y mujer contra mujer, representa que están igualados, y mujer contra hombre, representa que el hombre tiene ventaja, y por eso no han pensado en crear una ley para eso...
Vamos, digo yo, pero es una chorrada, como dicen por arriba lo suyo seria modificar "violencia de género" por "violencia de pareja"

D

#44 Si precisamente los argumentos que se dan para defender esa ley es "la posición en la que queda una mujer después del maltrato".

¿Que pasa, que si te pega una mujer pierdes menos la casa y quedas menos desamparado que si te pega un hombre?

D

Ya lo dijo Pedro Pacheco hace muchos años: "La justicia es un cachondeo".

zolpidem

Sin un hombre a quien culpar... para qué valen estas leyes?

vilgeits

Claro, es violencia de "genera"

D

Ahora hay que enseñarles estas sentencias a las asociaciones feminazis y decirles que ninguna de sus gilipolleces tiene el mas minimo sentido mientras la ley de violencia de genero no se cambie.

D

Vaya por dios, que "sorpresa"...

D

es una prueba más de que es una ley hecha ex professo contra los hombres

darkdark

deberian tratar los casos por igual

Juanmari

¿Argimack es tonta o está subvencionada?

Vaya, mierda, meses esperando a tener un 5,98 de karma para volver a perderlo ipso facto.

CUSTODIA COMPARTIDA, DE UNA P*** VEZ.

D

#78 en todo caso tonto, porque soy tio. y no entiendo tu comentario, yo no te he votado negativo, ni creo que me haya posicionado a favor de una ley que hace aguas por todos lados. Me he limitado a aclarar un poco el asunto del que habla la noticia. saludos

D

De hecho es una subcategoría dentro del porno...

D

No que una la hace de "macho"?

D

mazo a hostias a mi novia digo que soy lesbiano y a tomar por culo

Endor_Fino

¿Y si es una machorra la que sacude tampoco?

A mí las cosas claritas, que cada vez me lío más.

Dentro de poco voy a podar mi bonsai y también va a ser violencia de género y pederastia por abusar de un menor.

oblivision

fap fap fap!!

F.Pais

¿Que día celebran el día del padre los hijos de puta?

o

#8 ¿Qué día lo celebras tú?

F.Pais

#32 El mismo día que tu padre.

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